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Casa de Contratación en Sevilla, hoy
sede del Archivo de Indias
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La estructura gubernativa de los reinos indianos estuvo compuesta por
autoridades que actuaban tanto en España como en el Nuevo Mundo. En un primer momento, y
hasta 1516, fecha de la muerte del rey Fernando el Católico, tuvo lugar preponderante el
arcediano de la catedral de Sevilla, Juan Rodríguez de Fonseca, que era a la vez miembro
del Consejo de Castilla. Fue quien ayudó a Colón para su segundo viaje y asesoró a los
reyes en todos los problemas derivados de las expediciones hasta la fecha indicada.
Durante esta época, las cuestiones judiciales vinculadas con el Nuevo Mundo eran
definidas por el Consejo de Castilla. Ya en 1519, bajo el reinado de Carlos V, se formó
dentro del Consejo de Castilla un grupo llamado Consejo de Indias, que alcanzó la
categoría de Real y Supremo cinco años después.
Muy tempranamente (20 de enero de 1503) fue creada la Casa de
Contratación, que fue instalada en Sevilla. Este organismo, de crucial importancia
para la vida indiana, tuvo a su cargo el despacho de las expediciones y las flotas, el
registro de los pasajeros y mercaderías que iban al Nuevo Mundo, la vigilancia del
comercio, el cobro de las rentas procedentes de ultramar y otras funciones conexas.
También le pertenecía la jurisdicción para entender en todos los pleitos que
interesaban al fisco o que podían suscitarse con motivo del tráfico con las Indias; pero
los juicios entre particulares, de carácter mercantil, pasaron a ser de competencia del
Consulado de Sevilla, que se fundó en 1543.
La Casa de Contratación concentró todo el tráfico con las Indias,
teniendo la misión de evitar el ingreso a los territorios indianos de personas, libros o
ideas que pudieran quebrar su unidad espiritual; lógica consecuencia fue la creación de
un Estado hermético, que sólo podía vincularse y comerciar con la metrópoli. Este
último presupuesto venía impuesto por la política colonial y por las ideas
mercantilistas que predominaban en ese momento en Europa, y que tenían como finalidad
principal impedir la evasión de la moneda. Queriendo conservar ese elemento, se prohibió
la exportación del oro y de la plata, se estableció un monopolio del tráfico indiano a
través de Sevilla y se procuró también impedir la importación de muchos artículos a
fin de proteger la industria española.
A mediados del siglo XVI se organizó el sistema de las flotas y
galeones. La Casa de la Contratación debía enviar anualmente un convoy de barcos
protegidos por la Armada, con destino a Portobelo o Cartagena, en donde se realizaban las
ferias a las que concurrían los comerciantes del Pacífico, para volver luego con esas
mercancías a Lima y otras ciudades. El resto de la flota iba directamente a Veracruz
(México) y ambas volvían a reunirse en La Habana para regresar a Sevilla. Todo comercio
por otra vía quedó prohibido, salvo las excepcionales licencias que el rey podía
otorgar, y todo intercambio con los extranjeros fue simultáneamente vedado a los
habitantes de América bajo penas severísimas.
Pero el sistema no dio los resultados que se esperaban. La metrópoli, desde principios
del siglo XVII, no estuvo en condiciones de abastecer los mercados de las Indias, y fueron
los comerciantes extranjeros de Sevilla (franceses, genoveses y holandeses
principalmente), los que se encargaron de remplazar la falta de mercaderías española.
Así el metálico americano iba a parar por esa vía indirecta a las demás naciones, en
una proporción que en dicho siglo comenzó siendo de los dos tercios y llegó a los nueve
décimos.
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Papel sellado para el Nuevo Reino de
Granada, años 1662-1663. Archivo General de la Nación, Bogotá..........
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Indios segando la mies. Album del obispo
Baltasar Jaime Martínez Compañón, ca 1791. Biblioteca del Palacio Real, Madrid.
Facsímil en la Biblioteca Nacional de Colombia, Bogotá.
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Sólo en el
siglo XVIII los Borbones comienzan a ensayar una política más amplia, impuesta a veces
por Francia o Inglaterra, o inspirada otras por las nuevas ideas económicas. Los asientos
negreros concedidos a esas naciones, el aumento de los buques de registro y de licencias
para navegar, la supresión de las flotas y galeones y luego la apertura de los puertos
españoles y americanos al comercio libre en navíos nacionales (1778) son otras tantas
etapas sucesivas en una evolución hacia la completa libertad mercantil. Esta orientación
procuraba simultáneamente restaurar la grandeza de España desarrollando sus industrias y
su marina para competir así con las demás naciones, y aunque en parte logró este
resultado a lo largo del siglo, la batalla de Trafalgar (octubre de 1805), en la cual
quedó destruida la escuadra franco-española, cortó las comunicaciones regulares con sus
dominios de ultramar.
En el orden interior, las diversas provincias de las Indias se
organizaron en el siglo XVI con los pocos recursos que venían de España o que existían
en cada región. La metrópoli proveyó semillas y ganados, así como la técnica
incipiente para aprovecharlos y para explotar las minas. Aunque los españoles pusieron su
trabajo en una primera etapa, en general éste fue realizado tanto por indios como por
negros. Sin embargo, nunca se quiso hacer de estas colonias grandes mercados de consumo,
ni desarrollar de tal manera sus industrias como para convertirlas en centros
exportadores, salvo en lo referente a las minas y a otros productos tropicales, como el
algodón y el cacao. La política de España tendió más bien a organizar una economía
estática antes que una economía de expansión, buscando el equilibrio de la producción
y el consumo dentro de sociedades relativamente cerradas y con mercados muy reducidos.
Desde otro punto de vista, España consideró a su vasto imperio como
una unidad económica dentro de la cual debían ser preferidos los intereses peninsulares.
A veces se prohibieron ciertos cultivos o industrias de las Indias para que no hicieran
competencia a sus similares europeos; y más tarde, por motivos exclusivamente fiscales se
establecieron algunos monopolios y restricciones que también cercenaron las posibilidades
locales. Además, en todas las épocas hubo un sistema aduanero proteccionista, que a
veces favorecía la producción del Nuevo Mundo y otras lo perjudicaba notablemente.
Dentro de todas estas ideas, debe analizarse cómo España cumplió o
intentó cumplir con la obligación evangélica que le fue impuesta en las Bulas de
donación pontificia. El desarrollo económico indiano tuvo como límite, por lo menos
inicialmente, el sistema de protección indígena al que ya se hizo referencia en esta
serie Instituciones de Colombia (Nš 146, febrero de 2002), el cual subordinó la
concesión de tierras durante la colonia (ver Nš 149, mayo de 2002), o más bien, hasta
mediados del siglo XVIII, en el cual la tensión entre el sistema de protección inicial a
los indígenas y la necesidad de arbitrar recursos para la Corona se rompe a favor de este
último extremo, iniciando un movimiento que va a continuar a todo lo largo del siglo XIX
y que va a llegar incluso al siglo XX.
Parecería que el sistema de protección económico a que fueron sometidas las colonias
y el sistema de protección que trató de salvaguardar a los indígenas durante la época,
fueron obstáculos para el desarrollo económico de América Latina, entendido en el
sentido moderno. Sin embargo, estas barreras proteccionistas lograron conservar, para bien
o para mal, buena parte de las etnias originales, de sus costumbres y tradiciones, que
hoy, después de tanto tiempo, están más vivas que nunca. A cambio de la falta de
desarrollo económico, se ha conseguido la preservación de etnias y culturas que han
sobrevivido al esfuerzo que durante los siglos XIX y buena parte del XX se hizo por
integrarlas a un proyecto nacional único.
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