Los dictámenes de los representantes adquieren mayor importancia
cuando se refieren a los verdaderos móviles de la conducta de don
Camilo Torres y a las relaciones que ella tenía con los intereses
de la aristocracia criolla de Popayán, opuesta a la segregación de
Cali, Anserma, Caloto, Buga, Cartago y Toro, ciudades que habían
declarado su voluntad de formar una entidad independiente de la
antigua provincia matriz. Don Ignacio de Herrera, nacido
precisamente en Cali, declaró categóricamente en su dictamen: « Es
verdad que algunos pueblos se separan y desconocen a sus cabezas de
partido... ¿Y por qué no hemos de recibir (en el Congreso) a sus
diputados? La reunión absoluta es imposible en las actuales
circunstancias. En caso de querer sujetarlos por la fuerzas
faltamos a los derechos de su libertad y vamos a encender una
guerra civil que nos destruya... Todos estos inconvenientes, en
otro tiempo, convencieron a don Camilo Torres y le obligaron a
seguir el partido de la razón. Después nos vino la noticia del
triste estado en que se hallaba la ciudad de Popayán, su patria;
que el gobernador Tacón se había declarado Capitán General de todo
el Reyno; que tenía por insurgentes a los diputados de la
provincia, y que ésta trataba de separarse de la cabecera de
partido (de la ciudad de Popayán) para seguir la causa justa y
vender a buen precio su libertad. Desde este momento se trocó todo,
y el que antes era defensor de los sagrados derechos de los
pueblos, se convirtió en enemigo.
|Más de una vez oí de sus
labios (de los de Torres) la sentencia sanguinaria de sostener a la
cabeza de partido (Popayán) y que se declarase la guerra a los
pueblos libres que se separasen. Si Popayán es la piedra de
escándalo y el principio de los debates que justamente
desacreditaron a la Junta Suprema de Santafé». Más concreto fue don
Emigdio Benítez en su dictamen: « Lo que quiere - don Camilo Torres
- es sostener con obstinación la violenta sujeción de Cali y Buga a
Popayán su patria, en donde, como en su trono, reina el despotismo
y tiranía del antiguo gobierno ».
Estas declaraciones fueron solamente el prólogo de la grave y
merecida acusación que formularon al señor Torres los diputados del
Congreso, acusación que los historiadores han tratado de ocultar,
para mantener intacto el prestigio y la leyenda áurea del abogado
de "los descendientes, de don Pelayo". Correspondió a don Emigdio
Benítez denunciar ante el Congreso el origen de la equívoca
conducta del señor Torres desde el 20 de julio y los términos de
esta denuncia confirman lo dicho por don Miguel de Pombo en el
"Breve Manifiesto", citado en capítulo anterior, Manifiesto en el
cual declaraba que él, don Camilo Torres y Tomás Tenorio fueron los
tenaces defensores de la Regencia española y se esforzaron porque
la Junta de Santafé reconociera como Virrey, después del 20 de
julio, a don Francisco Javier Venegas, nombrado por el gobierno
peninsular en reemplazo de don Antonio de Amar. « He dicho y lo
repito - declaró solemnemente el señor Benítez - que el citado
doctor Torres, en solo su opinión es un verdadero representantes
porque en realidad no lo es; ya porque habiéndose separado
arbitraria y ofensivamente del Congreso, lo que en naciones cultas
se tiene por rompimiento y declaración de guerra, se hizo por este
hecho indigno de los honores y prerrogativas de individuo de este
mismo soberano cuerpo, que despreció; ya porque en vez de
sostenerlo, antes procura su destrucción;
|ya por haberse
comprometido con su patria (Popayán) a reconocer y seguir la suerte
del Consejo de Regencia de Cádiz, después de haber jurado su
independencia como vocal de la Junta Suprema de esta Capital, según
todo resulta documentadamente de la acusación que en aquel tiempo
hizo contra él, como personero público, el actual diputado y
representante de Nóvita ».
Estos dictámenes y el "Breve Manifiesto" de don Miguel de Pombo
permiten colegir que, para esta época, don Camilo Torres era lo que
los patriotas llamaban despectivamente un "regentista", o sea todo
lo contrario de un fervoroso defensor de la Independencia. Lo cual
nada tiene de sorprendente, por que esa fue la doctrina consignada
por Torres en el llamado Memorial de Agravios.
Vamos a referirnos ahora a los hechos sustanciales que se
agitaban en el fondo de la controversia sobre el sistema federal,
hechos que rebasaban los alcances teóricos de dicho sistema y
revelaban la profunda oposición social que existía entre la casta
criolla, acampada en las Capitales de las provincias matrices, y la
gran masa de la población granadina, que se resistía a convenir en
que el magno movimiento de la Independencia se redujera a sustituir
la jurisdicción de la Corona española por el burdo despotismo de
una oligarquía formada, precisamente, por los descendientes
directos de los conquistadores y encomenderos. El conflicto se
produjo entre don Camilo Torres, vocero de la aristocracia criolla
payanesa, y don Emigdio Benítez, diputado de una región densamente
poblada por indígenas, porque las dos zonas geográficas y los dos
personajes representaban los extremos del complejo social
granadino, cuya radical diferencia de alturas había creado, a lo
largo de la Colonia, ese explosivo desequilibrio de clases cuyas
tensiones se evidenciaron en la revolución de los Comuneros y
emergieron nuevamente a la superficie al producirse los
acontecimientos revolucionarios del 20 de julio y días siguientes.
« Por supuesto - declaró don Emigdio Benítez debiera (el señor
Torres) confesar igualmente... que por ser naturales (los indios de
Sogamoso) no se han degradado de la representación de ciudadanos...
Muchas reflexiones me presenta la materia, pero prescindo de ellas
por no dilatarme más y por que las respuestas superabundan para
confundir al doctor Torres. Sí: su temeridad ha resaltado, sus
inconsecuencias e inversión de principios tocan al extremo de
insufribles. Yo le compararía a su exagerado Popayán con este
pueblo de Sogamoso
|que él llama miserable y con solo hacerle
ver que siendo las ferias del último (de Sogamoso) las mejores del
Reyno, en aquél (Popayán) no las hay,
|pues los víveres de
primera necesidad se venden con ratería en las casas de los
nombrados opulentos y caballeros de primera nota, confesaría
que le hacemos ventaja en este punto y en todos los demás ».
Si la aceptación, por el Congreso, de las credenciales del
diputado de Sogamoso agrió extraordinariamente las relaciones de
dicha Corporación con la Junta de Gobierno de Santafé, el conflicto
se ahondó al llegar a la Capital el representante de Mompós, quien
denunció públicamente las operaciones militares que adelantaban los
notables de Cartagena para sojuzgar a los momposinos. El 2 de enero
de 1811 recibió el Congreso una nota oficial de la Junta de
Santafé, en la cual se notificaba a los legisladores que el
gobierno de la Capital no toleraría la aceptación de diputados no
pertenecientes a las provincias matrices, nota que coincidió con la
publicación, ordenada por la misma Junta, de un "folleto insultante
contra Mompós", folleto que provocó la respuesta airada del vocero
de dicha Villa. En medio de esta atmósfera de general exaltación,
el Congreso pronunció su fallo y siguiendo los principios adoptados
en el caso de Sogamoso «acordó - dice el Acta - la admisión de su
representante provisionalmente (del de Mompós) y sin perjuicio del
arreglo general que ha de establecer el mismo Congreso en las
provincias del Reyno ».
La Junta de notables de Santafé graduó de desafío la resolución
del Congreso y las medidas de represalia que tomó a continuación,
entrañaban no sólo flagrantes abusos de poder, sino que constituían
una manifestación desembozada del visible apego de considerable
parte de sus miembros al partido
|regentista, partido que
defendía la integridad de los vínculos coloniales con la Metrópoli.
El 28 de enero de 1811, día de mercado, se sacaron los cañones a la
calle y se hizo un amenazador despliegue de tropas frente a la sede
del Congreso, no sólo para intimidar a los legisladores sino para
atemorizar a la multitud reunida en la plaza, entre la cual se
encontraban don José María Carbonell y los principales dirigentes
del antiguo Club Revolucionario de San Victorino. Este mismo día,
al terminar el desfile militar, la Junta dio una nueva prueba de la
política equívoca que había adoptado desde el 20 de julio frante al
problema clave de la Independencia; como los oficiales españoles de
los cuerpos armados que en dicha fecha prometieron lealtad a la
Junta, por presidirla el Virrey y reconocer ella a Fernando VII y
la Regencia, habían solicitado, en los últimos días, sus pasaportes
para salir del país, por considerar que se había cedido a las
presiones indebidas del "pueblo insubordinado" de la Capital, los
vocales de la Junta no sólo rogaron a los peticionarios
reconsiderar su decisión, sino que ordenaron poner las tropas de
línea a su mando. Pero esto no fue todo; como el control militar de
la Capital dependía del Parque de Artillería, la Junta llegó hasta
el extremo de intentar destituir a los oficiales patriotas, don
Salvador Cancino y Mariano Millán, para transferir el comando del
Parque a los comandantes españoles Cebolino y Salcedo. Tales
medidas, inexcusables en un gobierno al que se ha pretendido
presentar como inclinado a buscar la emancipación del Nuevo Reyno,
comenzaron a ejecutarse hacia el atardecer del día 18 de enero,
cuando ya el pueblo se había dispersado, y ello in dujo a los
representantes al Congreso, justamente alarmados, a reunirse en
sesión extraordinaria esa misma noche, sesión en la que se pasó
revista a los últimos acontecimientos políticos y se acordó
denunciar públicamente la maniobra
|regentista de la Junta de
notables, obviamente inspirada por el señor Pey y don Camilo
Torres.
Para hacer esta denuncia pública se encontró el Congreso frente
a las radicales limitaciones que a su autonomía había impuesto la
Junta en los últimos días, la principal de las cuales había sido la
rigurosa censura previa establecida en la Capital para todos los
documentos, actas, folletos y hojas sueltas destinadas a publicarse
en los escasos órganos periodísticos de Santafé o a editarse en las
dos modestas imprentas de la ciudad, pertenecientes a don Nicolás
Calvo y a Bruno Espinosa de los Monteros. La notificación de que en
Santafé estaba vigente, como si nada hubiera ocurrido el 20 de
julio, el más riguroso régimen de censura, se produjo al publicarse
el Manifiesto en que el diputado Mompós respondía a los agravios
difundidós contra su provincia por la Junta de Cartagena. Como los
periódicos el "Diario Político" y el "Aviso Público" - controlados
por los vocales de la Junta de la Capital -, se negaron publicar la
respuesta de Mompós, su representante acudió a la llamada "Gaceta
Ministerial", publicación esporádica, editada en la imprenta de
Espinosa, que la Junta puso inicialmente a órdenes del Congreso. En
ella se hizo una edición extraordinaria del documento momposino y
la reacción de la camarilla gobernante de Santafé se tradujo,
inmediatamente en el Decreto de la Sala Ejecutiva de la Junta,
firmado por don José Acevedo Gómez, cuyo texto decía: « Teniendo
noticia que los autores de la "Gaceta Ministerial", sin embargo de
que habían suspendido la redacción después de que publicaron el
primer número, aprovechándose de ese título han impreso un papel
que se dice sea ofensivo al decoro de la provincia de Cartagena,
con cuyo gobierno mantiene y debe mantener el de ésta la más
sincera y recíproca correspondencia, inquiérase la verdad del
hecho, y resultando ser cierto, recójanse todos los ejemplares de
ese papel ultimándose orden a los impresores, para que bajo las
penas de las leyes, se abstengan de imprimir escrito ni documento
alguno
|sin previa revisión de este gobierno, quedando
exentos de esta regla el "Diario" y el "Aviso" ».
Verificadas las diligencias correspondientes y comprobada la
publicación del Manifiesto de Mompós, la Junta expidió, contra la
opinión razonada de su propio Fiscal, la siguiente orden ejecutiva:
« Resultando de las diligencias practicadas haberse impreso el
papel de que se trata,
|sin previa revisión y licencia del
gobierno, y estimándose ofensivo al decoro de la provincia de
Cartagena y turbativo de la buena correspondencia que con ella
mantiene ésta (la Junta) procédase a recoger todos los ejemplares
que existen depositados en la imprenta de don Bruno Espinosa,
notificándose a éste y a don Nicolás Calvo lo ordenado por la
Suprema Junta en la superior orden del 11 del corriente ».
La censura de prensa y la censura editorial era cuanto faltaba
para completar el cerco de alambradas hostiles que venían
construyendo los notables criollos contra todas las posibles
manifestaciones de inconformidad del pueblo granadino. El 6 de
enero el Congreso pensó, por ella, trasladar su sede a Sogamoso y a
petición del diputado de Santafé se realizó una última tentativa de
avenimiento con la Junta, solicitándole separar de su seno a los
vocales que la opinión pública señalaba como
|regentistas, a
fin de que el Congreso pudiera seguirles los correspondientes
procesos por desertores de la causa americana. La Junta ni siquiera
respondió esta solicitud y el 17 de enero la crisis política
adquirió características extremadamente graves porque las antiguas
células revolucionarias de los barrios de Santafé, utilizadas por
Carbonell en las grandes jornadas que siguieron el 20 de julio,
reiniciaron sus actividades de agitación y la expectativa de
posibles perturbaciones del orden agudizó la pugna entre
|patricios y
|chisperos y el clima social de la Capital
adquirió de nuevo las características explosivas que lo
distinguieron en los días anteriores a la prisión del Virrey Amar.
En tan críticas circunstancias, la Junta de Santafé, con la firma
del señor Pey, ordenó, por segunda vez, la prisión de don José
María Carbonell quien fue capturado por los esbirros del gobierno y
conducido a las cárceles comunes. La atmósfera de crisis que
reinaba en la ciudad, la describió adecuadamente don Emigdio
Benítez en carta dirigida, el 19 de enero de 1811, al Magistral don
Andrés Rosillo: «Mi estimado compañero y amigo - le decía - por el
Acta o acuerdo que le acompaña el Congreso verá los apurados
extremos a que se le tiene reducido por la Junta. El tal vez
acuerde de hoy a mañana su salida a Sogamoso, o a otro lugar.
|A
los Pombos, a Torres (Camilo) y a Acevedo se les han cogido cartas
en que descubren el plan de que reconozca la Regencia... Se
pidió a la Junta que se les separase de vocales para proceder
contra ellos, y nada se ha conseguido, sino desavenencias. Al señor
Pey (Juan Bautista) le vino el Deanato por la Regencia.
|Ayer se
puso preso a Carbonell y la artillería a disposición de Cebollino y
Salcedo, y en una palabra los regentistas y chapetones llevan la
voz... ». (Biblioteca Nacional, Archivo Histórico, Tomo
XI).
Enfrentado el Congreso del Reyno a la censura previa de todas
las publicaciones y a tan desembozadas manifestaciones de
arbitrariedad, optó por ignorar esa censura, en lo cual se adivina
la garra política de Nariño, y decidió dar a la publicidad el Acta
de su sesión del 18 de enero, cuyo texto constituía una verdadera
denuncia de las maniobras
|regentistas de la Junta de
notables de Santafé. Para efectuar la publicación, el Congreso
acudió a la imprenta de don Bruno Espinosa, la misma imprenta donde
publicó Nariño clandestinamente, diecisiete años atrás, la famosa
traducción de los Derechos del Hombre. Si en el año de 1794 el
Precursor contó, para publicar el inmortal documento francés, con
la abnegada colaboración de don Diego Espinosa de los Monteros,
propietarios de la imprenta, ahora el Congreso y el mismo Nariño
recibieron la ayuda, no menos noble y eficaz, de don Bruno Espinosa
de los Monteros, dueño, para la fecha, de la famosa imprenta. Los
mismos viejos y gastados tipos que años atrás se utilizaron en la
impresión clandestina de los Derechos del Hombre, iban a servir
ahora para editar, en iguales condiciones de clandestinidad y de
arbitraria persecución oficial, el Acta del Congreso que
popularmente se denominaría "Acta Secreta", porque la Junta de
Gobierno de Santafé había restringido tanto las libertades
ciudadanas, que la máxima corporación legislativa de la Nueva
Granada se veía precisada a editar sus Actas como si fueran
documentos subversivos.
Desde el mismo 18 de enero se trabajó afanosamente en los
talleres de don Bruno Espinosa, situados en la plazuela de San
Carlos, y en ellos se hicieron algunos centenares de copias del
célebre documento del Congreso, cuyo texto rezaba: «Acta de la
Sesión del Congreso. En Santafé, a dieciocho de enero de 1811,
reunidos los señores del Congreso en el lugar acostumbrado para el
despacho, dijeron: que en medio de la seguridad y decoro con que
han creído instalado el cuerpo en esta ciudad, a consecuencia de la
anticipada convocatoria que ella misma (Santafé) hizo a las
provincias,
|ha visto hoy con dolor turbada su tranquilidad por
los preparativos militares que recela dispuestos contra él, no
solamente por el rumor público,
|sino también por las trabas que
experimenta en sus funciones, de parte de la Junta, pues
habiéndole comunicado extrajudicialmente la Constitución que se ha
formado, y la necesidad de consultar a la seguridad común con su
propia publicación,
|y con la de separarar de su seno (del de la
Junta) los miembros regentistas y promovedores de la división que
se advierte, no ha contestado siquiera a esto último, ni
verificado hoy, como ofreció, la sesión principiada ayer sobre la
Constitución, obrando contra los sentimientos de este pueblo fiel,
no solamente en lo referido,
|sino también en poner el par que de
artillería y las armas en manos de los europeos españoles, por
lo cual, y en tan peligrosas circunstancias, acordaron y mandaron:
se dé aviso a las respectivas provincias, con copia de este
acuerdo, para su inteligencia, y que ellas instruyan lo que mejor
convenga. Y lo rubrican. Hay seis rúbricas. - Valenzuela. - Es
copia.
«
|Notas. -. I ¿No es cierto que el día 18 se pasaron los
cañones con música al cuartel auxiliar, a vista de numeroso pueblo
y concurso al mercado, que a las diez y media de la mañana se
hallaba en esta plaza?
« II ¿No es cierto que se entregaron dichos cañones a
disposición de los oficiales que por hallarse disgustados con este
gobierno han pedido sus pasaportes?
« III ¿No es cierto que cuatro días antes estuvieron las tropas
sobre las armas sin orden del Poder Ejecutivo y sin saberse la
causa con total alarma del pueblo?
« IV ¿No es cierto que se trató de poner el parque de artillería
en manos de un cuerpo, quitándolo de las de los más celosos
patriotas, don Salvador Cancino y don Mariano Millán?
« Adviértese que el sujeto o ciudadano que quisiese informarse
del original de dicha Acta (la arriba citada), de los documentos y
demás providencias que en su virtud ha dictado el Congreso desde el
día de su establecimiento, puede concurrir a su Secretaría, en
donde se le manifestarán sin reservas. Es copia de las notas que me
dieron. - Fecha
|ut supra. - Valenzuela ».
Las represalias de la Junta contra el Congreso se iniciaron el
13 de febrero, cuando el señor Pey se persuadió dé la profusa
circulación del Acta Secreta, porque en la calle le fue entregada
una copia impresa de ella a don Joaquín Ricaurte, quien se apresuró
a ponerla en manos del Vicepresidente. El señor Pey se expresó en
los más duros términos contra el posible autor de la publicación,
declaró a Ricaurte, que haría ahorcar al culpable y ordenó, al
dicho Ricaurte, trasladarse inmediatamente a las dos imprentas de
la Capital para averiguar, investido de amplias autorizaciones, en
cuál de ellas se había realizado la impresión del documento del
Congreso. Simultáneamente dio instrucciones al Ministro Decano del
Tribunal de Justicia de la Junta, don José María Castillo y Rada,
para que se apersonara del asunto e iniciara el correspondiente
proceso penal contra los responsables. En virtud de las anteriores
órdenes, el señor Castillo efectuó, acompañado del escribano y
alguaciles, las debidas investigaciones en la imprenta de Calvo y
al cerciorarse de que en ella no se había efectuado la publicación
del Acta, se trasladó al taller editorial de Espinosa y allí supo
que don Bruno había abandonado el local y se ignoraba, hasta el
momento, su paradero. Procedió entonces a recibir declaración
jurada a la señora doña Mariquita Núñez de Espinosa, esposa de don
Bruno, y el texto de su declaración permite seguir el desarrollo de
los acontecimientos, después de que el señor Pey se cercioré de la
circulación del Acta: « En su virtud - reza la diligencia - por
ante mí el escribano de Su Majestad y de esta Comisión juré por
Dios Nuestro Señor y una señal de la Cruz decir verdad en todo lo
que supiese y le fuese preguntado; y siéndolo con arreglo al citado
auto, a cuyo fin fue impuesta de su tenor, dijo en su inteligencia:
...que el motivo de su evasión (la evasión de don Bruno) entiende
haber sido la orden con que vino la noche anterior el sargento don
Joaquín Ricaurte, para recoger unos impresos,. habiendo ocurrido la
circunstancia de haberle anunciado al Capitán don Pedro Núñez,
hermano de la exponente,
|las amenazas que dijo haber oido al
señor Vicepresidente de la Suprema Junta, de que lo haría
ahorcar; que inmediatamente salió de la casa con los referidos
don Joaquín Ricaurte y don Pedro Núñez, con el designio de ir a
recoger otro número de ejemplares de aquellos impresos y que desde
entonces no ha vuelto a verlo ni a saber de él ».
Don Bruno Espinosa continuó oculto por algunos días, y durante
ellos su esposa dirigió a la Junta de Gobierno un memorial cuyos
apartes principales decían: « María de la Natividad Núñez, vecina
de esta Capital, legítima mujer de don Bruno Espinosa de los
Monteros, prestando por éste la caución de
|rato et grato,
ante Vuestra Excelencia, previas las solemnidades legales, parezco
y con el más profundo respeto digo: que a fines del próximo pasado
febrero se apareció en mi casa el sargento mayor de nacionales, hoy
Comandante del Auxiliar don Joaquín Ricaurte y Torrijos,
|e
intimó a mi expresado marido, de orden de don José Miguel Pey,
entregase todos los ejemplares que se habían impreso del Acta
celebrada en 18 de enero último por el Supremo Congreso de la
Nación, conminándolo, de lo contrario, con la pena del último
suplicio. Sorprendido Espinosa con semejante noticia, y
considerando al mismo tiempo que le era imposible recoger los
mencionados impresos, ya porque éstos estaban entregados al señor
Presidente del Congreso, quien los había repartido en la Capital, y
ya porque dicho señor (Espinosa) le insinuó que no era decoroso
retirarlos de las manos del público, tomó el partido de entregar
los ejemplares que existían en su poder, y temeroso de esta bárbara
conminación,
|ajena no digo a un Tribunal Católico pero aún a los
bárbaros asiáticos, desapareció de mi vista dejándome
abandonada a la suerte de la fortuna y expuesta a todos los
peligros que pueden sobrevenir a una mujer sin apoyo ».
No se crea, sin embargo, que la Junta de notables de Santafé se
contentó con ordenar la captura de Espinosa y el incautamiento de
los ejemplares del Acta; después de escuchar la agresiva exposición
del Fiscal de la misma Junta, señor de Pombo, quien declaró que
"los monarquistas, los facciosos y los descontentos trabajan para
persuadir a los incautos" y que los ejemplares del Acta "servirán
de argumento a los malintencionados y enemigos del orden", la
Junta, por conducto de su Comisión de Justicia, dictó la siguiente
orden: « Resultando de las diligencias practicadas haberse hecho la
impresión del Acta que está por cabeza (de proceso), en la oficina
de don Bruno Espinosa,
|sin revisión previa del Supremo Gobierno,
como se le previno el 18 de enero, procédase a embargar la
imprenta, como se manda en el superior decreto del Poder
Ejecutivo con fecha de ayer, y deposítese en la persona de don
Francisco Javier García, oficial mayor de la misma, con la
prevención de que no imprima en ella ningún papel, obra ni escrito,
de cualquier clase que sea,
|sin la revisión y licencia del
Supremo Gobierno de la provincia... José María Castillo y Rada.
- Ante mí, Rosas ».
No satisfecha la Junta con la estricta aplicación de las
anteriores providencias, dirigió sus esfuerzos, a continuación, a
disolver el Congreso y para lograrlo se efectuaron numerosos actos
de hostilidad contra los representantes de Mompós y Sogamoso y se
remitieron comunicaciones categóricas al diputado de la Provincia
de Santafé, don Manuel Bernardo Alvarez, notificándole que sería
destituido si persistía en concurrir a las sesiones del Congreso en
compañía de los representantes de regiones o villas separadas de
sus provincias matrices.
Privado el Congreso de los medios indispensables para defender
su autonomía y garantizar la libertad de sus deliberaciones, hubo
de considerar la necesidad de poner término a sus sesiones y su
disolución se precipitó cuando don Manuel Bernardo Alvárez,
cediendo a las presiones de la oligarquía santafereña, convino en
no concurrir al Congreso mientras actuaran en él los diputados de
Sogamoso y Mompós. Para explicar los motivos de esta decisión
dirigió el señor Alvarez la siguiente nota a don Emigdio Benítez,
representante de Sogamoso: « La Suprema Junta, por oficio que he
recibido en esta tarde,
|me previene que en tanto tendré la
representación de la provincia en cuanto no me separe de la regla
inalterable de no alternar o concurrir al Congreso con diputados de
pueblos desmembrados de sus antiguas provincias y me exige
aviso en el día de haberlo cumplido. Lo he verificado, asegurándole
(a la Junta) mi resolución de llevar a efecto la suya... Dios
guarde a Ud. muchos años. Manuel Bernardo Alvarez. Santafé, 12 de
febrero de 1811».
Disuelto el primer Congreso del Reyno, la Junta de notables de
Santafé procedió a tomar sus decisiones en todo acordes con los más
visibles intereses de la camarilla gobernante: convocó a un nuevo
Congreso del Reyno, con la expresa advertencia de que sólo tendrían
derecho a participar en él los delegados de las antiguas provincias
coloniales, y se dispuso a sustituir la Junta Suprema de Santafé,
que jurídicamente tenía un carácter provisional, por un gobierno
permanente y definitivo, para lo cual convocó el llamado Colegio
Constituyente de Cundinamarca, elegido de acuerdo con las normas
del Decreto de elecciones que atrás comentamos, Colegio cuya tarea
sería darle una Constitución política a la provincia capital y
elegir sus autoridades. Para el efecto se nombró una comisión
encargada de redactar el nuevo Colegio y se ordenó a sus miembros -
Azuola, Castillo y Rada, Tovar y Jorge Tadeo Lozano - elaborar el
proyecto respectivo siguiendo las pautas trazadas por don Camilo
Torres en el llamado "Plan de Arreglo" del Gobierno de la Junta de
Santafé. Sobre estas bases redactó don Jorge Tadeo Lozano, segundo
hijo del Marqués de San Jorge, la constitución para el "Reyno de
Cundinamarca", en la cual aparecen mezclados los principios
políticos franceses, la filosofía burguesa de la Constitución
norteamericana y las tradiciones más arraigadas de la legislación
española. No obstante la mezcla de filosofías políticas, en la
arquitectura jurídica de dicha Constitución se destacan claramente
los dos elementos que interesaban al estamento criollo: la
Monarquía de Fernando VII, limitada por instituciones que
garantizaban el predominio social y económico de la casta criolla,
y el otorgamiento del derecho de sufragio sólo a las personas
poseedoras de considerables medios de fortuna.
El Colegio Constituyente de Cundinamarca sesionó desde el día 6
de marzo hasta el 2 de abril de 1811 y durante este lapso se
aprobó, sin resistencias, el proyecto de Lozano, de manera que el 4
de abril pudo efectuarse la promulgación oficial del nuevó Código,
en cuyos títulos I y VIII se incorporaron las doctrinas que
definían mejor las aspiraciones del estamento criollo. Los
principales artículos de dichos títulos decían: « Título I.. -
|De la forma de gobierno y sus bases... Artículo 2º Ratifica
su reconocimiento a Fernando VII en la forma y bajo los principios
hasta ahora recibidos y los que resultaran de esta Constitución.
Artículo 3º Reconoce y profesa la Religión Católica, Apostólica,
Romana como la única verdadera. Artículo 4º La Monarquía de esta
provincia será constitucional, moderando el poder del Rey una
representación nacional permanente.
« Título VIII. -
|Elecciones primarias, parroquiales o de
apoderados. Artículo 1º El alcalde de cada parroquia de las
comprendidas en esta provincia convocará todos los años, desde el
presente de 1811, para el día 3 de noviembre, a todos los
parroquianos, para el nombramiento de electores... Artículo 3º
Reunidos todos los parroquianos el día 3 de noviembre en la casa
del juzgado, si la hubiese en el pueblo, o si no en la del mismo
alcalde, con quien concurrirá el Cura y el sujeto que en el año
anterior haya sido Juez del lugar, si no son los dos alcaldes, y
los tres unidos examinarán con la posible brevedad y diligencia
|los que sean varones libres (se excluyen del voto los esclavos)
mayores de veinticinco años, padres o cabezas de familia que vivan
de sus rentas y ocupación sin dependencia de otro, que no tengan
causa criminal pendiente, que no hayan sufrido pena infamatoria...
y los que resultaren con aquellas calidades y sin estos defectos
son los que deben sufragar en la elección primaria ».
No bien se otorgó la sanción reglamentaria al nuevo Código, el
Colegio Constituyente encargó del Poder Ejecutivo, en
representación de Fernando VII, a don Jorge Tadeo Lozano y Peralta,
segundo hijo del Marqués de San Jorge, y le otorgó el título de
"Vicegerente del Rey", denominación que se empleó para no utilizar
el vocablo Virrey. «Bajo el gobierno benévolo de don Jorge Tadeo
Lozano - dice el historiador Fabio Lozano y Lozano - los bailes las
diversiones eran frecuentes. La aristocrática mansión de los
Marqueses de San Jorge abría a menudo sus blasonadas puertas para
obsequiar a la alta sociedad santafereña con suntuosos refrescos y
saraos. Allí los caballeros lucían sus casacas bordadas, y las
damas, al són del minué, hacían crujir sus ricas y vistosas
vestimentas de seda. El 20 de julio, para celebrar el primer
aniversario de la revolución, hubo ejercicios militares, bendición
de banderas, pomposas fiestas religiosas, sermones patrióticos y
salvas de artillería en la Huerta de Jaime. Durante tres noches se
iluminó la ciudad, y alegres músicas recorrieron las calles ».
El espectáculo de esta Corte criolla, caracterizada por las
mismas pretensiones e inclinada a parecidos abusos que la anterior,
causó general descontento en el pueblo de la Capital y no fueron
pocas las burlas que de ella hicieron los santafereños del común.
Los artesanos y
|chisperos de los barrios populares no
tardaron en ridiculizar a don Jorge Tadeo Lozano y Peralta,
gritándole burlonamente, cuando salía a las calles y a la plaza:
«Ahí va Su Majestad Jorge I ».
Las características de esta Colonia interior, de esta Patria
Boba, "que nació cruda, desamparada y temblorosa de manos de esa
oligarquía", como alguien dijera recientemente, las definió con
acierto don Fabio Lozano y Lozano, historiador insospechable de
tendencias extremistas o de falta de devoción por los "próceres",
en su notable estudio sobre el segundo hijo del Marqués de San
Jorge, estudio que publicó en 1916: « En la Revolución que comienza
el 20 de julio de 1810 y va a cristalizar en la Constitución de
1811 - dice Lozano y Lozano - predominan o adquieren forma legal,
no las protestas y aspiraciones de un pueblo mal hallado con el
despotismo español, sino
|aquellos principios de filosofía
política que a la clase noble, rica e instruida, parecieron
teóricamente más perfectos. La masa popular, ignorante y pasiva
no comprendía el cambio, mucho menos pudo determinarlo. Todo él fue
obra de un grupo de hombres superiores,
|resueltos a conservar en
la independencia sus privilegios de clase oligárquica, deseosos los
demás de incorporarse a la misma oligarquía».