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introducción
José Romero, obispo de
Santa Marta, dirigiéndose con un comunicado a la feligresía de la diócesis, con
ocasión de la Semana Mayor, acotaba que: en los años 1880, "el mundo nos ofrece en
estos momentos un espectáculo que debe levantar nuestros corazones hacia Dios. Por una
parte, las teorías racionalistas han invadido el campo de la fe y pretenden sembrar en
él cizaña, a fin de que, confundidos los buenos principios con los malos, caminen los
hombres por los senderos de la perdición. Por otra, imbuidos los espíritus perversos en
ideas abstractas de soberanía demagógica, fuertemente vociferan contra la autoridad
divina de la Iglesia, establecida para la salud espiritual de los hombres; por donde el
gobierno temporal de la sociedad se ve desprestigiado en gran manera. Los reformadores no
se han fijado en una verdad, a saber: que cuando atacan a la Iglesia, representante en
primer término de principio social del orden, se inclina el eje sobre el que gira el
gobierno humano, como que entre una y otro existe una unión santa, base de la felicidad
de los asociados".
1
Estas percepciones, por
cierto típicas, marcaron el contexto histórico de la investigación que ofrecemos
(1863-1930) que, en forma de panfletos, pastorales y sermones dominicales, caracterizaron
el utillaje político e ideológico del discurso de aquellos que se empeñaron en defender
las estructuras de una sociedad con arraigos católicos. Estas percepciones, de acuerdo a
las circunstancias y exigencias del momento, fueron agresivas en algunos casos y mesuradas
en otros. La Iglesia y el Partido Conservador, principales representantes de este
discurso, utilizan el poder conquistado en ese momento, para implementar un proyecto
político fundamentado en nociones católicas sobre la moralidad, la familia y la mujer,
después de padecer a mediados del siglo XIX la ofensiva política e ideológica del
liberalismo radical, que pretendía liquidar por completo los rudimentos de la estructura
colonial. La Iglesia católica inicia un proceso de recuperación y fortalecimiento del
poder que había perdido durante el régimen liberal.
La Iglesia católica
utilizó su poder
2
, con la alianza del
Partido Conservador, para contrarrestar las ideas "perniciosas" - según su
criterio - que habían llevado a la sociedad colombiana al desorden social. Confrontar a
estos enemigos, es decir, los opositores de la concepción católico-cristiana del mundo
(el liberalismo, la masonería, el protestantismo y el socialismo), implicaba disputarles
los espacios claves para control y adoctrinamiento de los grupos sociales. Por
consiguiente, en el fondo de este conflicto existió una abierta oposición por parte de
la Iglesia católica y sus aliados, a las corrientes políticas y culturales modernas que
habían emergido desde mucho tiempo atrás en el mundo occidental y que por estos tiempos
se difundían en Hispanoamérica en general y en Colombia en particular
3
.
Michel Foucault ha
sostenido, refiriéndose al catolicismo, que es la única religión que se ha organizado a
sí misma como Iglesia, y como tal postula, en principio, que ciertos individuos pueden,
por su cualidad religiosa, servir a los otros, no como príncipes, magistrados, profetas y
demás, sino como pastores. Por ende, afirma este pensador, la palabra "pastor"
designa una forma de poder que tiene como misión última la salvación individual en el
otro mundo. Pero, esta forma de poder no se puede ejercer efectivamente cuando no se
conocen las mentes humanas, es decir, cuando no se conoce la conciencia para dirigirla. En
este sentido, la exploración de las almas es una necesidad. La confesión es, entonces,
la encargada de conocer los secretos más íntimos de los seres humanos
4
. Sin embargo, estos mecanismos de regulación y control
de las conductas colectivas, implementados por la Iglesia a lo largo de su existencia, no
han sido siempre los mismos. Por ejemplo, en la Edad Media, para Europa, y en la época
colonial, para Hispanoamérica, la modalidad de inspección y de represión de los
comportamientos heréticos era violenta y ejemplarizante. El Santo Oficio de la
Inquisición era la institución predilecta encargada de desplegar una variada gama de
actos represivos que apuntaban no sólo a condenar al hereje a pagar las penas más
crueles por sus faltas anticatólicas y anticristianas, sino a sacarlo de las tinieblas de
la ignorancia e introducirlo en los senderos de la "verdad". Dentro de estos
actos para efectuar el castigo ejemplarizante se encontraban, por ejemplo, la hoguera y la
tortura, mecanismos que eran temidos por las personas que se conducían a partir de otros
imaginarios diferentes al defendido por la Iglesia católica.
En Colombia, durante el
siglo XIX, estos dispositivos se modificaron en su forma mas no en sus propósitos. No se
trataba de emplear la tortura para conjurar los pecados del hereje; ahora, los métodos y
las estrategias eran más sutiles, menos drásticos en apariencia y buscaban igualmente
hacer presencia en todos los ámbitos de la vida social: desde el nacimiento y el
matrimonio, hasta la muerte; desde la vida pública hasta los actos más íntimos de los
seres humanos. En suma, la Iglesia católica buscaba con su ambiciosa presencia, moldear
la vida familiar de la sociedad. La forma para ejercer este control se basó en un
discurso que pretendía crear hombres y mujeres integrados a un sistema social obediente a
las normas. Este discurso era polimorfo: la visita pastoral, la confesión, los
periódicos religiosos, las fiestas clericales, la educación basada en los principios del
catolicismo, la iconografía sacra, eran sus diversas expresiones; era un universo de
manifestaciones clericales, donde el sonido de las campanas, que anunciaban el deceso de
algún feligrés, obedecía a una extraña lógica de ese discurso-poder-sacro.
El discurso de la
ortodoxia católica tenía en algunas ocasiones singularidades de acuerdo con el espacio
donde se desplegaba. En Barranquilla, al parecer, los esfuerzos de la Iglesia católica se
orientaron a "civilizar" las costumbres cotidianas de la sociedad. Y civilizar
estas costumbres sociales era imponer el sacramento del matrimonio conforme lo establecía
el Concilio de Trento; igualmente hacer imperativo el bautismo, implementar las
congregaciones religiosas y transformar a Barranquilla en una especie de ciudad cristiana.
Las visitas pastorales efectuadas por las diócesis de Cartagena y Santa Marta a las
respectivas parroquias de Barranquilla, por un lado, y la correspondencia epistolar entre
las diócesis y sus respectivas parroquias, la prensa y los comunicados de la Iglesia, por
el otro, ofrecen efectivamente perspectivas de análisis para explorar los elementos
esenciales de este discurso
5
; igualmente los
Libros de Matrimonios Civiles son evidencias fundamentales para contrapuntear con la
opción católica.
Este artículo es una
exploración del discurso ortodoxo de la Iglesia católica en Barranquilla; pretende
contribuir a la compresión del papel del clero en el propósito de regular la sociedad en
un período de inestabilidad política y jurídica; atravesado por dos regímenes: uno
liberal y otro conservador. Nos ocuparemos de cuatro factores fundamentales que se
constituyeron en los de mayor atención por parte de la Iglesia en Barranquilla entre 1863
y 1930. Estos cuatros elementos fueron: el matrimonio civil, la presentación material de
los templos, es decir, el lenguaje de sus estructuras materiales; el papel de la mujer y
su formación en el imaginario católico y, por último, el arquetipo de la Sagrada
Familia para promover un modelo de sociedad.
1. el matrimonio
civil: ¿concubinato legal o nueva legitimidad?
El 25 de agosto de
1888 se presentaron para contraer matrimonio civil ante el Notario Primero del Distrito de
Barranquilla, el señor Eparquio González y la señorita Lucila Genara Porratti; él, de
veintiún años de edad y ella de dieciocho, ambos naturales y vecinos de Barranquilla, a
quienes el funcionario leyó en voz alta el Capítulo Séptimo, Título Sexto del Libro
Primero del Código Civil de la República, siendo testigos de la ceremonia, los señores
Benito Martínez y Próspero Carbonell.
6
Esta nueva legitimidad,
utilizada por el señor González y la señorita Porratti, fue introducida en nuestro
país en el marco de la hegemonía política de quienes se proclamaban los portadores de
la modernidad: los liberales radicales. En 1853 estos radicales convierten en contrato
civil lo que la Iglesia católica había considerado durante toda una historia un
sacramento y un acto religioso que sólo Dios podría disolver. Por eso, en la segunda
mitad del siglo XIX, el matrimonio civil constituyó uno de los mayores temores del clero.
Germán Colmenares
sostiene que los delitos frecuentemente perseguidos por una sociedad, son reveladores de
su naturaleza íntima, de sus temores y sus tabúes. "Lo que la sociedad repudiaba
con más ahínco nos proporciona mejor su retrato que aquello que loaba o que establecía
como un ideal de comportamiento social"
7
.
En este sentido, la gran preocupación de la Iglesia católica, en el período que
estudiamos, era imponer el sacramento del matrimonio para la constitución de las familias
barranquilleras. Con ese propósito no sólo atacó al matrimonio civil, sino que además
persiguió a las personas que utilizaron este recurso liberal para legitimar sus uniones.
Este tipo de formalidad civil estuvo, pues, en el blanco de los ataques de la institución
eclesiástica. Legitimidad que socavaba, según criterios de la Iglesia, los cimientos de
la concepción católico-cristiana de la familia y ponía en jaque a uno de sus
principales sacramentos: el matrimonio católico. En 1870, por ejemplo, el obispo de Santa
Marta, José Romero, dirigiéndose al párroco de la iglesia de San Nicolás le expresaba
lo siguiente:
Informados de que
desgraciadamente algunos fieles están unidos tan sólo por contrato civil, rechazando el
Santo Sacramento del Matrimonio y permaneciendo en mal estado, gravando así sus
conciencias, recomendamos muy particularmente al párroco los exhorte a que salgan de tan
deplorable situación, haciéndoles conocer las funestas consecuencias sociales de
semejante unión, que rechaza la Iglesia en la pureza de su doctrina.8
La Iglesia, influida
por la filosofía de Santo Tomás de Aquino, no estaba dispuesta a perder terreno en la
implementación y fortalecimiento del sacramento del matrimonio
9
.
Este era el único espacio institucional, consagrado por ella desde el siglo XVI, para la
construcción de la familia patriarcal y monógama, célula fundamental de toda sociedad.
Sin embargo, el matrimonio civil tuvo, en algunos lugares más que en otros, una
recepción social relativamente alta. Por esto, no es gratuito encontrar las
observaciones, citadas arriba, hechas por el obispo de Santa Marta al cura de la iglesia
de San Nicolás de Barranquilla, ciudad ésta donde además de ser relativamente bajos los
niveles de nupcialidad católica, el contrato civil liberal tuvo una expresiva
manifestación (véase cuadros 1 y 2).
CUADRO 1
Distribución de
matrimonios civiles en Barranquilla: 1863-1894
|
Año
|
Cant.
|
Año
|
Cant.
|
Año
|
Cant.
|
Año
|
Cant.
|
|
-
|
-
|
1870
|
63
|
1880
|
74
|
1890
|
1
|
|
-
|
-
|
1871
|
31
|
1881
|
-
|
1891
|
1
|
|
-
|
-
|
1872
|
36
|
1882
|
-
|
1892
|
1
|
|
1863
|
38
|
1873
|
49
|
1883
|
101
|
1893
|
4
|
|
1864
|
67
|
1874
|
74
|
1884
|
96
|
1894
|
3
|
|
1865
|
50
|
1875
|
66
|
1885
|
55
|
1895
|
-
|
|
1866
|
67
|
1876
|
52
|
1886
|
120
|
1896
|
-
|
|
1867
|
72
|
1877
|
74
|
1887
|
126
|
1897
|
-
|
|
1868
|
45
|
1878
|
76
|
1888
|
59
|
1896
|
-
|
|
1869
|
52
|
1879
|
59
|
1889
|
21
|
1899
|
-
|
Fuente: A.H.A. Barranquilla,
libro de matrimonios civiles.
Cuadro 2
Distribución de
matrimonios eclesiásticos
de la parroquia de San
Roque de Barranquilla: 1863-1899
|
Año
|
Cant.
|
Año
|
Cant.
|
Año
|
Cant.
|
Año
|
Cant.
|
|
-
|
-
|
1870
|
-
|
1880
|
-
|
1890
|
58
|
|
-
|
-
|
1871
|
-
|
1881
|
4
|
1891
|
62
|
|
-
|
-
|
1872
|
-
|
1882
|
11
|
1892
|
56
|
|
1863
|
33
|
1873
|
-
|
1883
|
10
|
1893
|
71
|
|
1864
|
33
|
1874
|
-
|
1884
|
10
|
1894
|
46
|
|
1865
|
24
|
1875
|
-
|
1885
|
5
|
1895
|
62
|
|
1866
|
25
|
1876
|
-
|
1886
|
11
|
1896
|
67
|
|
1867
|
18
|
1877
|
-
|
1887
|
14
|
1897
|
97
|
|
1868
|
-
|
1878
|
-
|
1888
|
30
|
1898
|
100
|
|
1869
|
-
|
1879
|
-
|
1889
|
29
|
1899
|
92
|
Fuente: A.P.S.R., Libros 1, 2,
3, 4 y 5 de matrimonios.
Los cuadros son
reveladores. Las cifras de uniones civiles en Barranquilla en la segunda mitad del siglo
XIX eran escandalosas, en opinión de la ortodoxia católica. Entre 1863 y 1867, es decir,
en un lapso de cinco años, las cifras comparadas de matrimonios civiles, por un lado, y
los eclesiásticos -celebrados en la parroquia de San Roque - por el otro, arrojan el
siguiente resultado: matrimonios civiles, 294, y matrimonios eclesiásticos, 133, para un
promedio anual de matrimonios de 58.8 civiles y 26.6 católicos. Así mismo, entre 1863 y
1894
10
, es decir, en un período de 32
años, se celebraron 1.633 matrimonios civiles, para un promedio anual de 52.2, cifra
notablemente alta en comparación con los matrimonios católicos, que arrojaron una
cantidad de 550 celebraciones en el mismo lapso, para un promedio de 17.7 nupcias (véase
cuadros 1 y 2).
11
Sin embargo, quiero
destacar, a manera de aclaración, que las cifras comparadas de ambos matrimonios
presentan unas características especiales. La primera consiste en que las de los civiles
corresponden a la totalidad anual de las celebraciones efectuadas en Barranquilla, tanto
por personas residentes en la ciudad como por personas de pueblos vecinos que se
trasladaban hasta aquí sólo para contraer el matrimonio civil. Sin embargo, en los casos
en que fue posible precisar por años el número de matrimonios civiles celebrados entre
personas vecinas de la ciudad y los efectuados entre parejas residentes en pueblos
cercanos, las cifras de civiles entre vecinos de la ciudad fueron mayores que las de
parejas no residentes.
12
La segunda
característica tiene que ver con los matrimonios católicos. La serie utilizada en la
comparación está constituida solamente por las celebraciones católicas efectuadas en la
parroquia de San Roque. Haber utilizado solamente las cifras de esta parroquia se explica
por el hecho siguiente: primero, porque San Nicolás, que es la parroquia más antigua de
la ciudad, no conserva la información de archivo de la época estudiada debido a los
acontecimientos del 9 de abril de 1948, cuando los revoltosos se fueron lanza en ristre
contra curas, parroquias y conservadores. Segundo, que la tercera iglesia creada en la
ciudad fue Nuestra Señora del Rosario, en 1894, año en que concluye la comparación. Sin
embargo, quiero subrayar que el cuadro comparativo me permite mostrar un comportamiento
significativo de los matrimonios civiles en Barranquilla frente a los eclesiásticos. Por
todo esto, una forma de ejercer el control y corregir el "mal estado" de las
parejas, era considerar esta forma de unión como un concubinato legal y, en consecuencia,
los retoños de estas relaciones eran clasificados como una modalidad más de bastardía.
El 7 de junio de 1882, para señalar un ejemplo, el obispo de Bogotá comunicaba su
preocupación al obispo de Santa Marta en estos términos:
Este es un gran mal
que aflige a muchas Diócesis y muy probablemente a la de S. S. Seguro estoy de que S. S.
es el primero en deplorar este mal por las fatales consecuencias que de él dimanan, las
cuales no quiero enumerar en esta circular por no acrecentar la pena que S. S.
experimenta. Por esto S.S. hallará muy natural que yo le suplique con insistencia emplee
todos sus esfuerzos a fin de remediar tamaño desorden. El celo de los párrocos debe ser
incansable para arrancar el mal que se deplora.
13
La causa de esta
preocupación es la extensión del matrimonio civil, por un lado, y el poco interés por
el matrimonio eclesiástico, por el otro, en un contexto histórico marcado fuertemente
por una tensión entre tradición y modernidad. Por esto, el obispo de la capital del
país, presuponiendo o conociendo seguramente el estado de "moralidad" de las
ciudades y pueblos que formaban parte de la diócesis de Santa Marta, agregaba:
No tengo duda de
que la Curia de S. S. procurará siempre por todos los medios posibles que las uniones
civiles sean precedidas o a lo menos inmediatamente seguidas de la celebración del Santo
matrimonio Coran Eclesia; juzgo, no obstante, oportuno recomendar a S.S. que por medio de
los señores párrocos se haya instruir pronta y plenamente acerca de los obstáculos
voluntarios o involuntarios que en cada caso hacen que se difiera y hasta se omita del
todo la celebración del matrimonio conforme a las prescripciones de la Iglesia.
14
Esta observación
sugiere, por parte de algunos sectores del clero
15
,
la aceptación de la reglamentación del matrimonio civil como una manera de conciliar con
el proyecto de una república moderna, donde las leyes constituyen un elemento de su
esencia. Es decir, en aquellos momentos en que las personas decidían sellar sus uniones
de pareja, podían según este sector del clero, recurrir al matrimonio civil los que
querían cumplir con la ley; pero, después o antes podían contraer el verdadero
matrimonio, exactamente, como lo ordenaban las directrices tridentinas.
Esta postura
conciliatoria al sistema republicano se evidencia más claramente en las siguientes
anotaciones, hechas por el obispo de Santa Marta, José Romero, en su visita pastoral a
las parroquias de Barranquilla en 1876:
La Iglesia interesada
bajo todo respecto por sus hijos, permite se cumpla con lo que dispone la ley civil sobre
contrato matrimonial aunque entre los cristianos nunca puede separarse el sacramento del
contrato válido, sin embargo por la necesidad que imponen las leyes y para evitar mayores
males que pudieran sobrevenir por la malicia de los hombres, permitimos que en donde
estuviera vigente la ley del matrimonio civil puedan contraerlo los fieles ante el
magistrado secular; pero quedan siempre obligados a celebrarlo in facie Eclesie si no
quieren incurrir en el vergonzoso y gravísimo crimen de concubinato.
16
La frecuencia del
matrimonio civil en Barranquilla lo había convertido en uno de los principales problemas
para el clero. Debido a esto, la Iglesia católica desplegó una gran presión sobre las
parejas que habían empleado esta forma laica de legitimidad, hecho que obligó a muchos
fieles a solicitar dispensas para contraer el "verdadero" matrimonio. De esta
manera, muchas de las uniones cuestionadas por la Iglesia se "santificaron",
demostrando con ello cierto poder la Iglesia católica en las conciencias de quienes
habían formalizado su matrimonio con una ritualidad diferente. Así lo demuestra la
siguiente solicitud hecha por el párroco de la iglesia de San Roque, Manuel Barbosa, al
obispo de Santa Marta con el objeto de absolver a dos feligreses que, casados civilmente
desde tiempo atrás, querían, por la culpa, contraer el matrimonio católico:
Practicada la
información verbal para el matrimonio que deseaban contraer Sebastián Valencia,
constituido in artículo mortis con Salvadora García, casados civilmente, hallé ser
dichos contrayentes consanguíneos en segundo grado, línea colateral igual, por lo que
les signifiqué serme imposible presenciar aquella unión mientras no obtuvieran la
dispensa respectiva (...) comisionados por los susodichos cónyuges, solicito humilde y
respetuosamente de V. S. S. la dispensa necesaria, presentando como poderosa causal la
unión civil que existe entre ellos, que, por otra parte han ofrecido satisfacer el
derecho que cause esta gracia.17
El texto revela una
mayor preocupación por la unión civil que por la consanguinidad en los contrayentes,
motivo utilizado como argumentación para la solicitud de la dispensa. La diócesis
decidió, para corregir el extravío de algunos de sus fieles, otorgar las dispensas a
quienes, asaltados por la culpa del pecado de la fornicación, acudían en la búsqueda
del mecanismo que les otorgaba la salvación eterna en el mundo, que después de la muerte
les proponía la doctrina católica. Así lo comprueba una nota epistolar del presbítero
Manuel Barbosa al obispo de Santa Marta, en agradecimiento por algunos permisos
solicitados a la respectiva curia en aras del bienestar espiritual de los fieles de esta
ciudad:
Me cabe la
satisfacción de corresponder a ellas manifestando a V. S. S. que fue positivo el placer
que experimenté leyendo las autorizaciones que me otorga: 1) para celebrar dos veces el
Santo Sacrificio de la Misa en los días festivos, y 2) para absolver de la censura y unir
sacramentalmente a los fieles de mi parroquia que hubieren tenido la desgracia de realizar
el escandaloso contrato que llaman matrimonio civil, bien así como para dispensarles la
formalidad de proclamas, a fin de que por ningún motivo se detengan en la vía del bien
que intenten emprender oyendo la voz del Pastor que sabrá excitarlos para que se aparten
del tortuoso sendero de la eterna perdición.
18
Pese a que el número
de matrimonios civiles fue alto en Barranquilla, esta nueva legitimidad, al parecer, no
había adquirido el peso cultural necesario para imponerse como alternativa nupcial. Es
decir, muchas personas acudieron a la ley civil para dar un toque de legitimidad a sus
uniones que siendo de sectores medios y altos de la sociedad
19
,
en algunas ocasiones, cuando uno de los dos cónyuges se encontraba en peligro de muerte,
acudían a la Iglesia para santificar definitivamente esa unión y no morir en grave
peligro de fornicación. Esto indica que el matrimonio civil no era asumido en conciencia
por quienes lo contrajeron como verdadera legitimidad. Igualmente, muchas parejas que,
conviviendo bajo contrato civil y que fracasaban después por cualquier circunstancia,
acudían al culto católico para formalizar nuevas relaciones según el matrimonio
tridentino.
Como lo deja entrever
la Iglesia, la nueva unión no implicaba el delito y pecado de bigamia
20
. En la disputa entre Iglesia católica, sus detractores
y los vicios sociales -que marcó indeleblemente al siglo XIX-, la Iglesia tenía la
ventaja de la tradición y, en algunos casos, tuvo fuerza en la imposición de ciertas
disposiciones legales. Esto explica algunos casos: las parejas estando casadas civilmente,
acudían por peligro de muerte al sacerdote católico para recibir bendición y
tranquilidad. Pero, teniendo en cuenta lo anterior ¿qué factores pueden explicar el
hecho de que el matrimonio civil haya tenido una significativa recepción en Barranquilla?
¿Buscaban los radicales efectivamente transformar el concepto de familia? Creo que la
respuesta a estos interrogantes está directamente relacionada con las condiciones
políticas y jurídicas en la segunda mitad del siglo XIX de la joven República.
La búsqueda de una
República estable por cada una de las fracciones políticas, fue el elemento
preponderante en el escenario político de nuestro país durante la última mitad del
siglo XIX, provocando, paradójicamente, una inestabilidad en el orden político y
jurídico. La lucha de los liberales por imponer el matrimonio civil, la de los
conservadores y el clero por la coercibilidad del matrimonio católico, constituye uno de
los elementos de prueba de la inestabilidad; debido, posiblemente, a la variedad de leyes,
que en materia de derecho constitucional y civil, experimentó el país en este período.
Recordemos que, sólo en cincuenta años (1853-1900), Colombia tuvo cuatro constituciones
políticas: una en 1853, otra en 1858, que creó la Confederación Granadina y dividió al
país en provincias, la de 1863, llamada también Constitución de Río Negro, con la cual
se fortaleció el proyecto federal y, por último, la de 1886, con la que se inició un
nuevo régimen político en Colombia y se puso fin al federalismo.
En materia de derecho
civil, nuestro país y las provincias que lo constituían en 1853 y los Estados Soberanos
en 1863, adoptaron el Código Civil chileno. A partir de esta fecha, el único matrimonio
de validez ante la ley fue el civil, lo cual le quitó al matrimonio eclesiástico el
valor jurídico que tenía hasta el momento en la sociedad colombiana. En 1856, el rito
eclesiástico adquiere nuevamente su valor legal, con lo cual se atenúan de alguna manera
los conflictos que esta batalla jurídica había generado. Más adelante, en 1862, año en
que se inició la segunda legislación liberal, se estableció nuevamente el matrimonio
civil como único ante las leyes. Hecho que explica por qué en este lapso las cifras de
ceremonias civiles en la ciudad, que mostramos en el cuadro 1, fueron notablemente altas.
Así quedó reglamentado en el artículo 106 del Capítulo 5º del Código Civil del
Estado Soberano de Bolívar:
La celebración del
matrimonio se hará manifestando los dos esposos que se unen libremente, a presencia del
juez y de dos testigos mayores de edad, previa lectura que les hará el juez o secretario,
del capítulo séptimo de este título. Los esposos pueden requerir para este acto la
presencia del sacerdote de la religión que profesen, y solemnizar su enlace, antes o
después de la celebración legal, con las ceremonias de su culto.
21
Sin embargo, el
concepto de familia en el proyecto liberal no varió sustancialmente respecto al arquetipo
defendido por la Iglesia. El examen al Código Civil del Estado Soberano de Bolívar así
lo sugiere. El artículo 61 define el estado doméstico como "la condición en que
viven los individuos que de modo legal hacen parte de una misma familia, con deberes y
derechos recíprocos"; más adelante, en el artículo 62, dice: "Se reconocen
como tales los de marido y mujer, padre e hijo, tutor y pupilo".
22
Lo que se plantea aquí
es la familia monógama y patriarcal, compuesta fundamentalmente por el padre, la madre y
los hijos. Sin embargo, esta estructura encerraba ciertas contradicciones fundamentales
respecto a los principios de igualdad y libertad, defendidos por estos grupos burgueses.
La estructura familiar aquí propuesta era, como modelo de la Iglesia, de carácter
jerárquico y vertical: "El marido se constituye en jefe de la familia, y como tal le
corresponde la dirección de los negocios de ella, fijar el lugar del domicilio común, el
oficio o profesión lícita a que se hayan de consagrar los cónyuges, el monto de los
gastos domésticos, y todo lo demás que diga en relación al gobierno interior de la
familia"
23
. Según este esquema, la
madre y los hijos quedaban bajo el poder que la legislación transfería al padre, algo
parecido al arquetipo de la sagrada familia.
Dentro de este modelo
de familia, implícito en el Código, la mujer veía restringidos sus derechos. Debía
obediencia a su marido, su espacio de movilidad se reducía al hogar doméstico, no podía
contratar sin la licencia de su marido, los bienes que introducía al matrimonio eran
administrados solamente por su esposo. Se prohibía igualmente a la casada presentarse en
un juicio civil y con carácter de acusadora en los criminales, su papel consistía, como
argumentaba la Iglesia católica, en ser buena esposa y buena madre
24.
Tuvieron que
transcurrir 25 años aproximadamente para que se produjera un cambio de régimen y, de
esta forma, un desmonte sistemático de la legislación civil relacionado con la familia
que los liberales radicales habían introducido. A partir de 1887, cuando ya se había
iniciado el régimen regenerador, por cierto muy inclinado a los preceptos católicos,
comenzó este proceso. Se creó primero la ley 57, que dio nuevamente vida jurídica al
matrimonio eclesiástico. La mencionada norma en su artículo 12 decía: "Se le da
validez para todos los efectos civiles y políticos, a los matrimonios que se celebren
conforme al rito católico", y en el artículo 19 decía que: "La disposición
contenida en el artículo 12 tendrá efecto retroactivo, y que los matrimonios católicos
celebrados en cualquier tiempo, surtirán todos los efectos civiles y políticos desde la
promulgación de la presente ley"
25
.
Previendo las
dificultades que cobijaban estas normas, se promulgó la ley 153. La nueva ley en su
artículo 50 decía:
Los matrimonios
celebrados en la República en cualquier tiempo conforme al rito católico, se reputan
legítimos, y surten, desde que se administró el sacramento, los efectos civiles y
políticos que la ley señala al matrimonio, en cuanto este beneficio no afecte derechos
adquiridos por actos o contratos realizados por ambos cónyuges, o por uno de ellos, con
terceros, con arreglo a las leyes civiles que rigieron en el respectivo Estado o
territorio antes del 15 de abril de 1897
26
.
Esta Ley trató de
evitar que las personas cometieran bigamia. Muchas personas que después de casarse por el
rito católico y convivir durante mucho tiempo con la pareja, optaron, bajo cualquier
circunstancia, por contraer nuevas nupcias en lo civil; por ende, se reglamentó la
mencionada ley.
El artículo 35 de la
Ley 30 de 1888 estableció definitivamente que el matrimonio católico anulaba ipso
jure el matrimonio civil contraído antes por los cónyuges con otra persona. Esta
disposición fue en su momento materia de debates jurídicos y políticos. Frente a esta
reglamentación, un columnista de un periódico de la ciudad se refirió en estos
términos:
Nosotros no tememos
[...] las represalias porque los que defienden el derecho lo respetan siempre, y ya se ha
visto como fue respetado el matrimonio eclesiástico; pero lo que sí no puede calcularse
es el semillero de pleitos ya qué dará lugar andando el tiempo la existencia de dos
familias que podrán disfrutarse con las armas del rencor, los intereses paternos
27
.
Precisamente, para
evitar conflictos intrafamiliares, la mencionada Ley en su artículo 35 anotó: "para
los efectos meramente civiles, la Ley reconoce la legitimidad de los hijos concebidos
antes de que se anule un matrimonio civil en virtud de lo dispuesto en el artículo
anterior". A partir del año de esta Ley, las cifras de matrimonios civiles cayeron
drásticamente en Barranquilla, hecho que se puede palpar en las cifras correspondientes
al periodo comprendido entre 1888 y 1894; hasta este último año tenemos información. Lo
que explica que mientras imperaron normas liberales que favorecieron al matrimonio civil
éste fue frecuente y, por el contrario, cuando se legisló desde otros presupuestos
ideológicos, en este caso desde la tradición, el matrimonio civil disminuyó
sensiblemente.
2. los templos
La recepción de un
discurso en el entramado social exige a su gestor ideológico asumirlo con estricta
seriedad, de lo contrario su despliegue e interiorización puede verse debilitado. Por
consiguiente, durante la segunda mitad de la centuria antepasada la Iglesia católica
prestó mucha atención a la arquitectura y ornamento de sus templos. Esta preocupación
material está directamente ligada al criterio de que las estructuras materiales, es
decir, los templos que hacen las veces de casa de Dios, deben ser verdaderos monumentos,
donde los mortales, con el liderazgo del párroco, se inclinen ante el Señor. Las
iglesias, en estos tiempos de la máquina de vapor, ferrocarril y telégrafo, no debían
seguir siendo espacios ruinosos de techos pajizos y permeables a las lluvias.
Al parecer, la
jerarquía eclesiástica comprendió que la arquitectura de los templos era, además de
una carta de presentación de su doctrina, una forma de exhibir y reafirmar el poder
28
. Por eso, la refacción y cuidado de los
templos en Barranquilla y toda la diócesis, fue una de las exhortaciones de los obispos a
la hora de las Visitas Pastorales. En una pastoral, el obispo Brioschi comunicaba:
Tanto el párroco como
los vecinos de cada población procuren que el templo esté bien conservado y adornado.
Sobre todo tomen especial interés en mantener siempre arreglado los techos a fin de que
no llueva en la Casa del Señor. Es de desearse que en donde hay todavía iglesias
parroquiales con techos pajizos, se hagan esfuerzos para reemplazarlos con otros más
sólidos y duraderos y menos expuestos a los estragos de un incendio
29
.
Estas disposiciones
habían sido reglamentadas por el Concilio Provincial para efectos de un mayor
acatamiento, que sugirió: "Toca a los párrocos cuidar de que estén los templos
limpios y adornados, y de que nada se halle ni ejecute en ellos que desdiga de la majestad
del culto Católico y de la Santidad del lugar. Todo adorno que el párroco pusiere en
ellos, le servirá de grande alabanza y por eso merecerá bien de la religión"
30
.
La arquitectura de las
iglesias debía marcar una diferencia en relación con las demás formas o estructuras
arquitectónicas de la ciudad. Debía expresar monumentalidad, grandeza, respeto y,
además, santidad. San Nicolás, San José, San Roque y Nuestra Señora del Rosario,
fueron iglesias objeto de frecuentes refacciones que apuntaban a mejorar la imagen
físico-religiosa que debía ofrecer el templo católico, aún más si de Barranquilla se
trataba.
San Nicolás fue la
parroquia principal de la ciudad de Barranquilla. Durante mucho tiempo fue un edificio de
estructura tosca, con dos torres desiguales y de aspecto no muy agradable. Los
presbíteros Carlos Valiente y Pedro María Revollo, que oficiaron como párrocos de esta
iglesia en diferentes épocas, contribuyeron, con la ayuda de la feligresía
evidentemente, a su mejoramiento material. De mucha ayuda para su conclusión en la
segunda década del siglo XX, fueron los auxilios suministrados por el gobierno del
presidente Rafael Reyes a través del doctor Francisco de Paula Manotas
31
. Fue entonces cuando esta importante e histórica
catedral quedó completamente concluida en un edificio monumental, a la altura de una
ciudad en permanente progreso que, al momento de su acceso -diría cualquier cura o
religioso- hace sentir inevitablemente la reducción ontológica del ser humano no
solamente frente a Dios sino frente a ese Palacio Sacro.
Las iglesias de San
José, San Roque y Nuestra Señora del Rosario dejaron de ser, igualmente, insignificantes
templos de aspecto pueblerino para convertirse en monumentales edificios; la del Patriarca
San José fue al estilo romano y construida en el lugar de un antiguo cementerio, y según
palabras del obispo Brioschi: "Es el prototipo de iglesia de las ciudades del viejo
continente". El templo de San Roque, por su parte, sólo en la segunda década del
siglo XX, fue convertido en un verdadero monumento esbelto de estilo gótico, logrando
así los objetivos de una estructura que expresaba poder. Este fue uno de los fines de las
permanentes refacciones que realizaba el clero en Barranquilla al levantar templos -fueran
de estilo gótico o romano- para reforzar el discurso con el que pretendía controlar las
prácticas cotidianas de una sociedad que, como la de Barranquilla, mostró siempre un
comportamiento social, en lo que respecta a la constitución de las familias, no tan
ceñido a patrones de la ortodoxia católica.
La capilla de San
Miguel de Rosario, construida en los años 1890, fue diseñada y levantada con un aspecto
un poco más modesto. Sin embargo, su estructura arquitectónica hacía ecos a la
intención de entronizar un discurso institucional.
Todavía para la
segunda década del siglo XX, la presentación material de los templos y su orden interno
fue una enorme preocupación de la Iglesia católica y sus jerarcas. Por eso ocupaba un
lugar importante en las respectivas Visitas Pastorales efectuadas, periódicamente, por
obispos, para inspeccionar tanto la parte material de las parroquias como la moralidad de
las mismas. En 1921, para señalar el botón de la muestra, Pedro Adán Brioschi, obispo
de Cartagena, en su Visita Pastoral a Barranquilla, observaba:
Uno de los objetos
de las visitas es conocer el estado de los templos materiales, altares, ornamentos, libros
parroquiales y objetos del culto, pues es deber de los fieles procurar que se rinda a Dios
el culto que se merece del mejor modo posible e interesarse en proporcionar los objetos
para ello
32.
Se trataba, al parecer,
de implementar una majestuosa edificación -así como se construyó una arquitectura
oficial, para hablar de los edificios diseñados para las labores del Estado- que guardara
coherencia con los "nuevos tiempos" y con el desarrollo de Barranquilla y
también con el discurso de la doctrina católica que, si bien tenía una amplia
recepción en otras regiones del país, en Barranquilla no se podía afirmar lo mismo. Las
imágenes fotográficas ayudan a ilustrar de manera categórica las transformaciones
materiales de los templos católicos en esta ciudad. Era como una especie de búsqueda
meditada de ese soporte infraestructural para la divulgación de la fe católica y el
ejercicio religioso de esos epígonos de Moisés; era como, ligado a todo lo anterior, la
elaboración expresa de una estética sacra del poder.
*Este artículo forma parte de una investigación más amplia sobre la
"Ilegitimidad familiar y el control social en Barranquilla entre 1880 y 1930";
el mencionado trabajo es Premio Nacional de Historia en la Convocatoria de 1998 del
Ministerio de Cultura. (Regresar)
** Licenciado en Ciencias Sociales y Económicas de la Universidad del
Atlántico, Magíster en Historia de la Universidad Nacional de Colombia, profesor del
Departamento de Historia de la Universidad del Atlántico y del Colegio Barranquilla para
Señoritas. (Regresar)
1. Archivo
Diocesano de Santa Marta (en adelante A.D.S.M.), Lib. No. 119, s.fol., s.f. (Regresar)
2. Entiéndase por "poder" el despliegue de todo un conjunto de
instrumentos, de técnicas, de procedimientos, de niveles de aplicación, de metas; es una
"física" o una "anatomía" del poder, una tecnología; cfr. FOUCAULT,
Michel, Vigilar y castigar, México, Siglo XXI, 1984, p. 218.(Regresar)
3. Como "corrientes modernas de pensamiento" me refiero aquí al
liberalismo, protestantismo, socialismo y por último la masonería. (Regresar)
4.
FOUCAULT, Michel, El sujeto y el poder, primera traducción al castellano por
Santiago Carassale y Angélica Vitale, copia mecanografiada.(Regresar)
5. Queremos señalar, para efectos de aclaración, que la ciudad de
Barranquilla inicialmente perteneció a la diócesis de Cartagena. Sólo con motivo del
cisma, provocado por la creación ilegítima de la parroquia de San Roque, Barranquilla
pasó a ser parte de la diócesis de Santa Marta entre 1875 y 1882, cuando nuevamente
retornó a la de Cartagena. Archivo Parroquial de San Roque (en adelante A.P.S.R.), Primer
Libro Copiador de Oficio, folio 36.(Regresar)
6. Archivo Histórico del Atlántico (en adelante A.H.A.), Notaría Primera,
Libro de Matrimonios civiles correspondiente al año 1888, folio 41, Acta No. 48. (Regresar)
7. COLMENARES, Germán, "La ley y el orden social", en Varia,
selección de textos, Bogotá, Tercer mundo Editores, 1998, p. 216.(Regresar)
8. A.D.S.M., libro 109, año 1876, p. 68. Por otro lado, la Iglesia, en
muchas ocasiones, construía listados, a manera de índice, de las personas casadas
civilmente para presionarlas y excomulgarlas. Es el caso de la Parroquia de San Roque de
Barranquilla, que en 1894 poseía un libro de matrimonios civiles dentro de su archivo
parroquial, A.P.S.R., libro No. 2 de informes matrimoniales, folio 340. (Regresar)
9. ORTEGA NORIEGA, Sergio, "Teología novohispana sobre el matrimonio y
comportamientos sexuales", en De la santidad a la perversión, México,
Enlace-Grijalbo, 1985.(Regresar)
10. Hasta 1894 existe la información oficial de matrimonios civiles en
Barranquilla; sin embargo, en otros documentos hemos podido constatar cifras de estos
matrimonios. Es el caso del libro de Registro de 1906 y el libro de Actas del Consistorio
de 1890 del Archivo de la Primera Iglesia Presbiteriana de Barranquilla donde están
registrados los matrimonios que desde este ritual contraían los miembros de esta
congregación religiosa. En algunas actas de matrimonio existen notas marginales que
manifiestan si los contrayentes se han casado por lo civil, ya que los matrimonios
diferentes al católico y al civil no surtían efectos legales. Por esto, en los libros
mencionados para los años 1906 y 1907 se verificaron, después del matrimonio
protestante, 6 y 16 matrimonios civiles, respectivamente. (Regresar)
11. La profesora Rafaela Vos Obeso, en su obra Mujer, cultura y sociedad
en Barranquilla, 1900-1930, publicada por la Universidad del Atlántico en 1999, ha
sugerido que los matrimonios civiles en Barranquilla no eran muy frecuentes, y los que
alcanzaban a celebrarse eran verdaderos escándalos sociales. Sin embargo, el estudio de
los libros de matrimonios civiles correspondientes a la segunda mitad del siglo XIX en
Barranquilla permite observar algo diferente. Las cifras que mostramos no sólo son
significativas comparadas con las de matrimonios eclesiásticos, sino que además fueron
los sectores pudientes y medios de la estructura social los que recurrían a este tipo de
legitimidad. Por ejemplo, personalidades notables e influyentes en Barranquilla como
Eparquio González, Eusebio de la Hoz, José María Palacio, Antonio Abello, Jacob
Cortissoz, Isaac Senior, David Pereira, Manuel María Márquez, Enrique Rasch Silva, se
casaron por lo civil. Asimismo, Suzy Bermúdez, en su libro Hijas, esposas y amantes
(Universidad de los Andes, Bogotá, 1994, p. 151), sostiene que la existencia del
matrimonio civil en Colombia fue muy corta (1863-1856), es decir, que su vigencia
transcurrió en algunos años de gobiernos liberales; este trabajo muestra, por lo menos
para Barranquilla, que las uniones civiles tuvieron una vigencia más prolongada y,
además, fueron los grupos pudientes quienes utilizaron este tipo de matrimonio. (Regresar)
12. Las cifras de los matrimonios contraídos por vecinos de Barranquilla
son las siguientes: en 1863, 17 sobre un total de 38 matrimonios civiles; en 1864, 47 de
67; en 1865, 30 de 50; en 1866, 53 de 67; en 1868, 31 de 45; en 1870 22 de 63; en 1874, 26
de 60; en 1875, 40 de 66; en 1876, 35 de 52; y en 1877, 44 de 74. Los años que no se
precisan se debe a que el mal estado de los libros lo impidió. A.H.A., Fondo Notarías,
Libros de Matrimonios civiles. (Regresar)
13. A.D.S.M., libro 118, folio 210. La preocupación del obispo capitalino,
expuesta al de Santa Marta, se explica porque el número de matrimonios en Bogotá entre
1880 y 1930 fue relativamente pequeño para la influencia que tenía o debía tener la
Iglesia católica en Bogotá, donde dirigía las asociaciones católicas, controlaba
colegios, existía un importante número de templos, sacerdotes y estaban los principales
miembros de la alta jerarquía; cfr. URREGO, Miguel Ángel, Sexualidad, matrimonio y
familia en Bogotá, 1880 - 1930, Bogotá, Ariel, 1997. (Regresar)
14. A.D.S.M., tomo 118, año 1882, folio 210.(Regresar)
15. Frente a las reformas liberales de mediados del siglo XIX, la Iglesia
católica estuvo dividida. En 1873, por ejemplo, el arzobispo Vicente Arbeláez ordena no
oponerse a las disposiciones sobre matrimonio civil obligatorio dictadas por la asamblea
de Cundinamarca y cumplir con la obligación de notificar al juez o notario; también
ordena cooperar con el registro civil, permitiendo el acceso a los libros parroquiales y
suministrar datos sobre niños de edad escolar. Pero se muestra opuesto a que estas
disposiciones sean legalmente obligatorias bajo pena de multa. GONZALEZ, Fernán,
"Iglesia y Estado desde la Convención de Río Negro hasta el Olimpo Radical
1863-1878", en Anuario Colombiano de Historia Social y de la Cultura No. 15,
Bogotá, Universidad Nacional de Colombia, 1987, p. 130. (Regresar)
16. A.D.S.M., libro 109, folio 68 (la negrilla es mía). (Regresar)
17. A.P.S.R., primer libro copiador de oficios, año 1881, folio 28. Estas
dispensas al parecer tenían un costo económico, lo que le posibilitaba a algunos grupos
sociales, más que a otros, adquirirlas con mayor facilidad; por ejemplo, en 1878 Esteban
Márquez, un acaudalado hombre de negocios en Barranquilla, solicitó al obispo de Santa
Marta una dispensa de proclamas para el casamiento de su hija Eladia Márquez con el
doctor José Francisco Insignares, a lo que el obispo respondió: "Con mucho gusto
doy la dispensa, pero dígale a don Esteban que no le cobraré los derechos honorarios de
curia como a cualquier vecino, sino que le pido en cambio le ponga el techo a la Iglesia
de San Roque"; citado en REVOLLO, Pedro María, Mis Memorias, Medellín, 1954,
Editorial Mejoras, p. 85. (Regresar)
18. A.P.S.R., Primer Libro Copiador de Oficio, año 1881, folio 7. (Regresar)
19. Existen documentos que sugieren que el matrimonio civil no era típico
en sectores populares; tal vez el costo económico y los trámites que éste exigía
fueron las posibles causas. Un estudio sobre la clase obrera en Barranquilla en 1948, en
lo pertinente a vida conyugal, estableció: "De las 418 familias investigadas, 152
(36,36 %) viven en unión religiosa; 150 (35, 89 %) viven en unión libre y 2 (0,48 %)
viven en unión civil". "Las condiciones económico-sociales y el costo de la
vida de la clase obrera en Barranquilla" en Anales de Economía y Estadística,
No. 40 - 42, Contraloría General de la República, Bogotá, Imprenta Nacional, 1948, p.
19. (Regresar)
20. Es el caso del matrimonio en artículo de muerte de Manuel Fuerte y
Rosalía Gutiérrez, celebrado en la iglesia de San Roque en noviembre de 1881, el cual
dice en uno de sus apartes: "Habiendo antes la consorte enferma purificado su
conciencia por la Santa Confesión y recibido ambos la absolución de la censura,
reservada al diocesano, en que incurrieron por haber mucho tiempo antes contraído lo que
apellidan matrimonio civil". A.P.S.R., Libro No. 2, folio 8, año 1881. Asimismo, en
esta parroquia durante el mes de mayo de 1898, el infrascrito cura anotaba, en una partida
de matrimonio, lo siguiente: "que por confesión espontánea del contrayente, este
fue casado civilmente en Sabanalarga hace como veintitrés años, pero que nada más duró
dos años con la mujer y tuvo un hijo...", en A.P.S.R., Libro No. 3, folio 75. (Regresar)
21. Código Civil del Estado Soberano de Bolívar, Cartagena, Imprenta de
Ruiz e hijos, 1862, p. 9 (la negrilla es mía). (Regresar)
22. Ibib., p. 8. (Regresar)
23
. Ibid., artículo 125, p. 14. Eric Hobsbawm ha señalado que la
estructura de la familia burguesa contradecía de plano la sociedad burguesa. "En
ella no regía la libertad, la igualdad de oportunidades, la relación monetaria y la
búsqueda del provecho individual"; cfr. HOBSBAWM, Eric, 24 The age of capital,
citado por BERMUDEZ, Suzy, Hijas, esposas, op. cit., p. 177. (Regresar)
24. Para ver las condiciones en que quedaron las mujeres en la legislación
civil del Estado de Bolívar ver: Código Civil, op. cit., artículos 119, 128,
129, 130 y 131. (Regresar)
25. VELEZ, Fernando, Estudio sobre el Derecho Civil Colombiano, t.
I, Medellín, Imprenta Departamental, 1898, p. 102. En un artículo de prensa, intitulado
"Cuestiones sociales", el autor sostenía que: "Lo que el artículo 19 de
la ley 57 establecía era la bigamia, y tal no podía ser la intención de legisladores
honrados. Al validar los matrimonios eclesiásticos desde épocas pretéritas se corría
el riesgo inminente de que hubiera dos matrimonios legítimos para un mismo
individuo"; citado en El Promotor, No. 975, marzo, 1890, Barranquilla, p. 2. (Regresar)
26. VELEZ, Fernando, op. cit., p. 102. (Regresar)
27.
El Promotor,
No. 975, marzo, 1890, Barranquilla, p. 2. (Regresar)
28. El estudio de las viviendas y la configuración global de la
arquitectura en las sociedades cortesanas, le posibilitó a Norbert Elías desentrañar
los misterios de estas sociedades, las formas fundamentales de la relación matrimonial,
sus relaciones con otros hombres y las visiones de poder; cfr. ELIAS, Norbert, La
sociedad cortesana, México, Fondo de Cultura Económica, 1982. (Regresar)
29. Archivo Episcopal de Cartagena (en adelante, A.E.C.), documento oficial
No. 4, pastoral del Ilustrísimo Señor Pedro Adán Brioschi, Cartagena, tipografía San
Pedro Claver, 1898, p. 57. (Regresar)
30. A.E.C., disposiciones del Concilio Provincial, citado en documento
oficial No.4
por Pedro A. Brioschi. En 1876, cuando Barranquilla
pertenecía a la Diócesis de Santa Marta, en la Visita Pastoral del obispo Romero a la
agregación de Sabanilla, éste se lamentaba en estas proporciones: "Con dolor de
nuestro corazón, vimos completamente arruinada la pequeña iglesia que la piedad de los
fieles había construido [
] dispusimos colecten fondos para reedificarla y proveerla
de parámetros", A.D.S.M., Libro No. 109, año 1876, folio 68. (Regresar)
31.
A.E.C., Veinticinco años de Episcopado, Pedro A. Brioschi, documento oficial No.
261, Cartagena, tipografía de San Pedro Claver, 1924, p. 226. Fue muy frecuente la
publicación en periódicos de finales del siglo XIX, como El Promotor, para
señalar un ejemplo, de listas de personas que contribuían económicamente para la
refacción de la iglesia de San Nicolás, lista cuyos donantes son en su totalidad
miembros de la elite de la ciudad. (Regresar)
32. A.P.S.R., Primer
Libro Copiador de Oficios, año 1921, folio 60. (Regresar)
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