INDICE




Capítulo I
Capítulo II
Capítulo III - El 7 de marzo Las aspiraciones liberales.?El candidato liberal.?Minoría evidente de las opiniones conservadoras.?La reunión del congreso.? Los preparativos del gobierno para el caso de un conflicto.? Los escrutinios en el congreso?La elección del general López.
Capítulo IV  Preludios de guerra civil?Furor del partido en minoría.?Publicaciones incendiarias.?Llegada del general Obando.
Capítulo V  La administración del 7 de marzo.?Preludios.   Ministerio Periodismo.
Capítulo VI  Movimiento de las ideas.?Abolición de la pena de muerte en los de delitos políticos.?Libertad de esclavos.?Libertad de imprenta
Capítulo VII  La provisión de destinos- remociones.?El general Herrán.? El señor José Eusebio Caro.?El doctor Márquez.
Capítulo VIII  Primeros trabajos de la nueva administración.?Venta por mayor de las existencias de tabaco de Ambalema.?Contrato de almacenes de sal con el señor Miguel S. Uribe.?Pago de intereses de la deuda exterior.?Discusión sobre el estado del tesoro público al principiar la nueva administración.
Capítulo IX  Las Sociedades Democráticas.?La Sociedad de Artesanos de Bogotá.?Disturbios en Venezuela.
Capítulo X  Mejoras internas acometidas.—La carretera de occidente—La comisión corográfica.  
Capítulo XI  El cólera
Capítulo XII  Estado social.?Costumbres.
Capítulo XIII  Costumbres políticas.?Hombres que figuraban en la política.? Oradores elocuentes.?Oradores razonadores.
Capítulo XIV   Comercio exterior e interior.?Artículos principales- Oro plata. ? Tejidos de lana y algodón fabricados en el país.?carnes.  ?Sombreros de nacuma -Dulces.-Tabaco.- café.- Huevos y aves de corral.?Pescado.
Capítulo XV  Otras inversiones del capital.?Construcción de edificios.?Bancos.?Vías de comunicación.?Vapores en el Magdalena.
Capítulo  XVI  Consumos alimenticios interiores.?Mercancías extranjeras.?café Azúcar.?Tejidos del país. ? Sal.?Tabaco.?Cacao.?Maíz?plátanos.?Papas.?Trigo.?Arroz.?Raíces y tubérculos. ? Arracacha.?Yuca.?Leguminosas.?Frutas.
Capitulo XVII   Rentas y gastos nacionales
Capítulo XVIII  Las mayorías en el congreso.?Abolición de los derechos sobre la siembra de tabaco.?El cólera en Bogotá.?Descentralización de rentas y gastos.?Discusiones sobre libertad de imprenta, abolición de la esclavitud, reforma de la Constitución.?Desafuero eclesiástico y renta fija a los curas.
CAPITULO XIX  (continuación)
Capitulo XX   Otros asuntos del año de 1850.  Expulsión de los jesuitas.?El cólera en Bogotá.?Candidaturas.. a la vicepresidencia de la república.
Capitulo XXI   Los Golgotas
Capitulo XXII - La guerra civil de 1851
Capitulo XXIII    La Compañía de Russi
Capitulo XXIV    Las Reformas Eclesiásticas
Capitulo XXV - Tendencias generales de la opinión pública
Capitulo XXVI   Año de 1852.  Censo de población.?Nuevas tentativas de Flores, el traidor.? Complicidad en ellas del gobierno peruano.?Actitud del gobierno granadino.- Fin de esas tentativas.
Capitulo XXVII - Cuestiones eclesiásticas
La Convención de Rionegro    Año de 1863
Nota sobre el autor
CAPITULO XVIII
Año de 1850.

Las mayorías en el congreso.—Abolición de los derechos sobre la siembra de tabaco.—El cólera en Bogotá.—Descentralización de rentas y gastos.—Discusiones sobre libertad de imprenta, abolición de la esclavitud, reforma de la Constitución.—Desafuero eclesiástico y renta fija a los curas.

 

En el congreso de 1849 tuvo mayoría el partido conservador en ambas cámaras, como lo revela el hecho de haber sido presidente de la de representantes, el doctor Mariano Ospina, y los señores Juan Clímaco Ordóñez y José Ignacio de Márquez en la del senado. Esta situación explica la ausencia de legislación liberal en aquel año. En 1850 ya tuvo mayoría el partido de la administración en la cámara; pero en el senado las fuerzas estaban equilibradas. El nombramiento del general José Maria Mantilla para presidir esta última corporación, procedió de haber votado éste por si mismo, mientras que el general Herrán, candidato de los conservadores, lo hizo en favor del doctor Márquez. El general Mantilla profesaba una antipatía especial al general Herrán, por haber sido éste, en 1819, entonces al servicio de la causa realista, oficial de capilla del otro, condenado a muerte como prisionero republicano. Como se sabe, el general Mantilla logró fugarse de la capilla y encabezar un movimiento independiente en la provincia de Pamplona, a tiempo que la expedición libertadora salida de Casanare estaba próxima a librar la batalla de Boyacá.

La lucha entre los dos partidos principió en el congreso con el proyecto de ley sobre  “Descentralización de rentas y gastos”.

Como he iniciado en otro capítulo, las entradas del tesoro a duras penas alcanzaban a tres millones de pesos, producto de más de veinte contribuciones, cuyos gastos de recaudación absorbían la mitad del importe de ellas; el sostenimiento de un fuerte ejército permanente consumía la quinta parte, y el resto, suma ya insignificante, era lo único que podía destinarse al servicio de los intereses nacionales. Un gobierno central abrumado con sus atenciones propias y además con el trabajo de atender a los intereses municipales, descuidaba el cumplimiento de unos y otros deberes y el resultado general era inercia, desgreño, en el movimiento social. A corregir esta situación iba dirigido el pensamiento descentralizador del gobierno con el doble objeto de dar vida a las municipalidades proveyéndolas de rentas y de facultades para crearlas, y descargar al gobierno general de atenciones de imposible desempeño.

Al efecto, la Nación se reservaba, en el proyecto, las rentas de aduanas, correos, papel sellado, amonedación, la quinta parte de las rentas municipales, los descuentos para cubrir las pensiones civiles, el producto de venta o arrendamiento de bienes nacionales, Y | | los intereses de demora, multas, y aprovechamientos que por razón de contratos celebrados por el gobierno general se causasen a su favor. Todas las demás rentas; salinas, diezmos, aguardientes, hipotecas y registro, peajes, quintos y fundición de oros, sello y derecho de títulos y rentas varias, quedarían cedidas a las provincias para ser manejadas por sus respectivas cámaras con entera libertad.

En cambio, los gastos correspondientes al servicio municipal de las provincias, como eran los sueldos de gobernadores, jefes políticos, alcaldes y cámaras provinciales; los de tribunales, juzgados, y establecimientos de castigo; los de recaudación y contabilidad de las rentas provinciales; los de vías de comunicación, escuelas, colegios, lazaretos, hospitales; y los de servicio del culto católico, como sueldos del obispado, catedrales, curatos, misiones, fábrica de las iglesias y seminarios, debían hacerse por las provincias, de un modo obligatorio y según las reglas que para estos últimos estableciese la ley nacional.

El gobierno nacional reducía pues sus atribuciones a los siguientes negociados:

El |gobierno; o sea la estructura de las formas políticas para la expedición y cumplimiento de las leyes, y mantenimiento de la unidad nacional.

La |deuda nacional; para el efecto de pagarla, satisfacer sus intereses y mantener el crédito de la nación.

La |justicia; reducida al sostenimiento de una corte suprema llamada a decidir las controversias internacionales o entre los diversos poderes públicos.

La |guerra y marina; que implica el sostenimiento de un ejército para defender la independencia nacional, y asegurar el orden público.

Las |relaciones exteriores; es decir, todo lo referente a asuntos con otras naciones.

Las |obras publicas; la construcción y conservación de edificios nacionales, las vías de comunicación entre las provincias, ríos navegables y puertos o bahías marítimas o fluviales.

La |beneficencia y recompensas; que abrazan lo relativo a higiene pública, la caridad nacional con relación a males de carácter general, como lazaretos, cuarentenas, y la gratitud debida a los hombres que prestan a la nación grandes e importantes servicios.

Los |gastos de hacienda y del tesoro; todo lo relativo a la recaudación, inversión y contabilidad de las rentas nacionales.

Como el proyecto definía los objetos en que únicamente se podían hacer gastos nacionales, es decir, invertir los recursos del tesoro, en cierto modo limitaba también la extensión del campo en que podía emplearse la acción del gobierno general; y así lo decía con claridad un articulo del proyecto, declarando que, fuera de los objetos expresados, todo lo demás debería hacerse a expensas de las rentas municipales y conforme a las ordenanzas y reglamento de las cámaras de provincia. Esta era, pues, la federación establecida inconscientemente, en el primer paso que se daba hacia ella.

Este proyecto fue preparado en reuniones nocturnas a que concurrían el doctor Murillo, secretario de hacienda; el doctor Zaldúa, secretario de gobierno; el señor José María Plata, contador general; y el que esto escribe, entonces subdirector de ventas, pero encargado provisionalmente de la dirección por ausencia del doctor Ancizar, ya en trabajos de otra naturaleza en la Comisión Corográfica. La idea madre de la descentralización partía del doctor Murillo; pero sus desarrollos, conforme a la organización de la hacienda, y al sistema general adoptado en los presupuestos nacionales, fue principalmente obra del señor Plata, la persona más versada en la estructura interior de la maquinaria gubernativa. Por lo demás, el pensamiento descentralizador dominaba en la atmósfera política tanto en el periodismo como en el programa del general López al encargarse de la presidencia y en los primeros mensajes presentados al congreso.

A mi modo de ver (por supuesto ahora, pues entonces las ideas eran muy vagas) el proyecto entrañaba dos defectos graves. El primero, proponer el abandono de la renta de salinas a las provincias en que estaban situadas éstas, lo cual a la vez que hubiera sido una desigual distribución de las rentas, hubiera llegado a ser una manzana de discordia entre las provincias. El segundo, trasladar toda la vida municipal a la entidad provincial ahogando así la vitalidad de los distritos o comunes, primer foco de la vida municipal y por donde debía principiar la descentralización que se buscaba.

El primero de estos vicios fue corregido en la discusión de las cámaras, las cuales dejaron al gobierno nacional la renta de salinas y suprimieron el subsidio de la quinta parte de las rentas municipales que se les pedía; pero el segundo defecto quedó subsistente, de suerte que para los distritos sólo hubo un cambio de centralización: en vez de la del gobierno nacional, la de los gobiernos provinciales quizá más dura y egoísta. Esta falta de vigor en la administración comunal puede observarse en la ciudad de Bogotá, que siendo la residencia de los altos poderes nacionales y del cuerpo diplomático y la población más rica y civilizada de Colombia, no tiene rentas ni facultades para atender a la construcción y conservación de las obras que la provean de agua potable y de aseo, ni para darse alumbrado nocturno, ni para el establecimiento de cloacas, ni para el sostenimiento de sus escuelas y establecimientos de caridad, ni para la conservación de los caminos por donde llegan los víveres que consume. Puede decirse que en Bogotá no hay vida municipal todavía es una ciudad española de la época colonial.

Empero, la ley de descentralización dio vida propia a las provincias. Las rentas que les fueron cedidas. montaban a $ 531.351, en esta forma:

Aguardientes (producto de esta renta en 1848 a 1849)................ $ 154.725
Diezmos (producto de esta renta en 1848 a 1849) ......................... 215.546
Quintos de oro (producto de esta renta en 1848 a 1849).................. 94.930   
Hipotecas y registros (producto de esta renta en 1848 a 1849)........... 17.542
Peajes (producto de esta renta en 1848 a 1849)............................... 23.380
Sello y derecho de títulos (producto de esta renta en 1848 a 1849)....... 4.228
Multas y rentas varias (producto de esta renta en 1848 a 1849).......... 21.000

                              Total                                                           $ 531.351

Los gastos puestos a su cargo, según la ley de presupuestos, son los siguientes:

Gobernaciones, jefaturas políticas y alcaldías ................................. $ 93.155
Tribunales (gasto de personal y material de 22 tribunales).................. 57.088
Ministerio público (fiscales)............................................................. 17.043
Judicaturas de circuito.................................................................... 94.653
Vías de comunicación..................................................................... 32.454
Instrucción pública....................................................................... . 12.372 | |

Pasan......................................................................................... $ 306.765

Vienen........................................................................................ $ 306.765


Culto ......................................................................................... 92.109
Beneficencia (lazaretos, hospitales, etc.) ........................................ 13.339    
Administraciones especiales de hacienda (aguardientes, diezmos,
hipotecas, etc.)............................................................................ 12.626
Oficina de quintos de oro............................................................... 9.626         434.465
Diferencia a favor de las rentas
de las provincias  ........................................................................................... $ 96.886

Los efectos de esta ley fueron muy notables y se sintieron inmediatamente.

En materia de rentas, la de diezmos fue inmediatamente abolida en las provincias de Azuero (parte de Panamá), Bogotá, Chocó, Fábrega (hoy Chriquí), Ocaña, Mariquita, Panamá, Neiva, Riohacha, Santa Marta, Socorro, Valledupar y Veraguas; en Antioquia lo fue la de quintos de oro, así como en Bogotá y Mariquita. La renta de aguardientes sólo fue suprimida en Popayán.

En reemplazo de estas contribuciones fue establecida la directa en las provincias que abolieron los diezmos. En Bogotá y el Socorro se gravó con uno por ciento la renta calculada a los contribuyentes; en las demás se impuso a los distritos una contribución que debía repartirse por los cabildos o por quintas especiales en cuotas muy pequeñas, por ejemplo en las del Chocó, Ocaña y Valledupar, desde diez centavos hasta dos pesos al año por persona. Se comprende que se quería proceder con mucha moderación para no asustar las clases acomodadas, sobre quienes se había esparcido por los enemigos del impuesto, el temor de que con ella se quería arruinar a los ricos. En el primer año, sin embargo, se propuso el producto en $ 133.480, | en esta proporción:

Bogotá                                $80.000
Chocó                                     3.200
Fábrega (Chiriquí)                    6.650
Mariquita                                  5600
Neiva                                     13.760
Ocaña                                       3200
Riohacha                                  1.440
Santander (Cúcuta)                   3.320
Veraguas                                  8.400
Valledupar                                8.000
                                         $ 133.480

En 1851 ya fueron suprimidos los diezmos en las provincias de Barbacoas, Buenaventura, Cartagena, Casanare, Cauca, Mompós, Pamplona, Santander (Cúcuta), Soto, Tunja y Vélez, quedando subsistente tan sólo en las de Antioquía, Popayán, Pasto, Túqudres y Tundama, últimos baluartes de la antigua idea del origen divino de esa contribución En 1853, a la separación del Estado y de la Iglesia, debieron cesar en todas partes.

La contribución directa se habla extendido, por su | parte, a las siguientes secciones, con las sumas que a continuación se expresan:

Cartagena  $      74.717
Cauca                36.433
Mompós              2.500
Pamplona          10.000
Panama             22.368
Sororro              30.000
Soto                    9.600
Vélez                 13.672

 

Y por todo había subido de $ 133.000 a 343.545

Las rentas municipales de las provincias que en 1848 no pasaban de $ 300.000 | anuales, subían ya a más de $ 800.000.

El monopolio de aguardientes fue también suprimido en 1851, en las provincias de Buenaventura, Cauca, Chiriquí, Chocó, Mariquita, Panamá, Santander, Valledupar y Veraguas.

La inversión de estas rentas es lo que mejor idea suministra del progreso realizado.

La administración de justicia era, al parecer, el servicio público más descuidado por la centralización, y la primera necesidad a que dieron atención los gobiernos municipales. Inmediatamente fueron establecidas judicaturas de circuito en todos los cantones, y de diez tribunales en toda la república, se pasó en el primer año de la descentralización a veintidós. Dos o tres años era la duración ordinaria de un pleito civil, y un año al menos la de una causa criminal: los derechos curiales recargaban enormemente el gasto de los pleitos, y el número de presos en las cárceles era, a causa de las demoras en la secuela de los procesos, doble o triple del que debiera ser. Los derechos curiales fueron suprimidos en todas partes y aumentado el sueldo de los jueces de circuito, que hasta entonces había oscilado entre treinta pesos mensuales hasta ochenta los mejor retribuidos. Se atendió mejor a la construcción y conservación de las cárceles, y se calculó que los procesos criminales cuya duración era frecuente de dos a tres años podía reducirse a tres o cuatro meses, y lo mismo los pleitos civiles. La supresión en éstos de los derecho curiales, una de las dificultades más graves en  tiempo para obtener justicia, fue una mejora inmensa. El gasto de cárceles, reducido antes a $ 19.916 subió inmediatamente en el primer año de la descentralización, a $ 63.224.

Las vías de comunicación y las escuelas públicas fueron los dos objetos que llamaron también de preferencia la atención de las cámaras provinciales. Las de Bogotá, Socorro, Soto y Ocaña, pensaron inmediata. mente en abrirse caminos al Magdalena: la primera, ofreciendo además de un privilegio por treinta años, un auxilio de ciento sesenta mil pesos al que emprendiera un camino carretero. Socorro emprendió sin demora el camino a Barrancabermeja, de cuya primera exploración oficial fue víctima cuatro años después el distinguido joven Lucas Caballero, gobernador de la provincia.

Soto inició sus vías por el Lebrija y el Sogamoso hacia el gran río, y Ocaña empezó sus exploraciones en busca de una vía carretera a Puerto Nacional o La Gloria; empresas, por desgracia, muy superiores a sus primeros débiles recursos, y en las que aún luchan esas provincias a pesar de tantos tristes desengaños.

Las escuelas públicas merecieron una protección preferente: de $ 12.000 | anuales a que ascendía el gasto nacional en este ramo en 1849 ya había subido quizá a más de .$ 50.000 en los presupuestos municipales de 1851.

De $ 300.000 | anuales, total de las rentas provinciales en 1849, | llegaban a $ 900.000 en 1851, pues en un cuadro del movimiento de éstas, que se puede ver en la Memoria de Hacienda de 1852, ya sube a $ 720.642 | el monto de ellas, faltando los cómputos de las provincias de Antioquia, Azuero, Buenaventura, Córdoba, Pasto, Santa Marta, Túqueres y Tunja, cuyas rentas no podían bajar de $ 250.000 | más. Hoy monta a 5 ó $ 6.000.000 este guarismo; es decir, a diez y nueve o veinte veces más que ahora cincuenta años. ¡Puede, pues, juzgarse del adelanto que ha tenido la vida municipal! Un departamento, que en 1848 formaba una sola provincia, el de Antioquia, gasta de $ 600.000 a , 800.000 anuales en adelantar su ferrocarril al Magdalena.

Aunque combatido el proyecto de descentralización por las voces conservadoras de las cámaras y principalmente por el periodismo de este partido, pasó rápidamente, y el 25 de abril ya era ley de la república. El gobierno general quedaba descargado de un peso ¡nmenso en el manejo de intereses locales; la administración de la hacienda pública reducida a mucha sencillez con el manejo de las grandes contribuciones:  aduanas y salinas, y el servicio de los correos en capacidad de recibir una fuerte impulsión. Los otros ramos de entrada, el papel sellado y la amonedación, poco importantes y de fácil administración, hacían ya innecesario el gran tren de empleados introducidos en 1847.

Entre las diversas reformas introducidas por la idea liberal, puede ser de más magnitud filosófica la dé abolición de la esclavitud; fundada en más amplios principios de respeto a la mente humana, la libertad absoluta de imprenta; más fecunda en paz y fraternidad de los hombres, la libertad religiosa; pero ninguna tan esencial al desenvolvimiento del sistema republicano como la descentralización de rentas y gastos.

Puede decirse que no hay república verdadera en donde no están distribuidos los Poderes públicos entre todos los grupos de población e intereses homogéneos, y en donde por consiguiente la libertad y la dignidad del hombre no están confiados al esfuerzo del hombre. mismo. Esa gran reforma ha iniciado en nuestras poblaciones la idea de que la mejora social debe buscarse en el esfuerzo, en el trabajo personal de los mismos que la desean y no en la benevolencia de un gobierno. incapaz de apreciar las necesidades de los pueblos distantes; de que es necesario salir de la atonía en que por tres siglos vivieron nuestros padres y procurarse por sí mismos, por medio de la asociación de las. voluntades, la felicidad a que se aspira. Por desgracia nuestra apatía hereditaria, por una parte, y nuestra ignorancia, por otra, han sido obstáculo para aprovechar en el medio siglo que acaba de pasar todas las ventajas que esa gran reforma nos ofrecía. Tan sólo la ciudad de Cúcuta ha sabido abrirse paso por medio de un ferrocarril a la parte ya navegable del Zulia, y Antioquia está realizando actualmente con sus propios brazos y sus propias rentas, la obra gigantesca de construirse cuarenta leguas de vía férrea hacia el Magdalena. Todas las demás obras ejecutadas, el ferrocarril del Cauca al Pacífico, el de Girardot, el de Santa Marta al Magdalena, y el de La Dorada, el de Cartagena a Calamar han sido obtenidos con las rentas nacionales y por medio de contratos, en lo general, ruinosos y mal o nada estudiados.

La obra de la transformación del sistema tributario, fundado en los monopolios y en las trabas a la industria, hacia el régimen nacional, sencillo y equitativo de la contribución directa, ha encallado en el espíritu de aferramiento en lo pasado, en la ignorancia de las más elementales nociones de administración pública Y principalmente, en la tiranía del espíritu de partidoque busca servilismo ciego con preferencia a dotes intelectuales en los encargados del manejo de los asuntos. de interés general. La contribución directa existe sobre la riqueza territorial, en Cundinamarca, sobre la riqueza general, en Boyacá y Santander, y no sé de los demás departamentos, porque hace algunos años que ni las gobernaciones ni las secretarías de Estado recogen datos sobre estos asuntos; pero existen, restablecidos unos, creados los demás, los monopolios de aguardientes, cigarrillos, fósforos, sales de mar, y el espíritu de monopolio ha penetrado de tal manera en nuestras costumbres que no se piensa ya en el ejercicio de ninguna industria nueva que no esté sostenida por ellos. Recientemente se propuso al gobierno nacional la explotación de las fuentes de petróleos, siempre que se concediese al explotador privilegio para trabajar las de toda la república. Como puede calcularse ésta ha sido materia de acciones y reacciones constantes, siguiendo la alternación de los partidos en el poder público; pero los diez y ocho últimos años de la |Regeneración han sido la época más fecunda en reacción contra las instituciones republicanas y de restablecimiento de las antiguas nociones del régimen colonial en materia de rentas.

anterior | índice | siguiente