Consolidación del Estado nacional en Colombia:
1886-1900
Gustavo Bell Lemus
Profesor de la Facultad de Derecho de la Universidad del Atlántico.
Ha sido hasta ahora tendencia muy marcada
entre nuestros historiadores, la excesiva concentración alrededor de la Constitución de
1886 como objeto de estudio de la Regeneración. Si bien ella resume y revela, como pocos
documentos, este período de nuestra historia, se ha perdido de vista que la Constitución
es tan solo el punto de partida de la organización institucional de un Estado, es ella la
norma fundamental sobre la cual se desenvuelve todo un sistema jurídico-político que
termina por concretarla y extenderla a todos los ámbitos posibles de la sociedad
destinataria.
Nuestros estudios constitucionales, a su
vez, han desdeñado la mayoría de las veces el supuesto fáctico que alimenta las
Constituciones y se han quedado en meras compilaciones que sólo recogen los textos tal
como se produjeron, sin un análisis de su desarrollo posterior, que constituye su
verdadero objetivo. En la medida en que una norma jurídica y más una
constitucional produce alteraciones en el modo de ser y en las relaciones sociales
de la sociedad destinataria de la misma, es lógico que sea en ella donde se expresen los
factores reales de poder que la sustentan y sea por medio de ella como se organicen la
sociedad y el Estado. Esa interacción entre el hecho político y la normatividad
jurídica es la dinámica que debe guiarnos al emprender el estudio de un período de
nuestra historia.
El proyecto de unificación nacional y de
centralización del poder político, que comprendía la nueva configuración del Estado
colombiano, quedó plasmado formalmente en la Constitución de 1886 y tuvo un desarrollo
normativo posterior que vinieron a darle una nueva institucionahidad al país. Este
proceso se dio a partir de la Constitución y desde ésta, y se tradujo en un ordenamiento
jurídico hermenéutico que creó un "espacio legal", indispensable para el
ejercicio del poder político, que se orientó básicamente a imponer su legitimidad a
todo el conjunto de la nación y a unificar la economía.
La centralización del poder político no
solamente se definió desde la Constitución sino que se tradujo además en la
nacionalización de las distintas legislaciones, en la supremacía de la nación sobre los
departamentos y en otras medidas que tuvieron a dos instituciones como instrumentos de su
imposición: la Iglesia católica y las fuerzas armadas. Estas dos instituciones, que
quizá eran las únicas que tenían verdadero alcance nacional, le sirvieron al poder
central para extender y reproducir su dominio a todo el territorio colombiano.
Centralizado el poder político e
impuesta su legitimidad, el otro objetivo básico de ha Regeneración fue indudablemente
la unificación de la economía, desarticulada y menguada por el intenso federalismo
anterior; objetivo que se logró mediante la puesta en marcha de una serie de
disposiciones constitucionales y legales que buscaban fundamentalmente la creación de un
auténtico mercado nacional. Tales medidas iban desde el incremento del gasto público,
organización del Banco Nacional, centralización de las principales rentas públicas,
protección aduanera y subyención a nuevas industrias, hasta la creación de una
burocracia nacional.
Se ha querido estudiar en esta
monografía no solamente la normatividad jurídica propiamente tal sino que se pretende
darle un sentido coherente a la misma al reconocer la dinámica de la interacción hecho
político-norma jurídica. Se plantean algunas inquietudes sobre cómo se crearon algunas
leyes y cómo se aplicaron algunas medidas que tenían contenidos claramente políticos.
El estudio del proceso
jurídico-político de la Regeneración apenas está esbozado en la monografía y sugiere
algunas puntos por profundizar; ella es tan sólo una primera aproximación que se queda
aún en las legislaciones de 1886 a 1900, pero que tiene indudablemente como objetivo la
indagación final de las ordenanzas y acuerdos que se produjeron en ese período en todo
el territorio nacional.
No basta la sola interpretación
política de la Constitución de 1886; se debe ir hasta su traducción en el ámbito
departamental y municipal, ahí donde el poder político se concreta, donde mueve a la
historia. |