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SEGUNDA SECCION
ANTECEDENTES INMEDIATOS AL 20
DE JULIO
INFORME DEL FISCAL D. MANUEL MARIANO DE BLAYA
AL VIRREY AMAR Y BORBON EN 1808
(Archivo de la
Biblioteca Nacional. Boletín de Historia
y de
Antigüedades.
Año I. Nº 1º Bogotá, septiembre de 1902).
(Muy reservado).
Excmo. Sr.:
Posee V. E. el hermoso
arte de obligar a favor de la razón, para que sencilla, y como es en sí, se la
representen a su elevada autoridad. Como me cuento en el número de estos obligados por
dobles títulos de agradecido, esto, y la nueva confianza que merezco a V. E. en su muy
apreciable de 9 del corriente, me animan a poner, pero pausadamente, más claro en mis
ideas a su superior justificación, sobre nuestras actuales tristes ocurrencias, que
exigen el más acendrado cumplimiento de nuestras obligaciones a Dios, al Rey y a la
Patria.
La Historia antigua, ni
moderna, no nos presenta un ejemplar semejante de perfidia y tiranía tan atroz como la
que con nuestro legítimo soberano y la Nación española ha ejecutado el indigno y
obscuro corso Bonaparte, que se ha hecho infamemente famosa, como lo llama cierto libro
anónimo. Ni el mismo detestable Maquiavelo se atrevió a enseñar a su malvado Príncipe
máximas tan injustas y tiránicas para reinar, según sabe cualquiera que lo haya leído.
No hay autor
publicista, ni los mejores maestros del Derecho de Gentes, cuyas leyes reconocen todas las
naciones para sus diferencias y derechos recíprocos entre sí, que no califique de
atrocísima la injuria que aquel pérfido usurpador tan descaradamente le ha hecho a
nuestra Nación, a su más fiel y generosa aliada. Un Atila, a quien la posteridad ha
dado, con justicia, el renombre de azote del género humano, no cometió tantas ni tan
abominables crueldades, perfidias, asesinatos y robos. Los papeles públicos de Europa,
que ya se han quitado la máscara, exceptuando su despreciable adulador, El Monitor
Francés, se los justifican con pelos y señales, cometidos en todas partes de Europa y
Asia; en Asía, donde hasta renegó de Jesucristo (!oh execrable iniquidad!) y adoró a
Mahoma por su infame política, para engañar y conquistar. Desde Adán a Noe, y desde
Noé a nuestros días, no ha habido hombre que haya perpetrado tan negra y criminal
acción, como lo es el arresto de nuestro amado soberano, si se analizan bien que los
engaños, vilezas, trampantojos y traiciones, lo precedieron, acompañaron y subsiguieron;
solo la de Judas Iscariote se levanta, porque fue traidor con el Hombre-Dios, y el indigno
corso lo ha sido, so capa también de amigo, con la sagrada persona y con un ungido del
Señor. Así llama la Sagrada Escritura a los reyes legítimos, no a los aventureros y
usurpadores, como el Atila fue un gentil y el corso es un ateísta, como todos saben. ¿
Pues quién, sino un ateo es capaz de iguales atrocidades y delitos? ¿Quién sino un ateo
dejaría de castigar, como merece, la indigna llaneza y falta de santa veneración que
tuvo su Ministro en Roma, presentándose a la cabeza visible de la Iglesia, Vicario de la
invisible de Jesucristo, a quien sin besarle el pie apenas le hizo una desatenta, ligera
cortesía, cual se hace en un baile de mujeres, bajando, al entrar, algún tanto la
cabeza? Pero el virtuosísimo Pío VII lo corrigió solo haciéndole esta pregunta: ¿
Sois catolico? Con que quedó enmudecido y señalado. Así lo afirman los papeles
públicos de Roma, con la tirana orden que dio
para
que se dispersasen todos los
cardenales del Sacro Colegio. ¡Oh religión santa y adorable! ¡como si tu origen divino
pudiera temer a los viles y vanos poderosos del mundo, quiere también perseguirte el más
miserable de la tierra! porque tal es el que endurecida su razón a fuerza de delitos, las
costumbre de cometerlos lo ha hecho ya un monstruo abominable de ellos, en todo el rigor
de esta palabra. El no tiene religión; abraza y publica, se cree la que más le conviene
en las circunstancias, pero no cree ni sigue ninguna. Con Italia, Francia y España ha
manifestado ser católico; con los musulmanes, mahometano; con los prusianos, protestante;
con los rusos protestante y tolerante; con los judíos, que no forman ni formarán la
nación, no se sabe, pero los protege y coloca en los primeros empleos de su servicio.
Muchos de sus más inmediatos generales, y otros no generales, se sabe que lo son, y se
sabe que un protervo judío fue a quien puso por jefe en la guardia que en Bayona
custodiaba a nuestro amado Fernando VII.
Estas y otras
semejantes ideas, o más bien verdades que ya sabemos, conviene extenderlas y esparcirlas,
pintándolas en los papeles públicos nuestros, con los vivos colores de que son
susceptibles, para fijar, digámoslo así, la opinión pública de nuestra nación y de
estas colonias; así como por el contrario, conviene obstruir y tapiar, si es posible,
todo conducto por donde pueden llegar a los pueblos cualesquiera papeles seductivos,
engañosos y que hagan
dudar o balancear la opinión pública contra el
tirano corso. De esta clase he leído aquí solo dos: un diario de Madrid, 8 de mayo
último, en el gobierno del infame peluquero Murat, gran Duque de Berg; y una carta, 13 de
abril de este año, fechada en Toledo, de un oficial que se dice retirado, y se atribuye a
un abate que acompaña al peluquero. Esta arma fina de la pluma, de que diestramente han
sabido usar siempre los franceses, será embotada en sus filos con la correspondiente
providencia de V. E., que pudiera ser:
1ª Providencia. Un
edicto o bando público mandando que toda persona que en su correspondencia de dentro o
fuera de España y América recibiese cualquier papel impreso, en cualquier idioma,
relativo a las actuales concurrencias de nuestro actual gobierno y la conducta de la
Francia o su jefe Bonaparte, lo presente a la superioridad de V. E. o al Sr. Juez revisor
nombrado para esto, en el concepto de que si fuere corriente se le devolverá
inmediatamente al interesado, y también en el de que, si así no le ejecutase, se
procederá contra el ocultador como corresponda y haya lugar.
Este Juez revisor, cuyo
nombramiento no tiene otro objeto que el de no ocuparse V. E., si no quisiese, en ese
pormenor debe ser un sujeto caracterizado, de bastante instrucción, y de la suma
confianza de V. E., y pudiera ser elegido el Sr. Fiscal de lo Civil en esa Audiencia, a
quien por su oficio le corresponde esta incumbencia, que lo conceptúo del juicio
necesario para el caso, pero en el supuesto de que merezca la confianza de
V.
E. Con el mismo puede V. E. acordar
los puntos de su encargo, que por no dilitarme más no especifico, pero siempre será el
principal retener todo papel extranjero, nacional o americano, de cualquier modo
seductivo, sedicioso o contrario a nuestro gobierno.
2ª Providencia. En todas las capitales de
provincia convendría que V. E. tuviese una persona de muchísima confianza, integridad e
inteligencia, secretamente comisionada para formar las competentes diligencias del sumario
contra cualquiera, de cualquier estado o condición, que se propale, extienda o publique
proposiciones o máximas subversivas contra nuestro presente Gobierno, nuestro legítimo
soberano y nuestras autoridades establecidas, etc. Aquí se ha dicho por hombres que no
debían proceder tan indignamente, que los despachos de la Junta Suprema de Sevilla no
eran más que una letra de cambio endosada a favor del comisionado Bacaro; se ha dicho que
era muy dudosa la autoridad para declarar, como se declaraba, la guerra a los franceses;
se ha dicho que las rogaciones y súplicas a Dios que encargaba se hiciesen, la misma
suprema Junta, por nuestras actuales ocurrencias, más bien parecían sermones que otra
cosa, porque contra el enemigo lo que se necesitaba eran fusiles; y se han dicho otras
cosas desatinadas, a cuyos autores es necesario contener. Es verdad que esta obligación
deben llenarla los Gobiernos respectivos pero más confianza podrá tener V. E. en los
sujetos que elija, y con más celo deberán estos portarse para el desempeño del superior
y primero del Reino, que dignamente reside en V. E. Si llegara el caso de estos
nombramientos, era también necesario acompañar a cada uno la competente orden
auxiliatora y reservada, para los Gobiernos respectivos, a quienes sólo en el caso de
necesitar algunos auxilios, para su co
misión, la presentarían los
comisionados, a fin de que se les franqueasen.
3ª Providencia. Es
necesario cuidar mucho de la correspondencia pública, y retener y quemar, con un secreto
como el de la confesión sacramental, toda carta dirigida a cualesquiera persona de algún
modo sospechosa, por amistad, parentesco u otras relaciones, que probablemente se
conjeturen y calculen, según las noticias e informes que ya se tengan o se procuren.
¡Dios no lo permita! pero puede ser que algunas se dirijan a este Reino, para disponer o
persuadir los ánimos a favor del tirano Bonaparte. La prueba perentoria de mi dictamen es
lo que ya se lee en una gaceta inglesa (y V. E. no ignorará) cap. del París (sic) de que
el pícaro y vil. D. Ignacio Sánchez de Tejada, oficial farolón de la Secretaría de V.
E. se presentó en la Junta,, de Bayona, como representante de este Nuevo Reino de
Granada, donde presentó un discurso (seria como suyo) en que entre otras cosas hablaba
del mal gobierno español y la seguridad de que este Reino se uniría siempre con la
Metrópoli. Este farolón, que nunca pudo sacar nada de mí porque lo conocía, tiene ahí
y en todo el Reino, muchos amigos. Ahí tiene hermanos, parientes y amigos íntimos, y
puntualmente un hermano (yerno de ese administrador de correos, que es circunstancia muy
notable al presente). Lo mismo se dice del otro criollo antioqueño N. Zea, que estaba en
Madrid (aunque esto no lo he visto en gaceta, y de cuyas ideas y papeles que se le
ocuparon, tuve conocimiento por los cuentos de insurrección soñada, para ejecutarla
ellos en, el año pasado de 94, siendo Fiscal). Todo esto sabrá pesarlo y mandarlo la
suma prudencia, juicio y secreto impenetrable de V. E., si estimase que así conviene. Las
providencias precautorias, cuales son éstas, si se saben ejecutar con pulso y medida,
nunca traen perjuicio sino auxilios para vencer.
Me meto a bachiller,
pero V. E. me previene a ello, y solo lo hago en obsequio suyo y por el amor al Rey a la
Patria, como buen español, de que me glorío, dispensándome su bondad todos mis
desaciertos.
Dios guarde a V. E.
muchos años.
Cartagena, 20 de octubre de 1808.
Excelentísimo señor:
MANUEL MARIANO BLAYA.
Excmo. Sr. Virrey D. Antonio
Amar.
P.
D.Ya tenía escrita ésta cuando recibí la muy
estimada de V. E., 19 del corriente, y hoy me veo acometido de la jaqueca, con que pongo
estas cuatro letras. V. E., con su bondad, me dispensará no le conteste hasta el
inmediato correo.
B.
(Hay una rúbrica).
CARTA DE D. CAMILO TORRES A
D. IGNACIO TENORIO,
OIDOR DE QUITO
(Esta Carta que se publicó por primera vez en
el Nº 5 del Repertorio Colombiano (1884), aunque incompleta por faltarle las fojas 8ª y
9ª, encontradas más tarde por don Jorge Roa, es un documento de primera importancia en
los anales de la Independencia de Colombia, por las ideas, francamente separatistas, que
allí se expresan en vísperas de la revolución).
Santafé, 29 de
mayo de 1809.
Mi querido tío:
He recibido la de usted de 80
del pasado abril con el impreso que la acompaña. Por éste y por el papel cuya copia
remitió a usted D.N., he visto confirmadas las funestas noticias de España que habíamos
tenido aquí desde el correo pasado por cartas de Cartagena y por gacetas inglesas. Ni
podíamos esperar otra cosa después de la derrota que sufrieron nuestros ejércitos en
las acciones de Ocaña y Alba de Tormes. La desorganización y casi destrucción que ellos
padecieron, la desconfianza en el Gobierno y los partidos que se levantaban por todas
partes; nuestros ejércitos pequeños, mal armados, peor disciplinados, y obligados a
luchar con legiones formidables, acostumbradas hace mucho tiempo a la victoria, y mandadas
por los primeros generales de Europa, todo, todo pronosticaba que la ruina de España era
inevitable y que era preciso un milagro para que ella pudiera salvarse.
Pero si en este
estado de debilidad y desorden de la España han entrado 300.000 franceses para atacarla
por todos los puntos y en todo sentido, no hay remedio; la conquista es hecha, y la obra
de Napoleón en España ha sido concluída en toda esta primavera. Cádiz, que ha sido el
último asilo de los patriotas, y en donde se dice que están reunidos más de 150.000
españoles, es imposible que pueda resistir por mucho tiempo. Una reunión tan
considerable de gentes en una ciudad que hasta el agua la recibe de afuera, es preciso que
tenga que sufrir la sed, el hambre y las enfermedades que son consiguientes a esto, y al
fin Cádiz, como las demás ciudades de España, habrá tenido que rendirse al poder
irresistible del tirano.
Y bien. ¿Cuál será
entonces nuestra suerte? ¿Qué debemos hacer, qué medidas debemos tomar para sostener
nuestra independencia y libertad, esta independencia que debíamos disfrutar desde el mes
de septiembre de 1808? ¡Ah! Yo abro los ojos, y no miro por todas partes sino nubes
negras que amenazan con una tempestad terrible. Hay buenos patriotas, ciudadanos
ilustrados y de virtudes, que conocen sus derechos y saben sostenerlos; pero es muy
considerable el número de ignorantes, de los egoístas y de los quietistas. Fluctuamos
entre esperanzas y temores. Nuestros derechos son demasiado claros, son derechos
consignados en la naturaleza, y sagrados por la razón y por la justicia. Ya está muy
cerca el día feliz, este gran día que no previeron nuestros padres cuando nos dejaron
por herencia una vergonzosa esclavitud. Sí: está muy cerca el día en que se declare y
reconozca que somos hombres, que somos ciudadanos y que formamos un pueblo soberano. La
cadena se ha roto, y el yugo que nos abrumaba, sin que nosotros lo sacudamos, se ha caído
por sí mismo. Así es la verdad; pero los mandones, estos enemigos domésticos, estos
sátrapas crueles, miran con horror estas ideas; y ellos quisieran sellar eternamente
nuestra esclavitud y evitar a todo riesgo nuestra independencia.
La conducta de
estos hombres ciegos, ya sabe usted cuál ha sido en estos dos años. Terror ha sido su
sistema; terror y opresión han sido los medios con que han hostigado y exasperado a este
inocente pueblo. Pesquisas, prisiones, calabozos, cadenas, destierros, y últimamente la
efusión de sangre de nuestros hermanos, son los medios de que se han valido para ahogar
el grito de la razón, para intimidarnos y llevar a cabo sus inicuos proyectos. ¡Qué
horrible espectáculo el que estos hombres nos dieran el día 13 de este mes! Cuando nadie
se acordaba ya del ridículo suceso de los llanos, y cuando todo el mundo esperaba que los
autores de aquel acontecimientos serían castigados con moderación y con atención a las
actuales circunstancias, de repente nos hallamos en Santafé con dos cabezas, la una del
cadete Rosillo y la otra de un Cadena primo suyo, ambos muchachos y ambos mártires de la
libertad del Reino; causa horror el modo y los términos con que han sido juzgados y
sentenciado estos dos infelices jóvenes, con otros tres que igualmente han sido víctimas
y compañeros en su suerte desgraciada! El delincuente más abominable, el reo cargado de
los delitos más atroces, es juzgado y sentenciado según todas las formalidades de las leyes,
y
su sentencia no se ejecuta hasta que se ha apurado el último recurso. Pero aquellos
infelices no han gozado de este beneficio. Con un breve sumario y con el dictamen de un
abogado de Tunja, doctor Nieto, fueron condenados a la pena de horca, y por falta de
verdugo fueron arcabuceados sin haberse siquiera consultado la sentencia. Toda esta
precipitación en un delito tan difícil de calificarse en las presentes circunstancias,
fue indispensable para llegar cuanto antes al fin que se proponían, cual era traer las
cabezas a Santafé para fijarlas en lugares públicos.
Pero las noticias de España
que habíamos recibido por el correo, y las fuertes reflexiones del humano e ilustrado
Cortázar, obligaron a sus compañeros a variar el plan meditado y a acordar que se
enterrasen las cabezas, como en efecto se enterraron, por la noche del día catorce.
Este hecho de
crueldad
y de fiereza ha irritado en gran manera los ánimos de los buenos que claman al cielo por
la venganza. Los tiranos están sobrecogidos a manera del tigre, que después de haber
despedazado a un inocente cordero, se retira al fondo del bosque para lamerse las uñas;
ellos se han retirado al fondo de sus casas para meditar los medios de evitar el golpe que
les amenaza y asegurar su proyecto de dominación. ¿Y después de esto quiere usted que
estos hombres continúen en sus empleos, que no se haga variación alguna con estas
autoridades, y que no se altere en nada el actual orden de cosas? ¿Y después de esto
será justo y conveniente que se adopten los medios políticos que usted propone para
evitar aquí la anarquía en el caso que la España sea subyugada?
He leído el
papel que usted ha escrito sobre esa materia, y después de haberlo leído y meditado voy
a manifestarle a usted mi dictamen con todo el respeto y moderación que debo a usted,
pero con la ingenuidad que hace mi carácter y sin perder de vista un solo momento los
sagrados deberes que me impone la Patria.
En primer lugar
yo hallo mucha analogía entre el papel de usted y otro que había leído pocas horas
antes con mucho secreto, habiéndomelo manifestado un confidente de los Oidores. Es un
plan de Gobierno para el caso que se pierda la España, concebido por los mismos Oidores
en estos términos: quieren que se convoquen las cortes generales de América, como se iba
a hacer en España, y que estas elijan un Regente del Reino, que no debe ser otro, según
ellos, sino Carlota, que está en el Brasil, o su hermano el infante D. Pedro; que como es
indispensable que pasen cinco o seis años antes que se celebre esta convocación de las
Cortes, para evitar la anarquía en todo este tiempo quieren que el Virrey y los Oidores
continúen con la autoridad, y que con ellos se entiendan todos los asuntos diplomáticos
de paz, guerra, comercio, alianza etc., que para esto deben obrar en virtud de despachos
de la misma Carlota, o a semejanza de lo que se hizo en España en tiempo de la minoridad
de Enrique III; pues entonces, según dice Gregorio López, el Reino no se gobernó por
Regente sino por Consejo y Consejeros del Rey. Todo el proyecto, según ellos, está
fundado en la L. 2ª, T. 15, P. 3ª, que habla de la minoridad y fatuidad de los reyes y
cuya disposición creen que es aplicable al caso en que nos hallamos. Como el Sr.
Florida-Blanca y otros Sabios de la nación han manifestado que dicha ley de partida es
inoportuna y que el caso del T. 7º,
no está previsto en ninguna de nuestras leyes,
desprecian el voto de aquellos sabios, llaman papelotes
sus escritos, sostienen que todas las Juntas de España, hasta la central, fueron
ilegales; y últimamente dicen que el que se opusiere a sus ideas, será tratado y
castigado como rebelde.
¿No es muy
bello el proyecto? Lo cierto es que él está fundado en la misma ley de partida que usted
llama constitucional, y que sin duda alguna es la misma que usted tuvo presente para
concebir su proyecto. Usted la recuerda para evitar la anarquía formándose las cortes, y
los Oidores quieren que se celebren cortes y se nombre Regente, para usurparse ellos entre
tanto la soberanía del pueblo. Sin embargo, para evitar generalidades, voy a hablar sobre
cada uno de los puntos del papel de usted y según el orden con que usted los propone.
1º Que se
establezca un gobierno supremo elegido por el voto de los Reinos y provincias de toda la
América, para que la gobierne a nombre del señor. D Fernando VII, y que este gobierno
sea una regencia compuesta de tres o cinco personas
Una convocación
de Diputados de todos los reinos y provincias de la América Española es una cosa la más
difícil, por no decir imposible, que puede imaginarse. Ella no podrá verificarse en ocho
o diez años, y en todo este largo tiempo estaríamos en la anarquía que usted quiere
evitar, o por lo menos tendríamos una forma de gobierno incierta y precaria. Cerca de
año y medio hace que vino la real orden para la elección de Diputados de América en la
Junta central, y hasta ahora sólo de Mosquera he oído decir que llegó a España como
Diputado de Caracas.
Por otra parte, ¿quién nos
asegura que México, Perú, Buenos Aires, en fin, que todos los virreinatos y capitanías
generales de América quieran entrar por esta convocación? Tantos reinos tan distantes de
nosotros, y cuyas miras e intereses son tan diversos de los nuestros, ¿Querrán
acordarlos con nosotros? ¿Querrán ellos sujetarse a una Regencia y formar su gobierno
según la ley de partida? Cuando en efecto se realizase la Regencia, ella engendraría
celos, discordias y disensiones entre los diversos reinos; porque cada uno se creería con
derecho para que el gobierno supremo de la Regencia se fijase en el centro de sus
provincias. Si se fijara en este reino, ¡cuántas incomodidades para México y el Perú!
Y si en éstos, ¡cuántas incomodidades para nosotros! Las ventajas serían inciertas y
los inconvenientes serían inevitables. Los recursos serían tan dilatados y tan
difíciles como han sido hasta aquí; las leyes perderían su vigor en razón de la
distancia de su origen, y sobre todo los reinos de América quedarían dependientes de
aquél con quien estuviese el gobierno supremo. Seriamos colonos de colonos, y éste
vendría a ser el mayor de los males.
Además, yo no puedo
conciliar la independencia de América que usted confiesa, perdida la España, con la
necesidad que se quiere imponer a las cortes de que nombre una Regencia y con la necesidad
también de que ésta gobierne a nombre de Fernando VII. ¿Serán compatibles estas
restricciones con los derechos sagrados de un pueblo libre que se reúne por medio de sus
representantes para formar y organizar el gobierno que mejor le convenga a sus más
preciosos intereses? Si Fernando VII existe para nosotros, si vivimos todavía bajo su
imperio, entonces que no se altere el orden de cosas, que continúen las autoridades y
demás funcionarios públicos; y no diga usted que estos han cesado en sus funciones; y no
proponga usted medios para evitar la anarquía. Pero si Fernando VII no existe para
nosotros, si su monarquía se ha disuelto, si se han roto los lazos que nos unían con la
Metrópoli, y últimamente, si en lugar de la dinastía que habíamos jurado, entra a
reinar otra a quien detestamos, ¿por qué quiere usted que nuestras deliberaciones,
nuestras juntas, nuestros congresos y el sabio gobierno que elegimos se hagan a nombre de
un duende o un fantasma? Si somos libres e independientes, no necesitamos de cubrirnos con
el nombre de un Rey para formar la mejor, la más conveniente constitución, ni mucho
menos necesitamos para esto de una ley bárbara hecha en tiempos bárbaros y que no es
aplicable al caso presente, como lo han demostrado el señor Mollino y la Junta de
Valencia. La ley de partida habla de minoridad o fatuidad del Príncipe y no de un caso
como el presente, en que se disolvió la monarquía, en que la dinastía reinante ha sido
arrojada de España. En este caso la soberanía que reside esencialmente en la masa de la
nación la ha reasumido ella y puede depositarla en quien quiera, y administrarla como
mejor acomode a sus grandes intereses. Pero seria destruir esta libertad y este derecho
sagrado de la nación convocarla para cierta y determinada cosa y precisarla a nombrar
necesariamente una regencia, es decir, a que elija un gobierno que tal vez no acomoda a
sus intereses que siempre ha sido funesto a las naciones, como lo manifiesta su historia.
Sobre todo la ley de partida
en que se quiere fundar el gobierno de Regencia para la América, o fue hecha por algunos
de los antiguos reyes sin consentimiento de la nación, y entonces ella no es ley
fundamental del Estado, o fue hecha por la misma nación, y entonces ésta puede revocarla
si trata de reformar su constitución o de establecer otro orden de cosas con que creía
conseguir más fácilmente las ventajas que se propone toda sociedad política en su
establecimiento. Las naciones, los pueblos libres, tienen derecho a todo aquello que es
necesario a su conservación y perfección, y en virtud de este derecho pueden mudar el
gobierno y reformar la constitución siempre que de estas reformas y mutaciones resulte su
felicidad. ¿ Y será posible que todas las naciones gocen de este derecho esencial e
imprescriptible, que el negro de Haití, al tiempo de recobrar su libertad, estableciese
libremente su constitución y su gobierno, y que la Española Americana, en el momento
feliz de su independencia, no goce del mismo derecho y se le haya de sujetar a la forma
que le prescribe una ley que se hizo ahora quinientos años, cuando los pueblos no eran
nada, cuando sus derechos eran aniquilados por el despotismo feudal, cuando las cortes,
lejos de ser una verdadera representación nacional, no eran otra cosa que una reunión de
tiranos que solo trataban de sus propios intereses y de aumentar su poder y su grandeza a
expensas de la libertad de los pueblos? Medite usted estas cosas y pasemos al segundo
punto.
2. Que
mientras se forma la Regencia se establezcan provisionalmente en los reinos y provincias
de América juntas supremas compuestas de diputados de las provincias y partidos de su
territorio y que ellas tengan a sus cabezas al virrey o capitán general de cada reino o
provincia.
Semejante idea
es contraria a la libertad y felicidad de la América. Yo creo que ella se opone a la
única forma de gobierno que seria más conveniente para nosotros. Una junta suprema en
cada reino o provincia concentraría allí todas las miras políticas, todos los recursos
y todos los beneficios de la asociación civil; se lograría ver realizada la sabia
máxima de que el centro político no debe estar fuera del centro físico; los sabios, los
hombres de mérito y de virtudes serian los miembros de dichas juntas, y esto seria un
nuevo motivo para hacer amar las ciencias y la virtud, y últimamente nos iríamos
acercando a la forma de gobierno de los norteamericanos, a esa constitución que, según
sentir del doctor Price, es la más sabia que hay bajo el cielo; a esa constitución, en
fin, de la cual dice un político que si Montesquieu resucitara hoy, arrancaría dos hojas
de su obra inmortal del Espíritu de las Leyes en
que hace el elogio de la constitución inglesa. Pero usted quiere que dichas juntas sean
provisionales, y quiere también que los virreyes y capitanes generales sean los
presidentes de ellas.
Unos jefes
nacidos y criados en el antiguo despotismo, imbuídos en sus perversas máximas y
acostumbrados a considerar a los pueblos como viles esclavos y a mandarlos al son del
tambor; estos jefes, digo, no son buenos para gobernar hombres libres ni para presidir a
unas juntas compuestas de los representantes de un reino a quien ellos habían oprimido.
Acostumbrados a la lisonja y a los inciensos, ellos no podrían sufrir que se hablase con
libertad, y se opondrían a todo aquello que no conviniese a sus propios intereses. Por
otra parte, yo no creo justo que los pueblos, en el momento de su independencia, sigan
contribuyendo con su sangre para
conservar el lujo y la opulencia de unos
visires, de unos déspotas que lo han sacrificado todo a su avaricia, a su ambición y a
sus caprichos. Traiga usted a la memoria en este momento la historia de todos los virreyes
de América.
Y vea usted si
será justo y conveniente que al tiempo de una feliz reforma constinúen ellos en su
autoridad y gozando de las enormes rentas que disfrutan. Acuérdese usted que la de este
Virreinato es una de las más moderadas, y sin embargo, ella pasa de $40.000; reflexione
usted que con esta cantidad se puede hacer felices a 40 familias, y que a este Reino le
faltan todos los establecimientos necesarios para su fomento y prosperidad. Ha llegado la
época de nuestra regeneración, y es preciso remediar los males que en tres siglos han
hecho nuestra ruina, y conquistar los bienes, sin los cuales no podemos ser felices. Consilium futuri ex preteterito venit.
3. Que
mientras se elige dicha Junta Suprema se forme una representación legítima de los
pueblos que teniendo la confianza de éstos, pueda tomar su voz y continuar a nombre de
Fernando VII a todas las autoridades, y que esta representación se constituya de los
Cabildos de todas las ciudades y villas, por elección y nombramiento de sus vecinos; y
esto por que los capitulares actuales no tienen la confianza de los pueblos, ni menos
pueden llamarse sus representantes
Las Juntas provinciales
debieron establecerse en todas las provincias de América, desde el momento que estas
supieron el estado de revolución en que se hallaba España. Lo primero, para seguir el
ejemplo de la metrópoli, en donde se formaron aquellos cuerpos, no obstante existir en
sus provincias gobernadores, intendentes, audiencias, etc. Lo segundo, porque las leyes de
Castilla ordenan que en los casos arduos se convoquen los diputados de todos los Cabildos,
y por las de Indias se previene que el Gobierno de estos Reinos se uniforme en todo lo
posible con el de España. Y últimamente, porque la necesidad y la fuerza de las
circunstancias exigían imperiosamente la creación de dichas Juntas. Ellas habrían
servido para conciliar los intereses de los diferentes Cabildos del Reino, y para evitar
que sus poderes y sus instrucciones fuesen tan opuestos entre sí como lo son sus pasiones
y sus necesidades. Ellas habrían contribuído a mantener el orden y la tranquilidad de
los pueblos, porque éstos descansarían en paz bajo la protección de una Junta compuesta
de sabios y virtuosos patriotas, que al mismo tiempo que tomasen todas las medidas para
alejar todo motivo de temor del enemigo, habrían sido un antemural respetable contra los
ataques de la tiranía. Si desde el año de 808 se hubieran formado estos cuerpos
nacionales, no habríamos visto en todo este tiempo perseguidos a los buenos patriotas, a
los amigos del pueblo y de la humanidad, a los defensores de nuestros derechos; no los
habríamos visto tratados con las mismas penas, o, si puede ser, más crueles que las que
las leyes reservan a los más famosos delincuentes; y, en fin, si estuvieran ya formadas
las Juntas provinciales, como se pidió por la mayor parte de los votos de la Junta del 11
de septiembre, con motivo de las ocurrencias de Quito, tendríamos hoy las bases
fundamentales de nuestra organización política; y al tiempo de nuestra independencia, no
tendríamos que temer los terribles efectos de una horrible anarquía.
Pero ya que los
mandones, contra la razón, contra las leyes y contra el grito universal del Reino, se
opusieron al establecimiento de dichas Juntas, es llegado ya el caso de formarlas aunque
ellos no quieran, supuesto el estado deplorable de las cosas de España. ¿Y para
establecerlas esperaremos la última noticia y que se nos diga que ya estamos en perfecta
anarquía? ¿Quién convocaría entonces a los diputados de las provincias? El Virrey y
demás funcionarios públicos no pueden hacer la convocación, porque su autoridad ha
cesado enteramente y los pueblos ya no querrían reconocerla. Todo poder, toda autoridad
ha vuelto a su primitivo origen, que es el pueblo, y este es quien debe convocar. Pero
como sus deliberaciones serían hechas en medio del tumulto y del desorden, y como, por
otra parte, la voluntad de una ciudad o de una provincia sola no puede explicar la
voluntad general de todo el reino, es preciso, para evitar aquellos inconvenientes, y
mientras se organiza una verdadera representación nacional, que los Cabildos, por lo
menos los que son de las cabezas de provincias, levanten la voz y convoquen a los padres
de familia y a los hombres de luces de sus respectivos distritos. Estas Juntas así
formadas serán otros tantos cuerpos representativos de cada provincia o distrito, que
deben subsistir hasta que se haga la instalación de un Congreso general en la capital del
Reino, y hasta que el tiempo y la opinión pública, que deberá formarse por buenos
escritos públicos, hagan conocer la forma de gobierno que mejor conviene a cada provincia
y el modo con que deben dividirse y administrarse en ella los tres poderes: legislativo, ejecutivo y judicial.
Convengo con
usted en que los individuos que hoy componen nuestros Cabildos no son unos verdaderos
representantes de los pueblos, porque estos no los han nombrado y deben sus oficios a la
compra que han hecho de ellos, o a la elección de los demás capitulares. Sin embargo,
aquí es preciso olvidar el origen de las cosas y atender solamente a sus efectos. Nada
importa que los Cabildos no sean unos verdaderos cuerpos municipales, con tal que los
pueblos los consideren, por ahora, como depositarios de sus derechos y como único órgano
por donde pueden explicar su voluntad. Consigamos los fines, y no nos paremos en unos
medios que, aunque no son legales, no son injustos, y que, por otra parte, nos redimen de
grandes males. Queremos evitar la anarquía, y sería caer en ella anular la única
representación que tenemos; o, por mejor decir, la única por donde podemos comenzar la
convocación, ya sea de cada provincia para formar las Juntas provinciales, o ya sea de
los diputados de cada provincia para establecer el Congreso o Juntas Supremas. Esta marcha
parece la más natural, la más sencilla y la menos expuesta a inconvenientes, y puedo
asegurar a usted que esta es la opinión de los hombres sensatos y de luces de la capital,
que piensan sobre nuestra próxima suerte.
4. Usted dice que su
plan propuesto está concebido en el caso de que el actual Gobierno Supremo de
España sea destruido o subyugado; pero que si todo gobierno se traslada a estos dominios
(como es de esperar y desear) o a otros de la monarquía, debemos continuar obedeciendo
sin hacer novedad.
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