Ficha bibliográfica
Titulo:
Análisis formal del vocabulario de parentesco Muisca. La oposición en las generaciones intermedias
Edición original: 2005-05-23
Edición en la biblioteca virtual: 2005-05-23
Creador: Francois Correa




INDICE




La oposición en las generaciones intermedias

En éstas generaciones concentraré la atención en el rasgo fundamental, la oposición entre afines y consanguíneos. De partida emplearé los conceptos de «consanguíneo» y «afin», de acuerdo con el común uso antropológico según el cual los primeros serían aquellos parientes relacionados, real o putativamente, por vínculos genéticos culturalmente definidos; mientras que los segundos estarían relacionados entre sí a través de la unión matrimonial de por lo menos dos de sus respectivos miembros (Murdock, l969 Fox, 1972:31-33).

También debo aclarar que Louis Dumont ha insistido en que el análisis no puede mezclarse con la observación de las formas lingüísticas concretas: |«se debe desarrollar al nivel fundamental de la estructura del sistema» (Dumont, 1975:90). Pero teniendo en cuenta que no es posible una observación etnográfica y respetando dicho criterio, he ponderado el peso del vocabulario como manifestación lingüística de la clasificación de relaciones sociales.

En la primera generación ascendente los términos para los parientes lineales ( |paba, guaia) parecerían orientar los de los colaterales. Partiendo del término elemental para el padre ( |paba) | 20 el del hermano y hermana del padre son lingüísticamente próximos ( |zepaba, zepaba fucha) | 21 . El de la hermana del padre se halla remarcado por la palabra |fucha, que en otros contextos es utilizado para «mujer» | 22 y, distinguible del que correspondería a «esposa» ( |guia) | 23 de manera que una traducción aproximada de dicha glosa podría ser: «mujer hermana de padre», puesto que la glosa |zepaba no limita el género (hermano/a del padre) y debe agregar una palabra que lo señala. También es notoria la proximidad lingüística de los términos para los parientes matrilaterales, la madre, la hermana y el hermano de la madre ( |guaia, zuaia, zuecha).

Cuadro 2. Vocabulario en la primera generación ascendente.
 

Como es observable, a diferencia de las generaciones extremas, en la primera generación ascendente el vocabulario distingue todos los parientes con términos específicos y parecería seleccionarlos en clases según sean ascendientes por vía patrilateral o matrilateral. Cabe mencionar que diversos vocabularios traen una transcripción del muisca para «entenado/a», lo que daría cabida a descripciones de la forma: «el-hijo-del-padre» [pero no de la madre], o bien, «el-hijo-de-la-madre» [ no del padre], lo que de ninguna manera obstaculiza que en la primera generación ascendente se opongan los parientes del lado paterno y del lado materno.

Con respecto a la primera generación descendente el Diccionario distingue los términos aplicados a los hijos ( |chuta), del de los hijos de la hermana ( |guabxie), según la glosa No. 37 del Anexo. En cuanto los clasifica como opuestos y distinguidos por categorías es previsible que la filiación de los hijos de la hermana fuese diferente de la de los hijos de ego ya que, prohibida en matrimonio para la unidad de ego debería casar con miembros de una unidad alternativa; consecuencia será que en la siguiente generación sus hijos podrían ser clasificados en unidad distinta de la de los hijos de su hermano | 24 .

Cuadro 3. Vocabulario en la primera generación descendente.

Al igual que en la primera generación ascendente los términos se muestran «simétricos»: en su generación las categorías agrupadas en recuadros son opuestas. Pero fijémonos que la razón fundamental que permite agruparlos no es su proximidad lingüística. Partí de las glosas de la generación de los padres en donde el anónimo apela a oponerles por líneas de ascendencia ( «paterna» y («materna» ). Dos generaciones después la oposición depende de que sean hijos de ego o de su hermana. Aunque la explicación debe atender a lo que ocurre en la generación de ego, desde ahora todo indica que el sistema se segmenta progresivamente.

Adicionalmente, hemos de retener que una vez distinguidos los primeros como pertenecientes a líneas opuestas, en realidad, su vínculo se realiza por el matrimonio del padre y la madre; es decir que la oposición de líneas de filiación presupone una relación de articulación por la alianza matrimonial entre sus respectivos parientes. Dicho de manera más general, en la primera generación ascendente las categorías se oponen por filiación y se articulan por la alianza.

Con respecto a los términos de afinidad el vocabulario trae un término para la «esposa del tío» ( |zegyi), que en el contexto del enunciado privilegia la relación de consanguinidad del español ( «tía»), y no la de afinidad que describe. Por otra parte, la transcripción no aclara si se trata de la esposa del hermano de la madre o la esposa del hermano del padre. Aún considerando la difusa transcripción de la glosa, sugiere que se trata de una ( «consanguínea» ( «tía») que casa con un «consanguíneo» ( «tío»). No obstante que dicho término es distinto de aquellos para la hermana del padre y la hermana de la madre ( |zepaba fucha y |zuaia), en el contexto del Diccionario tales términos son subsecuentes (hermano de madre, hermana de mi madre, hermana de mi padre, mujer de mi tío...) y parecen enlazados por una pretendida consanguinidad expresada en español por la glosas «tío»/«tía». Esta relación dejaría de ser presuntiva si lo que expresa es su conformidad con el reconocido matrimonio de primos cruzados bilaterales que hacen legítimo entender que cierta «tía» casa con cierto «tío», reafirmando la articulación por alianza entre las líneas paterna y materna, considerados afines y no consanguíneos.

Adicionalmente, es destacable cómo el término para la madre de la esposa ( |gyi), común para la esposa del hijo, posee un salto de una generación en su rango de aplicación (+1 a -1), y son, nuevamente, reservados para los parientes considerados «afines»; un correlato de tal situación corresponde a los términos del hablante masculino para el padre de la esposa que es el mismo para el esposo de la hija ( |chica). Y no es muy distinto de lo que ocurre con las glosas femeninas para afines alternativos, el padre del esposo y el esposo de la hija ( |guaca) y la madre del esposo ( |chasuaia). Y a diferencia del término exclusivo para la esposa del hijo usado por la hablante femenina ( |gyeca).

Cuadro 4. Vocabulario para afines en las generaciones intermedias.

No obstante lo impreciso de la presentación, los términos para «madre-de-la-esposa», «esposa-del-hijo» y «esposa-del-tío» se hallan lingüísticamente relacionados por el morfema |gyi, que en los dos primeros se comporta como un término elemental. Ya he enunciado un comentario sobre el posesivo de la primera persona |ze que, en éste caso, haría concluir que hay un sólo término ( |gyi) cuyo rango de aplicación se refiere a afines femeninas de las generaciones intermedias. Ello podría ser indicativo de un común campo semántico que liga, en generaciones alternas, parientes afines.

Dicho campo de relaciones sociales de afinidad indicado por el vocabulario no sería extraño si ocurriese, como lo he demostrado para vocabularios Tucano | 25 , que glosas específicas se reservan para los parientes efectivamente relacionados como afines y a diferencia de las glosas que sólo expresan la potencialidad de la relación no obstante entre éstos ya halla vínculos de parentesco. Dicho más escuetamente y como se demostrará adelante, el hermano de la madre y la hermana del padre además de parientes actuales (distinguidos por glosas en referente), podrían convertirse en padres de la esposa de ego (distinguidos por vocativos); en consecuencia el cambio cualitativo de la relación en afines sería marcado con el empleo de tales glosas.

Antes de seguir adelante es conveniente aclarar la ambigüedad a la que podría conducir la clasificación de parientes que, ubicados en diferentes posiciones genealógicas, aparecen en los Diccionarios recubiertos por términos colectivos que diluyen las diferencias de género, generación, mayorazgo e, incluso, la distinción de la consanguinidad y la afinidad, que ya hemos anunciado.

Empezaremos por los términos inclusivos para «el marido y la muger» ( |sahaoas guisa), para «el padre y el hijo» ( |pabas chutasa), y la expresión colectiva para los «hermanos» ( |guias cuhubasa). La primera parecería confundir líneas de filiación, pero los une como afines. La segunda, que incluye parientes consecutivos, difumina el rasgo distintivo de la generación. La última glosa que reconoce el principio generacional, obvia la distinción del mayorazgo. Y, todas, encubren el género.

Observadas más de cerca, salta a la vista que las glosas se hallan compuestas por los términos elementales para los respectivos parientes incluidos: el esposo ( |sahaoas) y la esposa ( |guisa); el padre ( |paba) y los hijos ( |chuta); el término para la hermana/o mayor ( |guia), y el de la hermana/o menor ( |cuhuba). Los términos compuestos incluyen una clase de parientes vinculados por cierta relación social que es la que se enfatiza pero, en propiedad, no parecen constituir un término de parentesco.

El término |chune, que también hace caso omiso del género, fusiona los parientes de la segunda generación descendente, lo que no parece tener mayores consecuencias en el sistema de clasificación.

La oposición de los «primos» en la generación de ego

Los términos de esta generación son críticos para caracterizar los diferentes vocabularios de parentesco | 26 . Como en la primera generación ascendente, esta generación opone dos clases de parientes que se hallan encubiertos en las glosas españolas que el anónimo transcribe como «hermanos», «primos hermanos» y «primos segundos» cuyo contenido hemos de esclarecer.

Los Consanguíneos

De acuerdo con el Diccionario de referencia la descripción de las glosas para los «hermanos» pueden ser dispuestas en dos series de terminos: los que diferencian su género y los que les distinguen entre «mayores» y «menores»

La primera serie la componen los términos para la hermana ( |guahaza) y el hermano ( |nyquy / pquyhytya), que no solo se oponen por el genero sino que son términos exclusivos (de un género a otro) y recíprocos (entre los «hermanos» de genero contrario) | 27 ; a diferencia, por ejemplo, de los términos para los parientes de las generaciones extremas que no se interesan por el género de quien se dirige a ellos. En general son categorías que seleccionan los consanguíneos de la generación de ego opuestos por el género.

Pero, para los mismos parientes los Diccionarios traen otros términos que distinguen la edad relativa: |guia para el hermano y la hermana mayores y |cuhuba para el hermano y la hermana menores. Son términos genéricos (no distinguen el sexo), pero especifican que los consanguíneos de esta generación han nacido antes o después, de manera que siempre se reconocerán como «mayores» o «menores», expresando cierta asimetría de la relación social.

Tomadas en conjunto, curiosamente las primeras glosas, exclusivas y recíprocas, estarían conformes con el segundo rasgo característico de éste tipo de terminologías (oposición por el sexo), pero en contradicción con el cuarto criterio (oposición por la edad); mientras que las segundas glosas, genéricas y asimétricas, son el inverso de las anteriores: están conformes con el cuarto rasgo pero escapan al segundo. Estas glosas son comunes a los vocabularios Dravídicos (Dumont, 1975:91), y enfatizan que se trata de una misma clase de parientes: los consanguíneos de la generación de ego.

Ahora bien, por otra parte los términos para los «hermanos» serían comunes para los denominados «primos hermanos», puesto que el Diccionario de referencia enuncia:

«Primos hermanos, hijos de dos hermanos o de dos hermanas se llaman ni más ni menos q[ue] si fueran hermanos»

En primer lugar ha de aclararse el uso de la glosa del español «primos hermanos». A falta de un Diccionario Español contemporáneo del anónimo, acudí al de la Real Academia de la Lengua cuya definición generaliza en sentido «consanguíneo»: |«Si es hijo/a de tío/a carnal se llama primo hermano o carnal» | 28 ; es decir, el hijo de los hermanos/as del padre y la madre de ego.

Pero nuestro texto de referencia, adicional y expresamente, restringe el género de alter en la descripción de la glosa afirmando que son alternativamente los |«...hijos de dos hermanos o de dos hermanas...». Dicho más escuetamente, para el anónimo estos «primos hermanos» lo son por ser hijos de dos hermanos varones o bien hijos de dos hermanas mujeres | 29 , que podemos ver en la figura 1.

|Figura 1. Vocabulario recíproco entre consanguíneos terminológicos de la generación de ego.

De lo anterior es posible deducir que lo que el anónimo reconoce como distinto («hermanos» y estos «primos hermanos»), en realidad terminológicamente no lo es. Recubiertos por las mismas categorías muiscas son allí clasificados como análogos. Empero, si su posición podría ser equivalente la generalización no implica perder de vista que su descripción genealógica es distinta. Por el contrario, el que su vínculo de parentesco se establezca por caminos notablemente diferentes, del que sólo para los segundos se halla claramente trazado (son hijos de hermanos/as del mismo sexo), propone un importante problema a resolver: el sentido clasificatorio de las glosas obliga a definir la «consanguinidad» en el contexto socio-cultural muisca | 30 .

La descripción del anónimo parte de su propio referente socio-cultural e imposta sus propias relaciones sociales en una pretendida diferencia ( «hermanos» y «primos hermanos» ) que, a la postre, la clasificación muisca no hace distinta; se refiere a una misma categoría de parientes, los consanguíneos de la generación de ego | 31 . Pero, también cabe preguntarse: ¿Cuando el anónimo transcribe del muisca «hermanos» se refiere a los hijos de un mismo padre y/o una misma madre? Aunque la pregunta se dirige aquí a la glosa española, la respuesta debería hacerse en el contexto de los muisca, pero la filiación elude el análisis de las transcripciones de los Diccionarios.

20 Que en otros contextos lingüísticos se encuentra asimilado a relaciones socio-políticas como en «encomendero de indios», «señor de criados»: |paba, o bien, «amo señor»: |paba sue.
21 El diccionario de referencia no incluye una glosa para el hermano del padre que aparece en Lucena Salmoral. Realizando una segmentación morfológica, siempre lingüísticamente dudosa y más en el caso del vocabulario de parentesco, no dejo de señalar que |ze, según nuestro anónimo, es un «pronombre adyacente» que podría corresponder con el posesivo de primera persona «mi» (González de Pérez 1987: 86; y especialmente pp. 138); diferente del pronombre sustantivo para «yo» ( |hycha).
22 Es posible observar otras acepciones del diccionario que parecen confirmado («mujer»: |muysca fucha; «niña»: |guasgua fucha; «hembra»: |fuhucha; y «mujer española»: |sue fucha. En el primer caso |muysca parecería tener el significado de «gente»; en el segundo, |guasgua estaría reservado para señalar al infante puesto que «niño» utiliza el mismo término al que, como en este caso, se le diferencia el género correspondiente ( |guasgua cha).
23 Como en las glosas para «pares de mujer»: |chyumy [o] |guía; y «ama señora». Y, definitivamente en la glosa: «señora»: |guaia.
24 La interdicción matrimonial con la madre, la hermana y la hija, es testimoniada por crónicas sobre los muiscas: " |Con hermanas, primas, y  sobrinas no se casaban, antes lo tenían prohibido, aunque fuesen Reyes, y en esta atención y respeto al parentesco de sanguinidad...», y más adelante: « |Que si algún hombre cometiese incesto con su madre, hija, hermana o sobrina...» (Fernández de Piedrahita, 1942, T.I:59 y 97). O bien, «... |al que tuviese cuenta con su madre, con hija, con hermana, con sobrina, que son entre ellos grados prohibidos...» (Castellanos, 1955, T.I:37). Como puede notarse con aquellas también aparecen «primas» y «sobrinas» pero, consecuente con el análisis, dichas glosas españolas podrían incluir afines en la clasificación de los muisca.
25 Correa, 1996
26 Murdock, 1949; Héritier, 1981.
27 A propósito de la dificultad del referente español aclaremos al paso que la acepción pluralizada que aparece como descripción colectiva española para los « |ermanos respecto de la hermanan» (No. 15 del Anexo No.1), lo que dificultaría la precisión del género al que hace referencia por cuanto podría incluir la hermana y el hermano, puede ser despejada al confrontarla con la que enuncia: «hermano con respecto de la hermanana» (nyquy/pquyhyta, No. 22 del Anexo) que precisa el género.
28 El |Diccionario de la Real Academia se refiere sólo al hijo y al tío que, aunque no gratuito, del contexto de la definición se desprende que se refiere a ambos géneros. Fueron consultados también Covarrubias (1943) y Corominas y Pascal (1985).
29 Los que consuetudinariamente se han reconocido en la Antropología como «primos paralelos».
30 Para ilustrado diré que en la sociedad hispana y criolla las relaciones de ego con los hermanos y los primos-hermanos, los comportamientos, los derechos y las obligaciones, son distintos; de hecho, sus propias glosas los diferencian.
31 No obstante reste la pregunta que sólo etnográficamente podría ser respondida: ¿Al emplear unas mismas categorías, a su turno, los muiscas indicaban que todo pariente recubierto por dicha clasificación era de trato equivalente no importando su diferente posición genealógica?

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