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INDICE
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EPOCA DE LA NACIONALIDAD
PANAMEÑA
CAPITULO UNICO
La Municipalidad de Panamá.- La
Junta de Gobierno de la República.-El Tratado Hay-Bunan
Varilla.-Actitud de Colombia.- La Convención Nacional.-Manuel
Amador Guerrero, Presidente de la República.
|La Municipalidad de Panamá.-La Municipalidad de Panamá
aceptó é hizo suyos, en la noche del 3 de Noviembre, los hechos
cumplidos durante la tarde de ese día, por medio de una Acta de
Independencia firmada por los miembros de la Corporación. Dispuso
en consecuencia encomendar á la dirección del nuevo Estado á una
Junta de Gobierno, compuesta de los señores don José Agustín
Arango, genitor del proyecto de la Separación, don Federico Boyd y
don Tomás Arias, colaboradores en él; convocar para el día
siguiente al pueblo de la capital á
|Cabildo Abierto, con el
objeto de que adhiriera al movimiento secesionista que acababa de
efectuarse y que fué acogido con marcadas manifestaciones de
entusiasmo por las demás municipalidades del país, en
representación de sus comitentes.
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La Municipalidad de Panamá, signataria del Acta de la
Independencia
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|La Junta de Gobierno de la República.-Posesionada la
noche del 3 la Junta de Gobierno, empozó la obra de organización de
la República, creando para atender á los diversos ramos del
servicio público un Gabinete integrado por seis Ministros, así:
Gobierno, Eusebio A. Morales; Relaciones Exteriores, Francisco V.
de la Espriella; Justicia, Carlos A. Mendoza; Guerra y Marina,
Nicanor A. de Obarrio; Hacienda, Manuel E. Amador; é Instrucción
Pública, Nicolás Victoria J., y por su excusa, á Julio J.
Fábrega.
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Dr. Carlos A. Mendoza. Ministro de Justicia
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|El tratado Hay-Bunau Varilla.-La Junta de Gobierno
acreditó como Ministro de Panamá ante el Gobierno de Washington al
señor Felipe Bunau Varilla para que gestionara el reconocimiento de
la nueva nacionalidad, lo que hizo aquel Gobierno el 7 del mismo
mes de Noviembre, ejemplo que siguió Francia, y sucesivamente todas
las naciones del orbe.
Considerando además la Junta indispensable el concurso de
algunas inteligencias del país para la elaboración del tratado
sobre canal, resolvió enviar á Washington una comisión presidida
por don Federico Boyd, la que llegó á su destino cuando se había
firmado (18 de Noviembre) el tratado conocido con el nombre
Hay-Bunau Varilla, sobre las líneas del anterior convenio
Herran-Hay, ampliado con algunas concesiones á los Estados Unidos
en compensación del deber que se les imponía de garantizar la
soberanía de la República de Panamá.
|Actitud de Colombia.-La independencia de nuestra Patria
causó un gran estupor en Colombia
|, cuyo Gobierno hizo todos
los esfuerzos por obtener la reincorporación del territorio que se
apartaba de su autoridad. Con ese fin envió comisionados para
entenderse con la Junta de Gobierno; pero las seducciones y los
halagos que emplearon para satisfacer á los istmeños se estrellaron
contra la irrevocable resolución de éstos de vivir desligados para
siempre de la familia colombiana. Agotado los medios de la
conciliación pacífica, apeló el Gobierno colombiano á los de la
fuerza; pero impotente para efectuar invasiones por mar, protegidas
como estaba las costas panameñas por buques de la armada
americana, se aventuró á despachar una expedición por las
inhospitalarias selvas del Darién, sin conseguir otro resultado que
abonarlas con los cuerpos de los que fallecieron á les rigores del
clima y de los sufrimientos.
|La Convención Nacional.-La Junta de Gobierno convocó á
elecciones para miembros de la Convención Constituyente de la
República, á razón de ocho diputa dos por la Provincia de Panamá y
cuatro por cada una de las demás, inclusive la de Bocas del Toro,
que se creó para el efecto. Las elecciones se verificaron con el
orden más, perfecto, habiéndose votado por una sola lista, acordada
previamente en la comunidad de los partidos, que borraron
momentáneamente sus líneas divisorias. De ese modo, cada
colectividad se esmeró en es coger para formar la representación
nacional un personal inteligente y capaz, no igualado con
posteriorida.
Instalada la Convención el 15 de Enero de. 1904, eligió
Presidente al Dr. Pablo Aroseména y Primero y Segundo
Vicepresidentes, á los doctores Luis de Roux y Heliodoro Patiño,
respectivamente. Un mes después expedía la Constitución del país,
carta modesta que garantiza los beneficios de la libertad para
todos los habitadores del territorio istmeño, y que ofrece algunas
peculiaridades, como la reserva, para la posteridad, de parte de la
suma obtenida de los Estados Unidos por la concesión de excavar el
canal, y el artículo lo que facilita á esa Nación para restablecer
el orden constitución en la República de Panamá cuando hubiere sido
turbado. Como corporación legislativa, la Convención dictó basta el
mes de Julio, en que duró reunida, las leyes orgánicas de la
República; fundó su sistema monetario sobre la base del talón de
oro; adoptó provisionamente la bandera y el. escudo de la Nación, y
los códigos colombianos en todo aquello que no pugnara con la
Constitución y las leyes del nuevo Estado. La labor fué, pues,
laboriosa y digna.
|Manuel Amador Guerrero, Presidente de la república.
-Atenta Convención á los muy importantes servicios prestados por el
doctor Manuel Amador Guerrero (cartagenero) á la causa de la
independencia istmeña, lo eligió unánimemente Presidente
Constitucional de la República, haciendo en su favor una excepción,
contraria á precepto terminante de la Carta fundamental, de que
deben ser panameños de nacimiento los individuos llamados á ocupar
la primera magistatura de la Nación.
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Doctor Manuel Amador Guerrero
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La posesión del Dr. Amador Guerrero tuvo lugar el 20 de Febrero
en el Parque de la Independencia de la capital, donde una multitud
de nacionales y extranjeros pudo presenciar con intenso regocijo la
coronación de la obra iniciada por un núcleo de hombres que, por
ese solo hecho, son acreedores á la eterna gratitud del pueblo
istmeño.
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