Boletín Cultural y Bibliográfico , Número 26, Volumen XXVII, 1990


La Regeneración y el Banco Nacional*

ASTRID ROMERO E.

Trabajo fotográfico: Mario Rivera y Colección Biblioteca Luis-Angel Arango

Francisco de Paula Mateus, quien presentó con Felipe Angulo el proyecto de ley sobre la creación del Banco Nacional (Tarjeta de visita propiedad de la Biblioteca Luis-Angel Arango)
Ley 39 de 1880 y Ley 70 de 1894 por las cuales se funda y líquida el Banco Nacional  (Diario Oficial, núms. 4743 y 9646, junio de 1880 y noviembre de 1894

INTRODUCCION

EL PROPOSITO DE ESTE ARTICULO es elaborar una semblanza del Banco Nacional, establecido en 1881, y que se convirtió en pieza clave de la política económica adelantada por el proyecto regenerador. Su vida institucional duró cerca de quince años, a lo largo de los cuales sufrió los vaivenes de la crítica situación social y política del país. Dos períodos pueden identificarse en la historia del banco: el primero, comprendido desde su creación hasta el establecimiento del curso forzoso de papel moneda; y el segundo, desde 1886 hasta su liquidación definitiva en 1896.

PRIMERA ETAPA (1880-1885)

El 11 de marzo de 1880, los representantes Francisco de Paula Matéus, de Boyacá, y Felipe Angulo, de Bolívar, presentaron ante la Cámara el proyecto de ley que autorizaba al gobierno el establecimiento de un Banco Nacional. Después de algunas modificaciones discutidas en sesión del 31 de marzo, fue aprobada como constitutiva del Banco Nacional la ley 39, de julio 16 de dicho año.

En el proceso de discusión hubo debates alrededor de varios aspectos, que condujeron a cambios en la ley aprobada. El proyecto inicial preveía un capital de $1O’OOO.OOO, provenientes en un 60% de las rentas nacionales, un 30% de un empréstito contratado para tal fin y un 10% del valor de las acciones vendidas al público En posteriores modificaciones se estipuló un capital hasta de $ 2’OOO.OOO suministrados por el gobierno nacional, con cierta cantidad de pagarés del tesoro para amortizar la deuda interna, un millón de hectáreas de tierras baldías y $ 200.000 en acciones ofrecidas a particulares. Finalmente, se aprobó un capital nominal de $2’OOO.OOO en especies metálicas, suministrado enteramente por el tesoro nacional.

El proyecto inicial concedía la exclusiva emisión de billetes al Banco Nacional, hasta por el doble de su capital efectivo, con el agregado deque el gobierno respondería siempre por la solvencia del establecimiento. Sin embargo, debía mantener constantemente en caja, en metálico, un valor de por lo menos una cuarta parte de sus billetes en circulación, con las restantes partes en documentos de crédito, cuyo plazo no excediera de 180 días para su conversión. La ley mantuvo, en contra de la propuesta inicial, el derecho a emitir billetes, tanto para los bancos creados hasta la fecha de la expedición de la misma, como para aquellos que de allí en adelante se fundaran, con la única condición de recibir en sus transacciones comerciales los billetes del Banco Nacional.

El árbol de la regeneracion (Tomado de: El Zancudo (Bogotá)). Coleccción de la Hemeroteca Luis López de Mesa.

Según el proyecto inicial, la junta directiva estaría integrada por veinte miembros, cinco de los cuales designaría el Congreso y cinco los accionistas particulares. Durante la discusión del proyecto, se propuso que la constituyeran seis miembros, cinco nombrados por el poder ejecutivo y uno escogido por los accionistas minoritarios. Finalmente la junta directiva quedó compuesta por cinco miembros designados por el ejecutivo, la cual escogía los gerentes para períodos de un año, con opción de reelección. Adicionalmente, la junta debía designar un revisor de cuentas.

En conclusión, mediante la ley 39 se institucionalizó la ausencia del capital privado en los activos del banco, se mantuvo el derecho de libre empresa sobre la industria bancaria y se ratificó el manejo absoluto del gobierno sobre su Banco Central 1.

El banco tendría las funciones de ejecutar operaciones ordinarias de descuento, préstamos, emisión, giro y depósitos; promocionar el desarrollo del crédito público; ser agente o auxiliar para la ejecución de operaciones fiscales y manejar los documentos de crédito del gobierno para la conversión, unificación o amortización de la deuda interior.

En consecuencia, por escritura número 1 del primero de enero de 1881, se creó el Banco Nacional, con el carácter de establecimiento oficial autónomo, para funcionar en la ciudad de Bogotá.

El banco abrió sus puertas en la fecha prevista, con la suscripción del capital nominal por parte de la tesorería general. Los recursos provenían del empréstito obtenido con la Compañía Ferroviaria de Panamá, a nombre del pago adelantado de los derechos del gobierno sobre esta empresa 2.

CONTINUAR

 

* El presente artículo constituye la síntesis de una parte de la tesis Historia monetaria en Colombia: 1880-1905. presentada en 1987 en la facultad de economía de la Universidad Nacional, de Colombia-Bogotá y calificada como meritoria.
La autora agradece a Oscar Rodriguez. Salomón Kalmanovitz, José Antonio Ocampo y Fabio Zambrano, sus valiosos comentarios sobre el trabajo original, así como a Jorge Orlando Melo y a Adolfo Meisel sus aportes para elaborar este artículo.(regresar*)

1 El proyecto inicial para la creación del Banco Nacional se presentó ante la Cámara de Representantes en la sesión del II de marzo de 1880; las modificaciones al proyecto se presentaron en sesión del 30 de marzo y la ley 39 de 1880 fue aprobada en sesión del 16 de julio. ver: Anales del Congreso de Plenipotenciarios, 1880. (regresar1)

2 Para tener una mejor comprensión de la forma de realización de la negociación, ver: Anales del Congreso de Plenipotenciarios, 18 de marzo de 1882, págs. 27-62. (regresar2)