CAPITULO XVIII
Año de 1850.
Las mayorías en el congreso.Abolición de los derechos
sobre la siembra de tabaco.El cólera en
Bogotá.Descentralización de rentas y gastos.Discusiones
sobre libertad de imprenta, abolición de la esclavitud, reforma de
la Constitución.Desafuero eclesiástico y renta fija a los
curas.
En el congreso de 1849 tuvo mayoría el partido conservador en
ambas cámaras, como lo revela el hecho de haber sido presidente de
la de representantes, el doctor Mariano Ospina, y los señores Juan
Clímaco Ordóñez y José Ignacio de Márquez en la del senado. Esta
situación explica la ausencia de legislación liberal en aquel año.
En 1850 ya tuvo mayoría el partido de la administración en la
cámara; pero en el senado las fuerzas estaban equilibradas. El
nombramiento del general José Maria Mantilla para presidir esta
última corporación, procedió de haber votado éste por si mismo,
mientras que el general Herrán, candidato de los conservadores, lo
hizo en favor del doctor Márquez. El general Mantilla profesaba una
antipatía especial al general Herrán, por haber sido éste, en 1819,
entonces al servicio de la causa realista, oficial de capilla del
otro, condenado a muerte como prisionero republicano. Como se sabe,
el general Mantilla logró fugarse de la capilla y encabezar un
movimiento independiente en la provincia de Pamplona, a tiempo que
la expedición libertadora salida de Casanare estaba próxima a
librar la batalla de Boyacá.
La lucha entre los dos partidos principió en el congreso con el
proyecto de ley sobre Descentralización de rentas y
gastos.
Como he iniciado en otro capítulo, las entradas del tesoro a
duras penas alcanzaban a tres millones de pesos, producto de más de
veinte contribuciones, cuyos gastos de recaudación absorbían la
mitad del importe de ellas; el sostenimiento de un fuerte ejército
permanente consumía la quinta parte, y el resto, suma ya
insignificante, era lo único que podía destinarse al servicio de
los intereses nacionales. Un gobierno central abrumado con sus
atenciones propias y además con el trabajo de atender a los
intereses municipales, descuidaba el cumplimiento de unos y otros
deberes y el resultado general era inercia, desgreño, en el
movimiento social. A corregir esta situación iba dirigido el
pensamiento descentralizador del gobierno con el doble objeto de
dar vida a las municipalidades proveyéndolas de rentas y de
facultades para crearlas, y descargar al gobierno general de
atenciones de imposible desempeño.
Al efecto, la Nación se reservaba, en el proyecto, las rentas de
aduanas, correos, papel sellado, amonedación, la quinta parte de
las rentas municipales, los descuentos para cubrir las pensiones
civiles, el producto de venta o arrendamiento de bienes nacionales,
Y
|
|
los intereses de demora, multas, y aprovechamientos
que por razón de contratos celebrados por el gobierno general se
causasen a su favor. Todas las demás rentas; salinas, diezmos,
aguardientes, hipotecas y registro, peajes, quintos y fundición de
oros, sello y derecho de títulos y rentas varias, quedarían cedidas
a las provincias para ser manejadas por sus respectivas cámaras con
entera libertad.
En cambio, los gastos correspondientes al servicio municipal de
las provincias, como eran los sueldos de gobernadores, jefes
políticos, alcaldes y cámaras provinciales; los de tribunales,
juzgados, y establecimientos de castigo; los de recaudación y
contabilidad de las rentas provinciales; los de vías de
comunicación, escuelas, colegios, lazaretos, hospitales; y los de
servicio del culto católico, como sueldos del obispado, catedrales,
curatos, misiones, fábrica de las iglesias y seminarios, debían
hacerse por las provincias, de un modo obligatorio y según las
reglas que para estos últimos estableciese la ley nacional.
El gobierno nacional reducía pues sus atribuciones a los
siguientes negociados:
El
|gobierno; o sea la estructura de las formas políticas
para la expedición y cumplimiento de las leyes, y mantenimiento de
la unidad nacional.
La
|deuda nacional; para el efecto de pagarla, satisfacer
sus intereses y mantener el crédito de la nación.
La
|justicia; reducida al sostenimiento de una corte
suprema llamada a decidir las controversias internacionales o entre
los diversos poderes públicos.
La
|guerra y marina; que implica el sostenimiento de un
ejército para defender la independencia nacional, y asegurar el
orden público.
Las
|relaciones exteriores; es decir, todo lo referente a
asuntos con otras naciones.
Las
|obras publicas; la construcción y conservación de
edificios nacionales, las vías de comunicación entre las
provincias, ríos navegables y puertos o bahías marítimas o
fluviales.
La
|beneficencia y recompensas; que abrazan lo relativo a
higiene pública, la caridad nacional con relación a males de
carácter general, como lazaretos, cuarentenas, y la gratitud debida
a los hombres que prestan a la nación grandes e importantes
servicios.
Los
|gastos de hacienda y del tesoro; todo lo relativo a
la recaudación, inversión y contabilidad de las rentas
nacionales.
Como el proyecto definía los objetos en que únicamente se podían
hacer gastos nacionales, es decir, invertir los recursos del
tesoro, en cierto modo limitaba también la extensión del campo en
que podía emplearse la acción del gobierno general; y así lo decía
con claridad un articulo del proyecto, declarando que, fuera de los
objetos expresados, todo lo demás debería hacerse a expensas de las
rentas municipales y conforme a las ordenanzas y reglamento de las
cámaras de provincia. Esta era, pues, la federación establecida
inconscientemente, en el primer paso que se daba hacia ella.
Este proyecto fue preparado en reuniones nocturnas a que
concurrían el doctor Murillo, secretario de hacienda; el doctor
Zaldúa, secretario de gobierno; el señor José María Plata, contador
general; y el que esto escribe, entonces subdirector de ventas,
pero encargado provisionalmente de la dirección por ausencia del
doctor Ancizar, ya en trabajos de otra naturaleza en la Comisión
Corográfica. La idea madre de la descentralización partía del
doctor Murillo; pero sus desarrollos, conforme a la organización de
la hacienda, y al sistema general adoptado en los presupuestos
nacionales, fue principalmente obra del señor Plata, la persona más
versada en la estructura interior de la maquinaria gubernativa. Por
lo demás, el pensamiento descentralizador dominaba en la atmósfera
política tanto en el periodismo como en el programa del general
López al encargarse de la presidencia y en los primeros mensajes
presentados al congreso.
A mi modo de ver (por supuesto ahora, pues entonces las ideas
eran muy vagas) el proyecto entrañaba dos defectos graves. El
primero, proponer el abandono de la renta de salinas a las
provincias en que estaban situadas éstas, lo cual a la vez que
hubiera sido una desigual distribución de las rentas, hubiera
llegado a ser una manzana de discordia entre las provincias. El
segundo, trasladar toda la vida municipal a la entidad provincial
ahogando así la vitalidad de los distritos o comunes, primer foco
de la vida municipal y por donde debía principiar la
descentralización que se buscaba.
El primero de estos vicios fue corregido en la discusión de las
cámaras, las cuales dejaron al gobierno nacional la renta de
salinas y suprimieron el subsidio de la quinta parte de las rentas
municipales que se les pedía; pero el segundo defecto quedó
subsistente, de suerte que para los distritos sólo hubo un cambio
de centralización: en vez de la del gobierno nacional, la de los
gobiernos provinciales quizá más dura y egoísta. Esta falta de
vigor en la administración comunal puede observarse en la ciudad de
Bogotá, que siendo la residencia de los altos poderes nacionales y
del cuerpo diplomático y la población más rica y civilizada de
Colombia, no tiene rentas ni facultades para atender a la
construcción y conservación de las obras que la provean de agua
potable y de aseo, ni para darse alumbrado nocturno, ni para el
establecimiento de cloacas, ni para el sostenimiento de sus
escuelas y establecimientos de caridad, ni para la conservación de
los caminos por donde llegan los víveres que consume. Puede decirse
que en Bogotá no hay vida municipal todavía es una ciudad española
de la época colonial.
Empero, la ley de descentralización dio vida propia a las
provincias. Las rentas que les fueron cedidas. montaban a $
531.351, en esta forma:
Aguardientes (producto de esta renta en 1848 a
1849)................ $ 154.725
Diezmos (producto de esta renta en 1848 a 1849)
......................... 215.546
Quintos de oro (producto de esta renta en 1848 a
1849).................. 94.930
Hipotecas y registros (producto de esta renta en 1848 a
1849)........... 17.542
Peajes (producto de esta renta en 1848 a
1849)............................... 23.380
Sello y derecho de títulos (producto de esta renta en 1848 a
1849)....... 4.228
Multas y rentas varias (producto de esta renta en 1848 a
1849).......... 21.000
Total
$ 531.351
Los gastos puestos a su cargo, según la ley de presupuestos, son
los siguientes:
Gobernaciones, jefaturas políticas y alcaldías
................................. $ 93.155
Tribunales (gasto de personal y material de 22
tribunales).................. 57.088
Ministerio público
(fiscales).............................................................
17.043
Judicaturas de
circuito....................................................................
94.653
Vías de
comunicación.....................................................................
32.454
Instrucción
pública.......................................................................
. 12.372
|
|
Pasan.........................................................................................
$ 306.765
Vienen........................................................................................
$ 306.765
Culto
.........................................................................................
92.109
Beneficencia (lazaretos, hospitales, etc.)
........................................ 13.339
Administraciones especiales de hacienda (aguardientes,
diezmos,
hipotecas,
etc.)............................................................................
12.626
Oficina de quintos de
oro...............................................................
9.626 434.465
Diferencia a favor de las rentas
de las provincias
...........................................................................................
$ 96.886
Los efectos de esta ley fueron muy notables y se sintieron
inmediatamente.
En materia de rentas, la de diezmos fue inmediatamente abolida
en las provincias de Azuero (parte de Panamá), Bogotá, Chocó,
Fábrega (hoy Chriquí), Ocaña, Mariquita, Panamá, Neiva, Riohacha,
Santa Marta, Socorro, Valledupar y Veraguas; en Antioquia lo fue la
de quintos de oro, así como en Bogotá y Mariquita. La renta de
aguardientes sólo fue suprimida en Popayán.
En reemplazo de estas contribuciones fue establecida la directa
en las provincias que abolieron los diezmos. En Bogotá y el Socorro
se gravó con uno por ciento la renta calculada a los
contribuyentes; en las demás se impuso a los distritos una
contribución que debía repartirse por los cabildos o por quintas
especiales en cuotas muy pequeñas, por ejemplo en las del Chocó,
Ocaña y Valledupar, desde diez centavos hasta dos pesos al año por
persona. Se comprende que se quería proceder con mucha moderación
para no asustar las clases acomodadas, sobre quienes se había
esparcido por los enemigos del impuesto, el temor de que con ella
se quería arruinar a los ricos. En el primer año, sin embargo, se
propuso el producto en $ 133.480,
|
en esta proporción:
Bogotá $80.000
Chocó 3.200
Fábrega (Chiriquí) 6.650
Mariquita 5600
Neiva 13.760
Ocaña 3200
Riohacha 1.440
Santander (Cúcuta) 3.320
Veraguas 8.400
Valledupar 8.000
$ 133.480
En 1851 ya fueron suprimidos los diezmos en las provincias de
Barbacoas, Buenaventura, Cartagena, Casanare, Cauca, Mompós,
Pamplona, Santander (Cúcuta), Soto, Tunja y Vélez, quedando
subsistente tan sólo en las de Antioquía, Popayán, Pasto, Túqudres
y Tundama, últimos baluartes de la antigua idea del origen divino
de esa contribución En 1853, a la separación del Estado y de la
Iglesia, debieron cesar en todas partes.
La contribución directa se habla extendido, por su
|
parte,
a las siguientes secciones, con las sumas que a continuación se
expresan:
Cartagena $ 74.717
Cauca 36.433
Mompós 2.500
Pamplona 10.000
Panama 22.368
Sororro 30.000
Soto 9.600
Vélez 13.672
Y por todo había subido de $ 133.000 a 343.545
Las rentas municipales de las provincias que en 1848 no pasaban
de $ 300.000
|
anuales, subían ya a más de $ 800.000.
El monopolio de aguardientes fue también suprimido en 1851, en
las provincias de Buenaventura, Cauca, Chiriquí, Chocó, Mariquita,
Panamá, Santander, Valledupar y Veraguas.
La inversión de estas rentas es lo que mejor idea suministra del
progreso realizado.
La administración de justicia era, al parecer, el servicio
público más descuidado por la centralización, y la primera
necesidad a que dieron atención los gobiernos municipales.
Inmediatamente fueron establecidas judicaturas de circuito en todos
los cantones, y de diez tribunales en toda la república, se pasó en
el primer año de la descentralización a veintidós. Dos o tres años
era la duración ordinaria de un pleito civil, y un año al menos la
de una causa criminal: los derechos curiales recargaban enormemente
el gasto de los pleitos, y el número de presos en las cárceles era,
a causa de las demoras en la secuela de los procesos, doble o
triple del que debiera ser. Los derechos curiales fueron suprimidos
en todas partes y aumentado el sueldo de los jueces de circuito,
que hasta entonces había oscilado entre treinta pesos mensuales
hasta ochenta los mejor retribuidos. Se atendió mejor a la
construcción y conservación de las cárceles, y se calculó que los
procesos criminales cuya duración era frecuente de dos a tres años
podía reducirse a tres o cuatro meses, y lo mismo los pleitos
civiles. La supresión en éstos de los derecho curiales, una de las
dificultades más graves en tiempo para obtener justicia, fue una
mejora inmensa. El gasto de cárceles, reducido antes a $ 19.916
subió inmediatamente en el primer año de la descentralización, a $
63.224.
Las vías de comunicación y las escuelas públicas fueron los dos
objetos que llamaron también de preferencia la atención de las
cámaras provinciales. Las de Bogotá, Socorro, Soto y Ocaña,
pensaron inmediata. mente en abrirse caminos al Magdalena: la
primera, ofreciendo además de un privilegio por treinta años, un
auxilio de ciento sesenta mil pesos al que emprendiera un camino
carretero. Socorro emprendió sin demora el camino a
Barrancabermeja, de cuya primera exploración oficial fue víctima
cuatro años después el distinguido joven Lucas Caballero,
gobernador de la provincia.
Soto inició sus vías por el Lebrija y el Sogamoso hacia el gran
río, y Ocaña empezó sus exploraciones en busca de una vía carretera
a Puerto Nacional o La Gloria; empresas, por desgracia, muy
superiores a sus primeros débiles recursos, y en las que aún luchan
esas provincias a pesar de tantos tristes desengaños.
Las escuelas públicas merecieron una protección preferente: de $
12.000
|
anuales a que ascendía el gasto nacional en este ramo
en 1849 ya había subido quizá a más de .$ 50.000 en los
presupuestos municipales de 1851.
De $ 300.000
|
anuales, total de las rentas provinciales en
1849,
|
llegaban a $ 900.000 en 1851, pues en un cuadro del
movimiento de éstas, que se puede ver en la Memoria de Hacienda de
1852, ya sube a $ 720.642
|
el monto de ellas, faltando los
cómputos de las provincias de Antioquia, Azuero, Buenaventura,
Córdoba, Pasto, Santa Marta, Túqueres y Tunja, cuyas rentas no
podían bajar de $ 250.000
|
más. Hoy monta a 5 ó $ 6.000.000
este guarismo; es decir, a diez y nueve o veinte veces más que
ahora cincuenta años. ¡Puede, pues, juzgarse del adelanto que ha
tenido la vida municipal! Un departamento, que en 1848 formaba una
sola provincia, el de Antioquia, gasta de $ 600.000 a , 800.000
anuales en adelantar su ferrocarril al Magdalena.
Aunque combatido el proyecto de descentralización por las voces
conservadoras de las cámaras y principalmente por el periodismo de
este partido, pasó rápidamente, y el 25 de abril ya era ley de la
república. El gobierno general quedaba descargado de un peso
¡nmenso en el manejo de intereses locales; la administración de la
hacienda pública reducida a mucha sencillez con el manejo de las
grandes contribuciones: aduanas y salinas, y el servicio de los
correos en capacidad de recibir una fuerte impulsión. Los otros
ramos de entrada, el papel sellado y la amonedación, poco
importantes y de fácil administración, hacían ya innecesario el
gran tren de empleados introducidos en 1847.
Entre las diversas reformas introducidas por la idea liberal,
puede ser de más magnitud filosófica la dé abolición de la
esclavitud; fundada en más amplios principios de respeto a la mente
humana, la libertad absoluta de imprenta; más fecunda en paz y
fraternidad de los hombres, la libertad religiosa; pero ninguna tan
esencial al desenvolvimiento del sistema republicano como la
descentralización de rentas y gastos.
Puede decirse que no hay república verdadera en donde no están
distribuidos los Poderes públicos entre todos los grupos de
población e intereses homogéneos, y en donde por consiguiente la
libertad y la dignidad del hombre no están confiados al esfuerzo
del hombre. mismo. Esa gran reforma ha iniciado en nuestras
poblaciones la idea de que la mejora social debe buscarse en el
esfuerzo, en el trabajo personal de los mismos que la desean y no
en la benevolencia de un gobierno. incapaz de apreciar las
necesidades de los pueblos distantes; de que es necesario salir de
la atonía en que por tres siglos vivieron nuestros padres y
procurarse por sí mismos, por medio de la asociación de las.
voluntades, la felicidad a que se aspira. Por desgracia nuestra
apatía hereditaria, por una parte, y nuestra ignorancia, por otra,
han sido obstáculo para aprovechar en el medio siglo que acaba de
pasar todas las ventajas que esa gran reforma nos ofrecía. Tan sólo
la ciudad de Cúcuta ha sabido abrirse paso por medio de un
ferrocarril a la parte ya navegable del Zulia, y Antioquia está
realizando actualmente con sus propios brazos y sus propias rentas,
la obra gigantesca de construirse cuarenta leguas de vía férrea
hacia el Magdalena. Todas las demás obras ejecutadas, el
ferrocarril del Cauca al Pacífico, el de Girardot, el de Santa
Marta al Magdalena, y el de La Dorada, el de Cartagena a Calamar
han sido obtenidos con las rentas nacionales y por medio de
contratos, en lo general, ruinosos y mal o nada estudiados.
La obra de la transformación del sistema tributario, fundado en
los monopolios y en las trabas a la industria, hacia el régimen
nacional, sencillo y equitativo de la contribución directa, ha
encallado en el espíritu de aferramiento en lo pasado, en la
ignorancia de las más elementales nociones de administración
pública Y principalmente, en la tiranía del espíritu de partidoque
busca servilismo ciego con preferencia a dotes intelectuales en los
encargados del manejo de los asuntos. de interés general. La
contribución directa existe sobre la riqueza territorial, en
Cundinamarca, sobre la riqueza general, en Boyacá y Santander, y no
sé de los demás departamentos, porque hace algunos años que ni las
gobernaciones ni las secretarías de Estado recogen datos sobre
estos asuntos; pero existen, restablecidos unos, creados los demás,
los monopolios de aguardientes, cigarrillos, fósforos, sales de
mar, y el espíritu de monopolio ha penetrado de tal manera en
nuestras costumbres que no se piensa ya en el ejercicio de ninguna
industria nueva que no esté sostenida por ellos. Recientemente se
propuso al gobierno nacional la explotación de las fuentes de
petróleos, siempre que se concediese al explotador privilegio para
trabajar las de toda la república. Como puede calcularse ésta ha
sido materia de acciones y reacciones constantes, siguiendo la
alternación de los partidos en el poder público; pero los diez y
ocho últimos años de la
|Regeneración han sido la época más
fecunda en reacción contra las instituciones republicanas y de
restablecimiento de las antiguas nociones del régimen colonial en
materia de rentas.