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Boletín Cultural y Bibliográfico , Número
29, Volumen XXIX, 1992
La justicia para los
griegos
Hernán Ortiz
R. y la especulación iusfilosófica
(El carácter acientífico de la llamada ciencia del derecho)
La especulación
iusfllosófíca en Grecia antigua:
desde Homero hasta Platón Herndn Ortiz Rivas
Editorial Temis, Bogotá, 1990, 244 págs.
"La ley
positiva es el arma inerte y siempre dispuesta, tanto para la sabiduría del legislador
como para la pasión del tirano".
Julio Germán van
Kirchmann
La Editorial Temis ha
puesto en circulación el libro La especulación iusfilosófica en Grecia antigua:
desde Homero hasta Platón, del profesor de filosofía del derecho y notario tercero
del círculo de Bogotá, Hernán Ortiz Rivas.
La especulación
iusfilosófica ha sido mínima en nuestro país; quizá con honrosas excepciones que se
pueden enumerar con los dedos de las manos y, al sacar la cuenta, notamos con asombro que
nos sobran dedos. El auge iusfilosófico impulsado y realizado por nuestro maestro Rafael
Carrillo desde el Instituto de Filosofía de la Universidad Nacional en el año 1946,
junto con sus colaboradores más cercanos, como los desaparecidos profesores Jaime Vélez
Sáenz y Cayetano Betancur, y más tarde por otros filósofos, como Luis Eduardo Nieto
Arteta y Abel Naranjo Villegas, se había quedado durmiendo el sueño de los justos. Hoy,
después de 44 años de la primera especulación iusfilosófica Ambiente
axiológico de la teoría del derecho, de Rafael Carrillo, el profesor Hernán
Ortiz Rivas ha despertado para plantearnos, en un texto de 244 páginas, de nuevo la
especulación iusfilosófica, ahora desde Homero hasta Platón.
El objetivo del autor es
recuperar el concepto de justicia para la carrera de derecho, porque en "nuestras
abundantes facultades se olvida casi por completo el invaluable aporte del antiguo
iusfalosofar griego al saber jurídico, cuya importancia para la formación filosófica y
jurídica de los estudiantes, nos atrevemos a decir [que] supera a la del derecho romano,
tan privilegiado en nuestro medio académico" (pág. 11).
El texto está dividido
en siete capítulos y una introducción.
En el primero de ellos
expone, en forma clara y didáctica, la idea de justicia en Homero y Hesíodo utilizando
una abundante y competente bibliografía que le da claridad al texto.
La especulación
iusfilosófica de los presocráticos
es el segundo capítulo, y en igual forma como el
anterior plantea la posible idea de justicia que se encuentra en Anaximandro, Pitágoras,
Heráclito y Parménides. Arrancardice Ortiz Rivas de la "antigua
especulación iusfilosófica griega, lo que aún está vivo en ella, es una reacción
saludable contra ciertas tendencias contemporáneas que frecuentemente declaran obsoletos
a los primeros pensadores que se ocuparon de la justicia o la ley, para instalarse
autosuficientemente en una teoría general del derecho, una sociología o
antropología jurídica, una reducción positivista de la filosofía del derecho al campo
de la justicia (Kelsen) o del lenguaje jurídico, olvidando que esta ciencia filosófica
del derecho constituye un ejercicio fecundo de la razón, cuya zona de trabajo abarca la
justicia y toda la estructura jurídico-política de la sociedad" (pág.
5).
La especulación
iusfilosófica en la Antígona de Sófocles
es el tercer capítulo. Aquí toma la
tragedia sofocleana para demostrar que en ella se enfrentan dos principios válidos: la
ley y la conciencia; y se enfrentan dos valores: los derechos de la ciudad que han sido
violados por el hermano que se levanta contra su propia ciudad o los derechos del amor
fraternal. La importancia de la Antígona de Sófocles para la filosofía jurídica se
manifiesta múltiplemente; "por una parte, introduce un diálogo entre el poder
estatal y el saber jurídico [...]
por otra, fuera de las relaciones de poder y
saber, la tragedia sofocleana plantea un problema central de la filosofía del derecho: el
de la existencia y relaciones entre las leyes escritas dictadas por los gobernantes, a
través del aparato estatal y que se hacen valer por la coacción, y las leyes no escritas
que los humanos suponen originadas en los dioses o en la naturaleza, independientes de la
legislación del Estado" (págs. 8 1-82).
La justicia y el derecho
en Demócrito ocupan un lugar importante en este texto, pues le dedica solitariamente un
capitulo, porque él "no sólo justifica la sanción jurídica en general, sino que
se pronuncia a favor de su rigurosidad cuando se infrinja la ley, incluyendo la pena de
muerte" (pág. 94). Y también porque el profesor Ortiz Rivas deja escapar su
simpatía por el materialismo de Demócrito que lo irá a influir en su concepción
iusfilosófica.
El quinto capítulo está
dedicado a los sofistas, y el sexto y séptimo a Sócrates y Platón.
El autor hace resaltar la
actitud crítica del sofista ante un tema que hoy pertenece al derecho probatorio,
"en materia del testimonio judicial, cuando nos habla de la situación paradójica en
que se encuentra el declarante que con su atestación perjudica a un tercero y a él
mismo, olvidando que dicho medio de prueba no consulta el interés del individuo, sino el
de la polis" (pág. 131).
Las especulaciones
iusfilosóficas de Sócrates y Platón ocupan prácticamente la mitad del libro, pues nos
expone brevemente la posición de Sócrates, visto por dos de sus discípulos, Platón y
jenofonte, "a grandes rasgos la tesis iusfilosófica del Sócrates platónico
(Critón) se asemeja a las del Sócrates jenofóntico (Memorias), por el respeto absoluto
e incondicional a la ley y el sometimiento a la sentencia judicial" (pág. 168).
En general, se puede
decir que este texto es un buen logro en medio de la carencia bibliográfica sobre el tema
en nuestro país.
Es quizá el único
trabajo materialista histórico, hasta el momento, que reivindica el concepto de justicia
de los pensadores antiguos griegos para plantearlos a la universidad colombiana y
"motivar a los estudiantes y profesores para que por si mismos aprendan a
iusfilosofar sobre el Ser del derecho, la justicia y la ley [...]
no sólo para
darle un ambiente filosófico al derecho, que tanto lo requiere, sino para salir del
imperante positivismo que reduce todo el complejo y multifacético mundo jurídico, a las
normas legales" (pág. 11).
NUMAS ARMANDO GIL
OLIVERA
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