INDICE

 




CAPÍTULO DÉCIMO.
 

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I.
 

 

Por fin se instaló la Convención (9 de abril) y se leyó el mensaje que le dirigió el Libertador, es el que volvía a renunciar el bastón de Presidente y la espada de jeneral. En este importante documento, hizo Bolívar una reseña verídica del triste estado de la República, manifestando la necesidad de reformar las instituciones, dando al gobierno po­der |legal suficiente para asegurar la paz y el orden. Pero en gran parte el malestar que se sentía, la perturbación absoluta con que amenazaba la anarquía de las ideas eran provenientes de los primeros y fatales desa­ciertos que él mismo cometiera desde su llegada a Guayaquil, cuya ver­dad sentida por todos, debilitaba la fuerza de su expresión. Desde que se abandona el sendero de la legalidad, precisamente se ha de tropezar con abrojos, matorrales y vallados que impiden encontrar el camino para salir a lo claro. En las circunstancias en que Bolívar hablaba, los más sanos principios enunciados por sus labios eran mal interpretados: aparecían, o se hacían aparecer, no como convicciones sinceras, sino como innoble ambición personal. Se ha dicho, y se ha dicho muy bien, que aquellas circunstancias se crearon. La misión del señor Leocadio Guzmán, el acta de Guayaquil, las que a ellas se siguieron, y las conse­cuencias que produjeron, son argumentos incontestables en favor de la proposición enunciada. Cuado las circunstancias vienen por sí mismas, se los puede hacer fuente, se las puede dominar; unas cuando se crean, todo lo arrastran en pos de sí, agobia la responsabilidad del error cometi­do, y no hay poder que resista a la fuerza oponente, fundada en la razón ofendida.

 

"¡Legisladores! (concluía el mensaje de que hablo). Ardua y grande es la obra que la voluntad nacional os ha sometido. Salvaos del com­promiso en que os han colocado nuestros conciudadanos, salvando a Colombia. Arrojad vuestras miradas penetrantes en lo recóndito del corazón de vuestros comitentes: allí leeréis la prolongada angustia en que agonizan; ellos suspiran por seguridad y reposo: un gobierno firme, poderoso, justo, es el grito de la patria. Miradla de pié sobre las ruinas del desierto que ha dejado el despotismo, pálida de espanto, llo­rando quinientos mil héroes muertos por ella, cuya sangre sembrada en los campos hacia nacer sus derechos; Sí, legisladores! muertos y vivos, sepulcros y ruinas, os piden garantías. I yo que sentado ahora en el hogar del simple ciudadano, y mezclado entre la multitud, recobro mi voz y mi derecho; yo que soy el último que reclamo el fin de la sociedad; yo que he consagrado un culto religioso a la patria y a la libertad, no debo callarme en ocasión tan solemne. Dadnos un gobierno en que la ley sea obedecida, el magistrado respetado y el pueblo libre; un gobierno que impida la trasgresión de la voluntad jeneral y los mandamientos del pueblo.

"Considerad, legisladores, que la energía ­de la fuerza pública es la salvaguardia de la flaqueza individual, la amenaza que aterra al injusto y la esperanza de la sociedad. Considerad que la corrupción de los pue­blos nace de la indulgencia de los tribunales y de la impunidad de los delitos. Mirad que sin fuerza no hay virtud, y sin virtud perece la Re­pública. Mirad, en fin, que la anarquía destruye la libertad, y que la unidad conserva el orden.

"¡Legisladores! a nombre de Colombia os ruego con plegarias in­finitas que nos deis, a imagen de la Providencia que representáis, como árbitros de nuestros destinos, para el pueblo, para el ejército, para el juez, y para el magistrado, ¡leyes inexorables!........"

Absteniéndose de proponer ninguna forma de gobierno, terminaba diciendo: "Nada añadiría a este funesto bosquejo, si el puesto que ocupo no me forzara a dar cuenta a la nación de los inconvenientes prácticos de sus leyes. Sé que no puedo hacerlo sin exponerme a siniestras in­terpretaciones, y que al través de mis palabras se leerán pensamientos ambiciosos; mas yo, que no he rehusado a Colombia consagrarle mi vida y mi reputación, me conceptúo obligado a este último sacrificio."

¿No restan en este lenguaje la buena fe, la convicción profunda, la sinceridad del corazón? Los |principios que él enuncia ¿no son los |principios indispensablemente fundamentales de todo gobierno bien constituido? puede existir una sociedad sólidamente organizada, sin profesarlos y establecerlos? se oponen ellos a la libertad que reclaman los hombres honrados, dentro de los límites do la moral? Qué es la libertad? No es el respeto a todos los derechos de la humanidad, protegidos por la ley, afianzados por el orden, y asegurados por la justicia administrada por tribunales que den garantías de independencia y rectitud? La libertad de conspirar impunemente, de calumniar, de atro­pellar los derechos mas sagrados, de alzarse con el poder por el crimen, de no respetar ni el sexo débil que no puede defenderse, de oprimir con sevicia feroz, de erigir el vandalaje en sistema, de asesinar, do saquear, de incendiar.....................¿es la libertad que conviene a los pueblos? I un gobierno fuerte por la ley que conso­lidara el orden social, impidiendo con vigor estos males tan frecuentes y desastrosos en nuestras repúblicas turbulentas, y asegura­se por la justicia los bienes de una libertad racional, aplastando la anarquía ¿podría llamarse absoluto y tiránico? No! La idea de Bolí­var era noble, previsiva; pero desgraciadamente se apresuró demasiado, se equivocó en los medios. Si hubiera vigorizado el principio sacrosanto de la legalidad, sosteniendo la constitución que regia, salvándola con su brazo poderoso del naufragio que la amenazaba y que, por fin, la ahogó; llegando el año de 1831, en que cesaba su inviolabilidad, una convención verdaderamente nacional; con la fuerza moral de la legitimidad de su reunion, de que carecia la de Ocaña, sin que en su seno lucharan ­pasiones hostiles y vengativas, habría oido con santo respeto las palabras de rejeneracion saludable del fundador de la república, y el bien se ha­bia hecho sin contradiccion y con un sometimiento espontáneo. ¿Qué se habría podido objetar si entonces, al lógico trozo del mensaje que he trascrito, hubiera añadido: "ya habéis, legisladores, palpado que las ins­tituciones vigentes son débiles para sostenerse por sí mismas; que sin mi, la República habría perecido. Pero yo no soy mas que un hombre próximo a hundirse en el abismo de la eternidad; asegurad, pues, a la patria una existencia duradera que no dependa de la vida de ningún hombre," ¿qué se habría podido objetar, repito, a estas palabras que tan  recientes hechos justificaban?  

Ah! cuando Bolívar habló, ya su voz no se oía; la pureza de sus intenciones fue desconocida, y como él mismo lo habla previsto, sus exhortaciones fueron siniestramente interpretadas!

 

II.
 

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La Convención se vio ahogada en representaciones, en actos, en manifestaciones de las autoridades, de los cuerpos del ejército, de los cabildos, de los pueblos, pidiéndole leyes fundamentales en consonancia con las ideas emitidas por el Libertador. Mas, de nada de esto se hizo caso, y las representaciones del ejército, se enviaron al Presidente "como a quien correspondía mantener el orden público y la disciplina militar," lo que era condenarlas.

Todavía la Convención hubiera podido salvar la República, declarándose incompetente para reformar y anular la ley fundamental, y decir terminantemente que no podía ser alterada por una Convención que aunque fuera convocada por el Congreso no tenia misión legítima. ¡Qué golpe moral tan terrible no hubiera dado semejante declaratoria a to­das las pasiones y a todos los partidos! ¡Qué fuerza conservadora no habría adquirido el principio de legitimidad con un acto tan esplendente de respeto a su inviolabilidad! Pero la Convención no quiso detenerse un momento siquiera a examinar su origen, ni si dentro de la esfera de los principios del derecho constitucional, podía considerarse competen­temente autorizada a proclamarse un cuerpo soberano constituyente; y lo que hizo fue declarar, por unanimidad, necesaria y urjente la reforma de la constitución, y que debia ocuparse en este asunto, con lo que le dió el último golpe.

 

 

III.
 

 

Entróse, pues, en la cuestión de reformas, y la primera que se dis­cutió acaloradamente, con el apoyo del jeneral Santander y de su parti­do, fue la de que se adoptase el sistema federativo, y después de mu­chas y largas sesiones, en que la injuria y el sarcasmo, agriaron mas y mas los ánimos, fue negada la proposición por cuarenta y cuatro votos contra veintidós. Un triunfo tan completo del partido del orden, es decir, del centralista, enfureció sobre manera al jeneral Santander, cuyo carácter irascible no podrán negar sus mas apasionados parciales. En aquellos sus frecuentes arrebatos llegó a decir que, si para derrocar a Bolívar le fuera necesario hacerse musulmán, se ceñiría el turbante sin vacilar.

De una Convención donde tales pasiones fermentaban ¿podía esperarse que el patriotismo reflexivo, que la fría razón inspirasen sus deliberaciones?

Empero, se votaron í se ganaron otras proposiciones conservadoras que daban esperanza de que se allanaran las dificultades que los enemigos de Bolívar promovían para hacer imposible toda reforma aceptable. Acordóse que el gobierno de Colombia fuese unitario, dividido para su ejercicio en legislativo, ejecutivo y judicial; que la administracion fuese mejorada de modo que hiciese mas eficaz la acción del Poder ejecutivo ­para que pudiera mantener el orden público en una extension tan vasta como lo era la de la gran República, estableciéndose asambleas departamentales, dando con ellas ensanche al poder municipal. Cómo, después de estas bases que parecían decisivas, pudo el partido Santanderista adquirir una preponderancia que las hiciera frustráneas, es lo que no podría explicarse si no se supiera lo que son las asambleas deliberantes. En ellas hay por lo regular hombres contemporizadores que, queriendo quedar bien con todos, adoptan un sistema de concesiones a los unos y a los otros, con lo que rara vez dan un triunfo decisivo a los principios que se controvierten, de lo que resultan abortos informes que aumentan las dificultades en lugar de allanarlas.

Una comisión presidida por el doctor Vicente Azuero fue encarga­da de redactar un proyecto de constitución, sobre las bases expresadas, y esta comisión lo hizo en uno que todo tendría, menos armonía con lo que se había decretado. El señor Castillo Rada presentó otro mas acorde con las prescripciones de la asamblea, y sin embargo de probar esto, no pudo lograr que el suyo se adoptase y el otro se rechazase. Los |neutra­les, después de estarse seis días discutiendo el primero, hicieron que se discutiese también el segundo simultáneamente, cosa nunca vista en ningún parlamento del mundo, lo que produjo tal perturbación en el debate, que aprobándose o negándose artículos de uno y otro proyecto, la constitución que de semejante confusión naciera, vendría a ser una especie de monstruo multiforme, precisamente incoherente en sus partes e incapaz de formar un todo regular y practicable.

 

IV.
 

 

La Constitución de 1821 adolecía de vicios notables. "Desoyendo la voz del Libertador, (dice García del Río en el número 2.º de sus |Me­ditaciones Colombianas) | degradó el Congreso el carácter de diputado de la nación dando para la elección de representantes una base despro­porcionada con la masa de la población para el desempeño de las fun­ciones legislativas. Introdujo la tiranía en el santuario mismo de las le­yes, haciendo a las Cámaras único árbitro de todas las medidas que ha­bían de influir en la prosperidad o en el atraso de Colombia.

"En vez de conservar el equilibrio debido entre los altos poderes constitucionales, y de asegurar la independencia de sus atribuciones al Ejecutivo, se sometió toda la autoridad gubernativa a la inspección y potestad de la legislatura. Debilitada la acción del gobierno, sumamente ceñido en sus facultades, puede decirse que casi no era mas que un ins­trumento de las Cámaras legislativas, puesto que no solo se contaba por muy poco su oposición a las miras de estas, sin que sin anuencia de una de ellas ni podía elegir sus principales agentes, ni adoptar una línea de política exterior, ni dirigir las reformas y mejoras internas. No se impu­so responsabilidad ninguna a los secretarios del despacho, y por consiguiente degenerado esta importante función en la de meros amanuenses o instrumentos de quien ejercía  el Poder ejecutivo, ni había emulación en el desempeño de los respectivos deberes de los ministros, ni estímulo para desplegar energía contra la voluntad no fundada del primer magistrado. Carecía, en fin, todo el sistema gubernativo de la consistencia suficiente para hacer venir al pedestal de la autoridad y de la ley, los esfuer­zos y los intereses, las aspiraciones y los resentimientos privados Pero como una falta nunca deja de ser seguida de otra, queriendo ocurrir a la insuficiencia del Ejecutivo en algunos casos, se abrió en la constitución misma una anchurosa brecha para destruir la libertad. Desde el momento en que se concedieron al jefe del gobierno facultados extraordinarias, facultades |ad arbitrium sin definir los límites de su ejercicio, era evidente que el día que quisiese, absorbería este poder todos los otros.

"Copiando artículo por artículo, menos en la forma federal, la constitución de los Estados Unidos de América, se limitó la duración de la Presidencia y Vicepresidencia al término de cuatro años, sin tener presente que en una población como la nuestra, falta de virtudes cívicas y abundante en pretensiones, la frecuencia de las elecciones había de ser un semillero de discordia, si no un principio de muerte. El hombre toca frecuentemente los extremos opuestos: por huir de la federación se centralizó todo; descuidóse lo local por atender solo a lo jeneral y no se trató de establecer una organización departamental bien entendida; organización de absoluta necesidad en Colombia, a causa de las inmensas distancias que separan nuestras poblaciones del centro de la autoridad de las diversas medidas que reclaman las distintas necesidades de agricultura, industria, comercio y educacion de nuestras provincias, que, situadas unas en lo interior, otras en la costa, estas en la basa de la cor­dillera, aquellas en su cima, ofrecen tan poca analojía y semblanza entre sí, en lo moral como en lo físico. Por semejante omisión, por no haber establecido la gradación necesaria en el edificio social debía hallarse la legislatura recargada de negocios, sin tiempo y sin luces suficientes para despacharlos con acierto, originándose de aquí graves perjuicios y descontentos locales. Promulgáronse en fin, multitud de leyes, entre las cuales había algunas, como la que prescribe el régimen político de las diferentes partes y autoridades de la República, que no guardaban armo­nía con la constitución; otras eran imperfectas, o presentaban inconve­nientes prácticos en su ejecución; si algunas estaban fundadas en las basas de la eterna razón, también había otras que eran perjudiciales o inoportunas, por lo menos, pues que no estaban adaptadas a la condición de nuestra sociedad.





DEL JENERAL J. POSADA GUTIÉRREZ.   
 

 

"Delineados mas bien que establecidos con solidez los cimientos del edificio, no tardaron en sentirse los efectos de la precipitación y de la imprevisión de nuestros legisladores. En el origen de todo gobierno representativo, son inevitables las faltas: el poder se muestra vacilante en sus actos, la multitud impaciente en sus votos. Desde luego se com­binaron nuestros hábitos añejos con ciertas preocupaciones de localidad, para impedir que el nuevo régimen echase raíces profundas; fermenta­ron las pasiones, chocaron los intereses, y la imprenta, manejada a veces por la perversidad, dirijida otras por celadores ilusos, comenzó a minar las instituciones nacientes. Vióse entonces a un partido atacar a Bo­gotá, mirada con celos por ser la silla del gobierno; otro desacreditaba la constitución, pretendiendo resucitar el ominoso sistema federal; éste se oponía a cuanto emanaba del Poder ejecutivo; aquel ridiculizaba los mas nobles actos de la Revolucion; hasta la cátedra de la verdad, la convirtieren algunos eclesiásticos en instrumento de ataque contra el Gobierno de Colombia. Trabajada la recién nacida República por divi­siones intestinas, luchando con un enemigo obstinado, sin numerario, sin agricultura sin comercio, sin marina, casi puede decirse que tenia ­librada su existencia al valor y a las virtudes del ejército y sus jefes.

"Con efecto, mientras que los seductores de los pueblos corrían tras encantos ideales, o querían servirse de su influjo para arrastrarlos al abismo de las revoluciones, el Libertador y sus dignos compañeros de armas se ocupaban en purgar de enemigos el suelo de la patria."...


 

V.
 

 

No puede ser mas exacto el análisis que precede de la constitución del año undécimo. sin embargo, justo es decir que aquel Congreso, el primero de Colombia, fue de los mas honorables que jamás se reunieron, y entre las disposiciones útiles que dictó, tiene el timbre esclarecido de la famosa ley de manumisión por la cual "se prohibió el abominable trá­fico de hombres, y con política filantrópica y |discreta se declaró libres a los que respirasen el primer aliento de la vida en el suelo de Colombia" y se crearon recursos para ir anualmente manumitiendo a los que tuvie­ron la desgracia de nacer antes de aquella ley.

El jeneral Santander elegido Vicepresidente de la República por el mismo Congreso y habiéndose encargado del Poder ejecutivo por hallarse el Presidente al frente del ejército, y poco después ausente de la República en la gloriosa campaña del Perú, el jeneral Santander, digo aplicóse a plantear la ­constitución, dictando reglamentos útiles. El cuerpo legislativo se reunió en los días prefijados, el orden público se conservó sin que en ninguna parte aparecieran tumultos ni desórdenes populares; las elec­ciones se hacían con una regularidad que no se ha visto después; las le­yes se observaban; la justicia se administraba sin que el espíritu de par­tido ni la venalidad la torcieran; para las legislaturas, para todos los pues­tos públicos se escojian hombres dignos, "El Ejecutivo (dice García del Río, y decia la verdad) había seguido una línea de conducta capaz de conciliar el respeto de los pueblos, y tenia visos de consistencia el siste­ma Constitucional." Esperábase, pues, que llegara el año de 1831 para en la constitución las reformas que la experiencia y el estudio de la ciencia política indicaban, despreciándose las declamaciones de |los se­ductores de los pueblos cuando llegó el año de 1826, y ya hemos visto lo que sucedió. Tributemos, pues, a la memoria del jeneral Santander la alabanza que por su administración |hasta entonces mereció indisputablemente; y caiga sobre los autores del mal el anatema de la posteridad.
 

 

 


VI.
 

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Volvamos a anudar el hilo que dejamos cortado de la discusión de los dos proyectos de constitución en que se ocupaban los convencionis­tas de Ocaña.

El de la comisión Santanderista, redactado a la ligera, era basado sobre la constitución de Cúcuta, aunque con variaciones sustanciales, tendiendo todas a debilitar la acción del Poder ejecutivo, contra lo acor­dado por la corporación, porque no se fijaba la vista en los principios, en el porvenir, sino en Bolívar, que consideraban seria el Presidente no­mbrado. El territorio  se dividía, como en aquella, en departamentos, provincias, cantones y parroquias, debiendo ser de veinte, por lo | menos el número de los primeros. En cada departamento se establecía una asam­blea que por sus extensas atribuciones venia a ser una verdadera legislatura departamental, con la facultad, además, de perfeccionar las elec­ciones de los altos mandatarios, y de los senadores y representantes; si bien por el tomor de las consecuencias que pudiera tener el abuso, se concedia al Gobierno la facultad de suspender y al Congreso la de anu­lar los actos ilegales de dichas corporaciones. Para el gobierno político de los departamentos se establecían prefectos, nombrados por el Poder ejecutivo a propuesta en terna de las asambleas departamentales. Estos magistrados eran al mismo tiempo agentes del gobierno nacional y de las legislaturas departamentales, cuyos acuerdos estaban encargados de hacer cumplir, aunque pudiendo suspender su ejecución en ciertos casos.

Los concejos municipales, que reemplazaban los ayuntamientos del tiempo del gobierno español, se suprimían, organizándose en su lugar asambleas que solo podían reunirse tres veces al año en la cabecera del cantón, con atribuciones limitadas a muy pocos negocios de interés local.

En la organización del Congreso se conservaba la forma de la constitución de Cúcuta, en dos cámaras, una de senadores y otra de represen­tantes, variándose el modo de elegirlos, y renovándose en parte anualmen­te Se quitaba al senado la intervención que tenia en el nombramiento de ciertos empleados, y en las acusaciones que intentara la cámara de representantes, su autoridad se limitaba a suspender al acusado del ejer­cicio de sus funciones, y ponerlo a disposición del juez competente.

Se suprimía el articulo 128 de la constitución de Cúcuta, fijándose las facultades extraordinarias de que podía usar en casos determinados, Se quitaba al Poder ejecutivo toda intervención en el nombramiento de los ministros de los tribunales de justicia, y éstos se declaraban temporales.

Un consejo compuesto de dos de los secretarios del despacho, y de cuatro ciudadanos nombrados por el Congreso debía consultar al Go­bierno en los casos arduos, y a éste se daba una iniciativa que no tenia, en la expedición de las leyes, permitiéndosele presentar proyectos de ley, y hacer oír su voz en las cámaras por medio de uno o dos secre­tarios del despacho, que podían tomar parte en la discusión, aunque sin voto. Los secretarios y los consejeros nombrados por el Congreso eran responsables por los actos del Gobierno acordados con su voto.

De estas disposiciones fueron propuestas por el Libertador, en su mensaje, la que coartaba las facultades extraordinarias, que llamaba "torrente devastador;" | la regalía de proponer proyectos de ley; la concurrencia de los secretarios del despacho a la discusión cuando el Gobier­no lo creyese conveniente, y la eliminación de los concejos municipales.

Los bolivianos encontraron defectuoso este proyecto en le sustan­cial, diciendo que astutamente se habían diseminado en casi todos sus artículos, restricciones que solo tendían a debilitar la acción del Gobier­no, y a facilitar medios de hacerle oposición; que en la forma que se da­ba a los departamentos, se creaban en realidad estados casi independien­tes, siendo sus asambleas verdaderas legislaturas, con tan amplias facultades, que traerian una complicacion monstruosa en la lejislacion del pais y no bastarian las sesiones ordinarias del Congreso para decidir sí eran o no contrarias a las leyes nacionales, estableciéndose furtivamente el funesto sistema federativo rechazado por una gran mayoría de la Convenciónn; que privando al Ejecutivo de la facultad

de nombrar los ministros de los tribunales de justicia, y haciéndolos electivos y periódicos, se aislaba y empeoraba la administración de justicia, porque los jueces que debían su elección a un partido político se hacían parciales en favor de sus copartidarios, y el santuario de la justicia vendría a ser una espada de ven­ganza, afilada y asestada contra el pecho del adversario político inocen­te; y haciéndoles periódicos perdian la independencia en una posicion precaria que los obligaba a halagar, hasta violando la equidad, al partido que por otra eleccion podía asegurarles medios de subsistencia y al que debian la que ya tenian que la introduccion en el consejo de Gobierno de cuatro miembros elejidos por el Congreso, desvirtuaba su objeto, llevando a él, mas bien que consejo, el espionaje y la censura; y la absoluta independencia de tales consejeros, con las ínfulas de representantes de las cámaras lejislativas, les daba un poder moral inmenso sobre el jefe del Gobierno, quitándole a este su acción natural, y obligándole a doble­garse a la voluntad de unos hombres que, en cierto modo, eran para con él lo que los comisarios de la Convención francesa para con los je­nerales de los ejércitos.

fue, pues, para rechazar el golpe alevoso que presentaron los bolivianos el contra-proyecto redactado por el señor Castillo Rada de que hice mención. Este también tenia por basa la constitución de Cúcuta. Divídase por él solo en catorce departamentos el territorio de la Repú­blica; se conservaban las asambleas departamentales, propuestas por los santanderistas, pero privadas de toda funcion lejislativa de carácter jeneral, del derecho de proponer ternas para llenar vacantes, y del de perfeccionar las elecciones, limitándose sus atribuciones a los negocios estrictamente económicos y propiamente municipales, y a pedir al Congreso por medio del Poder ejecutivo la creacion de impuestos que cubrieran los gastos del servicio municipal, censiderándose peligroso dejar esta facultad, |ad |arbitrium, a corporaciones subalternas que abusan­ profusamente de ellas, agobiando al pobre pueblo contribuyente, para crearse empleos que casi siempre se reparten entre sus propios miem­bros, o dotan con ellos a sus allegados. |¹ La acción del Gobierno se vigorizaba concediéndole |un veto suspensivo en las leyes que objetase, las que se conisiderarian no expedidas a menos que las dos legislaturas subsiguientes no insistiesen en su conveniencia por los votos de las dos terceras partes de sus miembros presentes.

La festinacion con que se discuten í acuerdan nuestras leyes, los males que muchas de ellas por esta causa producen, fueron las razones que se alegaron para conceder este |veto al poder colejislador; pero que se necesitasen las dos terceras partes de los miembros de las cámaras para la insistencia era en mi concepto un principio falso, porque some­tia la decision a la minoría, y dos legislaturas subsiguientes tambien me parece que era demasiado. El |veto suspensivo, si las cámaras no convie­nen en las objeciones del Poder ejecutivo, es no solo útil sino de neco­sidad para evitar los efectos de la lijereza y de las pasiones del momento; pero un año y la mayoría absoluta bastan pasa esto.

Dábase al Gobierno por aquel proyecto la facultad de nombrar to­dos los empleados de la administracion ejecutiva y de hacienda, con la de removerlos cuando dejasen de merecer su confianza. Tambien se le daba la de elejir los ministros de los tribunales de justicia, unas veces a pro­puesta de éstos, y otras con el acuerdo y consentimiento del Senado; pero una vez nombrados, no podía destituirlos, ni siquiera suspenderlos. El artículo 128 de la constitución de Cúcuta, se rermplazaba con otro en el cual se especificaban con claridad y limitacion las facultades extraor­dinarias de que podía usar el Poder ejecutivo, cuando el Congreso no estuviese reunido, quedando este cuerpo autorizado para variarlas o ex­tenderlas segun las circunstancias, cuando lo estuviese. Por la constituciónn de Cúcuta, la duracion del período de Presidente era de cuatro años, pudiendo ser reelejido; por el proyecto santanderista se conservaba el mismo periodo, prohibiéndose la reeleccion inmediata; por el del señor Castillo Rada se prolongaba

1 La experiencia ha probado de la manera mas triste y vergonzosa la exactitud de este razonamiento.

 

 

 

el período a ocho años, guardán­dole silencio sobre si podía ser reelejido o no.
 

 

VII.
 

 

Los santanderistas gritaron; "a la traicion," calificando este pro­yecto de mas monárquico que la constitución de Bolivia; decian que las asambleas departamentales quedaban anuladas restrinjiéndoseles las facultades del primer proyecto; que el silencio guardado sobre la reeleccion del Presidente, después de un periodo de ocho años, venia a equivaler a la presidencia vitalicia por varias elecciones consecutivas, lo que, segun vociferaban, no tenia ­mas objeto que perpetuar a Bolívar en un mando |absoluto indefinidamente; que la insistencia de dos Congresos sucesivos |por los votos de las dos terceras partes de sus miembros, que se exijia para dar validez a una | ley, constituia al Poder ejecutivo en único lejislador; que autorizando al Congreso para otorgar mayores faculta­des extraordinarias que las definidas en la constitución, se abria la puer­ta al abuso; y por último, que el libre nombramiento de todos, y la facul­tad de remover a algunos de los empleados, daba al Gobierno un in­flujo terrible.

"Con opiniones y principios tan opuestos era imposible que estos dos partidos se acordasen entre sí del modo íntimo y franco que exijo el deliberar en los arduos y delicados negocios de interés público. Así fue que el cuerpo, objeto de tantos anhelos, se vio convertido en un campo de batalla, en donde cada uno, ya que no lograse el triunfo de su causa, se contentaba con frustrar del suyo a los contrarios." |¹

La discusion se agrió hasta llegar al ultraje. El respetable señor Joaquin Mosquera, que era el moderador imparcial de aquella efervescen­te asamblea, podía apénas caImarla. Los diputados llamados bolivianos eran insultados; todas sus indicaciones se imputaban a malos motivos; se les ridiculizaba cuando llamaban en apoyo de sus doctrinas la opinion jeneral de los colombianos manifestada en las peticiones que ántes he mencionado

1 Baralt i Díaz.

 

 

en favor de un gobierno que fuese capaz de mantener el ordenn por medios legales; el jeneral Santander con el tono imperioso que el hábito del mando le habia hecho contraer, los gritaba en términos que llegó a intimidarlos.

Viéndose, pues, oprimidos, y que se les negaba en la discusion lo que tenian de derecho como diputados, ya con infraccion voluntaria del reglamento, ya con intrigas, ya con arterías, siendo santanderista el presidente de la asamblea y hombre versado en la táctica parlamentaria, sí tales pueden llamarse aquellos procedimientos irregulares, manifestaron haber resuelto separarse de la Convención y regresar a sus domicilios, para dar cuenta a sus comitentes de los motivos que los obligaban a dar un paso de tamaña trascendencia.

Esta inesperada resolucion impuso a la fraccion neutral, y conocien­do el mal que habian causado con su conducta indecisa, promovieron explicaciones confidenciales entro el jeneral Santander y sus partidarios con los diputados agraviados, esperando que ellas condujeran a un avenimiento que pusiese término al conflicto. Pero con aquel partido no ha­bia avenimiento posible sino sometiéndose a su voluntad; y así, aunque se tuvieron dos conferencias, nada se acordó definitivamente. Algunos diputados hacían, empero, esfuerzos por conseguirlo, cuando el jeneral Santander, el doctor Azuero y el doctor Francisco Soto presentaron, causando sorpresa a todos, una solicitud pidiendo permiso para separarse de la Convencíon.
 

 

VIII.
 

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Desde que el Libertador tuvo noticia en Bucaramanga de la ajita­cion en que la Convención se encontraba, escribió a sus amigos manifestándoles sus temores de que no se hiciese nada provechoso, y que por tanto pensaba retirarse a Venezuela, y separarse enteramente de los negocios públicos, desesperanzado como estaba de la salud del pais. Esta determinacion alarmó a muchos diputados a sus amigos de todas par­tes donde fue conocida. Centenares de cartas suplicatorias fueron la respuesta, haciéndole el cargo de que los abandonaba en el peligro, manifestándole que semejante paso seria tachado de desercion en lo fuerte de la batalla, y que con él seria inevitable la guerra civil y se consumaria la ­disolucion de Colombia que se veia venir. A tan incontestables razones. Bolívar cedió.

Algunos diputados con este motivo propusieron que se le llamase a Ocaña, teniendo en mira que estando allí pudiera promoverse, con buen éxito, una reconciliacion con el jeneral Santander. Pero la proposición fue negada, porque los sautanderistas supusieron que ella no habia otro objeto que el de que Bolívar estuviese mas al alcance de los diputados para emplear sobre ellos su influencia o su seduccion.

Insistieron, pues, los diputados que se consideraban  oprimidos en separarse de la Convención, y en efecto ventiuno de ellos lo hicieron (10 de junio). Entro los que quedaron, unos pocos se arrepintieron de su tenacidad; los mas se alegraron del suceso, considerándolo decisivo contra el Libertador, a quien lo atribuyeron con villanía.

Puedo asegurar que el Libertador no tuvo la menor parto en aquella resolucion, que no me atrevo a calificar. Debí a mi venerable paisano Castillo Rada que me honrara con su amistad, y en varías conversaciones que tuve con él sobre este asunto, así me lo aseguró; y el señor Castillo podía errar pero jamas mentia. Con el Libertador tambien hablé dos años después, y me manifestó que la habia deplorado, como habia deplorado tambien la necesidad en que se habian visto los diputados que la tomaron de sustraerse a la injuria, al escarnio, a la arbitrariedad con que eran tratados, y contribuir con su presencia, y en silencio, a consumar la ruina de la República. No tuvo pues, el Liber­tador la menor intervención en el acto de que se trata; pero no condenaba, o lo disculpaba.

Los diputados que se separaron, expusieron sus motivos en un razonado manifiesto. La posteridad no ha llegado para ellos: dominan todavía las pasiones contemporáneas; y por consiguiente, si los unos los condenan, habrá muchos que los justifiquen o los excusen cuando menos.

Para mí hai una cosa cierta, y es que si los bolivianos hubieran con­tado con mayoría firme, se habrian separado los mismos que con­denaron y condenan a los que lo hicieron, aun sin tener los motivos que estos tuvieron. La solicitud del jeneral Santander y de los señores Azuero y Soto, fue una indicacion y una amenaza de que así lo harian.

No quedando, pues, número suficiente para continuar las sesiones, declararon los miembros presentes disuelta la Convención. Pero solo faltaba un diputado para completar el |quorum. Las provincias que hoi forman los estados de Santander y Boyacá estaba cerca: ¿porqué no llamaron los suplentes para continuar? A esto no se ha respondido nunca. El cansancio!....No he oido otra excusa.

 

IX.
 

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La influencia que este suceso, que dejaba la República acéfala, tuviera en los partidos, puede calcularse. El constitucional se habia ­extinguido desde la convocatoria de la Cenvencion; el boliviano se ocupó con | ardor en | constituir | un gobierno confiriendo la autoridad suprema al Libertador por medio de actas populares; el santanderista, si hemos de juzgar por los hechos posteriores, no pensó sino en deshacerse de Bolívar y después dejarse llevar por la corriente de los sucesos, cuyo término probable no podía ser otro que el de la disolucion de la Re­pública en tres independientes, lo que aseguraba la supremacía en la mitad de ella, esto es en la Nueva Granada, al jeneral Santander. Le lógico era que todos los partidos, compadeciéndose de Ia patria, hubie­ran declarado en su fuerza y vigor la constitución de Cúcuta; que en consecuencia se restableciese el réjimen legal y continuasen los poderes constituidos en el ejercicio pacífico de sus atribuciones respectivas; que, aunque la Convenucion hubiera declarado urjente su reforma, no la habia llevado a efecto ni en todo ni en parte, admitiendo por concesion gratuita, que la Convención, por habérsele dado este nombre, contra todo derecho, se considerase con facuItades para ello.

Los diputados que se separaron, lo indicaron así en su manifiesto. "Entre tanto (decian), existe en vigor la constitución del año undé­cimo, existen las leyes, y existe a la cabeza del gobierno el Libertador presidente, que reune la confianza jeneral." | Porque no dijeron lo mismo los diputados que se quedaron en Ocaña? Restablézcase el orden constitucional, era todo lo que habia que declarar.

El señor Restrepo, en su historia de Colombia, dice que esto era ya imposible: yo no lo creo así; por el contrario, creo que era el único medio de desembrollar el cáos, pues el Libertador habría aceptado la idea como una tabla de salvacion, sí el jeneral Santander y su partido cesaban en la violenta oposicion que le hacían, acriminando sus intenciones, desconcertándolo y aturdiéndolo. El consejo leal y sin pasion habría sido mas eficaz; y una reconciliacion sincera de los dos altos magistrados hubiera allanado todas las dificultades; peso esto era lo imposible.

Contra los diputados que se separaron hai el cargo de no haber pronunciado el primer dia de la instalacion de la asamblea esas mismas palabras que escribieron en su manifiesto, pues que ellas indican que tenia la conciencia de que la Convención no ejercia misión lejitima, una vez que reconocían que la constitución, las leyes y las autoridades constituidas existian en su fuerza y vigor; lo que seria un contrasentido, admitiendo al mismo tiempo la legalidad de la reunion de la Conves­cion, contra las proscripciones claras, terminantes, absolutas de la constitución.

Hombres de tan alto mérito, por sus luces, por la práctica de los negocios públicos como el jeneral Santander, los diputados Castillo, Azuero, Mosquera, Soto, etc. ¿podían desconocer, ignorar, estos principios que son sencillos y | claros cuando están a mi alcance? I, habiéndose Santander, Azuero y Soto opuesto con incontestables razones a la convocatoria de la Convención, ¿no estaban obligados a sostenerlas hasta el fin? ¿Porqué intrigaron para ser nombrados diputados, y con­currieron a un cuerpo, cuya falta de legalidad, cuya falta de autoridad, hablan sido ellos los primeros en demostrar?

 

Lo que hai de cierto es que los principios no entraban ya en cuen­ta para nada. La lójica de la razón habia sido atropellada por las argu­cias de las pasiones, y la patria perecia bajo los golpes que le daban los unos y los otros, cegados por las rivalidades, por el encono, por el odio, y por el orgullo de triunfar humillando a su adversario. ¡Pobres pue­blos, siempre víctimas inocentes de estos furores! I lo que sucedió entoncess, ha sucedido después, está sucediendo y sucederá, miéntras no se acierte a poner límites a la ambición!

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