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LAS DOS PRIMERAS SEPARACIONES
 

Durante casi nueve años, los días se deslizaron en Panamá suavemente. Sólo en 1826 la reunión del Congreso Internacional promovido por Bolívar vino a animar, con el eco de sus discusiones, las provincianas tertulias en la plaza de Santa Ana.

Aquel Congreso, como se sabe, fue un fracaso. Las disensiones domésticas de algunos de los países participantes, por una parte; y por la otra el maldito clima de Panamá, que no daba cuartel, terminaron por dispersar a los delegados, los que se trasladaron a Tacubaya, en México, en donde aprobaron un pacto de Unión, Liga y Confederación, que se quedó en el papel. Pero permaneció sonando en el ambiente la vibración de las primeras voces que en América se alzaron en demanda de soluciones pacíficas y civilizadas para los conflictos internacionales. De todos modos, aquel sueño de Bolívar, como tantos otros, se esfumó, sin dejar al final nada en firme; y una nueva arruga se marcó desde entonces en la tostada frente del Libertador; quien hastiado al fin de tanta lucha, y tanta ingratitud, decidió en 1830 separarse del Gobierno. Y en este momento se produjeron, en Panamá, a la manera de carambola de retaque, las dos primeras separaciones de Colombia.

En realidad, estas no fueron otra cosa que pronunciamientos militares, como lo apunta con exactitud don Oscar Terán. Pero aún así, demuestran que la idea separatista, aunque fuese pretexto para justificar simples cuartelazos, surgió casi simultáneamente con la integración con Colombia, o lo que es lo mismo, que no todos los panameños quedaron completamente satisfechos con la decisión tomada en 1821.

El promotor de la primera aventura secesionista fue, como era natural que sucediera en la América Latina, el Comandante del Ejército, General José Domingo Espinar (porque Gobernador Civil seguía siendo don José de Fábrega, el mismo que había protagonizado los sucesos de 1821). Pero Espinar era mulato, y encima de eso boliviano, por lo cual los gobernantes bogotanos resolvieron dar la primera muestra de ese fino tacto con que de allí en adelante manejarían desde el altiplano los asuntos panameños, o sea que trasladaron a Espinar a la provincia de Veraguas, que era entonces una especie de destierro. Y Espinar, como también era natural, se rebeló contra esta medida; promovió una serie de asonadas populacheras en las que hacía apelación a sentimientos de solidaridad racial, y concluyó por formar la primera de una larga serie de Juntas de Gobierno que jalonaría toda la historia panameña en lo porvenir. Ahora bien: Espinar sabía que una segregación del Istmo, de plano y abierta, era medida que le quedaba grande. Y buscó entonces el pretexto de invitar al Libertador para que se trasladara al Istmo a atender allí "las partes dislocadas de la República". Mientras tanto, claro, él se quedaría con las riendas del poder en las manos. Ese mismo truco se lo habían hecho los criollos a Fernando VII en 1810.

Bolívar no se dejó seducir por aquella propuesta, que le fue presentada por varios comisionados panameños, a su paso por Cartagena, ni su humor era en aquellos momentos propicio para cohonestar pronunciamientos militares. Eran los días en que acababa de escribir, a su Ministro del Interior, cierta carta diciéndole: "Yo estoy aquí renegando, contra toda mi voluntad, pues he decidido irme a los infiernos para salir de Colombia"; y como era lógico, desaprobó el movimiento y excitó a su autor para que reintegrase el Istmo a la República. Así Espinar, aunque de mala gana, no tuvo más remedio que dictar un decreto, por el cual el Istmo volvía a incorporarse a Colombia. No obstante, aquella medida careció por algún tiempo de valor práctico, pues el jefe rebelde prosiguió de hecho en el ejercicio del gobierno. Y no solo del gobierno militar, sino también del civil (pues don José de Fábrega, ese sí, fue a dar a Veraguas), y Espinar no se preocupó en lo más mínimo por oír consejos de los notables panameños, y menos por obedecer órdenes de la lejana e impotente Bogotá. Con lo cual el Istmo vivió su primera temporada republicana en casa aparte.

Hasta que le llegó su hora a Espinar. Y fue cuando se ausentó de Panamá hacia Veraguas, con el objeto de combatir a Fábrega, que como era también obvio y natural, se había alzado en armas apenas se vio desterrado en la lejana provincia. Reemplazando a Espinar, quedó en Panamá el general Juan Eligió Alzuru, a quien la Historia convencional, benévolamente, ha calificado como "un distinguido y valeroso jefe, cuya conducta en la batalla de Tarqui le había granjeado alto renombre, y en quien Espinar tenía manifiesta confianza" | 8 . Pero en realidad, no era más que uno de los muchos espadones venezolanos que, agarrados a la levita militar del Libertador, se habían transformado en héroes a fuerza de degollar españoles. Alzuru era, además, un zorro astuto, y como aparentaba moderación, los liberales antibolivianos del Istmo, sin saber la sorpresa que les esperaba, se apresuraron a rodearlo y a instilarle la idea de desconocer la autoridad de Espinar, lo que, en el fondo, era también un golpe contra el partido boliviano.

Al principio, las cosas salieron a pedir de boca. Alzuru no solo desconoció por sí y ante sí la autoridad de Espinar, sino que, dueño del poder militar, esperó el regreso de éste, y no bien hubo sentado pie en la capital panameña, cuando, con redomada perfidia, lo hizo preso, lo embarcó seguidamente en una goleta y lo despachó, en fin, rumbo a Guayaquil.

Siguió entonces el venezolano gobernando dentro de una relativa legalidad (pues no había otra) pero en todo caso bajo la égida de la República de Colombia. Con lo cual terminaría el primer ensayo de secesión a que, en su movida historia, se lanzarían los panameños después de su adhesión, en 1821, a la gran república fundada por Bolívar. Había durado desde el 20 de Septiembre de 1830 en que un Cabildo abierto, inspirado por Espinar, aprobó un Acta en cuya virtud el Istmo se separaba de Colombia, (entre otras razones, porque "carecía de relaciones mercantiles con el Centro de la República, y que las del Sur hostilizaban el comercio del Istmo reputándolo como extranjero por haber permanecido adicto a la Nueva Granada con la cual no tenía compromisos particulares"), hasta el 22 de Junio de 1831 en que Alzuru accedió a que la Prefectura del Istmo la asumiera don José D. Vallarino, nombrado para el cargo por el gobierno de Bogotá. | 9 .

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Pero he aquí que un nuevo movimiento separatista se perfila cuando aún el primero no había sido completamente liquidado. Y esta vez su protagonista principal va a ser el propio Alzuru. Ambiciones ocultas, que roían ya su corazón, y ciertos hechos de sangre ocurridos en el Ecuador, serían el fermento para que germinase esta nueva secesión que, en la práctica, vino a ser como la segunda parte de la anterior.

En efecto, en aquellos momentos, el general Juan José Flórez trataba de crear en el Ecuador una república independiente sobre los restos de la Gran Colombia. Y a sus propósitos se oponía el general Luis Urdaneta, boliviano leal y cerrado, quien encabezaba en el Sur un movimiento en pro de la integridad colombiana. Aunque lánguido y casi impotente, el gobierno de Bogotá trato, no obstante, de auxiliar las intenciones de Urdaneta, y un comisionado especial, el Coronel Manuel León, fue enviado, por la vía de Panamá, al Ecuador, con pliegos reservados para Urdaneta; pero al llegar a Guayaquil, donde ya la población se había plegado a los propósitos separatistas de Flórez, el comisionado León fue puesto preso y fusilado. La reacción consiguiente fue la inmediata expulsión del Ecuador de no menos de setenta militares venezolanos, los cuales, en su vuelo hacia el exilio, fueron, como bandada de gavilanes, a posarse en Panamá a la sombra de Alzuru, donde por sus bravuconadas y su indisciplina se convirtieron en un auténtico flagelo social.

Pero eran venezolanos, como Alzuru, y por lo mismo no podían menos de tener ascendiente sobre el espíritu de éste; el cual, sintiéndose respaldado, empezó desde entonces a sacar las uñas y a distanciarse cada vez más de los antibolivianos panameños. Como si fuera poco, Alzuru, siguiendo el consejo de sus conmilitones, hizo fusilar a los oficiales Manuel Sotillo y José Villanueva, a quienes aquellos acusaban de haber delatado ante el general Flórez al infeliz comisionado León y de ser por lo tanto responsables, así de la muerte de éste, como de su propia expulsión del Ecuador. Como era apenas lógico, el gobierno de Bogotá desaprobó esos fusilamientos; y Alzuru, temiendo represalias, empezó entonces a tramar una nueva separación.

Mas esta vez la bandera secesionista no iba a ser la de pedirle a Bolívar que se fuera a gobernar desde el Istmo. Iba a ser la de una "confederación". Porque Bolívar acababa de morir, y cada uno de los antiguos departamentos de Colombia buscaba establecerse por cuenta propia, como nación, independiente. ¿Por qué no montar otra vez en el Istmo casa aparte? Por cierto que Alzuru hizo en aquella ocasión las cosas muy bien hechas, es decir que le dio a su plan toda la apariencia de la legalidad. Y el 9 de julio de 1831, o sea menos de un mes después de la primera reintegración panameña al cuerpo de Colombia, el astuto venezolano armó un tinglado "jurídico" completo. Reunió Junta de Notables, hubo discusiones, y por fin salió humo blanco: era "la Acta", en virtud de la cual el Istmo se declaraba otra vez en rebeldía, aunque aceptaba ser territorio de la "confederación colombiana", siempre que se le dejara administrar sus asuntos por sí mismos; y, de paso (lo que no era mala idea) ofrecía su capital para sede de la Confederación y para que allí se reuniera el Consejo de Ministros plenipotenciarios "sin la influencia que tendría en aquel Estado en que se instalase la representación general, en los acuerdos o deliberaciones".

El historiador desprevenido que lee hoy aquel documento se queda sorprendido. Poniendo de lado la imposibilidad práctica que por razones fiscales tenía el Istmo para erigirse en aquella época como Estado Soberano, es evidente que en todos los argumentos allí expuestos campea irrefutable lógica. En efecto, el supuesto o simplemente proyectado pacto confederativo en que Venezuela, Nueva Granada, Ecuador y Panamá se organizarían como Estados Soberanos, pero federados, y en donde Panamá sería la sede del Congreso Nacional, habría sido tal vez una solución inteligente para mantener con vida a la gran república boliviana si otros intereses y factores, como la conocida insalubridad del clima panameño, no hubieran anulado cualquier intentona seria en tal sentido. Y quizá con razón los historiadores panameños, han considerado aquella "Acta" como el genuino antecedente del movimiento separatista de 1903, pues allí, en el segundo considerando, se decía: "Que si Venezuela, el Ecuador y el Centro, consultando su dicha, se han erigido los dos primeros en Estados Soberanos e independientes, y el último se traza esta misma línea de conducta para proveer a sus urgencias locales, el Istmo, que ocupa un punto importante en la América del Sur, debe, a imitación de los otros departamentos de la República, procurar también los inmensos bienes a que está llamado por la Naturaleza"; y en el 6°, se afirmaba: "que sin contrariar notablemente la Constitución y leyes de la República, ni subvertir el orden, los hijos del Istmo, autorizados por las circunstancias actuales, pueden y deben ver por su futura felicidad, haciendo uso de la soberanía que han reasumido y de que no han dispuesto después de la rotura del antiguo pacto colombiano". Por lo cual, además de otras razones menores, la Junta concluyó acordando que "Panamá se declara en territorio de la Confederación colombiana y tendrá una administración propia, por medio de la cual se lleve al rango político a que está llamado naturalmente" | 10 .

Lo malo fue que en el fondo de aquel movimiento, palpitaba el deseo de Alzuru de eludir responsabilidades por los fusilamientos de Sotillo y Villanueva, y además, el de halagar los sentimientos regionalistas de patria chica de los panameños, pero para continuar, con el beneplácito de éstos, usufructuando del poder, como había hecho Flórez en el Ecuador.

No logró, sin embargo, ni una cosa ni otra, pues la opinión sana del pueblo panameño lo abandonó completamente, horrorizada por los actos de barbarie y tiranía a que el general venezolano se entregó en el corto lapso de dos meses que duró su nueva aventura, durante los cuales, y en contraste con los antecedentes de falsa moderación que había dado en la cercana época anterior, entronizó una dictadura sangrienta que por mucho tiempo recordaron con pavor los pacíficos panameños. Apoyado, en efecto, en una falange de mercenarios y de criminales sacados de las cárceles, que se llamó a sí misma, gráficamente, "la Compañía de los Desguazadores", cometió toda clase de vejaciones, despojos, crueldades, proscripciones y fusilamientos, llegando en algún caso a alancear él mismo, y por su propia mano, al Alcalde de Arraiján, pequeño pueblecillo próximo a Panamá, so pretexto de que había preparado auxilios a sus enemigos. El general venezolano se fue quedando, pues, solo y desopinado, lo que aprovechó el gobierno de Bogotá para producir, al fin, una medida seria encaminada a conjurar aquel estado de cosas: envió entonces al Coronel Tomás Herrera para que, seguido de 200 veteranos liquidase aquella situación. Y Herrera, que era hijo de Panamá, donde llegó a ser después una de las más relevantes personalidades istmeñas, luego de rápida y victoriosa campaña, derrotó a Alzuru, y lo llevó preso a la ciudad de Panamá, donde el pueblo quiso asesinarlo y "si no mando -dijo después Herrera-, a contener el pueblo, lo verifican, pues los muchachos le tiraban piedras y hasta los bigotes se los han arrancado".

Alzuru subió al patíbulo el 29 de agosto de 1831, "para pagar en él sus crímenes, y enseñar la manera como deben los pueblos castigar a sus tiranos". La nueva separación de Panamá, había durado menos de dos meses. Pero bien movidos |11.

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8. Ricardo J. Alfaro. "Vida del General Tomás Herrera". Pág. 73.
9.















 
       































 
El siguiente es el texto del Acta de Pronunciamiento de Panamá en 1830: "En la ciudad de Panamá, a 26 de septiembre de 1830, reunidos en Cabildo Pleno los señores Juez Político, Miembros del Consejo Municipal, empleados, padres de familia y demás vecinos que suscriben, a efecto de tratar sobre la materia propuesta por el Personero del Común en su anterior representación, que se leyó, y considerando entre otras cosas: que la separación del Sur de la República ha producido una escisión completa de la Nueva Granada; que el Istmo carece de relaciones mercantiles con los Departamentos del Centro de la República; que los del Sur hostilizan el comercio del Istmo reputándolo como extranjero, por razón de haber permanecido adicto a la Nueva Granada con la cual no tiene compromisos particulares; que el Departamento del Istmo, lejos de desear la enemistad de los demás pueblos tiene necesidad de ponerse en buena inteligencia con todos para dar y recibir auxilios de los males comunes; y, en fin, que el Gobierno de Bogotá por su Circular de 7 de julio último, número 33 ha provocado a los pueblos para que manifiesten sus deseos y el modo de remediar los males de que adolece Colombia y cada pueblo en particular, Resuelve lo siguiente:

Artículo 1° Panamá se separa desde hoy del resto de la República y especialmente del Gobierno de Bogotá.

Artículo 2° Panamá desea que su Excelencia el Libertador Simón Bolívar se encargue del Gobierno constitucional de la República, como medida indispensable para volver a la unión las partes de ella que se han separado, bajo pretextos diferentes, quedando desde luego este Departamento bajo su inmediata protección.

Artículo 3° Panamá será reintegrado a la República luego que el Libertador se encargue de la administración o desde que la Nación se organice unánimemente de cualquier otro medio legal.

Artículo 4° Panamá desea que el Libertador venga a su seno para que colocado en un punto en que pueda atender a las partes dislocadas de la República, procure que la Nación sea reintegrada.

Artículo 5° Obtendrán la refrendación del Gobierno Departamental las resoluciones pendientes del Ejecutivo y Judicial de Bogotá, sobre intereses particulares.

Artículo 6° Continuará el actual régimen constitucional en lo que no se oponga al presente pronunciamiento.

Artículo 7° La administración departamental se confía al señor General José Domingo Espinar, bajo la denominación de Jefe Civil y Militar, con facultades bastantes para arreglar los diversos ramos con las reformas que sea necesario hacer en ellos.

Artículo 8° El Jefe Civil y Militar nombrará para su consejo los individuos que fueren de su confianza.

Artículo 9° Queda garantizada la deuda pública y el Gobierno del Departamento especialmente encargado de llevar los compromisos con que esté ligado.

Artículo 10° Este pronunciamiento se comunicará por extraordinario a la provincia de Veraguas, y a los demás cantones de la de Panamá, con cuyos votos desea identificarse como partes integrantes del Departamento.

Artículo 11° El Jefe Político Municipal cuidará de transmitir estos votos a su Excelencia el Libertador Simón Bolívar, al Gobierno de Bogotá y al señor General José Domingo Espinar para los efectos convenientes.

Con lo cual se concluyó este acto, que firmaron los señores concurrentes por ante mi el Secretario de que doy fe.
El Jefe Político Municipal, Bachiller José María Beliz, El Gobernador del Obispado, doctor Juan José Cabarcas, El Alcalde Primero Municipal, Bernardo Arze Mata. El Alcalde Segundo, Manuel Arze, el Juez Letrado de Hacienda, doctor Pedro Jiménez, el Jefe del Estado Mayor Departamental, Francisco Picón, El Comandante de Armas, Juan Eligió Alzuru, El Inspector de Milicias, Pedro A. Izquierdo: El Comandante de Ingenieros, Mauricio Falmark: el Coronel Secretario de la Comandancia General, José María Chiari; el Chantre de la Catedral, José Ciriaco Issalve; el Cura del Sagrario, Pablo José del Barrio". (Siguen más firmas de menor importancia).
10.






 









 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


El siguiente es el texto del Acta de la Junta en que Panamá se declaró "territorio de la Confederación Colombiana, pero con administración propia"; "En la ciudad de Panamá, capital del Istmo, a los nueve días del mes de julio de mil ochocientos treintiuno, congregados en la Casa Consistorial gran número de padres de familia, personas notables, corporaciones y un inmenso pueblo, presididos por el señor Jefe Político Municipal, a efecto de discutir en perfecta calma los intereses preciosos del país y asegurar las grandes ventajas que debe reportar el Istmo del nuevo pacto bajo el cual intentan confederarse Venezuela, Nueva Granada y Ecuador, separados entre sí por los sucesos extraordinarios que han tenido lugar en la República, y
CONSIDERANDO:

1° Que convocada una Convención granadina para constituir los departamentos centrales, el Istmo en tiempo debe poner de manifiesto al mundo entero los graves daños que sufriría si fuese enrolado en la Nueva Granada, con la cual no mantiene relaciones comerciales, ni es posible que existan;

2° Que si Venezuela, el Ecuador y el Centro, consultando su dicha y prosperidad se han erigido los dos primeros en Estados soberanos e independientes, y el último se traza esta misma línea de conducta para proveer a sus urgencias locales, el Istmo, que ocupa un punto importante en la América del Sur, debe, a imitación de los otros departamentos de la República procurar también los inmensos bienes a que está llamado por la naturaleza y por la sociedad;

(3°, 4° y 5°, no se transcriben por estar mutilado el documento de donde se saca esta copia).

6° En fin, que sin contrariar notablemente la Constitución y leyes de la República, ni subvenir el orden, los hijos del Istmo, autorizados por las circunstancias actuales, pueden y deben ver por su futura felicidad, haciendo uso de la soberanía que han reasumido y de que no han dispuesto después de la rotura del antiguo pacto colombiano,
ACORDARON: 1° Panamá se declara en territorio de la Confederación Colombiana y tendrá una administración propia, por medio de la cual se eleve al rango político a que está llamado naturalmente;

4° Panamá, siendo pueblo do la familia colombiana se conducirá con el Norte y Centro de la República, del mismo modo que con el Sur en tiempo del Gobierno Central, y hará con ellos el comercio de cabotaje, tanto en producciones territoriales como en efectos extranjeros ya naturalizados, sin otros derechos que los municipales, siempre que las secciones referidas observen igual conducta con este territorio.

5° Panamá ofrece a los mismos Estados su territorio para la residencia de la Confederación Colombiana y para que en él se reúna todas las veces que sea necesario el Congreso de Ministros Plenipotenciarios, sin la influencia que tendría aquel Estado en que se instalase la representación general en las deliberaciones y acuerdos.

6° Panamá enviará diputados a Venezuela, Ecuador y Nueva Granada para que, instruidos sus Gobiernos de nuestra transformación política, se logren los objetos consignados en esta Acta.
(Aquí los artículos mediante los cuales se organiza el Gobierno del Istmo, bajo el mando de Alzuru, mientras una Dieta territorial Constituyente es convocada). 14° Todos los negocios pendientes en la capital del Centro, que sean despachados por los poderes Ejecutivo y Judicial en favor de particulares, se cumplirán religiosamente, siempre que ellos no tiendan a destruir el actual sistema, ni las autoridades que por la presente se constituyen, hasta tanto que sean intimados de la resolución del Istmo. El Jefe Superior Civil occidental, Justo Paredes, El Jefe Superior Militar, Juan Eligió Alzuru. (Siguen multitud de firmas de personas notables).
11. Ricardo J. Alfaro. Ibid. Pág. 96 y 55.

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