Ficha bibliográfica
Titulo: BOLETÍN CULTURAL Y BIBLIOGRÁFICO No. 67
Autores: BLAA
Edición original: Biblioteca Luis Ángel Arango 2005
Edición en la biblioteca virtual: 2006
Notas: Boletín cultural y bibliográfico No. 67
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| BOLETÍN CULTURAL Y BIBLIOGRÁFICO No. 67

Lectura sesgada
 

|El declive de los fundamentos económicos de la paz.
De la Conferencia de Bretton Woods al Consenso de Washington
|Bernardo Vela Orbegozo
Universidad Externado de Colombia,
Centro de Investigaciones y Proyectos Especiales (CIPE), Bogotá, 2005, 198 págs.

Las coordenadas temporales de este texto son Bretton Woods en julio de 1944, momento en el que se convoca y realiza la Conferencia Internacional sobre Asuntos Económicos, Monetarios y Financieros, y el periodo posterior a la adopción del paquete de políticas codificado bajo el nombre de Consenso de Washington.

Las perspectivas del análisis se ubican dentro de al menos tres campos de los estudios del desarrollo: las teorías del |Estado social de derecho, la |teoría económica sobre el Estado de bienestar, y el hasta el presente "vacío" teórico que para la ciencia política constituye la reflexión sobre |lo público referido a las relaciones internacionales, entendido como el problema de conceptualizar los propósitos, objetivos, acciones y resultados del sistema económico multilateral.

Entre las incontables preguntas que problematiza el autor del libro, tanto desde su perspectiva o con base en la literatura citada para guiar sus reflexiones, sobresalen éstas:

• ¿Cómo garantizar en una sociedad internacional descentralizada los derechos humanos de la tercera generación, como el derecho a la paz, el derecho a un orden económico justo y el derecho a un medio ambiente sano, si estos derechos, por su naturaleza solidaria, sólo pueden hacerse realidad en un contexto fundamental de cooperación internacional? (pág. 25), retomando la perspectiva jurídica de Héctor Gross Espiell.
• ¿Cómo conciliar la tendencia creciente de la economía de mercado con la necesidad de un orden que garantice los bienes de solidaridad que el mercado no puede producir? (pág. 24), haciendo una revisión de cuestiones extensamente abordadas en los últimos cien años por la economía internacional.


• ¿Hasta dónde debe llegar esa relación entre el derecho y el mercado? ¿Debe haber reglas para establecer las relaciones económicas en el ámbito estatal y en el ámbito de las relaciones internacionales? ¿Qué intereses deben defender las instituciones jurídicas que regulan el mercado? Pero, en cambio, ¿qué intereses favorece un sistema económico internacional basado en la libre circulación de los flujos comerciales y de los flujos financieros en el que, con distinta suerte y protagonismo, se han tenido que insertar todos los países del planeta? ¿Tiene ese sistema mecanismos eficientes y efectivos para proteger los intereses de los países en vías de desarrollo y, en fin, para establecer la convergencia económica en las relaciones internacionales? ¿Tienen las instituciones estatales de los países en vías de desarrollo la capacidad para contrarrestar los efectos negativos de la apertura económica y la liberalización comercial? (págs. 57, 60 y 62).

Al no encontrar ninguna respuesta afirmativa a las anteriores preguntas, se seguirá preguntando:
• ¿Cómo someter las fuerzas de la internacionalización de la economía de mercado y, especialmente, las del actual sistema de comercio mundial, a un régimen económico multilateral? ¿Qué normas deben componer ese régimen? ¿Con qué capacidades y recursos debe contar esa organización? (pág. 83).

El capítulo segundo (págs. 55-101), central en el trabajo, muestra detalladamente la transformación operada en los debates y las instituciones de Bretton Woods, desde los años cuarenta hasta finales del "corto siglo XX", ubicando el Consenso de Washington en una coyuntura de apertura económica y desmonte del |welfare state y ahondamiento de la oposición entre libre comercio y el respeto a los derechos económicos sociales y culturales.
• ¿Hay espacio para que los países en vías de desarrollo se inserten en la economía mundial?, ¿existe un orden internacional que garantice la equidad para que los Estados más pobres puedan participar en la economía mundial? ¿Qué costos tiene para un país en vías de desarrollo llevar a cabo políticas que conduzcan a esa inserción? En fin: ¿están los Estados desarrollados en disposición de ceder espacios en beneficio de los Estados en vías de desarrollo? (pág. 106). ¿Cómo garantizar los derechos de las personas si no existe un orden social que los respalde? O, desde el punto de vista de las relaciones internacionales, ¿cómo hacer efectivos los derechos humanos de la tercera generación, si el derecho internacional está fundado en un orden social cuya estructura no ha podido garantizar adecuadamente la solidaridad? (pág. 113). O, desde el punto de vista económico, ¿cómo compensar los desequilibrios suscitados en lasrelaciones  internacionales y, en términos más específicos, cómo compensar el impacto asimétrico y diferenciado de la internacionalización de la economía de mercado sobre los países en vías de desarrollo? (pág. 114). Preguntas estas a las que se intenta dar respuesta en el capítulo tercero.


La conclusión obvia y lógica es fatalista, en el sentido de la insostenibilidad del sistema económico multilateral, dadas las amenazas que alberga para las generaciones del futuro y el efecto que ocasiona el ahondamiento de la desigualdad en las bases de paz mundial.
• Finalmente, en los términos de Bertrand Russell, ¿tendrá nuestra raza (¿especie?) cordura suficiente para imaginar y llevar a la práctica un mundo diferente? Llevada al marco de la ciencia política, ¿cómo, en un orden mundial que sigue fundándose en la descentralización y que está impulsado por los valores económicos del liberalismo neoclásico, es posible un nuevo consenso de la comunidad internacional que permita volver al multilateralismo y fortalecer la solidaridad? Y llevada al marco del derecho internacional, ¿será este derecho contemporáneo, como lo fue hasta antes de la segunda guerra mundial el derecho internacional clásico, sólo un instrumento creado por los Estados más poderosos y destinado a proteger un equilibrio de intereses específico? (pág. 126 e introducción a las |reflexiones finales [págs. 127-152], centradas en discusiones sobre si hay alguna relación entre el desarrollo y la construcción de un mundo más justo y menos violento). Cuestión expresable conflictualmente como: ¿puede coincidir la racionalidad económica capitalista con una razonable idea de justicia? O, ¿se puede esperar que la cultura occidental, cuyo desarrollo se ha fundado en la razón, estructure racionalmente los mecanismos adecuados para evitar la iniquidad, el sufrimiento humano y, en consecuencia, la guerra? (pág. 141).