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(continuación
SEGUND
A SECCION )
Este es el
último pensamiento con que usted concluye su proyecto, y le protesto a usted que no he
podido verlo sin admiración y sin revolver en mi espíritu las ideas más tristes. Las
Américas han reconocido y jurado la Suprema Junta Central, mientras era subsistente este
gobierno, mientras había esperanza de que la Nación podría resistir al tirano, y en fin
mientras la América y la España podrían llamarse una sola e indivisible nación, sujeta
a un mismo Soberano. Pero desde que la suerte de la una y de la otra es tan diversa,
después que la España está subyugada y que la América debe su libertad a su ventajosa
situación, y después que la fuerza del destino ha separado la una de la otra,
disolviendo los vínculos políticos que las unían, sería ciertamente un error funesto
creer que después de este rompimiento debía la América admitir como soberano a unos
simples particulares, que ya no tienen representación alguna, y a quienes solo podemos
mirar como a unos hermanos que en su desgracia imploran nuestra ayuda y protección. A la
verdad, yo no entiendo cuál sea la representación con que vinieran a la América
los
Diputados de unas provincias que ya no reconocen a Fernando VII y que están sujetas a la
dominación francesa. Esto sería representar una cosa que no existe, o suponer que un
mismo pueblo, una misma provincia, reconocían a un mismo tiempo a dos Soberanos.
Asturias, las Castillas, Andalucía, etc., reconocían en España a Bonaparte, y en la
América a Fernando VII por medio de sus diputados y esto sería una monstruosidad que
todavía no se ha visto en el mundo político.
Por otra parte: los males que
sentiríamos con semejante traslación son incalculables. Los miembros de la Junta no
podían dividirse en los diferentes puntos de la América, sino que debían guardar la
unidad de la soberanía, y para esto era preciso que se fijasen todos en un mismo lugar.
Suponga usted, pues, que eligieran a México para centro común de la unidad, que por su
opulencia y grandeza es más a propósito para una corte. Y bien: ¿el Perú, Buenos
Aires, La Habana, Caracas y el Nuevo Reino de Granada llevarían en paciencia estar
sujetos a
México?
¿Querrían reconocer como Metrópoli a un Reino que en el momento de la independencia es
igual a todos los demás? Por lo que mira a este Reino, su condición iba a ser peor que
lo que ha sido hasta aquí: estamos más distantes de México que de España; los recursos
serían eternos, las leyes más débiles en razón de la mayor distancia de su centro, y
los tiranos subalternos que hasta aquí nos han oprimido, serían más insolentes por la
mayor esperanza de la impunidad, fundada en la mayor dificultad que tendríamos para hacer
valer nuestros derechos.
No hay, pues,
remedio; perdida la España, disuelta la monarquía, rotos los vínculos políticos
que la unían con las Américas, y destruído el Gobierno que había organizado la Nación
para que la rigiese en medio de la borrasca, y mientras tenía esperanzas de
salvarse; no hay remedio. Los reinos y
provincias que componen estos vastos dominios, son libres e independientes y ellos no
pueden ni deben reconocer otro gobierno ni otros gobernantes que los que los mismos reinos
y provincias se nombren y se den libre y espontáneamente según sus necesidades, sus
deseos, su situación, sus miras políticas, sus grandes intereses y según el genio,
carácter y costumbres de sus habitantes. Cada reino elegirá la forma de gobierno que
mejor le acomode, sin consultar la voluntad de los otros con quienes no mantenga
relaciones políticas ni otra dependencia alguna. Este Reino, por ejemplo, está tan
distante de todos los demás, sus intereses son tan diversos de estos, que realmente puede
considerarse como una nación separada de las demás, y apenas unido por los vínculos de
la sangre y por las relaciones de familia; este
reino, digo, puede y debe organizarse por sí solo. Disuelta la Monarquía y perdida
la España, nos hallamos en el mismo caso en que estarían los hijos mayores después de
la muerte del padre común. Cada hijo entra en el goce de sus derechos, pone su casa
aparte y se gobierna por sí mismo, a no ser que sea menor o fatuo, pues entonces debe
sujetarse a la tutela y el dominio de otro. El reino, pues, o provincia de América. que
por su extensión, su riqueza y población se considerase capaz de formar una gran familia
y un Estado independiente, puede y debe hacerlo así, sin buscar un apoyo que no necesita
y sin esperar una resolución extraña que nada le importa. Pero si hay una provincia
pequeña, despoblada y todavía naciente, debe unirse a otra y aspirar a una seguridad y
protección que no podría hallar en sus propios recursos. Esto es lo que han hecho los Vermont, Kentucky y Tennessee en el norte de
América. Estos eran unos miserables establecimientos al tiempo de la guerra de la
independencia; pero habiéndose aumentado prodigiosamente su población a merced de la
libertad de un Gobierno sabio, pidieron al Congreso, y
han conseguido, formar Estados particulares.
Imitemos la conducta de los norteamericanos, sigamos los pasos de ese pueblo filósofo, y
entonces seremos tan felices como ellos.
Trabajemos,
pues, para formar un Gobierno semejante, y si es posible, igual en un todo al de aquellos
republicanos. Para conseguirlo cultivemos nuestra razón, perfeccionemos nuestras
costumbres, porque la razón y las costumbres son en un pueblo libre, lo que las cadenas y los calabozos son en un pueblo esclavo. Sin
costumbres privadas, no hay costumbres públicas, y sin estas no puede llegar la sociedad
al estado perfecto, que es la libertad. Pero ante todas cosas, ilustremos al pueblo,
hagámosle conocer sus derechos sagrados; estos derechos que la tiranía y la esclavitud
de tres siglos han sepultado en un abismo, cuya inquisición sola se ha castigado con las
penas más severas hasta el anatema. Fraternicemos con todos los hombres, abjuremos las
preocupaciones que el celo de la Metrópoli ha sembrado en nuestros espíritus;
despreciemos toda idea de guerra, y solo pensemos en abrirnos el camino de una
confederación universal.
Establecido
nuestro Gobierno sobre los principios de la naturaleza, y organizado sobre las bases
sólidas de una felicidad permanente, ya estaremos seguros, y no temeremos recaer en los
males que por tanto tiempo nos han afligido. Entonces abriremos nuestros puertos a todas
las naciones; todas serán nuestras aliadas y todas hallarán en nuestro suelo Libertad, Seguridad y Protección; el español,
deponiendo una superioridad que no tiene y un
orgullo que le sería perjudicial, abandonará su patria para huir del despotismo,
renunciará a sus errores y
a sus
preocupaciones, y vendrá a vivir entre nosotros, en medio de la paz, la abundancia y la
felicidad. Los ingleses, los peruanos, los mexicanos y los norteamericanos, estrechándose
con nosotros, abrazándonos como a hermanos, maldecirán a los tiranos de Europa y
bendecirán el reino de la libertad, que produce tanto bien.
Estos son,
querido tío, los sentimientos de que me hallo profundamente penetrado: sentimientos que
el temor, la esperanza ni el respeto me harán jamás abandonar. Nada apetezco, a nada
aspiro, y viviré contento con un pan y un libro. Pero conozco que ha llegado el momento
feliz de la libertad de mi patria, y que si se malogra ahora esta ocasión, nuestra
esclavitud queda sellada para siempre. El Sér Supremo, que vela sobre nuestra suerte,
aleje de nosotros tan terrible desgracia, derrame sus luces sobre nuestros compatriotas, y
no permita que estos se dejen fascinar por los errores y falsas máximas ni mucho menos
seducir por un vil interés o por respetos humanos. Si mi patria es libre, yo seré feliz,
y lo serán también mis compatriotas; pero si el cielo dilata todavía este momento de
nuestra mayor gloria; si he de tener el dolor de verla todavía esclava de tiranos o hecha
el juguete de hombres ambiciosos, huiré de ella, abandonaré el país en que comencé a
respirar, los lugares en donde me educaron, los sepulcros de mis mayores, los amigos y
compañeros de mi juventud, para ir a buscar una patria donde encuentre un asilo y en
donde pueda olvidar las desgracias de la mía.
PROVIDENCIAS DEL
VIRREY AMAR EN 1809
(Archivo Nacional. Boletín de Historia
y Antigüedades
Año VI
-
Nº
61. Bogotá, junio de 1909).
Don Antonio Amar
y Borbón, Arguedas y Vallejo de Santa Cruz, Caballero Profeso del Orden de Santiago, Gran
Cruz de la Real y Distinguida Española de Carlos III, Teniente General de los Reales
Ejércitos, Virrey, Gobernador y Capitán General del Nuevo Reino de Granada, Presidente
de la Real Audiencia de Santafé, Superintendente General de la Real Hacienda y Rentas
Estancadas, Subdelegado de la de Correos, etc.,
A los señores
Regente y Oidores de esta Real Audiencia Pretorial; a los Gobernadores y Corregidores de
la comprehensión de este Virreinato, Alcaldes Ordinarios así de esta ciudad como de las
ciudades, villas y lugares de su comprehensión, hago saber:
Que ha llegado a
mi noticia haberse esparcido algunos papeles sediciosos turbativos del buen orden y
tranquilidad pública, sin duda con el fin de preocupar con pretextos aparentes y
supuestos falsos los ánimos incautos, y corromper la lealtad y sencillez de los buenos
vecinos, que no pueden precaverse del malicioso veneno que incluyen si no se les previene
el ánimo; tales son por ejemplo las proclamas que se han difundido con motivo de las
ocurrencias de Quito, llenas de preocupaciones, suposiciones arbitrarias y perniciosos
principios, pretendiéndolos cubrir con el velo de una santa religión que profanan, y una
lealtad y obediencia a nuestro amado Rey el señor don Fernando VII, a quien insultan con
su insurrección. Tales son asimismo otras papeletas de noticias supuestas, en que se
pintan progresos en la Europa de la detestable nación francesa y del pérfido Napoleón,
en circunstancias de que por conductos seguros tenemos las más positivas y seguras de la
prosperidad de nuestras armas y las de las naciones coligadas, no siendo sin duda otro el
fin de los malévolos que fraguan dichas falsedades que el de inducir descontento en los
leales vasallos de Su Majestad y disponerlos para cualquier siniestro proyecto; y deseando
se corte en sus principios este germen de iniquidad, y que los que inventan y propagan
semejantes papeles recuerden sus obligaciones y tengan presentes las leyes prohibitivas de
semejantes atentados a la tranquilidad pública; por tanto mando:
1. Que ninguna
persona, de cualesquiera clase o condición que sea, sea osada de formar, copiar, esparcir
ni leer las dichas proclamas, noticias y papeles, so las penas de la Pragmática inserta
en la Ley 8, Título 15, Libro 8 de la Recopilación de Castilla y demás leyes del Reino
sobre el asunto, de las que se usará a proporción de la malicia con que se contravenga a
lo mandado;
2. Que en ellas incurran asimismo los que las reciban
por el correo u otro conducto sin denunciarlas inmediatamente a este Gobierno o a
cualesquiera de los señores Oidores Alcaldes del Crimen en su cuartel, y en las
Provincias y demás ciudades a los Gobernadores y Corregidores, y donde no los haya, ante
los Alcaldes Ordinarios y demás Justicias;
3. Que asimismo serán incursos todos los que las
oyeren leer, o supieren que existen en poder de alguna persona, a quien tendrán
obligación de denunciar, bajo la seguridad de que se ocultará el nombre del denunciante,
si lo exigiere, para evitarle el perjuicio que pueda seguírsele;
4. Que por la jurisdicción eclesiástica se emplee
también todo el celo de su oficio pastoral en hacer conocer al público sus deberes de
conciencia y justicia en las actuales ocurrencias previniéndole contra la seducción y el
engaño por medio del confesionario, y del púlpito con las más cristianas y eficaces
exhortaciones, como así se espera, y de que han dado muy buen ejemplo el discreto
Provisor Gobernador del Arzobispado y el señor Maestrescuela en los respectivos sermones
que últimamente han predicado, el primero en la solemne rogativa celebrada en la santa
iglesia metropolitana, y el segundo aquella misma noche en la Capilla del Sagrario de esta
capital;
5.
Que asimismo se excite a los sabios del Reino para que
empleen sus luces y talentos en fijar la opinión pública a favor de la santa causa que
hemos jurado defender, y de nuestro actual Gobierno Supremo Central, que tan gloriosamente
la sostiene; dirigiendo sus discursos o proclamas sobre tan interesantes objetos a este
Superior Gobierno, quien con el debido conocimiento de su mérito y utilidad lo hará
imprimir y publicar, ofreciendo serán atendidos y recompensados proporcionalmente por
estos trabajos; extendiéndose esta última oferta a todos los que se distinguieren en
algún servicio a favor de la causa pública;
6. Que los
dichos señores Ministros Alcaldes del Crimen y los demás Jueces y Justicias que van
expresados celen y cuiden muy particularmente de la observancia de este Decreto, ya sea
inquiriendo contra los contraventores, ya rondando y velando según lo exijan las
circunstancias, dejando a su prudencia el uso de los medios oportunos.
Y para que
llegue a noticia de todos, mando asimismo se publique por bando y se fije en los sitios
públicos de esta ciudad, y se comunique a los Gobernadores, Corregidores y demás cabezas
de partido, para que se ejecute lo mismo en sus distritos.
Dado en Santafé de Bogotá, a
veintiocho de septiembre de mil ochocientos nueve años.
ANTONIO
AMARJOSE DE LEIVA.
Es copia.
EDICTO
La Paz y la
Justicia han sido y serán los ejes de todo Gobierno público; son los brazos de la
balanza que estando en su fiel, fecunda el ramo de oliva y la palma por timbres de la
República. Las leyes son el nervio moral de la existencia del Estado, son el depósito de
la fe pública y el concierto de la voluntad de los ciudadanos, y todos tienen igual
derecho para que recíprocamente les sean guardadas. Al libre albedrío ha dictado el
Divino Redentor el Santo Evangelio para la creencia humana y precepto de sus acciones, y
al libre albedrío en el estado civil se prescribe por las leyes sancionadas la norma de
las acciones de los individuos, sin cuya obediencia no puede subsistir comunión, sociedad
o familia, oliva o palma que la represente; y sin sus legítimos Magistrados desaparecido
el vínculo.
Estos eran los atributos y
pública estimación que se merecían en el orbe estos dominios que por su monarca me
están confiados; pero sabed que en la ciudad de San Francisco de Quito, capital de su
ilustre Reino, todo eso se ha obscurecido recientemente. Se han violado los respetos a las
autoridades legítimas y a la protección pública. En la madrugada del 10 de agosto del
corriente año amaneció arrestado su Presidente, el Excelentísimo señor Conde Ruiz de
Castilla, y suspenso del ejercicio de su alta dignidad. ¡Qué violencia! Que fue
derribado el Tribunal de Real Audiencia y aprisionados sus Ministros. ¡Qué perversidad!
Al ronco dicho se estremece el honor. Que fue establecida una Junta en clase de Suprema
por los más ilustres caballeros de aquella capital, para dar expedición al Gobierno en
representación del Rey Nuestro Señor don Fernando VII. ¡Qué arrojo! ¿No han
quebrantado los vínculos del orden público deponiendo las autoridades habilitadas por el
mismo Soberano? ¿No han atropellado y usurpado las regias preeminencias de Su Majestad,
sin ser llamados por título ninguno a tomar su real nombre y atribuirse sus reales
prerrogativas? Llenaos, fieles y genuinos habitantes de estos dominios, de vuestra mayor
irritación. Los que rompen las riendas no se servirán de otras. Los generosos y leales
Cabildos de Pasto, Popayán, Barbacoas, Cali y aún se esperan avisos de otras comarcas, a
primera noticia de tan enorme subversión han celebrado sus actas, han detestado tal
despotismo, han ratificado con publicidad el juramento prestado de obediencia a la Junta
Suprema de Gobierno de España e Indias, que por votos nacionales es la representante de
su Rey el señor don Fernando VII, y se han separado esos leales Cabildos de la
dependencia del nuevo ilegal Congreso suplantado en Quito, y además se emplean en formar
alistamientos de milicias para hacer respetar su paz territorial y fidelidad jurada. Las
Provincias de Guayaquil y Cuenca, según noticia reciente comunicada por conducto
fidedigno, imitan a las referidas en el patriotismo, fidelidad y obediencia al Rey Nuestro
Señor don Fernando VII y a la Suprema Junta Central, que en su real nombre y soberana
representación gobierna este Continente y el español europeo, y la más ciega sumisión
y respeto a las leyes y a las autoridades constituidas. Y también la del Socorro acaba de
darme repetidas pruebas de que no solo piensa de este mismo modo sino que se halla muy
satisfecha del Gobierno de esta Superioridad, y de consiguiente todas miran con el mayor
horror los acaecimientos de Quito.
A vista de las
actas de las dichas cuatro primeras ciudades, esta Superioridad ha tenido muy plausibles y
necesarios de cumplirse los generosos designios de tan nobles Cabildos, y concedido el
recurso de las leyes a la Real Audiencia Pretorial de este Nuevo Reino con su uniforme
acuerdo. Así es como conviene al derecho público, al orden de justicia, a la leal
defensa de la tierra que me está legítimamente confiada por Su Majestad y sancionada en
estos sus reales dominios. A su logro en tan fatal desorden os llamo, leales y generosos
habitantes de este Virreinato de mi mando, para restablecer a todos la íntegra
conservación cual se me ha confiado y he logrado mantener por vuestra notoria y aplaudida
generosidad y lealtad, como ha publicado y os he hecho saber, la Junta Suprema de Gobierno
de España e Indias. Esta es la soberana representación a quien hemos jurado obediencia;
está reconocida por las altas potencias de Portugal, de Inglaterra, de Austria, etc.
(esto es, salir garantes), y debe mirarse por ahora como el lucero que en los remotos
tiempos dio el renombre de Hesperia a la nación que tan heroicamente combate por salvar a
su Rey y hasta lograrlo para conservar su Estado Soberano. Si ha padecido estragos y
calamidades, esos abrillantan más su heroicidad, pues no solo resiste sino que se sacude
de los tiranos, de tal modo que según las últimas auténticas noticias, acaso y sin
acaso estarán repelidos de la Península. Nos ha pedido auxilios solamente: los hemos
dado con libre generosidad, y ¿dejaremos de sufragar con nuestra fusible fraternidad aún
más estrechada, porque no haya podido por sí sola superar las insidias y numerosas
tropas vándalas de Napoleón I, detestable usurpador;
Seamos fieles; acreditémoslo
con la más religiosa obediencia y sumisión a nuestras sabias leyes; huyamos del desdoro
con que se ha manchado la ciudad de Quito; procuremos, como anhela esta Superioridad, se
reconozca y desaparezca ese fatal meteoro que desluce el lustroso esplendor de unión,
lealtad y generosidad con que han brillado estos reales dominios del Nuevo Reino de
Granada. Así serviremos al Dios Supremo, a nuestro desventurado Rey el señor don
Fernando VII, a la Patria y a la fidelidad pública.
ANTONIO AMAR
(1809. Del Archivo
Nacional).
OFICIO DEL
VIRREY DE SANTAFE
A LA REAL
AUDIENCIA
(Este Oficio del Virrey
Amar y Borbón, sirvió de cabeza de proceso para averiguar lo relacionado con la
conspiración del Canónigo Magistral D. Andrés Rosillo. Archivo Nacional. Boletín de
Historia y Antigüedades. Año VI. Nº 63. Bogotá, julio de 1910).
IOFICIO
DEL VIRREY DE SANTAFE A LA REAL
AUDIENCIA
Muy reservado.
Se me ha dado noticia, derivada de persona cuyo crédito no es de despreciarse, pero que
interesa en reservar su nombre y circunstancias, que por el Magistral de esta Santa
Iglesia, doctor don Andrés Rosillo, se tratan cosas contrarias al buen orden y
subversivas del Gobierno actual; que en su casa se han juntado varios sujetos a
conferenciar sobre el asunto, y probablemente en ella, y pieza reservada de su despacho,
se encontraron papeles conducentes a él. Que se intenta nada menos que sorprender una
noche mi casa y el cuartel de la tropa (la que se lisonjean sobornar), apoderarse de las
armas, caudales de cajas y demás depósitos, y erigir una Junta independiente, la que se
supone deberían presidir alternativamente, de dos en dos años, don Luis Caicedo y
Flórez, don Pedro Groot y don Antonio Nariño, y que para la ejecución contaban con una
porción de negros esclavos que han de traerse de la hacienda de Saldaña (a quienes se
ofrece la libertad en recompensa), con gente que se recogerá y tienen seducida en La Mesa
de Juan Díaz; con seiscientos hombres de
Zipaquirá, bajo la conducta de su Corregidor, y con mil y quinientos del Socorro, que se
piensa recogerá allá el Administrador de aguardientes, doctor Miguel Tadeo Gómez, quien
al efecto se dice está de inteligencia con el Regidor de esta capital, don José Acevedo.
Aunque todo este
proyecto parece algo complicado, remoto y acaso improbable, no habiendo noticias de esos
parajes que indiquen tan considerable movimiento de gentes, mayormente cuando en el
Socorro hay anticipado especial encargo para estar en observación, y cuando, por otra
parte, el denunciante se persuade que el intento era para dentro de pocos días, o a más
tardar de que llagase a Honda el destacamento que sale de Cartagena, no es sin embargo de
despreciarse la noticia, por el mucho interés que envuelve; y así, habiendo tomado mis
medidas en punto a la tropa de la capital y expedido órdenes a los parajes indicados de
afuera para que se observe y dé aviso al menor movimiento, pongo por lo demás al cuidado
y celo de Vuestra Señoría lo demás que corresponda con respecto al denunciado doctor
Rosillo, quien, se añade ha tenido en estos últimos días conferencias, a
puerta cerrada, con el abogado don Ignacio Herrera, y otro que no se afirma, pero se
piensa que sea el doctor don José Joaquín Camacho.
Dios guarde a
Vuestra Señoría muchos años.
Santafé, 15 de
octubre de 1809.
ANTONIO AMAR.
II RESOLUCION DE LA
REAL AUDIENCIA
RESERVADA
Santafé, 16 de
octubre de 1809
Para proceder
conforme a derecho en el asunto que expresa el antecedente oficio, diríjase el
correspondiente al Excelentísimo señor Virrey, a fin de que el denunciante formalice el
denuncio, dando razón de él y los datos que tenga, en el concepto de que su nombre se
reservará absolutamente, de modo que en las diligencias se oculte a testigos y reos.
Por ahora autorícese esta
providencia por el señor Ministro más moderno, quien queda encargado de celar la casa
del Magistral don Andrés Rosillo, para verificar en esta parte lo que dice la relación
del denuncio.
Pase al Real
Acuerdo.
Hay seis rúbricas.
CARRION.
III
SEGUNDO OFICIO DEL VIRREY AMAR
Como el sujeto
que reveló la especie de que impuse a Vuestra Señoría en mi carta muy reservada de 15
del mes presente, no haya correspondido aún a las insinuaciones que se le han hecho para
que ponga su denuncio por escrito, bajo la seguridad de que se le guardará sigilo; y como
el estrecharle por medios coactivos y de jurisdicción contemplo sería promover ruido y
aventurar el secreto antes de tiempo, tengo por más acertado manifestar a Vuestra
Señoría lo ocurrido, para que de ello haga el uso que le parezca justo y conveniente.
Dicho sujeto es
don Pedro Salgar, Cura de la ciudad de Girón, y en la actualidad residente en esta
capital; éste descubrió lo relacionado a don Andrés Rodríguez, Oficial de la
Secretaría del Virreinato, con objeto de que llegase a noticia de la superioridad, y con
el mismo lo manifestó dicho Rodríguez a su jefe inmediato el Secretario, porque sin otra
interposición llegó a la mía. Es cuanto puedo decir a Vuestra Señoría en el asunto,
sobre que procederá como mejor estime convenir al real servicio y causa pública.
Dios guarde a
Vuestra Señoría muchos años.
Santafé, 20 de octubre de 1809.
ANTONIO AMAR.
VI
DECLARACION DEL DOCTOR PEDRO SALGAR
En la ciudad de
Santafé, a 2 de noviembre de 1809, compareció ante el señor Regente el doctor don Pedro
Salgar, abogado de esta Real Audiencia y Cura Vicario de la ciudad de Girón, e instruído
de la licencia del discreto Provisor, juró a Dios Nuestro Señor, in verbo sacerdotis
tacto factore et corona, decir verdad y guardar secreto en lo que fuere preguntado; y
siéndolo sobre los particulares a que se contraen las anteriores diligencias, dijo: que
en primer lugar hacía. presente que por el riesgo de su propia persona pedía se ocultara
su nombre y calidad en de las demás que citara, poniéndolas en clave aparte para que de
ningún modo pudiera ser descubierto, con cuya consideración se habían de practicar
cualesquiera otras diligencias; que bajo de esta seguridad procedía a exponer lo que sabía,
para que de todo ello se tomara lo que pareciera importante; y oído todo su relato, estimó
el señor Regente que se debía poner como lo había hecho, sin omitir nada, y le
ratificó la seguridad de ocultar su nombre.
Dijo pues que
hará como veintitrés días fue por la tarde a la casa del Magistral doctor don Andrés
Rosillo, a pedirle una casa en arrendamiento; que en la sala no estaba dicho Magistral,
sino una niña, don Carlos Salgar, sobrino del que declara, y un caballero París (andaba
afuera), cuyo nombre ignora; que preguntando por el Magistral, le respondieron que estaba
dentro, por lo que se sentó a esperarle, y luego entró de la calle don Antonio Nariño y
preguntó por aquél; sentóse un rato y luego se despidió, diciendo que volvería a las
ocho; salió luego el Magistral con don Sinforoso Mutis y otro caballero París, cuyo
nombre ignora, y habiéndose noticiado al primero la entrada y salida de Nariño, tuvo a
mal el que le dejasen ir; que el declarante comenzó a sospechar allí mismo alguna cosa,
fundado también en las sospechas que desde el año de noventa y cuatro le engendraron los
sucesos públicos, de las personas de Nariño y Mutis; que con este motivo le hizo seña a
su sobrino don Carlos de que le siguiera, y se despidió con él; y estando ya solos en la
calle le dijo: que cuidado como los iba a poner en algún calor o sentimiento, pues lo
temía por verle metido allí, a lo que contesté dicho don Carlos que ahora era que él,
su tío, había de cultivar la amistad del Magistral, que lo podía colocar muy bien; que
comprendiendo el declarante el fondo de esta y otras expresiones, le pregunté cómo
tenía dispuestas las cosas y si había de haber vacantes a lo que respondió que todo
estaba hecho y que el Provisor y el doctor Andrade serían excluídos; que por este estilo
entró su sobrino a declararles la extensión del proyecto en estos términos: que Nariño
consignaba mil onzas para sobornar la tropa; que don Antonio Baraya, estando de guardia en
Palacio, intimaría prisión a Su Excelencia; que tenía seis mil hombres del Socorro y
mil quinientos de Zipaquirá, y que contaban con muchos esclavos que había en el partido
de La Mesa, a quienes ofrecían libertad; que el señor Miñano era el Presidente de la
Junta, y que el mismo sobrino del declarante contaba, por lo menos, con una Tenencia que
con esto se despidieron, quedando emplazados para el día siguiente, en el cual no se
vieron, pero sí al otro, en que don Carlos fue a las dos de la tarde a la casa del que
declara y le refirió que ya no sería el señor Miñano el Presidente; que se iba para
Cartagena, pero con el objeto de ganar la tropa que venía de aquella plaza; que el
Presidente sería don Luis Caicedo los dos primeros años, y después lo sería don Pedro
Groot o Nariño; que el mismo día en que estaban hablando daría cuenta Groot de los
caudales que había en caja, y que no dejaría de haber ciento y cincuenta mil pesos; que
también debía haber dinero en la Casa de Moneda; que a Su Excelencia no le dejarían
cien mil pesos para retirarse, como había dicho la primera vez que hablaron, sino diez
mil; que le quitarían a la señora Virreyna ochenta mil pesos que tenía de su peculio,
en perlas y otras alhajas; y reconviniéndolo el declarante sobre porqué no estaban
contentos con Su Excelencia, le respondió que el pueblo estaba descontento porque se
daban empleos por dinero; que a un Canabal, de Cartagena, le había dado una
Administración por diez mil pesos, la cual le habían quitado luego por no haberlo
aprobado la Suprema Junta, y aunque pedía su dinero, no se lo devolvían; que otro dio
mil pesos por un empleo, y un segundo mil y quinientos, y se llevó el empleo un tercero
que dio dos mil, sin devolverles a los dos primeros su dinero, y todo esto por mano del
Mayordomo.
Que el
declarante comprendió que como que lo invitaba, pues aún en la primera vez que hablaron
le proponía que le llevaría, y oiría el oráculo del señor Milano; pero lo que hizo
fue ridiculizarle sus especies y manifestarle la imposibilidad del proyecto, por lo cual
sería quizás que no ha vuelto a decirle nada, sino fue de paso en la calle que le dijo
que ya contaba con una Capitanía; que la vez que don Carlos estuvo en casa del que
declara, le dijo también que los señores Ministros no quedaban en sus empleos, y menos
los señores Alba y Asesor del Virreinato, a quienes decapitarían. Que en la última vez
que hablaron en la calle le dio también don Carlos que ya el señor Milano tenía sumario
a los señores de la Real Audiencia, y reconvenido sobre qué jurisdicción, repuso que
era para que hecha la cosa, estuvieran justificadas las causas. Que en todo se propuso el
declarante retraer a su sobrino, despreciando y ridiculizando cuanto le decía; pero que
no obstante, escrupulizado después, comenzó a meditar lo que haría, y por esto fue que
consultó con don Andrés Rodríguez, y avisado luego por éste de que se lo había dicho
al señor Secretario de Su Excelencia, le expuso el declarante que creía cubierta su
conciencia, lo que le ratificó Rodríguez; pero que no obstante, hablaron los dos sobre
el modo de formalizar el denuncio, y el declarante se contrajo a excusarlo, mediante que
por vía de declaración, citándole el mismo Rodríguez, se cubriría mejor; que aparte
de esto, juzgó impracticable el proyecto, fundado también en las reflexiones que le hizo
el propio Rodríguez; que por todo esto y no por cobardía había diferido el denuncio.
Preguntado si en cuanto ha referido le mueve en todo o en parte algún resentimiento,
venganza, desafecto u otra pasión, respondió que lejos de tener alguno de estos motivos,
se hallaba ligado por la sangre con su citado sobrino y por gratitud y amistad con el
Magistral, y con las demás personas no tiene el menor motivo de resentimiento o
enemistad. Que ha declarado la verdad, firmemente persuadido de que estaba obligado a
hacerlo como vasallo, como cristiano y como sacerdote.
Y
leída esta declaración, dijo estar fielmente
escrita, y en ella se ratifica, so cargo del juramento, y firma.
(Hay una
rúbrica).
PEDRO SALGAR Doctor Crisanto Valenzuela.
CONTINUAR
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