CAPITULO V
DA LEYES EL ZIPA EN SU REINO Y PREVIÉNESE DE TODO PARA LA GUERRA DE
TUNJA.
VIENDO, pues, Neméquene la grandeza ó que habia llegado su
Reino, y que toda la seguridad de las Monarquías se sustenta sobre
los dos polos del premio y del castigo, y que éstos viven y se
mantienen de la fortaleza da las leyes, con que los meritos y
delito se pesan segun la calidad de ellos y de las personas, ordenó
muchas leyes y estampólas en las memorias de sus vasallos, para que
se gobernasen por ellas; y cumpliéronlas tan sin descuido y con
tanta puntualidad, que se fueron arraigando de suerte que hasta
nuestros tiempos permanecen entre ellos, y se guardan algunas,
aunque como ya viven sujetos á las nuestras, se van desvaneciendo
con el tiempo; y de las que hizo Neméquene refieren éstas los
naturales.
Mandó que si alguna persona matase á otra, pagase con la vida,
aunque le perdonase la mujer, padre ó parientes del muerto; porque
la vida solo Dios la daba y los hombres no tenian autoridad para
perdonarla á quien la debía por la que había quitado.
Que sí algun hombre forzase alguna mujer, muriese por el delito,
siendo soltero; pero si el delincuente fuese casado, durmiesen con
la suya dos hombres solteros, para que con el sentimiento de la
propia deshonra, reconociese la gravedad de la culpa, y fuese la
pena mayor que la muerto.
Que si algun hombre cometiese incesto con su madre, hija,
hermana ó sobrina, fuese metido en un hoyo estrecho lleno de agua y
acompañado de sabandijas lo cubriesen con una grande losa donde
pereciese miserablemente; y que la misma pena se ejecutase con las
mujeres, para que si el fuego da la lascivia los habia obligado á
romper los grados del parentesco, se les apagase el incendio con la
frialdad del agua y la tierra, y con la losa quedasen sepultados
los nombres y memorias de sujetos tan malos.
Al sodomita puso pena de muerte, que se ejecutase luego con
ásperos tormentos; y en esta ley dejó puerta abierta para que los
Zipas que le sucediesen, pudiesen, extender el castigo con las más
penas que arbitrasen, pareciéndole que miéntras más se aplicasen
aun más serian con dignas á semejante delito.
Mandó que si de parto muriese alguna mujer casada, perdiese el
marido la mitad de su hacienda, y se aplicase al suegro ó suegra, ó
á los hermanos ó parientes que fuesen en el afecto padres de la
difunta, por ser como era el marido instrumento, aunque sin culpa,
de la muerte de su mujer, y sus suegros y parientes los que
verdaderamente la perdian; pero que si la criatura quedase viva,
solamente la criasen á costa del padre.
Para el que fuese ladron mandó que con fuego puesto delante de
los ojos lo cegasen, y silos hurtos fuesen de gravedad ó repetidos,
se los quebrasen con puntas de espinas; pues habiendo de ser las
penas medicinales, por estos medios se castigaba lo presente y
remediaba lo futuro, sin quitarle la vida al reo.
Ordenó que ningun señor ó Cacique, por grande que fuese, subiese
en andas, que llevasen sus criados en hombros, sino solamente el
Zipa ó la persona que él privilegiase en caso que fuesen tales sus
servicios y sangre que lo mereciese, para que con su observancia
conociesen todos la soberanía del que naciese Rey y la diferencia
del que sirviese mejor.
Limitó los vestidos y joyas á la gente comun para formar
gerarquías entre sus vasallos; y ó los Uzaques (que son los de más
ilustre prosapia, y entonces eran como grandes del
Reino) concedió privilegio para horadar las orejas y narices y
poner pendientes de ellas las joyas que quisiesen.
Aplicó para su Real fisco las haciendas de aquellos que muriesen
sin herederos legitimos: si bien fuera de los sobrinos, hermanos ó
hijos, no se ha podido averiguar entre los mismos indios si
heredaban otros.
Mandó que al que mostrase cobardía cuando lo llamasen para la
guerra ó cuando estuviese en ella, lo despojasen de las vestiduras
de hombre y se las pusiesen de mujer, ocupándolo en los ministerior
propio de aquel sexo, por el tiempo que al Zipa le pareciese.
Hizo ley ordenando que al que huyese de la batalla antes de
hacerlo su Capitan, le quitasen luego la vida con muerte afrentosa;
porque de imitar en todo las acciones de los cabos, resultan de
ordinario las victorias cumplidas ó las pérdidas ménos sensibles: y
establecidas otras penas ligeras para delitos leves, como son
romper la manta ó cortar el cabello, dispuso que para la
indispensable observancia de todas las que van dichas, fuese
Presidente de su Consejo supremo, con sucesion de uno en otro, el
Cacique de Suba, de cuya sentencia en justicia no se pudiese
apelar. Y verdaderamente en la poca doctrina que tenia aquel
bárbaro, mostró muchas luces de un entendimiento capaz de
cualquiera enseñanza política en que lo cultivasen.
Promulgadas estas leyes y obedecidas de los vasallos del Zipa,
en la mayor pujanza de buena fortuna, riqueza y estados en que se
veía, pareciéndole que el complemento de su ambicíon consistía en
apoderarse de Tunja, piedra la mejor, que echaba ménos en su
corona, y que su príncipe era el enemigo más grande que tenía por
vencer, y contra quien las guerras pasadas hablan sido
disposiciones previas para sojuzgado, hizo convocacion de todos los
Caciques de su Reino, que sabida la intencion del Zipa, acudieron á
su Corte dentro del término señalado para juntaras; y es fama que
teniéndolos presentes en su cercado, y puesto en su Real silla, les
habló de esta suerte:
Bien notorias son en estos Reinos y en los extraños mis grandes
hazañas, y a los que esteis presentes mis gloriosas victorias
continuadas por tantas lunas, pue no se ha visto señor ó cacique
que se haya atrevido, que ya no confiese postrado á mís pies la
diferencia con que nos crio el Autor, resplandecíente de la
naturaleza. Mis Estados son ya todas las tierras que ocupan estos
dilatados llanos, sin las que tengo de la otra parte de la
cordillera grande y de la montaña, que linda con la de los Panches,
sin que halle hoy persona en ellas que no viva gustosa debajo de mí
dominio, y que no confiese ser digno yo solo, por mí real sangre y
esfuerzo, de mandar y sujetar los demas Reyes del mundo. Y así no
puedo negaros que tengo a mucha afrenta mia que el Hunzaque,
príncipe desigual conmigo, no solo no se me haya rendido. (visto el
estrago de tantos Caciques confederados suyos), pero que intente
hacer oposición a mi poder sobeano. No niego yo que si él hubiera
sido valeroso y sujetado las provincias que confinan con su estado
que pudiera competirme en el poder, auque no en la sangre pero
siendo el señorio que ocupa menor que los que tienen otros Caciques
libres de aquel Reino, es mengua que ya los Bogotaes, con la
ocasion de hallarlo dividido, no lo tengan conquistado, y á los
Tunjas, esclavos de nacion tan esclarecida; y así me hallo resuelto
á levantar ejército bastante para la empresa, sin apartar mano de
ella ni reservar persona de tan glorioso empeño: para lo cual sera
necesario que cada cual de los Caciques que me oyen, tengan gente
de armas prevenida para de aquí á treinta días, que señalo de
plazo; y que las prevenciones de bagaje y pertrechos necesarios se
dispongan de suerte que el ejercito no llegue á contingencia de
deshacerse por su falta; y estando dispuesto lo que os mando,
parecereis dentro del dicho termino con todas vuestras tropas en mí
presencia, para que en ella se haga la lista de la gente que
hubiere de asístirme. Y os empeño mí Real palabra de adelantar con
honras y favores á los que en esta ocasíon se señalaren más en mi
servicio. Para lo cual partid luego, y háganse las levas pregonando
la guerra en todo mi Reino, porque en este verano que tenemos ya
tan vecino, pueda lograr los designios que por tanto tiempo tenga,
premeditados.
Dichas estas palabras, y habiendo cada cual dado señales de su
pronta obediencia, se partieron todos ó sus Estados, y divulgada la
fama de la guerra que emprendía el Zipa, se eligieron de cada
provincia los soldados más experimentados en los encuentros y
lances pasados, y bien apercibidos de las armas que usaban, que
acrecentaron con picas y ondas y con lo damas necesario para el
sustento, salieron de sus territorios dentro de los treinta días
señalados, y ó los fines de ellos se hallaron en los floridos y
dilatados campos de Bogotá, donde las naciones y parcialidades que
ocurrieron ocuparon sitios separados, diferenciándose para ser
conocidas con insignias de varios colores, pabellones y tiendas de
algodon, en, que alojaban los cabos y domas oficiales. Y estando ya
juntos y bien ordenados los escuadrones, se presentó en medio de
ellos el Zipa en unas andas de oro y esmeraldas, acompañadó de los
Uzaques y Ministros de su Corte, y reconociendo los tercios muy
despacio por su propia persona, dispuso que pasase muestra el
ejército, en que se bailaron sesenta mil hombres de guerra bien
prevenidos, de que se alegró mucho, no tanto por el número como por
la calidad de estar disciplinados en la escuela de su milicia.
Pasada la muestra, se dió principio á los sacrificios, que con
horror traslado á la pluma, y estaban dispuestos para aquella
ocasion por mano de los Jeques, á quienes pertenecia ejecutar las
víctimas de sangre humana, y estas fueron tan crecidas, que aun
entre bárbaros no se libraron de ser espectáculo el más lastimoso
que representó su gentilidad en el teatro de aquellos campos, y
templo majestuoso de sus ídolos, tantas veces manchados con la
sangre que derramaron sus ánimos brutos. Pero concluidas ya por
Neméquene las víctimas y ceremonias, como por el Jeque le fuese
dicho prosiguiese la empresa en que seria bien afortunado, seguir
que del Oráculo lo tendía entendido, mandó que sin dilacíon alguna
marchase el ejército á Tunja con aquel órden y espacio que reqúeria
sus escuadras y la multitud de cargueros en cuyos hombros se
conducía el bagaje y damas pertrechos de guerra.