Documentos inéditos del Archivo Histórico Nacional relacionados
con la impresión de esta obra
I
El Capitán don Francisco de Colmenares, Alférez Mayor desta
ciudad, Diputado de su Cabildo, y don Juan Venegas Ponce de León,
Regidor que hace oficio de Procurador General por ausencia del que
lo es, otorguen escritura a favor de Juan de Chacón, vecino desta
ciudad, de dos mil patacones que prestó a interés de cinco por
ciento, cuyos réditos se le han pagado para la obra de la puente de
Bogotá, y se han sacado los mil y remitido a Cartagena para España
para la imprenta de la "Historia y Genealogías deste Nuevo Reino de
Granada," y se han de remitir los otros mil del plazo cumplido del
arrendamiento que tiene el Sargento Mayor don Antonio de Mosquera
en Honda, que están aplicados y adjudicados a este efecto de la
impresión, ajustándolos a los mil patacones el administrador y
depositario destos efectos desta ciudad de Santafé, y los finquen
en la renta de trescientos y sesenta pesos al año que pagan los
indios de Suta y Tausa por sus salinas, que son propios de la
ciudad, y han de correr sus réditos de hoy en adelante hasta la
redención, y lo pasado por los efectos de puentes, y otorguen poder
a los padres Rector Alonso de Pantoja, de la Compañía de Jesús, que
hace viaje a España, y al Procurador General de Indias en Madrid y
al de la ciudad de Sevilla de la misma religión, para obligar al
dicho Cabildo a la paga de lo que precisamente fuere necesario, no
alcanzando los dos mil patacones para la imprenta de los dos tomos
de dicha obra y su remisión a esta ciudad con sus intereses
ordinarios.
(Hay dos rúbricas).
Proveyéronlo los señores Presidente y Oidores de la Audiencia y
Chancillería Real de este Nuevo Reino de Granada, doctor don
Melchor de Liñán y Cisneros, Obispo de Popayán, electo Arzobispo de
Charcas, Presidente, y Licenciado don Francisco de Leiva Aguilar,
Oidor, que asisten solos de presente en Santafé, a seis de octubre
de mil seiscientos y setenta y dos años.
Flores
II
El Capitán don Francisco de Colmenares, Alférez Mayor desta muy
noble y muy leal ciudad de Santafé de Bogotá, cabeza de Reino, y su
Regidor el Capitán don Juan Venegas Ponce de León, que hace oficio
de Procurador General, diputados nombrados por gobierno y Cabildo,
dijeron que se envían a imprimir dos tomos de "Historia y
Genealogías de este dicho Nuevo Reino de Granada," que a instancias
y encargo de dicho Cabildo ha compuesto don Juan Flores de Ocáriz,
Escribano de Cámara más antiguo de la Real Chancillería dél, y para
ello se remiten dos mil patacones, y porque puede ser no sea lo
bastante para conseguir dicha impresión, y del despacho y remisión
de la obra y lo que de ella resultare y que se ha de conmutar para
que lo uno y otro llegue a esta ciudad y su provincia por la Real
Audiencia, se ha prevenido que se supla buscando por auto de seis
de este presente mes y año, del tenor siguiente:
"El Capitán don Francisco de Colmenares, Alférez Mayor desta
ciudad, Diputado de Cabildo, y don Juan Venegas Ponce de León,
Regidor que hace oficio de Procurador General por ausencia del que
lo es, otorguen escritura a favor de Juan Chacón, vecino desta
ciudad, de dos mil patacones que prestó a interés de cinco por
ciento, cuyos réditos se le han pagado, para la obra de la puente
de Bogotá y se han sacado los mil y remitido a Cartagena para
España para la imprenta de la "Historia y Genealogías deste Nuevo
Reino de Granada," y se han de remitir los otros mil del plazo
cumplido del arrendamiento que tiene del Sargento Mayor don Antonio
de Mosquera en Honda, que están aplicados y adjudicados a este
efecto de la impresión, ajustándolos a los mil patacones el
administrador y depositario destos efectos desta ciudad de Santafé,
y los finquen en la renta de trescientos y sesenta pesos al año que
pagan los indios de Suta y Tausa por sus salinas, que son propios
de la ciudad, y han de correr sus réditos de hoy en adelante hasta
la redención, y lo pasado por los efectos de puentes, y otorguen
poder a los Padres Rector Alonso de Pantoja, de la Compañía de
Jesús, que hace viaje a España, de lo que precisamente fuere
necesario no alcanzando los dos mil patacones para la imprenta de
los dos tomos de dicha obra y su remisión a esta ciudad con sus
intereses ordinarios."
En cuyo cumplimiento, como tales Diputados del dicho Cabildo y
en su nombre, otorgan poder cuan bastante de derecho se requiere y
es necesario a los Padres Rector Alonso de Pantoja, de la Compañía
de Jesús, que hace viaje a España, y Procurador General de Indias,
de la misma religión en Madrid, Corte de Su Majestad, que lo es o
fuere, y al de la ciudad de Sevilla, de la misma orden, insolidum,
para que puedan obligar y obliguen al dicho Cabildo a la
satisfacción y paga de la cantidad que precisamente fuere necesaria
para el efecto referido, no alcanzando la que así se remite a todo
el gasto de impresión y conducción, tomando el dinero necesario a
interés ordinario y corriente de cualesquiera personas que lo den,
a pagar en la ciudad de Cartagena de Indias a registros de la
primera armada de galeones o flota que viniere siguiente a ello, o
al plazo de día, mes y año que asignaren con las costas de la
cobranza, otorgando la escritura o escrituras que se requieran con
las fuerzas y firmezas necesarias, con expresa obligación y
hipoteca de los propios y rentas desta dicha ciudad y su Cabildo,
sumisión y salarios que en la forma que otorgaren la dicha
escritura o escrituras desde luego para entonces las aprueban,
ratifican y otorgan como tales Diputados en nombre del dicho
Cabildo, y que por ellas se ha apremiado a la paga y se haga de sus
propios y rentas como por sentencia pasada en autoridad de cosa
juzgada, y renuncian al fuero, domicilio y vecindad del dicho
Cabildo y otro que gane y la ley
|sit convenerit de jurisdicione
omnium judicum y la última pragmática de sumisiones con as
demás leyes, fueros y derechos de su favor, con la general que lo
prohíbe, y a la firmeza obligan los propios y rentas de dicho
Cabildo para que de ello se cobre y pague y dan poder a cualesquier
justicias del Rey nuestro señor para premiar al cumplimiento, según
y en la manera referida. .Que es fecha en la ciudad de Santafé a
diez y nueve de octubre de mil y seiscientos y setenta y dos años;
y los otorgantes a quienes yo el Escribano doy fe conozco, lo
firmaron, siendo testigos Luis de Montes, Lázaro González y
Francisco Rodríguez de Cetina.
|Don Francisco de Colmenares-Don Juan Venegas Ponce de
León-Ante mí,
|Clemente Garzón.
Sin derechos.
III
Don Juan Flores de Ocáriz, Escribano de Cámara y Mayor de
Gobernación en la Audiencia y Chancillería Real del Nuevo Reino de
Granada, otorga poder cumplido, el que de derecho es necesario y
requiere, al Padre Rector Alonso Pantoja, de la Compañía de Jesús,
Procurador General desta Provincia para España, y al Padre Manuel
de Villabona, Procurador General de su religión de las Indias en
Madrid, o al que lo fuere, y al Padre Francisco de Florencia, de la
misma Orden, Procurador en Sevilla, o al que lo fuere, y a Juan
Pérez de Aller, Procurador y Agente de negocios en el Real Consejo
de Indias, y a Alonso López de Valdés, vecino de Sevilla,
insolidum, y que lo que el uno empezare pueda proseguir el otro con
facultad de sostituír, revocar sostitutos y nombrar otros para que
impetren de Su Majestad por su Real Consejo de Indias licencia para
imprimir dos tomos de "Genealogías del Nuevo Reino de Granada" que
el otorgante ha compuesto y que se impriman y se haga lo que por su
instrucción dispone, que para todo lo susodicho y lo anejo y
dependiente les da este poder con libre y general administración y
sin limitación alguna y facultad de que lo puedan sostituír,
revocar sostitutos y nombrar otros y a todos relieva, en debida
forma, y a la firmeza obliga su persona y bienes. Que es fecho en
la ciudad de Santafé, a diez y nueve de octubre de mil y
seiscientos y setenta y dos años. Y el otorgante, a quien yo el
Escribano doy fe conozco, lo firmo siendo testigos Luis de Montes,
Lázaro González y Francisco Rodríguez de Cetina.
|Don Juan Flores de Ocáriz-Ante mí,
|Clemente
Garzón
Sin derechos.
IV
Don Juan Flores de Ocáriz, Escribano de Cámara y Mayor de
Gobernación en la Audiencia y Chancillería Real del Nuevo Reino de
Granada, otorga poder cumplido, el que de derecho es necesario y se
requiere, a Juan Pérez de Aller, Procurador y Agente de Negocios en
el Real Consejo de las Indias, y al Padre Procurador General dellas
en Corte, de la religión de la Compañía de Jesús, que es o fuere, y
a don Juan de Ugarte, caballero del Orden de Santiago, vecino de
Madrid, y a Alonso López de Valdés, vecino de Sevilla, insolidum y
con facultad de sostituír, revocar sostitutos y nombrar otros para
que representen a Su Majestad en su Real Consejo de las Indias, que
por su mandado formó dos tomos de ordenanzas, cédulas reales y
autos de gobierno de la dicha Real Chancillería, que los remite la
dicha Real Audiencia en la presente armada de galeones para que se
reconozcan y se aprueben y se sirva de darle premio competente de
su trabajo, ocupación y gasto que ha tenido, según lo que se ha
informado por dicha Real Audiencia y sus Presidentes Gobernadores,
y acepten las mercedes que se le hicieren y saquen los despachos
conforme a lo que les avisa, que para todo lo dicho, su anejo y
dependiente, les da este poder con libre y general administración y
sin limitación alguna y facultad de que lo puedan sostituír,
revocar los sostitutos y nombrar otros, y a todos relieva en debida
forma; y a la firmeza obliga su persona y bienes. Que es fecho en
la ciudad de Santafé, a diez y nueve de octubre de mil y
seiscientos y setenta y dos años, y el otorgante, a quien yo el
Escribano doy fe conozco, lo firmó siendo testigos Luis de Montes,
Lázaro González y Francisco Rodríguez de Cetina.
|Don Juan Flores de Ocáriz-Ante mí,
|Clemente
Garzón
Sin derechos.
(Protocolo de la Notaría 1ª (Escribano, Clemente Garzón), año de
1672, fo1ios 480 recto a 483 recto).