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INDICE
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CAPITULO III
MAGISTRATURA EN LA SUPREMA CORTE
Emprende el doctor Cuervo otro viaje a Europa. - Defiende el
proyecto del canal de Panamá. - Es nombrado ministro de la Suprema
Corte de Justicia. - Causa del obispo de Panamá. - La caja de
ahorros. - Redacta los códigos de organización judicial y
procedimiento criminal. - Obsequio que le hace el gobierno.
Catedrático en la Universidad. - Programa sinóptico de derecho
internacional. - Oración de grados. - Informe sobre estudios de
jurisprudencia.
Una vez libre de las funciones de la secretaría de hacienda,
puso el doctor Cuervo por obra su deseo de emprender otro viaje a
Europa, y lo hizo acompañado de su hijo Luis María, a quien
intentaba poner en un colegio comercial. Llegó a Inglaterra, y
después de cumplido este propósito, pasó a París, precisamente a
tiempo en que se inauguraba una exposición de la industria
francesa, la mejor que hasta entonces se había visto. Bien se deja
entender cuánto halago ofrecería semejante espectáculo para su
espíritu investigador y progresista, y cuánto proyecto combinaría
para trasladar a su patria algunas de las maravillas realizadas por
la inteligente actividad de esta nación privilegiada.
Ya para entonces empezaba a tratarse de la apertura de un canal
interoceánico por la América equinoccial, y aunque algunas naciones
como Francia e Inglaterra habían enviado exploradores, era en
extremo varia la opinión acerca del lugar por donde debía hacerse.
Obrando con celosa actividad los partidarios del de Nicaragua,
consiguieron cautivar la atención pública, y con argumentos
seductores lo presentaron como el único realizable sin grandes
sacrificios; con lo que atrajeron casi todos los periódicos a
apadrinar esta empresa y desechar la de Panamá, que contemplaban ya
tan impractible por lo costosa como por la insalubridad del país.
|Le Journal des Débats, con la autoridad que le daba su
reputación europea, publicó el 29 de septiembre de 1844 un artículo
dictado por tales sentimientos, y en que, no satisfecho con
reforzar estas consideraciones, como que se gozaba en dar el golpe
de gracia al proyecto de Panamá, asentando que los pocos habitantes
que el clima deja a vida en esa comarca son ineptos y perezosos.
Aunque no mediaran los grandes intereses que se debatían, y aún
más, las ventajas que reportaría la Nueva Granada con que el canal
se abriese en su territorio, el doctor Cuervo no podía dejar sin
réplica el cargo que se hacía a sus compatriotas del Istmo, ni
tampoco dejar de mostrar la ligereza con que, sin aguardar el voto
de las comisiones exploradoras, se condenaba una vía que desde los
primeros tiempos de la conquista había sido reconocida por la más
natural y practicable. Así fue que el 6 de octubre siguiente
publicó en el mismo periódico un artículo en que describió lo que
era el Istmo de Panamá y el risueño porvenir que le aguardaba, e
hizo con justas y halagüeñas palabras el elogio de sus habitantes.
El redactor antepuso unas líneas reconociendo la justicia de la
reclamación y el peso que daban a ella las circunstancias y
posición de su autor.
Estuvo de vuelta en Bogotá en los primeros días de marzo a
tiempo que, declarada la elección en favor del general Mosquera,
comenzaban los ánimos a serenarse y las cosas a entrar en caja. No
más que el diez del dicho mes fue nombrado por el congreso ministro
de la Suprema Corte de Justicia. Compuesto este tribunal de
notabilísimos jurisconsultos, era sin duda la corporación más
respetable de la nación, y ocupar un lugar en ella ponía el sello a
la más alta reputación de abogado; lo cual, con haber sido elegido
presidente de ella, lo colocaba en cierto modo en el centro de sus
inclinaciones, como que por las faenas del foro comenzó su carrera,
a ellas había encaminado de preferencia sus estudios, y en ellas
hubiera pasado su vida si los deberes del patriotismo y
circunstancias ajenas de su voluntad no le obligaran a vivir en
constante desacuerdo con sus aspiraciones. Ahora se recreaba con la
idea de ver dilatarse ante sus ojos una vida serena en qué soltar a
sabor las velas a su actividad; ahora podía entregarse de lleno al
estudio, a la enseñanza, a las obras filantrópicas. Acrecentaba la
satisfacción de ver cumplidos antiguos anhelos la buena armonía que
reinaba entre los magistrados. Referían que en las deliberaciones
el doctor Gómez proponía siempre que el doctor Cuervo diera el
primero su dictamen, y qué, oído, decía: es conforme a justicia;
Cantillo, busque la ley.
En este tiempo se sentenció una ruidosa causa, cuyos incidentes
hicieran reír a no haber tenido tan graves resultas. Por los años
de 1820 moraba en la diócesis de Panamá un clérigo llamado don
Joaquín Gómez Martínez, díscolo, atrevido y pleiteante, furibundo,
defectos que le acarrearon una inicua persecución. Procesado ante
la curia por diferentes cargos, pidió el promotor fiscal que se le
sujetase al examen de facultativos que decidiesen si estaba en su
cabal juicio; así lo dispuso el obispo, que lo era don fray José
Higinio Durán
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(1)
, conformándose con el dictamen del
doctor Blas Arosemena, a quien había pasado los procesos en
asesoría. Los médicos lo declararon poseído de una manía litigiosa
degenerante en demencia, y le recetaron aires fríos y que se
abstuviese de leer libros y revolver papeles. El asesor, que, por
la cuenta, tomaba a pechos la curación del clérigo, aconsejó al
obispo que le enviase a clima más fresco y saludable, y no se
encontró otro lugar más a propósito que la ciudad de Cuenca, en el
Ecuador. Mientras se le podía enviar a su destino, le llevaron a la
cárcel de Portobelo, pero logró con tiempo evadirse y fue a dar a
España, donde vivió algunos años. En 1830 pidió que se acumulasen
todos los procesos que tenía pendientes y se pasasen al fiscal para
proveer a su defensa. Esta solicitud fue negada, alegándose que el
juicio estaba fenecido y ejecutoriado, con alusión al auto aquel
por el cual se le imponía la mudanza de aires. Después de otras
tentativas para alcanzar justicia, se hallaba sin despachar el
recurso de fuerza y protección que había presentado contra todas
las providencias de la curia eclesiástica de Panamá, a tiempo que
con la separación del Istmo en 1840 se creaba allí un tribunal
supremo de justicia de que vino a formar parte el mismo Arosemena,
que en 1820 había intervenido en decretar la expulsión. Tocóle a
éste conocer del asunto, y declaró que el difunto obispo Durán no
había hecho fuerza al clérigo, y que se pasasen a la curia los
autos para que se ejecutasen sus providencias. Es indudable que en
otras circunstancias se opusiera a este atropello el obispo actual,
don Juan José Cabarcas, como se opuso, siendo vicario general en
sede vacante el año de 1826, protestando que el declarar por loco
al clérigo era una de las muchas maldades que había visto cometer
en ese istmo; pero por desgracia, agobiado ya con la edad e
inhabilitado casi del todo física e intelectualmente por efecto de
un ataque de parálisis, se aconsejó con un letrado y cediendo
maquinalmente a su dictamen, decretó para el día siguiente la
expulsión de Gómez, declarándole suspenso, en virtud del auto
dictado veintidós años antes y a pesar de haber desempeñado en todo
este tiempo varios empleos, entre ellos el de diputado al congreso.
Para el efecto pidieron el apoyo del gobernador y le embarcaron en
una goleta que se daba a la vela para Paita, con orden de no
dejarse salir a tierra en ningún punto del Istmo. Conducido hasta
el Perú, logró otra vez escaparse y entrando por el puerto de la
Buenaventura, llegó a Bogotá y promovió acusación contra el obispo
de Panamá. La Corte Suprema admitió la queja y declaró "suspenso al
obispo del ejercicio público de su jurisdicción que autorizan las
leyes civiles", citándole a responder y contestar los cargos que se
le hacían, fundándose en una ley del mismo año sobre procedimiento
en los juicios de responsabilidad contra empleados y funcionarios
públicos (15 de diciembre de 1843). No bien se publicó el auto,
elevó el arzobispo una bien razonada protesta contra semejante
aplicación de una ley que ni por sus términos ni por su espíritu
podía entenderse con los obispos, cuya jurisdicción no dimana de la
autoridad civil; aplicación tan forzada que la misma Corte Suprema
tuvo que acomodar la ley al caso, modificando su contexto. Luégo
que se reunió el congreso en 1844 representaron a él el arzobispo y
los obispos de la República, reclamando contra las providencias de
la Corte Suprema y pidiendo que se aclarasen los artículos de la
ley en virtud de los cuales se había suspendido al obispo de Panamá
y pretendido que el cabildo eclesiástico de esta ciudad y el
metropolitano proveyesen de gobernador a la diócesis. La comisión
de negocios eclesiásticos redactó un proyecto explicatorio que
después de largas discusiones fue aprobado por las cámaras y que
objetó el poder ejecutivo, si bien sus observaciones no alcanzaron
a considerarse en este año. Al siguiente pasó con algunas
variaciones, y vino a ser la ley de 25 de abril sobre juicios de
responsabilidad de funcionarios eclesiásticos, merced a la cual
quedaron los prelados al arbitrio del gobierno civil, como no tardó
en experimentarse. El arzobispo cuya protesta y representación
tuvieron un efecto tan contrario a la justicia y a las esperanzas
de los buenos católicos, dio cuenta de todo a la Santidad de
Gregorio XVI, quien dirigió al presidente una carta autógrafa (17
de septiembre de 1845) reclamando contra las disposiciones
atentatorias de esta ley, y con la cual nada se consiguió, aunque
fue leída en la cámara de representantes
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(2)
.
Mientras pasaba todo esto, murió el clérigo Gómez, pero el
ministerio público adelantó la acusación hasta concluírse el juicio
con la absolución del obispo, dictada en primera instancia por el
doctor Diego Fernando Gómez y en segunda por los doctores Manuel
Antonio del Cantillo y Rufino Cuervo (18 de octubre de 1845).
Apenas se iniciaba por estos días empresa alguna útil que no
solicitase el apoyo del doctor Cuervo, apenas se proponía idea
generosa que él no sostuviese. Cuando en septiembre de 1845 fue
establecida la caja de ahorros de la provincia de Bogotá, el
gobernador le eligió por uno de los administradores, y durante
algunos años desempeñó sus funciones en compañía de los beneméritos
patriotas que autorizaban y fomentaban aquella obra bienhechora,
con la más puntual exactitud y una benevolencia patriarcal para con
los depositantes. Nunca se borrará el recuerdo de las escenas que
se presenciaban los domingos, cuando los obreros y domésticos
venían llenos de contento a depositar los ahorros de la semana en
presencia de un secretario de Estado, un ministro de la alta corte
de justicia, un director de la casa de moneda o de otras personas
igualmente condecoradas que, alternando con acreditados
capitalistas, ejercían gratuitamente las funciones de
administradores. Estos, conocidos y respetados de todo el mundo,
agasajaban a los honrados trabajadores y los alentaban a la
economía, cautivándolos con delicadas atenciones y palabras
bondadosas, que contadas luégo con complacencia en los modestos
hogares, arrancaban a la familia la promesa de aumentar el depósito
par la semana siguiente. Así, el pueblo, cercenada una parte de la
ganancia hecha con el sudor de su frente, iba a confiarla a un
establecimiento público dirigido por los hombres más notables del
país, librando inocentemente en la honradez de éstos sus esperanzas
para los días amargos de la vida. Por tan poderoso patrocinio vino
a ser la caja de ahorros de Bogotá simpática aun para los más
infelices jornaleros, y al fin hubiera contribuído eficazmente a
formar en el pueblo hábitos de previsora economía, si los
torbellinos que han desquiciado la República no la hubieran
arrasado, arrebatando también el sagrado depósito que guardaba.
Posteriormente se ha hablado mucho de humanidad y amor al pueblo, y
el pueblo no tiene otra parte a dónde llevar el producto de su
trabajo sino el garito y la taberna. . .
Uno de los primeros trabajos forenses a que se dedicó el doctor
Cuervo fue la redacción de los códigos de organización judicial y
procedimiento criminal, que le fue cometida por el poder ejecutivo,
y que aceptó renunciando a toda remuneración
|
(3)
. Una vez que terminó la obra
mereció del gobierno un espléndido testimonio de aprecio. La
comunicación siguiente da más clara noticia del caso que cuanto
nosotros pudiéramos decir:
''República de la Nueva
Granada.-Secretaría de Estado del Despacho de Gobierno. - Sección
3ª. -Bogotá, 25 de agosto de 1847.
"Al excelentísimo señor vicepresidente de la República, doctor
Rufino Cuervo.
"Señor:
"El congreso nacional apropió en diversas legislaturas la suma
que creyó suficiente para indemnizar a las personas que se
encargasen de la redacción de proyectos de códigos legales. V. E.
tomó a su cargo esta obra difícil y necesaria respecto de los de
organización judicial y procedimiento criminal, y su trabajo
mereció, según era de esperarse, la sanción de las cámaras, como
había obtenido antes la aprobación del gobierno ejecutivo.
V. E., generoso por carácter y satisfecho con el bien que
debiera reportar la República, nada ha dicho hasta hoy sobre
remuneración de tan importante servicio; pero S. E. el presidente,
aunque conoce que para V. E. será en todo tiempo suficiente
recompensa la satisfacción de haber contribuído al bien de su país,
estimó que era debida a V. E. al menos una muestra, si bien
pequeña, del aprecio y de la gratitud del gobierno a los fructuosos
desvelos de V. E. por la cosa pública; y con tal objeto tengo orden
de S. E. el presidente para presentar a V. E., a nombre de la
nación y del gobierno, la caja de oro adornada de brillantes que se
hizo construir en París con este destino, la cual espera que V. E.
aceptará, no bajo otro aspecto que el de la pública estimación, a
que por tantos títulos es acreedor V. E.
"Con sentimientos de alta y distinguida consideración
soy de V. E. muy respetuoso, humilde servidor,
|Alejandro Osorio."
La rica joya a que se hace referencia aquí, y que conservamos
con igual veneración que la nota copiada, tiene un decímetro de
largo por seis centímetros y medio de ancho y dos de altura, y está
cubierta toda de labores relevadas con primor sobre fondo mate; en
la tapa hacia cada uno de los ángulos un grueso brillante; en el
centro, entre las dos figuras alegóricas de la Ley y la Justicia,
el escudo nacional sobre fondo de esmalte y con orla de brillantes;
hacia el frente, en el borde de la misma tapa representan nuestro
pabellón un rubí, un zafiro y un topacio; la parte inferior está
ocupada por las iniciales R. C., de forma gótica.
Al mismo tiempo que le ocupaban estas tareas, no dejaba las de
la enseñanza, como que a poco de su vuelta tornó a encargarse en la
Universidad de Bogotá de las cátedras que durante su ausencia había
dejado en manos del sustituto. Sus discípulos recuerdan todavía con
particular agrado, aun con entusiasmo algunos, aquellas lecciones
en que el profesor explicaba con sorprendente claridad y precisión
las materias más abstrusas, amenizándolas con oportunas excursiones
por el campo de la historia y la literatura, y empleando
discretamente aquella gracia urbana que constituía el principal
encanto de su trato. Esta feliz alianza le conciliaba respeto al
par que cariño de parte de los jóvenes, a quienes llamaba sus
amigos; y lo era de hecho, pues, no limitándose a imbuírles
doctrina en el aula, fuéra de ella tenía para los estudiantes
pundonorosos consejos paternales, y ellos encontraban en él no sólo
sabia dirección sino también defensa y arrimo. Sucedió en cierta
ocasión que uno de sus comprofesores cobró injusta ojeriza con un
joven de irreprensible conducta y no común aprovechamiento, y
llegado el momento de ser calificado en la materia que estudiaba
con el doctor Cuervo, después de un examen en que había dejado a
todos plenamente satisfechos, resulta que saca una bola negra. Al
instante penetra aquél de dónde viene el golpe, y con la mayor
prontitud y presencia de ánimo, dice a los examinadores:
"Perdónenme ustedes, que me he equivocado", y retira la bola negra.
Al mal intencionado no quedó otro recurso que morderse los
labios.
A esta época corresponde el programa sinóptico de derecho
internacional, redactado en cumplimiento de la disposición
universitaria relativa a la formación de programas. Este, conforme
su nombre lo da a entender, pone a la vista los principios de dicha
facultad, ingeniosamente distribuídos, y expuestos con clara y
comprensiva brevedad. Fue aprobado por la dirección de instrucción
pública, así como mereció el aplauso de los entendidos, y lo merece
hoy de los que lo conocen. Se han hecho de él dos ediciones. Es
además importante para la biografía de su autor, porque en él se ve
que enseñaba que "una prudente y amplia amnistía, observada
religiosamente, es el remedio más oportuno para consolidar la paz
después de los trastornos políticos"; doctrina que ya vimos
aconsejó en la práctica para los dictatoriales de 1830, y a que
adhería tan de corazón que cuando faltaban reproches e
inculpaciones que hacer al general Herrán por el indulto de los
Arboles (22 de febrero de 1840), éste mismo decía no haber tenido
otra voz de aliento que la del doctor Cuervo; y doctrina, en fin,
que junto con su constante espíritu de conciliación, le valió en
todo tiempo la animadversión de los hombres apasionados que cifran
toda la política en exterminar a los contrarios.
Comisionado por el cuerpo universitario, pronunció a principios
de 1846 la oración que precedió a la colación de grados y como si
anteviese los estragos que amenazaban a la juventud, se contrajo a
demostrar que ningún conocimiento es útil si no tiene por guía y
base la virtud. Proclamando la excelencia de la moral evangélica,
que ha civilizado a Europa y América formando una sola familia de
sus naciones y hecho prosperar con su influencia las ciencias y la
industria, la agricultura y el arte mercantil, abomina "aquella
moral egoísta y sensual que produjo la filosofía cínica del siglo
anterior y que nuestro espíritu novelero y versátil acogió con
interés." Señala la reforma que, gracias al celo del actual rector
y empleados, ve en las costumbres "no poco estragadas antes por la
circulación de doctrinas inmorales, cuya moda va pasando ya por un
favor especial de la Providencia." Recomienda a los jóvenes que
jamás se distraigan del estudio dedicando a la política una
atención que todavía la patria no exige de ellos; y para concluir
les ruega que al entrar en el torbellino del mundo conserven el
desprendimiento, la lealtad y la franqueza propias de la juventud,
sin dejarse corromper por el sórdido egoísmo, que bajo diferentes
formas ha venido a reemplazar el espíritu público de los pueblos
libres; y les da la voz de alerta contra el petulante engreimiento
que suele acompañar a muchos al dejar los bancos universitarios,
declarando que para los que se han dedicado al cultivo de las
ciencias el estudio no debe terminar sino con la muerte.
Por junio del mismo año determinó el consejo universitario
solicitar del gobierno se recopilasen todas las disposiciones
vigentes sobre estudios, y que al mismo tiempo se señalasen las
reformas convenientes en cada facultad. Al doctor Cuervo tocó
informar sobre la enseñanza de la jurisprudencia, y lo hizo
indicando los cursos que debía abrazar, las materias de cada uno y
el método con que debían seguirse, agregando observaciones de un
carácter general aplicables en parte a las demás facultades.
Copiaremos el párrafo final de este informe que explica la justa
medida en que concilia la conservación de lo existente con la
introducción de mejoras: "Si naciones adelantadas en civilización,
ilustradas por una larga experiencia, ricas, pobladas y unidas por
un activo comercio de ideas y de intereses, luchan todavía con
graves dificultades y marchan de ensayo en ensayo y de reforma en
reforma para lograr un sistema perfecto de educación, ¿qué deberá
decirse de una nación nueva, escasa de población, heredera de los
viejos hábitos y absurdas rutinas del antiguo régimen? Persuadido
constantemente el que suscribe de que para un pueblo naciente
|es
igualmente peligroso innovarlo todo, que mantenerlo todo en una
situación estacionaria, ha procurado ser circunspecto en sus
ideas de reforma, tratando de introducir solamente lo que la
práctica de naciones ilustradas ha consagrado definitivamente como
bueno, y nuestras circunstancias hacen adaptable; respetando y
conservando de las disposiciones vigentes cuanto en ellas hay de
útil y conveniente."
En este mismo año fue elegido por el congreso designado para
ejercer el poder ejecutivo.
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(1)
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En el ejemplar nuéstro de la
edición francesa de la
|Vida de Rufino Cuervo hay una
llamada, en hoja aparte, de puño y letra de Rufino José Cuervo, que
dice:
"Panamá. . . Obispo, Ilmo. Sr. Dr.
D. José Higinio Duran Martel, mercenario calzado, predicador de S.
M.: nació en Lima en 11 de enero de 1760, preconizado en Roma en 18
de diciembre de 1815, y consagrado en Madrid en 4 de agosto de
1816.
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
. . . . . . . . . . . . . . . .
Maestrescuela, Dr. D. Juan José Cabarcas, (
|Guía del estado
eclesiástico seglar y regular de España e Indias, para el año de
1825, 12º Madrid, pp. 390-1).''
(Nota de Luis Augusto Cuervo.)
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(2)
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Esta carta se halla publicada en
|El Catolicismo de 19 de
junio de 1852.
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(3)
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Véase el número 279 de
|El Día, correspondiente al 5 de
junio de 1845.
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