|
INDICE
|
|
LAS DOS PRIMERAS SEPARACIONES
Durante casi nueve años, los días se deslizaron en Panamá
suavemente. Sólo en 1826 la reunión del Congreso Internacional
promovido por Bolívar vino a animar, con el eco de sus discusiones,
las provincianas tertulias en la plaza de Santa Ana.
Aquel Congreso, como se sabe, fue un fracaso. Las disensiones
domésticas de algunos de los países participantes, por una parte; y
por la otra el maldito clima de Panamá, que no daba cuartel,
terminaron por dispersar a los delegados, los que se trasladaron a
Tacubaya, en México, en donde aprobaron un pacto de Unión, Liga y
Confederación, que se quedó en el papel. Pero permaneció sonando en
el ambiente la vibración de las primeras voces que en América se
alzaron en demanda de soluciones pacíficas y civilizadas para los
conflictos internacionales. De todos modos, aquel sueño de Bolívar,
como tantos otros, se esfumó, sin dejar al final nada en firme; y
una nueva arruga se marcó desde entonces en la tostada frente del
Libertador; quien hastiado al fin de tanta lucha, y tanta
ingratitud, decidió en 1830 separarse del Gobierno. Y en este
momento se produjeron, en Panamá, a la manera de carambola de
retaque, las dos primeras separaciones de Colombia.
En realidad, estas no fueron otra cosa que pronunciamientos
militares, como lo apunta con exactitud don Oscar Terán. Pero aún
así, demuestran que la idea separatista, aunque fuese pretexto para
justificar simples cuartelazos, surgió casi simultáneamente con la
integración con Colombia, o lo que es lo mismo, que no todos los
panameños quedaron completamente satisfechos con la decisión tomada
en 1821.
El promotor de la primera aventura secesionista fue, como era
natural que sucediera en la América Latina, el Comandante del
Ejército, General José Domingo Espinar (porque Gobernador Civil
seguía siendo don José de Fábrega, el mismo que había protagonizado
los sucesos de 1821). Pero Espinar era mulato, y encima de eso
boliviano, por lo cual los gobernantes bogotanos resolvieron dar la
primera muestra de ese fino tacto con que de allí en adelante
manejarían desde el altiplano los asuntos panameños, o sea que
trasladaron a Espinar a la provincia de Veraguas, que era entonces
una especie de destierro. Y Espinar, como también era natural, se
rebeló contra esta medida; promovió una serie de asonadas
populacheras en las que hacía apelación a sentimientos de
solidaridad racial, y concluyó por formar la primera de una larga
serie de Juntas de Gobierno que jalonaría toda la historia panameña
en lo porvenir. Ahora bien: Espinar sabía que una segregación del
Istmo, de plano y abierta, era medida que le quedaba grande. Y
buscó entonces el pretexto de invitar al Libertador para que se
trasladara al Istmo a atender allí "las partes dislocadas
de la República". Mientras tanto, claro, él se quedaría
con las riendas del poder en las manos. Ese mismo truco se lo
habían hecho los criollos a Fernando VII en 1810.
Bolívar no se dejó seducir por aquella propuesta, que le fue
presentada por varios comisionados panameños, a su paso por
Cartagena, ni su humor era en aquellos momentos propicio para
cohonestar pronunciamientos militares. Eran los días en que acababa
de escribir, a su Ministro del Interior, cierta carta diciéndole:
"Yo estoy aquí renegando, contra toda mi voluntad, pues he
decidido irme a los infiernos para salir de Colombia"; y
como era lógico, desaprobó el movimiento y excitó a su autor para
que reintegrase el Istmo a la República. Así Espinar, aunque de
mala gana, no tuvo más remedio que dictar un decreto, por el cual
el Istmo volvía a incorporarse a Colombia. No obstante, aquella
medida careció por algún tiempo de valor práctico, pues el jefe
rebelde prosiguió de hecho en el ejercicio del gobierno. Y no solo
del gobierno militar, sino también del civil (pues don José de
Fábrega, ese sí, fue a dar a Veraguas), y Espinar no se preocupó en
lo más mínimo por oír consejos de los notables panameños, y menos
por obedecer órdenes de la lejana e impotente Bogotá. Con lo cual
el Istmo vivió su primera temporada republicana en casa aparte.
Hasta que le llegó su hora a Espinar. Y fue cuando se ausentó de
Panamá hacia Veraguas, con el objeto de combatir a Fábrega, que
como era también obvio y natural, se había alzado en armas apenas
se vio desterrado en la lejana provincia. Reemplazando a Espinar,
quedó en Panamá el general Juan Eligió Alzuru, a quien la Historia
convencional, benévolamente, ha calificado como "un
distinguido y valeroso jefe, cuya conducta en la batalla de Tarqui
le había granjeado alto renombre, y en quien Espinar tenía
manifiesta confianza"
|
8
. Pero en realidad, no era más que uno de los
muchos espadones venezolanos que, agarrados a la levita militar del
Libertador, se habían transformado en héroes a fuerza de degollar
españoles. Alzuru era, además, un zorro astuto, y como aparentaba
moderación, los liberales antibolivianos del Istmo, sin saber la
sorpresa que les esperaba, se apresuraron a rodearlo y a instilarle
la idea de desconocer la autoridad de Espinar, lo que, en el fondo,
era también un golpe contra el partido boliviano.
Al principio, las cosas salieron a pedir de boca. Alzuru no solo
desconoció por sí y ante sí la autoridad de Espinar, sino que,
dueño del poder militar, esperó el regreso de éste, y no bien hubo
sentado pie en la capital panameña, cuando, con redomada perfidia,
lo hizo preso, lo embarcó seguidamente en una goleta y lo despachó,
en fin, rumbo a Guayaquil.
Siguió entonces el venezolano gobernando dentro de una relativa
legalidad (pues no había otra) pero en todo caso bajo la égida de
la República de Colombia. Con lo cual terminaría el primer ensayo
de secesión a que, en su movida historia, se lanzarían los
panameños después de su adhesión, en 1821, a la gran república
fundada por Bolívar. Había durado desde el 20 de Septiembre de 1830
en que un Cabildo abierto, inspirado por Espinar, aprobó un Acta en
cuya virtud el Istmo se separaba de Colombia, (entre otras razones,
porque "carecía de relaciones mercantiles con el Centro de
la República, y que las del Sur hostilizaban el comercio del Istmo
reputándolo como extranjero por haber permanecido adicto a la Nueva
Granada con la cual no tenía compromisos particulares"),
hasta el 22 de Junio de 1831 en que Alzuru accedió a que la
Prefectura del Istmo la asumiera don José D. Vallarino, nombrado
para el cargo por el gobierno de Bogotá.
|
9
.
***
Pero he aquí que un nuevo movimiento separatista se perfila
cuando aún el primero no había sido completamente liquidado. Y esta
vez su protagonista principal va a ser el propio Alzuru. Ambiciones
ocultas, que roían ya su corazón, y ciertos hechos de sangre
ocurridos en el Ecuador, serían el fermento para que germinase esta
nueva secesión que, en la práctica, vino a ser como la segunda
parte de la anterior.
En efecto, en aquellos momentos, el general Juan José Flórez
trataba de crear en el Ecuador una república independiente sobre
los restos de la Gran Colombia. Y a sus propósitos se oponía el
general Luis Urdaneta, boliviano leal y cerrado, quien encabezaba
en el Sur un movimiento en pro de la integridad colombiana. Aunque
lánguido y casi impotente, el gobierno de Bogotá trato, no
obstante, de auxiliar las intenciones de Urdaneta, y un comisionado
especial, el Coronel Manuel León, fue enviado, por la vía de
Panamá, al Ecuador, con pliegos reservados para Urdaneta; pero al
llegar a Guayaquil, donde ya la población se había plegado a los
propósitos separatistas de Flórez, el comisionado León fue puesto
preso y fusilado. La reacción consiguiente fue la inmediata
expulsión del Ecuador de no menos de setenta militares venezolanos,
los cuales, en su vuelo hacia el exilio, fueron, como bandada de
gavilanes, a posarse en Panamá a la sombra de Alzuru, donde por sus
bravuconadas y su indisciplina se convirtieron en un auténtico
flagelo social.
Pero eran venezolanos, como Alzuru, y por lo mismo no podían
menos de tener ascendiente sobre el espíritu de éste; el cual,
sintiéndose respaldado, empezó desde entonces a sacar las uñas y a
distanciarse cada vez más de los antibolivianos panameños. Como si
fuera poco, Alzuru, siguiendo el consejo de sus conmilitones, hizo
fusilar a los oficiales Manuel Sotillo y José Villanueva, a quienes
aquellos acusaban de haber delatado ante el general Flórez al
infeliz comisionado León y de ser por lo tanto responsables, así de
la muerte de éste, como de su propia expulsión del Ecuador. Como
era apenas lógico, el gobierno de Bogotá desaprobó esos
fusilamientos; y Alzuru, temiendo represalias, empezó entonces a
tramar una nueva separación.
Mas esta vez la bandera secesionista no iba a ser la de pedirle
a Bolívar que se fuera a gobernar desde el Istmo. Iba a ser la de
una "confederación". Porque Bolívar acababa de morir, y
cada uno de los antiguos departamentos de Colombia buscaba
establecerse por cuenta propia, como nación, independiente. ¿Por
qué no montar otra vez en el Istmo casa aparte? Por cierto que
Alzuru hizo en aquella ocasión las cosas muy bien hechas, es decir
que le dio a su plan toda la apariencia de la legalidad. Y el 9 de
julio de 1831, o sea menos de un mes después de la primera
reintegración panameña al cuerpo de Colombia, el astuto venezolano
armó un tinglado "jurídico" completo. Reunió
Junta de Notables, hubo discusiones, y por fin salió humo blanco:
era "la Acta", en virtud de la cual el Istmo se
declaraba otra vez en rebeldía, aunque aceptaba ser territorio de
la "confederación colombiana", siempre que se le
dejara administrar sus asuntos por sí mismos; y, de paso (lo que no
era mala idea) ofrecía su capital para sede de la Confederación y
para que allí se reuniera el Consejo de Ministros plenipotenciarios
"sin la influencia que tendría en aquel Estado en que se
instalase la representación general, en los acuerdos o
deliberaciones".
El historiador desprevenido que lee hoy aquel documento se queda
sorprendido. Poniendo de lado la imposibilidad práctica que por
razones fiscales tenía el Istmo para erigirse en aquella época como
Estado Soberano, es evidente que en todos los argumentos allí
expuestos campea irrefutable lógica. En efecto, el supuesto o
simplemente proyectado pacto confederativo en que Venezuela, Nueva
Granada, Ecuador y Panamá se organizarían como Estados Soberanos,
pero federados, y en donde Panamá sería la sede del Congreso
Nacional, habría sido tal vez una solución inteligente para
mantener con vida a la gran república boliviana si otros intereses
y factores, como la conocida insalubridad del clima panameño, no
hubieran anulado cualquier intentona seria en tal sentido. Y quizá
con razón los historiadores panameños, han considerado aquella
"Acta" como el genuino antecedente del movimiento
separatista de 1903, pues allí, en el segundo considerando, se
decía: "Que si Venezuela, el Ecuador y el Centro,
consultando su dicha, se han erigido los dos primeros en Estados
Soberanos e independientes, y el último se traza esta misma línea
de conducta para proveer a sus urgencias locales, el Istmo, que
ocupa un punto importante en la América del Sur, debe, a imitación
de los otros departamentos de la República, procurar también los
inmensos bienes a que está llamado por la Naturaleza"; y
en el 6°, se afirmaba: "que sin contrariar notablemente la
Constitución y leyes de la República, ni subvertir el orden, los
hijos del Istmo, autorizados por las circunstancias actuales,
pueden y deben ver por su futura felicidad, haciendo uso de la
soberanía que han reasumido y de que no han dispuesto después de la
rotura del antiguo pacto colombiano". Por lo cual, además
de otras razones menores, la Junta concluyó acordando que
"Panamá se declara en territorio de la Confederación
colombiana y tendrá una administración propia, por medio de la cual
se lleve al rango político a que está llamado
naturalmente"
|
10
.
Lo malo fue que en el fondo de aquel movimiento, palpitaba el
deseo de Alzuru de eludir responsabilidades por los fusilamientos
de Sotillo y Villanueva, y además, el de halagar los sentimientos
regionalistas de patria chica de los panameños, pero para
continuar, con el beneplácito de éstos, usufructuando del poder,
como había hecho Flórez en el Ecuador.
No logró, sin embargo, ni una cosa ni otra, pues la opinión sana
del pueblo panameño lo abandonó completamente, horrorizada por los
actos de barbarie y tiranía a que el general venezolano se entregó
en el corto lapso de dos meses que duró su nueva aventura, durante
los cuales, y en contraste con los antecedentes de falsa moderación
que había dado en la cercana época anterior, entronizó una
dictadura sangrienta que por mucho tiempo recordaron con pavor los
pacíficos panameños. Apoyado, en efecto, en una falange de
mercenarios y de criminales sacados de las cárceles, que se llamó a
sí misma, gráficamente, "la Compañía de los
Desguazadores", cometió toda clase de vejaciones,
despojos, crueldades, proscripciones y fusilamientos, llegando en
algún caso a alancear él mismo, y por su propia mano, al Alcalde de
Arraiján, pequeño pueblecillo próximo a Panamá, so pretexto de que
había preparado auxilios a sus enemigos. El general venezolano se
fue quedando, pues, solo y desopinado, lo que aprovechó el gobierno
de Bogotá para producir, al fin, una medida seria encaminada a
conjurar aquel estado de cosas: envió entonces al Coronel Tomás
Herrera para que, seguido de 200 veteranos liquidase aquella
situación. Y Herrera, que era hijo de Panamá, donde llegó a ser
después una de las más relevantes personalidades istmeñas, luego de
rápida y victoriosa campaña, derrotó a Alzuru, y lo llevó preso a
la ciudad de Panamá, donde el pueblo quiso asesinarlo y
"si no mando -dijo después Herrera-, a contener el pueblo,
lo verifican, pues los muchachos le tiraban piedras y hasta los
bigotes se los han arrancado".
Alzuru subió al patíbulo el 29 de agosto de 1831, "para
pagar en él sus crímenes, y enseñar la manera como deben los
pueblos castigar a sus tiranos". La nueva separación de
Panamá, había durado menos de dos meses. Pero bien movidos
|11.
____________
|
8.
|
Ricardo J. Alfaro. "Vida
del General Tomás Herrera". Pág. 73.
|
9.
|
El siguiente es el texto del Acta
de Pronunciamiento de Panamá en 1830:
"En la ciudad de Panamá, a
26 de septiembre de 1830, reunidos en Cabildo Pleno los señores
Juez Político, Miembros del Consejo Municipal, empleados, padres de
familia y demás vecinos que suscriben, a efecto de tratar sobre la
materia propuesta por el Personero del Común en su anterior
representación, que se leyó, y considerando entre otras cosas: que
la separación del Sur de la República ha producido una escisión
completa de la Nueva Granada; que el Istmo carece de relaciones
mercantiles con los Departamentos del Centro de la República; que
los del Sur hostilizan el comercio del Istmo reputándolo como
extranjero, por razón de haber permanecido adicto a la Nueva
Granada con la cual no tiene compromisos particulares; que el
Departamento del Istmo, lejos de desear la enemistad de los demás
pueblos tiene necesidad de ponerse en buena inteligencia con todos
para dar y recibir auxilios de los males comunes; y, en fin, que el
Gobierno de Bogotá por su Circular de 7 de julio último, número 33
ha provocado a los pueblos para que manifiesten sus deseos y el
modo de remediar los males de que adolece Colombia y cada pueblo en
particular,
Resuelve lo siguiente:
Artículo 1° Panamá se separa desde hoy del resto de la República y
especialmente del Gobierno de Bogotá.
Artículo 2° Panamá desea que su Excelencia el Libertador Simón
Bolívar se encargue del Gobierno constitucional de la República,
como medida indispensable para volver a la unión las partes de ella
que se han separado, bajo pretextos diferentes, quedando desde
luego este Departamento bajo su inmediata protección.
Artículo 3° Panamá será reintegrado a la República luego que el
Libertador se encargue de la administración o desde que la Nación
se organice unánimemente de cualquier otro medio legal.
Artículo 4° Panamá desea que el Libertador venga a su seno para
que colocado en un punto en que pueda atender a las partes
dislocadas de la República, procure que la Nación sea
reintegrada.
Artículo 5° Obtendrán la refrendación del Gobierno Departamental
las resoluciones pendientes del Ejecutivo y Judicial de Bogotá,
sobre intereses particulares.
Artículo 6° Continuará el actual régimen constitucional en lo que
no se oponga al presente pronunciamiento.
Artículo 7° La administración departamental se confía al señor
General José Domingo Espinar, bajo la denominación de Jefe Civil y
Militar, con facultades bastantes para arreglar los diversos ramos
con las reformas que sea necesario hacer en ellos.
Artículo 8° El Jefe Civil y Militar nombrará para su consejo los
individuos que fueren de su confianza.
Artículo 9° Queda garantizada la deuda pública y el Gobierno del
Departamento especialmente encargado de llevar los compromisos con
que esté ligado.
Artículo 10° Este pronunciamiento se comunicará por extraordinario
a la provincia de Veraguas, y a los demás cantones de la de Panamá,
con cuyos votos desea identificarse como partes integrantes del
Departamento.
Artículo 11° El Jefe Político Municipal cuidará de transmitir
estos votos a su Excelencia el Libertador Simón Bolívar, al
Gobierno de Bogotá y al señor General José Domingo Espinar para los
efectos convenientes.
Con lo cual se concluyó este acto, que firmaron los señores
concurrentes por ante mi el Secretario de que doy fe.
El Jefe Político Municipal,
Bachiller José María Beliz, El Gobernador del Obispado, doctor Juan
José Cabarcas, El Alcalde Primero Municipal, Bernardo Arze Mata. El
Alcalde Segundo, Manuel Arze, el Juez Letrado de Hacienda, doctor
Pedro Jiménez, el Jefe del Estado Mayor Departamental, Francisco
Picón, El Comandante de Armas, Juan Eligió Alzuru, El Inspector de
Milicias, Pedro A. Izquierdo: El Comandante de Ingenieros, Mauricio
Falmark: el Coronel Secretario de la Comandancia General, José
María Chiari; el Chantre de la Catedral, José Ciriaco Issalve; el
Cura del Sagrario, Pablo José del Barrio". (Siguen más
firmas de menor importancia).
|
10.
|
El siguiente es el texto del Acta de la Junta en que Panamá se
declaró "territorio de la Confederación Colombiana, pero
con administración propia"; "En la ciudad de
Panamá, capital del Istmo, a los nueve días del mes de julio de mil
ochocientos treintiuno, congregados en la Casa Consistorial gran
número de padres de familia, personas notables, corporaciones y un
inmenso pueblo, presididos por el señor Jefe Político Municipal, a
efecto de discutir en perfecta calma los intereses preciosos del
país y asegurar las grandes ventajas que debe reportar el Istmo del
nuevo pacto bajo el cual intentan confederarse Venezuela, Nueva
Granada y Ecuador, separados entre sí por los sucesos
extraordinarios que han tenido lugar en la República, y
CONSIDERANDO:
1° Que convocada una Convención granadina para constituir los
departamentos centrales, el Istmo en tiempo debe poner de
manifiesto al mundo entero los graves daños que sufriría si fuese
enrolado en la Nueva Granada, con la cual no mantiene relaciones
comerciales, ni es posible que existan;
2° Que si Venezuela, el Ecuador y el Centro, consultando su dicha
y prosperidad se han erigido los dos primeros en Estados soberanos
e independientes, y el último se traza esta misma línea de conducta
para proveer a sus urgencias locales, el Istmo, que ocupa un punto
importante en la América del Sur, debe, a imitación de los otros
departamentos de la República procurar también los inmensos bienes
a que está llamado por la naturaleza y por la sociedad;
(3°, 4° y 5°, no se transcriben por estar mutilado el documento de
donde se saca esta copia).
6° En fin, que sin contrariar notablemente la Constitución y leyes
de la República, ni subvenir el orden, los hijos del Istmo,
autorizados por las circunstancias actuales, pueden y deben ver por
su futura felicidad, haciendo uso de la soberanía que han reasumido
y de que no han dispuesto después de la rotura del antiguo pacto
colombiano,
ACORDARON:
1° Panamá se declara en territorio
de la Confederación Colombiana y tendrá una administración propia,
por medio de la cual se eleve al rango político a que está llamado
naturalmente;
4° Panamá, siendo pueblo do la familia colombiana se conducirá con
el Norte y Centro de la República, del mismo modo que con el Sur en
tiempo del Gobierno Central, y hará con ellos el comercio de
cabotaje, tanto en producciones territoriales como en efectos
extranjeros ya naturalizados, sin otros derechos que los
municipales, siempre que las secciones referidas observen igual
conducta con este territorio.
5° Panamá ofrece a los mismos Estados su territorio para la
residencia de la Confederación Colombiana y para que en él se reúna
todas las veces que sea necesario el Congreso de Ministros
Plenipotenciarios, sin la influencia que tendría aquel Estado en
que se instalase la representación general en las deliberaciones y
acuerdos.
6° Panamá enviará diputados a Venezuela, Ecuador y Nueva Granada
para que, instruidos sus Gobiernos de nuestra transformación
política, se logren los objetos consignados en esta Acta.
(Aquí los artículos mediante los
cuales se organiza el Gobierno del Istmo, bajo el mando de Alzuru,
mientras una Dieta territorial Constituyente es convocada).
14° Todos los negocios pendientes
en la capital del Centro, que sean despachados por los poderes
Ejecutivo y Judicial en favor de particulares, se cumplirán
religiosamente, siempre que ellos no tiendan a destruir el actual
sistema, ni las autoridades que por la presente se constituyen,
hasta tanto que sean intimados de la resolución del Istmo. El Jefe
Superior Civil occidental, Justo Paredes, El Jefe Superior Militar,
Juan Eligió Alzuru. (Siguen multitud de firmas de personas
notables).
|
|
11.
|
Ricardo J. Alfaro. Ibid. Pág. 96 y
55.
|
|