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Yolombó
San Roque
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    No tiene más puentes que Puentegrande, y dos de mala construcción:  uno llamado Gualí, en el camino departamental, y otro sobre la Cienaga.

    Los vientos reinantes son : de Sur a Norte, lluviosos, y de Sureste a Noreste, secos.

    Los principales productos son : papas, maíz, trigo, cebada, habas, arvejas, hortalizas, y casi sus únicas industrias la ganadería y la agricultura.

    No nos merecen los habitantes de Funza, en general, el calificativo de morales y pacíficos 1 , pero sí el de patriotas y belicosos.

    Atraviesa el Distrito el camino que de Zipaquirá va a La Mesa, y además parten de la cabecera los de Bogotá y Subachoque. De cada uno de éstos se desprenden varias veredas que conducen a las haciendas.

    En el Distrito hay 346 casas, de las cuales 16 son de teja.

    La cabecera es un poblado de regular extensión y triste. Sus calles son anchas y casi todas rectas, encamellonadas. La circunstancia de ser casi todas las casas pajizas y de construcción uniforme, hace que el aspecto del pueblo sea muy monótono. Según el censo de 1886 tiene 720 habitantes El área de población consta de 23 manzanas con 12 calles una plaza y una plazuela sin nombre 2 , 192 casas pajizas y 7 de teja.

    Contigua a la iglesia, en el costado sur, está la casa cural, que es de teja, muy amplia y se conserva en perfecto buen estado y muy decentemente arreglada; en el costado norte se halla una casa pajiza, de balcones bajos, donde el Libertador se alojó en la noche del 31 de diciembre de 1821 a su paso para el Perú.

     Alcedo dice que esta población se halla  "situada en un hermoso y agradable llano, a las orillas de un río que tiene la misma denominación, en que pescan muchísimo, y con especialidad un pez que llaman capitán, muy gustoso y estimado," y que "está reducida a un, miserable pueblo."

    Durante la época de invierno sufre bastante por el lado occidental, a causa de las inundaciones, de las cuales podía defenderse fácilmente haciendo un pequeño camellón.

     Es escaso en aguas potables, y se provee todo el vacidario de una fuente pobre que debería llevarse al centro de la plazuela y llamarse Fuente del Marqués de San Jorge 3 . La noche de los días 19 y 20 los dedicamos a examinar el archivo parroquial, el cual encontramos perfectamente arreglado y empastado, y pudimos admirar el orden y pulcritud con que se anotaron todas las partidas mientras el Carato perteneció a la Orden de los Predicadores. En uno de los libros hallamos una interesante relación de los Curas que ha habido en Funza, firmada por el doctor Miguel Martínez Barreto, cuando estuvo allí de Cura interino. Esta relación facilitó mucho nuestro trabajo.

   

 

1   En la tarde de los días de fiesta se dan muchos de los vecinos a tomar licor, de manera que por las calles se ven hombres en completo estado de embriaguez tendidos en el suelo o fomentando desórdenes. En la noche del 20 se suscitó una riña entre varios de los vecinos más acomodados, de la cual resultaron dos de ellos estropeados. Tuvimos que intervenir, iniciar el correspondiente sumario, mandar cerrar todas las ventas de licores y hacer retirar a los, revoltosos a sus casas. Ordenamos al señor Alcalde mandase cerrar en lo sucesivo las chicherías los domingos desde las seis de la tarde, y en la semana; desde las ocho de la noche, y que hiciera retirar del poblado a los indios de los campos los días de mercado desde que se desocupen de sus quehaceres.  

2   Bien merece la memoria del señor Lasso de la Vega que se le dé su nombre a esta plazuela.     

3  Don Jorge Lozano de Peralta, Marqués de San Jorge de Bogotá, cuyo Marquesado se fundó en la dehesa de Bogotá, conocida posteriormente con el nombre del Novillero, trajo desde el río Subachoque, a unos dos miriámetros de distancia, agua suficiente para establecer molinos de pan y acequias, y de esta agua que se llamó desde entonces la Toma de San Patricio, por ser ese el nombre del lugar de donde se sacaba, se proveía la población de Funza. Los hijos del Marqués, General don Francisco Maldonado de Mendoza, Caballero de la Orden de Santiago, y don Jorge Tadeo de Lozano, tuvieron alguna  diferencia con el Cura de Funza, doctor don Juan Francisco Mahecha, la que se zanjó con facilidad, permitiendo los propietarios que los vecinos continuasen haciendo uso del agua. Posteriormente don José María Lozano de Peralta Maldonado de Mendoza, heredero del mayorazgo fundado por el General Maldonado de Mendoza, cedió en el año de 1794, por medio de escritura pública, al  Cura doctor Lasso de la Vega, el agua que se necesitara para proveer al vecindario de Funza ; y estando en una ocasión en Anolaima el Marqués don José María le llegaron hasta allí las quejas que elevaban los vecinos del pueblo porque se les escaseaba el agua, y ordenó que se demoliesen los molinos del Novillero, orden que cumplió el Alcalde Agustín María Sarmiento. El doctor Lasso de la Vega iba personalmente con sus feligreses a limpiar y arreglar el acueducto, no sólo desde el Novillero hasta Funza, sino desde San Patricio; en estas excursiones, que eran frecuentes, empleaba hasta tres días, y de su peculio hacía los gastos de manutención de los trabajadores. Habiendo regresado de Europa a principios del año de 1797 don Jorge Tadeo Lozano, hermano del Marqués, deseó casarse con doña María Tadea Lozano, hija de éste y heredera del mayorazgo, en lo cual tenía marcado interés el Marqués. Con la esperanza de conseguir la dispensa, el Marqués y su hermano hicieron la siguiente escritura al Ilustrísimo señor Arzobispo Martínez Compañón :       "En la ciudad de Santafé, en diez y nueve de junio de mil setecientos noventa y siete años, ante mí el Escribano de Su Majestad público del número de esta capital y testigos que se nominarán, parecieron presentes en las casas de su morada el señor Teniente Coronel de caballería de milicias provinciales don José María Lozano de Peralta Maldonado de Mendoza, actual poseedor del mayorazgo fundado por el General don Francisco Maldonado de Mendoza, Caballero de la Orden de Santiago, en la dehesa de Bogotá, vulgarmente llamada el Novillero, y su hermano el señor don Jorge Tadeo Lozano, a quien doy fe que conozco, y dijeron: que habiendo su padre el señor don Jorge Lozano de Peralta, Marqués que fue de San Jorge de Bogotá, restablecido los molinos de pan y acequia de aguas de regadío que en la denominada dehesa introdujo el vendedor don Francisco Maldonado, el Cura, que era en aquel tiempo del pueblo de Bogotá, doctor don Juan Francisco Mahecha, pretendió estorbarlo, por lo que se siguió un prolijo y dilatado litigio en el Superior Gobierno, con audiencia de los señores Fiscales, y por todos sus trámites se determinó a favor del expresado señor Marqués por autos de veintisiete de agosto del año de mil setecientos setenta y dos, en que se confirmó por esta Real Audiencia, en auto de seis de noviembre del mismo año, y quedó ejecutoriado, como todo consta por un testimonio que se me ha manifestado, autorizado por don José de Rojas y comprobado en debida forma por el expresado señor otorgante don José María Lozano. Que éste posteriormente por puro efecto de benevolencia concedió al doctor don Rafael Lasso de la Vega, Cura del nominado pueblo de Bogotá, el permiso de que de la acequia de agua de regadío sacase una parte para conducirla al citado pueblo en beneficio común, sobre que precaviendo la prescripción y el perjuicio que le podía seguir a la dehesa, se otorgó el correspondiente instrumento por ante el presente Escribano en veintidós de agosto de mil setecientos noventa y cuatro.    Que últimamente hallándose los señores otorgantes reconocidos al Ilustrísimo señor doctor Baltasar Jaime Martínez Compañón, dignísimo Arzobispo de esta Santa Metropolitana Iglesia, por la dispensa que Su Señoría Ilustrísima da del parentesco que tienen al nominado don Jorge Tadeo con doña María Tadea Lozano, hija legítima del señor don José María, y sobrina carnal del primero, presunta sucesora al mayorazgo, en señal de gratitud, otorgan : por sí y en nombre de sus herederos y sucesores y de quien ellos titulo, voz y causa en cualquiera manera, ceden, renuncian y traspasan para siempre, y hacen gracia y donación pura, perfecta e irrevocable, entre vivos, al expresado señor Arzobispo, quien a su voz y causa hubiere de la nominada agua dada al doctor don Rafael Lasso de la Vega, para que Su Señoría Ilustrísima disponga a su arbitrio y en favor de quien gustare, del beneficio de esta agua, cuya posesión, propiedad y usufructo ceden, renuncian y traspasan sin limitación ni reservación ; y esta renuncia y donación la hacen con las condiciones siguientes : que de ninguna manera se pretenda el llevar más agua que la que al presente va, ni tanta, resultando grave perjuicio a la dehesa por falta de ella, sino que proporcionalmente a laque corra, se compartirá.    Que la zanja o acequia que la conduce ha de ser costeada en sus reparos y estabilidad por aquellos sujetos en cuyo beneficio tuviere a bien cederla Su Señoría Ilustrísima, sin que el poseedor actual ni sus sucesores tengan que contribuir con cantidad alguna para esto, como todo hasta el presente lo ha hecho el nominado doctor don Rafael Lasso. Con cuyas calidades y condiciones, ceden y donan al expresado señor Arzobispo, o a quien su voz y causa hubiere, la mencionada agua, en posesión, propiedad y usufructo ; y desde hoy en adelante para siempre jamás, se abdican, desprenden. desapoderan, desisten, quitan y apartan a los suyos del dominio útil y directo, título, voz y recurso y otros cualesquiera derechos que a ella le corresponde y todo con las acciones reales, personales, útiles, directas, ejecutivas y demás que le competen, lo ceden, renuncian y traspasan en el referido Ilustrísimo señor Arzobispo, a quien confieren poder irrevocablemente, con libre, franca y general administración, y constituyen procurador actor en su misma causa, para que de su autoridad o judicialmente tome y aprehenda de ella por sí y en nombre de los que a bien tuviere la real tenencia y posesión que le pertenece, y para que no necesite Su Señoría Ilustrísima tomarla, formaliza a su favor esta escritura, de la cual quieren se le den las copias que Su Señoría Ilustrísima pida, sin que para darlas se requiera auto de Juez, ni citación de parte, con la que sin otro auto de aprehensión ni aceptación o de ser visto haber tomado, aprehendido o transfiriéndose en Su Señoría Ilustrísima su posesión, y pleno dominio. Y declaran que aunque estiman en dos mil pesos esta cesión y donación, no es inmensa, y por consiguiente reprobada por derecho; y se obligan a no revocarla, y sí lo hicieren no valga, y sea visto por lo mismo haberla formalizado con mayores vínculos y estabilidad, añadiendo fuerza a fuerza y contrato a contrato. En cuyo testimonio así lo eligieron, otorgaron y firmaron, siendo testigos don José Vicente Salinas, Pedro Muñoz y José María Hidalgo, vecinos, doy fe.     " JOSE MARÍA LOZANO PERALTA MALDONADO DE MENDOZA- JORGE TADEO LOZANO Y MANRIQUE- Antonio Joaquín Sánchez.       Escribano Real Público del numero."     Como la concesión de la dispensa se demorase, el Marqués escribió la siguiente carta al Ilustrísimo señor Arzobispo:      " Vuelvo a molestar a Useñoría Ilustrísima, suplicándole se digne despachar la dispensa que tiene impetrada de Useñoría Ilustrísima mi hermano cada día crece mí angustia y aflicción y no puedo dar a Useñoría Ilustrísima una prueba más convincente de lo necesario que considero dicha, dispensa, sino el que no obstante los notorios atrasos de mi casa, me allano a contribuir con la cantidad de dos mil pesos para dotes de niñas pobres de la enseñanza y seiscientos pesos para ornamentos o uno y otro o para lo que Useñoría Ilustrísima le parezca más oportuno. También cedo a Useñoría Ilustrísima el derecho que tengo a la agua que va al pueblo de Bogotá, el cual no enajenaría en otras circunstancias por cantidad de dos mil pesos, y esta cesión es con la circunstancia de que pueda Useñoría Ilustrísima disponer de ella o en favor de los vecinos del¿  mencionado pueblo, o de quien tenga por conveniente. Y para evitar discusiones se deben advertir cuatro cosas en esta donación: primera, que en ella no se perjudique el mayorazgo, por ser dicha agua una mejora hecha por mi difunto padre; segunda, que en donde dice la escritura que sea de cuenta de los agraciados el componer la acequia que conduce la agua, debe entenderse  solamente el ramal que sale del cauce principal y provee al pueblo de Bogotá; tercera, que en caso de seca se ha de compartir la agua de modo que vayan dos terceras partes al Novillero y una a Bogotá, y últimamente, que respecto a  que me obligo a, conservar el agua en el estado actual, puede Useñoría Ilustrísima, si gusta, nombrar un sujeto seguro que lo examine y vea; pero con la advertencia de que ahora por las muchas lluvias que han ocurrido en estos días. deberá haber más aguas que las que regularmente corren.      " Igualmente remito a Useñoría Ilustrísima esos dos lienzos preciosos para que los emplee en lo que fuere de su agrado; y le suplico se compadezca de mi hermano y le conceda la dispensa qué hace tanto tiempo que solicita.       " Dios guarde la vida de Useñoría Ilustrísima por muchos años.       " Santafé, diez y nueve de junio de mil setecientos noventa y nueve.     " Ilustrísimo señor.       "JOSÉ MARÍA LOZANO DE PERALTA'     El señor Martínez Compañón aceptó la donación, concedió la dispensa y cedió por escritura pública al pueblo de Funza el derecho del agua; pero como don Jorge había ocurrido también a Roma en solicitud de la dispensa, vino ésta cuando ya estaba casado, y con este fundamento el Marqués se arrepintió de su donación y entabló un pleito contra el Distrito de Funza, el cual sentenció la Audiencia Española en contra del Marqués. Más tarde, en 1835, el doctor José Joaquín Gómez Hoyos (que se casó con la Marquesa doña María Tadea, cuando quedó viuda por haber sido fusilado en 1817 don Jorge Tadeo), quiso privar al pueblo del agua y se entabló un nuevo pleito, que decidió en última instancia el Tribunal del Distrito de Cundinamarca en 1839, en favor del pueblo.     Es de advertir que el agua que llega a éste, hoy es una pequeña parte de la que le corresponde.  

4 Debe no confundirse con otro dominicano del mismo nombre que fue enviado a Santa Marta por el Rey como protector de los indios, y que fue el primer Obispo de aquella Diócesis.  

5  Don fray Juan de Ladrada (y no del Adrada, o de la Drada, como se encuentra en los diferentes autores), natural de Granada, en España, fue Cura doctrinero de Suesca y de Funza, Vicario General de la Religión Dominicanaen el Nuevo Reino de Granada, Lector de Sagrada Escritura y Teología en  Santafé. En 1596 fue a Cartagena de Obispo de aquella Diócesis, reedificó la Catedral, ayudó a la fundación del Colegio de Padres Regulares de la Compañía y a la de los agustinos descalzos en el cerro de La Popa, visitó repetidas veces su Obispado y murió en 1613. Algunos años después de su muerte se halló su cadáver incorrupto y que no despedía mal olor; y era tal la fama de su  santidad en Cartagena, que el pueblo se agolpó a recoger reliquias de su querido Pastor.

6 Alcedo dice que el Padre Zamora escribió una crónica muy interesante, de la cual no se conserva más noticia que ésta (no lo confunde con el autor de la Historia de la Provincia de San Antonino).

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