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as
descripciones más prolijas de fiestas en el virreinato de
la Nueva Granada corresponden a las realizadas en diferentes villas
y ciudades entre 1789 y 1790 con motivo del ascenso al trono de
España del rey Carlos IV y de su esposa María Luisa
de Parma. Estas funciones públicas, costeadas por el alférez
real de cada lugar, eran la ocasión para que éste
mostrara su devoción a la corona y el poder económico
merced al cual había conseguido la importante investidura.
Los
preparativos incluían la construcción de un tablado
para las corridas de toros, la iluminación de calles y plazas
y su adorno con banderolas. En los balcones de las casas principales
se colocaban en exhibición los retratos de los monarcas y
sus escudos adornados con finas colgaduras de seda, tapices, espejos,
bombas de cristal y cuadros de calidad. Es decir, literalmente se
"sacaba la casa por la ventana".
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Las
celebraciones podían durar tres o más días
y en ellas se alternaban ceremonias religiosas, cabalgatas, desfiles,
representaciones teatrales, fuegos artificiales, toros y todas
las ideas que surgieran de la desbocada imaginación del
organizador, interesado en sobrepasar a sus émulos. Cuando
se celebró la jura de Carlos IV, el alférez real
de Cali hizo correr vino por las fuentes públicas y el
de Girón ordenó lluvia de pequeñas monedas
de oro. Todo esto para diversión popular, porque el refresco,
la música y el baile se reservaban al muy rancio grupo
de autoridades, nobleza y gentes de nota.
Los
bailes de máscaras, fiestas populares a las cuales se accedía
comprando una boleta, fueron una innovación introducida
en Madrid por el conde de Aranda hacia 1775, con gran aceptación
por parte de la nobleza, que gustaba de confundirse durante unas
horas en el bullicio de la fiesta. Llegaron a Santafé con
el virrey Amar y Borbón, y en su honor se ofrecieron dos
en el año de 1803, cuidadosamente organizados y reglamentados
según consta en el folleto titulado: Prevenciones que
se deben observar en los dos bayles de mascaras, que el comercio
de esta capital ofrece al feliz arribo a ella del Excmo. señor
Virrey don Antonio Amar y Borbon, cuyo articulado dice así:
-
A
ninguna persona se le permite usar de la máscara fuera
del Coliseo de modo que, antes de entrar y después
de haber salido de él, no se podrá poner la
máscara en la calle.
-
Se
prohibe el uso del tabaco de humo en el salón de bayle,
salas de cena, refresco, palcos o corredores de adentro, y
solo en los interiores se podrá fumar.
-
Es
arbitrario a los concurrentes ponerse o quitarse la máscara
dentro del Coliseo para mayor comodidad y desahogo de los
mismos.
-
Para
que todos los concurrentes puedan divertirse según
su carácter y genio, al prudente arbitrio de los directores
corresponde interponer los bailes de Minué, Paspie,
Bretaña, Amable, Contradanza, Fandango, Torvellino,
Manta, Punta, que son las clases de los que se permiten.
-
Ninguno
de los concurrentes tendrá facultad de mandar o pedir
a los coros de música que toque este u otro bayle por
que esto corresponde al arbitrio de los directores.
-
Para
evitar confusiones y desórdenes se calculará
el número de parejas que con comodidad pueden entrar
a esta diversión y conforme el cálculo se repartirán
boletines.
-
Se
pondrán dos coros de música colocados donde
corresponda para que así descanse uno mientras toca
el otro.
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Se
dispondrán las correspondientes salas de cenar, refresco,
licores, y dulces, con los precios de estos comestibles y
potables para que cada uno pueda pedir lo que le acomode y
sepa su costo.
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Danzantes.
Óleo
de Joseph de Medina, 1783.
Del
biombo santafereño de Fernando de Caicedo.
Colección
Particular, Bogotá
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Baile
campestre.
Óleo
de Joseph de Medina, 1783.
Del
biombo santafereño de Fernando de Caicedo.
Colección
Particular, Bogotá
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Para
mejor servicio se colocarán en ellas las mesas que
sean convenientes, de cuatro asientos cada una y se servirá
a los concurrentes por criados con la mayor decencia.
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Se
dispondrán dos camas y la asistencia de un facultativo
para el pronto socorro y auxilio de quien lo necesite en el
caso de algún accidente o indisposición de salud.
-
Habrá
para las necesidades humanas dos retretes destinados uno a
hombres y otro a mujeres y se prohibe absolutamente la entrada
en ellos de personas de ambos sexos.
-
Habrá
a la entrada del Coliseo una sala con perchas que sirva de
ropero adonde los concursantes puedan dejar con confianza
las capas, sombreros, mantillas, sayas y demás que
lleven, recogiendo la reseña que le franqueará
la persona que para ese destino se elija y después,
entregándole el mismo se le devolverá cuanto
hubiese dejado, advirtiéndole que allí no podrá
detenerse más tiempo que el preciso para dejar estas
prendas.
-
Se
nombrarán tres directores instruidos en bayle quienes
cuidaran del arreglo de la música y de instruir a las
máscaras arreglando las parejas a la clase de bayle
en los lugares correspondientes y si la inutilidad de alguna
máscara fuese tal que impida la diversión de
los demás procurarán con buenas razones políticas
y urbanas, separarlo.
-
Estos
directores estarán vestidos de máscara como
los demás y para que sean conocidos llevarán
unas varas largas con cintas en el extremo superior de ellas
de diferentes colores.
-
La
entrada al bayle será a las 8 de la noche y durará
sin tiempo determinado hasta que le parezca conveniente al
público que se destine al intento.
-
Se
nombrará por la superior autoridad un juez que asista
a la diversión quien cuidara la observancia de las
reglas prevenidas en esta Instrucción y dará
las demás que correspondan según las ocurrencias
dirigiendo su particular atención a evitar desordenes
de cualquier clase que sean.
-
La
tropa que se pedirá de auxilio estará a la disposición
de este juez a quien se dará parte inmediatamente que
ocurra asunto que lo merezca
-
18. El oficial
que manda la tropa se le dará un ejemplar de esta instrucción
para su gobierno y procurará que a las 7 de la noche
este en el Coliseo para repartir los centinelas con la debida
anticipación y ponerse de acuerdo con el juez comisionado.
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19.
El centinela que advirtiese algún desorden o inobediencia
de estas personas los remediará con moderación
pero si esto no alcanza dará parte al instante para
su remedio.
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20.
Además
de colocarse en los parajes que convengan los centinelas necesarios,
continuamente habrá una patrulla que discurriendo por
todas partes evite los más mínimos desórdenes.
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21.
Mirando
a la mayor comodidad de los concurrentes se quitarán
las divisiones de los palcos de primer, segundo y tercer orden
franqueando en los trechos convenientes entradas que sirvan
a la mejor comunicación.
-
Además de las graderías de la cazuela que quedan
libres se colocarán asientos en todas partes para que
gocen de la diversión los que no quieran baylar o se
hubieran fatigado del bayle.
-
Se
eliminará el teatro completamente guardando la simetría
que haga más agradable su vista, y en los tránsitos
internos, escaleras, corredores, salas y retretes se pondrán
bastantes luces para que de este modo se eviten desórdenes.
-
Los
meseros se portarán en esta diversión con la
mayor moderación de suerte que en su acción
y palabras no se note cosa alguna digna de corregirse.
-
Para
evitar confusión en la entrada y salida a las salas
de refresco y cena se franquearán las dos puertas que
sirvan de comunicación al foro de modo que por una
se entre y por otra se salga poniéndose sobre ellas
el rótulo que lo manifieste.
-
Se
prohibe absolutamente que ninguna persona pueda descubrir
o quitar la máscara a otra y solo en el caso de la
urgente necesidad podrá hacerlo el juez comisionado
cuando las circunstancias lo exijan.
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Igualmente
se prohibe el uso de vestidos de clérigo, religioso,
militar, uniforme de empleo, ni algún otro que sirva
de ridiculizar a persona alguna.
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Los
que se usen propios a la diversión y carácter
de máscaras serán de moderación, honestidad
y recato, en la inteligencia de que no se permitirá
la entrada a quien se desvíe de estas ideas o vaya
en su porte diario.
-
Se
prohibe también que los hombres se vistan de mujeres,
y a estas que usen el de aquellos, sobre cuya observación
se vigilará con el mayor cuidado y si hubiera algún
contraventor será castigado rigurosamente.
-
Se
prohibe a todos indistintamente llevar espada, espadín,
bastón, palo ni otra arma alguna.
-
Se
prohibe la entrada a los niños que no pasen de 12 años
y en el caso que tengan esa circunstancia entrarán
vestidos de mascara como los demás.
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Se
encargara a los concursantes que los criados que los conduzcan
se retiren inmediatamente desde la primera puerta del Coliseo
-
Se
prohibe la entrada, así a los hombres como las mujeres,
que no vayan de máscara de suerte que por ningún
pretexto se permitirán tapados o tapadas.
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Todos
los concurrentes, por privilegiados que sean en los casos
que ocurran estarán sujetos a la persona pública
designada a esta diversión de suerte que no les valga
fuero, privilegio o excepción alguna sea de la clase
que fuera.
Imprímase,
Amar
Santafé
1803
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Biblioteca
Nacional de Colombia
Fondo Pineda, Sala
1, pieza 12785
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