Ficha bibliográfica
Titulo: Boletín Cultural y Bibliográfico No. 23
Autores: Banco de la República. Biblioteca Luis Ángel Arango. Bogotá Colombia.
Edición original: Bogotá:1986
Edición en la biblioteca virtual: Diciembre 2006
Notas: reseñas y artículos sobre arte, literatura e historia.
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| Boletín Cultural y Bibliográfico No. 23

Del espesor a la calidad

Título: Critica constitucional. Del Estado Liberal a la crisis del Estado Providencia

Autor: Pablo J. Cáceres Corrales

Editorial: Banco de la República, Bogotá, 1989, 585 págs.

Las muchas páginas son, en general, promesa de tedio o de la mera rutina.

He aquí un ejemplo acabado de este aserto. Tras las primeras cien de las seiscientas páginas, el resto es tan previsible, que la rutina lleva irremediablemente al tedio.

Es evidente que el derecho es factor primordial digno de estudio dentro del análisis político. Las tesis fundamentales de este libro son simples y trilladas: los elementos de la relación de producción afectan esencialmente al derecho, y el derecho, claro está, es un arma del sistema y del aparato estatal capitalista, mientras que el Estado, y no es necesario acudir a una de las miles de publicaciones de la Academia de Ciencias de la URSS para saberlo, es "la relación permanente de dominación capitalista que se concreta históricamente en el sistema jurídico" (pág. 11). Es, pues, lo que Rosenbaum llama el "estado burgués".

Fuera de ser una exposición marxistalenínista, ¿qué puede rescatarse en este libro? En primer término, que es una obra de derecho comparado, así éste sea sólo el producto de la época capitalista y represente un instrumento de dominación, por lo que más bien es una crítica al mismo.

Pero veamos, con la brevedad que el espacio de la reseña permite, cómo procede el autor. Según su enfoque, el derecho comparado actual persigue la formulación de soluciones dogmáticas. Su objeto (muy limitado, por cierto) es mejorar los sistemas jurídicos nacionales, interpretar el derecho positivo y las instituciones políticas y a la vez unificar el derecho. El autor, para ejemplificar su visión, no ve en el desarrollo del derecho penal sino el resultado de las oposiciones a regímenes políticos totalitarios (entiende, a lo que conjeturo, dos años antes de que la realidad echara por tierra todas sus ingenuas creencias, que los regímenes totalitarios son propios sólo del capitalismo).

Los enfoques comparativos tradicionales pecarían porque esencialmente no son comparativos sino descriptivos, porque son localistas, estáticos y monográficos, "con prescindencia de la realidad que imponen las relaciones de producción capitalista".

Hay, pues, que hacer una crítica de ese derecho comparado tradicional.

Nada mejor, entonces, que estudiar históricamente su evolución, en especial dentro del llamado Estado Liberal, es decir, el Estado más o menos en su forma actual de gran intercambio comercial y existencia de grandes mercados, pero previo a la época intervencionista.


Para ello se vale de un estudio de las viejas instituciones del régimen feudal o, como prefieren absurdamente los marxistas, de los tiempos precapitalistas, que es tan válido como hablar de los tiempos pregamínicos, de los tiempos posproustianos, o de antes de Ford, como querría Aldous Huxley. Semejante enfoque es lo que se quiera, menos científico.

De algún interés es el traslado que hace del estudio de las grandes potencias capitalistas a sus países satélites, o, para decirlo pomposamente, a la periferia capitalista o los países subdesarrollados, esquema que gira alrededor del círculo vicioso de la pobreza, con una estructura primaria esencialmente agrícola y minera y con una balanza comercial conformada por uno o dos productos, una de cuyas características es la de que dichos países carecen de estudios de derecho comparado entre ellos.

Fue Jean-François Revel quien anotó que hace un par de siglos el mundo entero era subdesarrollado y no lo sabía, y que lo que hoy llamamos subdesarrollo no es sino el estado normal de la humanidad. Sin embargo, con el ánimo de negar las tesis subdesarrollistas, Cáceres afirma: "Francamente, los países que actualmente tienen un escalafón desarrollado [...] jamás sufrieron el subdesarrollo" (pág. 74).

El tercer mundo, igualmente, es término de orígenes poco recomendables, originado en el fascismo de Mussolini. Según el autor, la distinción surge en 1956 y es de origen francés. En todo caso, nadie sabe cuáles son las naciones del segundo mundo. Porque si para Den Xiao Ping el primer mundo lo conforman las grandes potencias y el segundo mundo está compuesto por las naciones industrializadas (China sostuvo incluso la existencia de no tres sino cuatro mundos), ciertas obras especializadas en derecho internacional sugieren que el primer mundo es el de las potencias capitalistas, mientras el segundo mundo estaría constituido por las naciones de la órbita socialista. En cualquier caso, todos los autores consultados se apresuran a afirmar que no son lo mismo el tercer mundo que los países subdesarrolla-dos. Quizá tranquiliza saber que a partir de esta lectura ya no somos ni subdesarrollados, ni tercermundialistas sino periféricos. En todo caso, redefinir términos, digan lo que digan los normalistas, no ha solucionado nunca los problemas.