CRONICAS DE BOGOTA. Tomo II
Pedro M. Ibañez
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CAPÍTULO XXXI

Conspiración de 1794—España y América—Ideas revolucionarias—Alarmantes denuncios—Ausencia del Virrey—Los Derechos del Hombre—Retrato de Nariño—Impresión clandestina—Llega Ezpeleta—Denuncios, sumarios y Jueces—Proceso de Nariño—Un estudiante en la cama de tormento—Alegatos de Nariño—Los libros prohibidos del Precursor—El Tribunal de la Inquisición—Diligencias de embargo—La casa de Nariño—Su biblioteca. Sus muebles y finca rural—Sus créditos—Tesorería de diezmos—Sentencia piadosa—Hogar de Nariño en 1794—lnscripción en su casa—El abogado de Nariño—Su arbitraria prisión—Su triste muerte—Acertada prudencia de los jurisconsultos—El proceso de los pasquines—Zea, revolucionario—Sus compañeros—Pedro Fermín de Vargas—El Regidor Caicedo—Filosofía de la revolución—Otra vez los capuchinos—Nuevos Alcaldes—Sus funciones —Consulado de comercio en Cartagena—Un Rector de antaño. Camino de Honda—Puente de Serrezuela—Puente del Común—Su descripción—Inscripciones—otra guerra internacional—Leyenda de don Angel Ley—Deja Ezpeleta el Gobierno—Vuelve a España—Su muerte—Su retrato.

EL acontecimiento de mayor importancia y de más trascendencia ocurrido en la Colonia en el año de 1794, fue la conspiración política a cuya cabeza figuran en primer término Antonio Nariño, Francisco Antonio Zea y José Antonio Ricaurte.

Vino a ser esta explosión revolucionaria el segundo eslabón de la cadena iniciada por los Comuneros en 1781. Las dos ocurrieron en las condiciones especiales en que estaba colocada la América Española, con relación a la Península. Ya se ha observado con alto espíritu filosófico que las colonias hispanoamericanas no formaban un cuerpo de nación con la Madre Patria. Ellas eran en realidad un feudo personal del Monarca español, y la Corona real era el único. vínculo que, en apariencia, las unía.

En cuanto a España, el Gobierno, bueno o malo, era un Gobierno nacional. En cuanto a América, el Rey gobernaba su feudo con leyes especiales, teniendo por intermediario al Consejo de Indias, encargado de nombrar Virreyes, en lo político; Audiencias, en lo judicial, y Prelados, en lo eclesiástico( 1 ).

Llenos de obligaciones, abrumados por los impuestos y excluidos casi por sistema de los honores y de los cargos públicos, los criollos vivían en constante efervescencia contra la Metrópoli, y los más pensadores de entre ellos laboraban sin descanso por obtener un cambio completo de esa precaria vida política y por la creación de un racional Gobierno propio.

Acababa de realizarse, además, en esos momentos la independencia de las colonias americanas del Norte, y había estallado la Revolución francesa, cuyos principios de libertad eran conocidos de esos criollos ilustrados y pensadores, no obstante el cuidado que tenían las autoridades españolas para impedir que las ideas revolucionarias, propagadas por los grandes franceses del fin del siglo XVIII, viniesen a perturbar la calma indolente, en la cual pretendían hacer vegetar a las colonias.

Desde el mes de febrero el Virrey había recibido denuncios contra Nariño y don José Caicedo y Flórez, de que pretendían implantar en el Nuevo Reino una Constitución similar a la republicana de Filadelfia.

En agosto, Ezpeleta estaba de paseo por Guaduas. En esos días aparecieron en las esquinas fijados unos pasquines contra el Gobierno, y supo la Audiencia que Nariño había impreso en su Imprenta Patriótica —instalada desde 1791 en la plazuela de San Carlos —un papel revolucionario.

En su casa de la plaza de San Francisco trabajaba Nariño, como de costumbre, una tarde, cuando se presentó de visita el Capitán de la guardia del Virrey, don Cayetano Ramírez de Arellano, quien, conociendo la afición de su amigo por los libros franceses, le llevaba—aprovechando la ausencia del Virrey—uno que acababa de llegar a palacio. El libro era la historia de la Asamblea Constituyente, de Salart de Montjoie. Tenía, pues, razón Ramírez de Arellano al aconsejar a Nariño que lo leyera y mantuviera en secreto, por temor a la Santa Inquisición.

Cuando Arellano partió, abrió Nariño el volumen III. Allí estaba, in extenso, el texto de la declaración de los derechos del hombre, que en vano se había esforzado por conocer, y que juzgó ser el nuevo decálogo que resumía los sublimes principios de la sociedad regenerada( 2 ).

Nariño era entonces un joven de veintinueve años. Su bien modelada cabeza, su frente levantada, sus mejillas carnosas, su nariz borbónica y su labio belfo formaban una interesante y hermosa fisonomía, animada por ojos redondos y brillantes, de investigadora mirada; como los ingleses de la época, se afeitaba el bigote y se dejaba una corta patilla, que se confundía con su abundante, semirrubia y desordenada cabellera. Su voz tenía un timbre gratísimo; hablaba con prodigiosa verbosidad y en términos castizos y escogidos. Su ademán era resuelto y elegante; su andar marcial, y su vestido siempre de impecable corrección, habituado como estaba a las comodidades pecuniarias y a vivir en la primera sociedad.

Satisfechos sus anhelos revolucionarios y patrióticos con el hallazgo de los Derechos del Hombre, y ansioso de hacerlos conocer de sus oprimidos conterráneos, los tradujo sin tardanza, y el domingo siguiente a la visita de Arellano, se encerró en la imprenta «desde las ocho hasta las doce menos cuarto,» con el impresor don Diego Espinosa, y tiraron —naturalmente sin las licencias de rúbrica— hasta ochenta ejemplares, en una prensa de construcción rudimentaria, que se conserva en el Museo Nacional. La clandestina edición se hizo en papel «grande, grueso y prieto, en cuarto y con mucho margen; todo de letra bastardilla y de tres clases, de mayor a menor, siendo la más pequeña la de una nota o especie de adición, con que finaliza la cuarta y última hoja»( 3 ).

Alarmada la Audiencia con las noticias que a diario le llegaban, envió posta al Virrey, quien comprendiendo la gravedad del asunto, dejó de lado las etiquetas, y solo y en forzada marcha hizo en el día la larga jornada de Guaduas al ventorrillo llamado Cuatroesquinas —hoy Mosquera— en el centro de la Sabana. La fatiga lo obligó a descansar allí breves instantes, antes de seguir a Bogotá, donde llegó a eso de la media noche. La maritornes de Cuatroesquinas negó al viajero, ignorando su categoría, lecho, luz, sal y agua. Un paje, que no había podido seguir de cerca la precipitada marcha de su Excelentísimo amo, llegó al poco rato, y enteró a la ventera de que la persona que dormía sobre el duro suelo era el poderoso Jefe del Reino. Y fue de verse entonces la confusión de la pobre mujer, al pedir excusas al señor Virrey y ofrecerle todos los recursos de su bodegón. Dijo Ezpeleta a la ventera que los dueños de ventas en los caminos debían servir a todos por su dinero, y que no era mejor el del Virrey que el de los demás.

Razón tenía la Audiencia en llamar con presteza al Virrey, porque ya, desde el mes de febrero, cursaba en su conocimiento un sumario reservado, por tentativa de sedición. Esta causa se inició por denuncio del español Pedro Ignacio Ranjel, y los sindicados eran don Antonio Nariño, don José Caicedo, don Pedro Pradilla y don Bernardo Cifuentes.

Antes de llegar Ezpeleta, ya el Regente, don Luis de Chaves y Mendoza, había recibido de José Fernández de Arellano los nombres de los autores de los carteles o escritos llamados por el Gobierno pasquines.

Otro español, Francisco Carrasco, había denunciado a Nariño como traductor y editor de los Derechos del Hombre. Procedía sobre base cierta, porque había visto un ejemplar en manos del estudiante Juan Muñoz.

Al amanecer del día siguiente a la llegada del Virrey, Su Excelencia ordenó la iniciación de tres procesos: sobre la impresión clandestina de los Derechos del Hombre, sobre conatos de sedición y sobre pasquines.

El Oidor Joaquín Mosquera y Figueroa, natural de Popayán, quedó encargado del primero; el Oidor Juan Hernández de Alba, del segundo, y el Oidor Joaquín Inclán, del último. A todos se dio facultad para decretar prisiones, embargos, confiscaciones, allanamientos, etc. Quedaron estos tres funcionarios exonerados del trabajo diario de la Audiencia, que recayó en los dos restantes.

En el proceso sobre traducción y publicación de los Derechos del Hombre no aparecieron responsables en sus principios sino Nariño y el impresor Diego Espinosa.

Por haber circulado el impreso de Nariño sigilosamente, y sólo entre la juventud de ideas avanzadas, animada por el fuego de grandes ideas y de sentimientos generosos, no le fue posible al Oidor Mosquera sorprender un solo ejemplar, para colocarlo a la cabeza del proceso, como cuerpo del delito. Así, pudo Nariño en sus hábiles alegatos de defensa sostener siempre que en el propio patio de su casa había quemado toda la corta edición del perseguido papel.

En el curso de la causa, y valiéndose del sincronismo de estos tres procesos, tuvo el payanés Mosquera y Figueroa la avilantez de poner en la cama de tormento al joven estudiante del Colegio del Rosario José María Durán, complicado en el juicio de pasquines. Caldas escribía sobre este hecho, años después, las siguientes frases:

Don José María Durán fue la víctima ilustre que sacrificó el despotismo y la barbarie de ese tiempo de opresión. ¡Todavía resuenan en nuestros oídos los lamentos de este joven inocente y virtuoso; todavía se estremecen nuestros corazones al considerarlo tendido sobre la cama que levantó la crueldad; todavía existe en la cárcel ese instrumento de nuestra opresión!( 4 ).

La ilustrada Inglaterra, desde 1641( 5 ), había borrado de su legislación penal el infame procedimiento inquisitivo del tormento.

Cupo a España la desgracia —dice Quijano Otero— de ser la última nación civilizada que suprimiera de sus instituciones la tortura; y no debería causar asombro el que se aplicase en la Colonia en 1794, al recordar que en 1817 (!) se dio tormento en España a don Juan Antonio Yandiola, complicado en la conspiración de Richard( 6 ).

Podrían muy bien narrarse la prisión y la tortura aplicadas al estudiante Durán por el implacable Oidor Mosquera, con las siguientes bellas palabras de doña Emilia Pardo Bazán, la ilustre escritora española:

Sacaron los carceleros al preso de la mazmorra en que se pudría, sujeto con una cadena de gruesos eslabones y tendido sobre un haz de heno infecto y húmedo, y por los pasillos lóbregos de la prisión, le llevaron a la cámara del tormento.

Era una estancia sombría, con bóveda de granito, y de la cumbre pendía el garfio para el suplicio de suspensión. Arrimado a la pared vejase el potro, y en los rincones el embudo, la jarra, los cordeles, las tenazas y otros instrumentos de tortura. Dos ventanas enrejadas daban triste luz al aposento, descubriendo en el piso manchas oscuras que bien pudieran ser de sangre.

El reo avanzaba despacio. Un sudor frío brotaba de la raíz de sus cabellos; sus piernas flojeaban, y a no sostenerle los carceleros, hubiese dado con su cuerpo en tierra. Iba, sin embargo, resuelto a callar, y no temía la muerte; pero le espantaba la perspectiva del dolor, horrible, arrollador e incontrastable como el rayo, que quizá enloqueciéndole, le trajese a los labios las únicas palabras que no debía pronunciar.

Durán sufrió el tormento con varonil entereza. No comprometió a ninguno de sus compañeros o cómplices, dejando así burlada la feroz justicia del Oidor Mosquera y dando una vez más la prueba de que ni la crueldad ni la brutal imposición de la fuerza son capaces de vencer a un hombre, por débil que parezca, cuando lo escuda el poder incontrastable de una convicción íntima, de un alto ideal.

Nariño, con idéntica virilidad, refiere que el 29 de agosto del mismo año fue arrestado en su propia casa por el Oidor Mosquera. Y al contestar una vista del Fiscal, se expresa así sobre su delator: «Carrasco es un mozo libertino, un jugador de profesión, un infame adorador de Baco, un corsario de las mujeres prostituídas»( 7 ).

La noche antes de su prisión, y teniendo ya evidencia de que lo prenderían y de que los libros prohibidos que guardaba en su numerosa biblioteca lo perjudicarían, Nariño los hizo sacar ocultamente de la casa, y fueron llevados por uno de sus hermanos, esa misma noche, a casa de doña Mariana González, que vivía en Cuatroesquinas; de allí fueron conducidos a la hacienda La Estancia, en Serrezuela, propiedad de otro de sus hermanos; y éste los trajo al convento de capuchinos, acompañado de su amigo el fraile Andrés Gijón, quien los ocultó en una celda.

Estos baúles pesados —dice Nariño— y sacados de noche de mi casa, dieron motivo a la maledicencia y a la adulación para que se dijese que estaban llenos de onzas de oro.

El Teniente Coronel Manuel de Hoyos tuvo conocimiento del paradero de los baúles de Nariño, y puso inmediatamente el denuncio. El Real Acuerdo resolvió (septiembre 20 de 1794) que pasase al convento de capuchinos el Oidor Joaquín Mosquera, con auxilio impartido por el Arzobispo Compañón, y procediera «al reconocimiento y recogimiento de dichos libros,» sin dilación.

El Padre Gijón se vio obligado a entregarlos, y en diligencias oficiales consta que entre esos libros se hallaban las obras de Voltaire, la Enciclopedia Metódica, las obras de Condorcet, la Historia de América, por Robertson, las Leyes Constitutivas de los Estados Unidos de América, las obras de Raynal, los Amores de Madame Lavaliére, las obras de Rousseau, y muchos otros, todos propagandistas de las nuevas ideas filosóficas, y todos impresos en italiano, francés, inglés y latín. En castellano no se encontró sino la Vida de Federico II.

En la noche del mismo día de la captura de los libros, fueron a parar todos a cas del Oidor Mosquera.

No podía en esos tiempos dejar de tomar parte en un proceso como el de Nariño el Santo Tribunal de la Inquisición( 8 ). En efecto, el inquisidor Carlos Montaña y Las prilla ordenaba desde Cartagena de Indias, el 20 de noviembre del mismo año, al Regente de la Audiencia, que teniendo noticia de los libros prohibidos hallados en poder del Padre Gijón, se le mandara sobre el particular informe detallado. Al propósito decía:

Y conviniendo tener razón individual de todos y cada uno de ellos, ha acordado este Tribunal que yo pase a Vuestra Señoría este oficio, para que sirviéndose dar cuenta de él a la Real Audiencia, se digne mandar se me remita dicha razón, como también un testimonio de la declaración que hubiese dado el mencionado Nariño, en orden a los citados libros prohibidos.

La orden del inquisidor fue cumplida. Copias idénticas a las remitidas a Cartagena se mandaron también a Madrid.

La misma tarde que fue detenido Nariño, comisionó el Oidor Mosquera a don José Gil Martínez Malo, Alguacil Mayor de Corte, para proceder al embargo de los bienes del sedicioso. Activa fue la actuación del polizonte Malo, pues antes de que cayera el sol de ese día, se trasladó con el Escribano Juan Nepomuceno Camacho a la habitación de Nariño y procedió al embargo.

Las dos primeras líneas de la diligencia dicen: «Primeramente la casa alta de su habitación, sita en la plazuela de San Francisco de esta Corte,» que más tarde se avaluó en más de 13,000 pesos.

La casa, que todavía existe en el costado norte del Parque de Santander (calle 16, número 102), salvo algunas reparaciones, es el mismo histórico caserón de los tiempos coloniales. Como todas las residencias particulares de antaño, está edificada sobre muros muy gruesos de adobe o de tierra pisada; las ventanas y puertas de la fachada estaban colocadas sin simetría en un muro liso; un pesado balcón de madera, soportado por gruesos canes, también de madera, servía de corredor exterior, y columnas mal torneadas sostenían el alero; los cielos y las puertas de la casa son bajos; aquéllos a las veces artesonados y adornados —en las casas principales, como la de Nariño,— con casetones esculpidos toscamente y pintados de rojo o ricamente dorados. Los bajos de la casa —hoy tiendas— eran también habitaciones. El gran balcón, las puertas y las ventanas, todo estaba pintado de verde.

La diligencia levantada por los señores Malo y Camacho ofrece un cuadro de completo desorden, que caracteriza a los inventarios judiciales en las mortuorias. Para el Alguacil y el Escribano, Nariño y su familia habían muerto.

Se embargaron abundantes y ricas cornucopias, que los comisionados llamaban arcaicamente cornucopios, de madera tallada y dorada, con valiosos marcos y espejos en el centro, en cuyo pie se colocaban las bujías; pinturas al óleo sobre láminas de bronce; un cristo de concha nácar con peaña de bronce; casacas y calzones de paño blanco o azul y chupas de raso liso, todo bordado de oro; vestidos de terciopelo «buche de paloma,» con forros de seda; abundante vajilla de plata; vajilla de loza; una mulata esclava llamada Nicolasa; pieles para exportación; un barómetro de bronce; aguardiente de España, tabaco y rapé; estrellas y hebillas de plata; costosos arreos de montura, y una inmensa cantidad de objetos —todos los de una casa rica— que no podemos enumerar aquí, porque nos haríamos demasiado difusos.

Entremos ahora en la no muy grata compañía de los embargadores, al gabinete del Precursor de la revolución en Colombia. Allí los Oficiales de la Audiencia procedieron como lo harían los famélicos herederos de un soltero rentista.

El 30 de agosto, el Alguacil Martínez Malo principió el embargo de la rica biblioteca de Nariño, que contaba más de 6,000 volúmenes en varios idiomas( 9 ).

El 1° de septiembre embargaron otros muebles de la casa con el mismo desorden de los días anteriores: cuadros que decoraban las paredes; más pieles destiladas a la exportación; ricos vestidos de diversos colores; vajilla; un barómetro; rapé; hebillas de plata; otros aperos de montura; arañas de cristal, etc., etc.

Días después abrieron el gabinete de estudio de Nariño: allí inventariaron joyas de oro, esmeraldas, diamantes, cajas de plata y de carey, tijeras, cortinas de tafetán verde, la mesa de trabajo del Precursor, sillas, etc. Todo lo embargado se le entregó al depositario, don Antonio Cajigas, Procurador General del Cabildo, en presencia de don Bernabé Ortega, cuñado del revolucionario.

Por orden del Oidor Mosquera y Figueroa embargó Narciso García la «hacienda o estancia en e valle de Sopó,» con sus casas de habitación; 307 corderos; 4 mulas; 20 cargas de trigo, y todas las herramientas y utensilios del predio.

A la sazón se le embargaron también sus créditos, que constaban en el Libro general de cuentas corrientes con varios sujetos, escrito por él mismo. En estas cuentas había constancia de los siguientes créditos a su favor: Dionisio Torres, $ 10,000; José Caicedo, $ 6875, «$ 2 y 1/4  reales»; Salvador Cancino, $ 1,788; José Nariño, $ 5,192; Juan Nariño, $ 6,111; Pedro Chaveau, vecino de Cúcuta, $ 9,558; José Rito Martínez, $ 5,766, y $ 5,877, que le adeudaba en Cádiz su agente para la venta de quinas. Las deudas menores sumaron $ 10,436( 10 ).

Además se siguió juicio de rendición de cuentas contra el mismo Nariño en su calidad de Tesorero de Diezmos, en el cual se le acusaba como deudor a esta renta. ¡Curioso juicio contra un reo de delito de Estado, preso en un cuartel, privado de comunicación y despojado de su cuantiosa fortuna! Este juicio, en el cual se ultrajaba la probidad de Nariño, comprometía los caudales de varios honorables patricios que eran sus fiadores.

La Real Audiencia, en 28 de noviembre de 1795, después de trece meses de dura prisión, condenó «por piedad de Su Majestad» a Antonio Nariño, a quien «por el sumo rigor de las leyes, podía imponerse la pena ordinaria de último suplicio, a diez años de presidio en uno de los de Africa, a elección del Rey; a extrañamiento perpetuo de los dominios de América; a confiscación de todos sus bienes y utensilios de su imprenta para la Real cámara y a que fuesen quemados por el verdugo en la plaza principal de Bogotá, el libro de donde copió "Los derechos del Hombre," con alegato contestación a los Fiscales y todas sus copias»( 11 ).

¡Con cuánta rigidez se trató a la pobre víctima en aquel año! Además de su dura prisión, se le embargaron todos sus bienes. Terrible fue esta pena para un hombre que tenía tantos negocios y que manejaba intereses ajenos....

No sólo para el historiador de esa época y para el biógrafo de este prócer, son preciosas esas minucias, sino también para quien estudie la marcha de nuestra legislación adjetiva y la antigua organización de los Tribunales; y para quien, aficionado a coleccionar cosas viejas, quiera clasificar la edad que éstas tuvieren o la época en que se usaron.

Allí hasta el filólogo puede hallar voces hoy desusadas o que cambiaron de acepción; el novelista y el pintor conocerán los trajes y utensilios de otros tiempos; el estadista tendrá datos de los valores de pasados días, y el filósofo mismo verá las ideas que predominaron en un siglo, y cómo otras trataban de abrirse paso a través de las nieblas más espesas( 12 ).

Nariño, cuando fue aprisionado, no tenía treinta años de edad; hacía catorce que había fundado su hogar en Bogotá, uniéndose en matrimonio con la distinguida dama doña Magdalena Ortega, y alegraban su casa cuatro niños: Francisco, de siete años; Gregorio, Antonio y Vicente, semihuérfanos ahora, merced a la piedad de la sentencia.

Veremos al estudiar los sucesos ocurridos en 1797, cómo volvió al país el Precursor, y luego cómo la semilla que depositó él en las ruinas de la vieja sociedad monárquica fructificó radiosa, esparciendo las nuevas ideas.

El 16 de julio de 1913, primer centenario de la independencia absoluta de Cundinamarca, promulgada por Nariño en su calidad de Jefe del Estado, el Gobierno Departamental, presidido por el doctor Rafael Ucrós, colocó, a moción de la Academia Nacional de Historia, una hermosa lápida de mármol blanco, en el muro exterior de la casa del Precursor (hoy calle 16, número 102). La inscripción dice:

EN ESTA CASA HABITÓ Y FUE APRISIONADO EL GENERAL ANTONIO NARIÑO PRECURSOR DE LA INDEPENDENCIA—1794

Nariño nombró por abogado y defensor a don José Antonio Ricaurte, Agente Fiscal de lo civil de la Real Audiencia. Este benemérito bogotano era viudo de doña Mariana Ortega, y por consiguiente pariente político de Nariño. En la noche del 2 de agosto de 1795 hubo función en el Coliseo; allí fue prendido el abogado Ricaurte, y esa misma noche lo mandaron para Cartagena( 13 ). Los Fiscales del Rey decían posteriormente:

Preso Ricaurte, a las siete de la noche del 2 de agosto, se le remitió, a la una y media de la propia noche, a la plaza de Cartagena( 14 ).

No obstante lo dicho por cronistas y Fiscales, el mismo Ricaurte cuenta su viaje en carta escrita en Honda el 13 de agosto de 1795 a su yerno don José Montero y Paz. En ella se lee:

Salí a las once y media de la mañana el 3 del corriente, con lluvia y frío; de este modo continué hasta Facatativá, adonde llegué temprano, e hicimos noche para tomar mulas.

La Audiencia tenía a Ricaurte por un gran criminal, puesto que informó al Consejo de Indias que la defensa del jurisconsulto Ricaurte contenía «excecrables errores, impías opiniones, perversas máximas, sistemas inicuos, atroces injurias a los delatores y testigos, y reprensibles desacatos a los Ministros, cuya doctrina de semejante escrito es aún más perjudicial que la del papel "Los Derechos del Hombre"»( 15 ).

Ricaurte fue tratado en esta vez por sus Jueces con más dureza que su ilustre defendido. Se le sentenció y condenó sin haberlo oído, rompiendo el Tribunal que se llamaba de justicia todos los principios que informan el derecho natural.

Este benemérito ciudadano, tan meritorio como el mismo Nariño, fue sepultado en los calabozos de un castillo de Cartagena, con aprobación del Rey Carlos IV. Agobiado por la edad, por las enfermedades, por la ausencia de la familia y por la amargura de estar condenado a prisión perpetua sin esperanza de apelación, lo cual convertía su calabozo de Bocachica en una verdadera tumba, dejó de existir después de ocho años de padecimientos.

En el libro Precursores se ha enaltecido su memoria, y su proceso, hoy conocido, es pedestal de gloria para este. precursor y protomártir de la libertad de Colombia. Tan desgraciado como Miranda, murió en el silencio de un calabozo, sin tener el júbilo que lograron sus compañeros de ver triunfante la libertad a que sirvieron y fundada la República, después del triunfo de Boyacá, en 1819.

Una vez preso Ricaurte, nombró Nariño sucesivamente como sus defensores a seis abogados. Todos ellos se excusaron —con mucha razón, en nuestro concepto,— en vista de las desgracias ocurridas a su colega el doctor Ricaurte. En este estado las cosas, la Audiencia nombró defensor de oficio al doctor Ignacio de Sanmiguel (agosto, 1795), y ordenó que no se le admitiera excusa. No obstante el expreso mandato del Tribunal, Sanmiguel, que no las tenía todas consigo, también presentó renuncia. La Audiencia no la aceptó, y acompañó su negativa con una multa de $4, que tuvo que pagar el obligado defensor.

El proceso de los pasquines ha sido poco conocido hasta el presente. Se hicieron responsables al denunciante Arellano y a los jóvenes estudiantes José María Durán, Pablo Uribe y Luis Gómez. La sentencia fue condenatoria, y se envió en apelación a la Corte. Fueron declarados reos de sublevación Zea, antioqueño; Enrique Umaña, de Bojacá; José María Cabal, de Buga; Sinforoso Mutis, de Girón; Luis de Rieux, médico francés; Manuel Froes, también médico, nacido en Santo Domingo; José Ayala, bogotano; Ignacio Sandino, bogotano; Pedro Pradilla, de San Gil, y Bernardo Cifuentes, del Socorro. Se complicaron en la causa algunos jóvenes de menor edad.

Se aparta del plan de este libro dar extensos detalles sobra tan célebre proceso. Estos precursores sufrieron todos las penalidades del viaje a España y de una larga prisión. En distintos libros de historia se encuentran interesantes detalles sobre la causa y los encausados.

Curioso es recordar que Zea fue aprisionado en Fusagasugá, donde trabajaba en estudios de botánica. Desde su prisión dirigió una carta a Camilo Torres, de la cual copiamos lo siguiente:

Nunca pensé elegir a otro que a ti para la defensa de mi causa. Siempre me prometí que con gusto te encargarías de ella; y el primer paso que has dado me asegura que no me he engañado. Espero me avises el resultado y que continúes con tus letras, que son todo mi consuelo. Si no se consigue nada con el pedimento, logre yo siquiera variar de lugar: las voces de estos desalmados me aterran, y un lugar quieto me proporcionaría aprovechar los momentos que me restan.

El ilustre hijo de Medellín dejó abandonada la cátedra de Ciencias Naturales en el Colegio de San Bartolomé y su puesto en la Expedición Botánica.

De estos eminentes jóvenes volveremos a ocuparnos en el curso de esta relación, como distinguidos servidores de la Patria( 16 ). Al cumplirse, en 1910, el primer centenario de la proclamación de Independencia, los estudiantes de Jurisprudencia de la Universidad Nacional consagraron a su memoria una plancha de mármol blanco con letras de oro, colocada solemnemente en el edificio de la Facultad, que de una vez reproducimos, uniéndonos al justísimo homenaje:

A JOSÉ MARÍA CABAL, SINFOROSO  MUTIS, ENRIQUE UMAÑA, PABLO URIBE, JOSÉ MARÍA DURÁN Y DEMAS ESTUDIANTES PROCESADOS CON NARIÑO EN 1794 Y PRECURSORES DE LA INDEPENDENCIA.
LOS ESTUDIANTES DE LA ESCUELA DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL
JULIO 16 DE 1910

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INDICE

 

( 1 ) JUAN SOLÓRZANO y PEREIRA, Política indiana, lib. I, cap. X y XI, lib, III, cap. X y XI, lib. III, cap.XXV.( regresar a 1 )

( 2 ) J. MANCINI, lib. cit., 84.( regresar a 2 )

( 3 ) El Precursor, 48.( regresar a 3 )

( 4 ) Diario Político número 2, de 29 de agosto de 1810.( regresar a 4 )

( 5 ) LEÓN GALIBERT y CLEMENTE PELLÉ, Historia de Inglaterra (Barcelona, 1844), página 427.( regresar a 5 )

( 6 ) J. M. QUIJANO OTERO, lib. cit., 139.( regresar a 6 )

( 7 ) El Precursor, 60.( regresar a 7 )

( 8 ) Por Real Cédula de Felipe III, fechada en Valladolid en mayo de 1610, se estableció el Tribunal en Cartagena, con jurisdicción en todo el Nuevo Reino, costa de Tierra Firme, islas de Barlovento, Española y territorio de la Audiencia de Santo Domingo. (URUETA y PIÑERES, Cartagena y sus cercanías, 103).( regresar a 8 )

( 9 ) En el libro El Precursor, II volumen de la Biblioteca de Historia Nacional, se encuentran publicadas las diligencias de este embargo, copiadas cuidadosamente de los originales que existen en la Biblioteca Nacional, por los editores doctor E. Posada y el autor de estas Crónicas (págs. 164 y siguientes).( regresar a 9 )

( 10 ) El Precursor, págs. 195 y siguientes.( regresar a 10 )

( 11 ) El Precursor, 620.( regresar a 11 )

( 12 ) E. POSADA, El Precursor. Prefacio, XIV, XV. Nos tocó en buena suerte, unidos con el doctor E. Posada, compilar, en el libro El Precursor, en 1903, gran acopio de documentos sobre la vida de Nariño, hasta entonces inéditos. En nuestra tarea tuvimos apoyo decidido del doctor José Joaquín Casas, entonces Ministro de Instrucción Pública. Antes que nosotros, había  dado a la publicidad otros documentos sobre la vida del traductor de los Derechos del Hombre, el eminente literato don José María Vergara y Vergara. Al escribir estas líneas damos a nuestros lectores la buena nueva de que don José M. Pérez Sarmiento, Cónsul de la República en Cádiz, escribió en el número 21 de Hispania, Londres, 19 de septiembre de 1913, lo siguiente: «Nosotros hemos dado, en nuestros estudios de los Archivos de Andalucía, con el expediente original del proceso que se le siguió a Nariño y que abarca los años de 1794 a 1807. En breve lo publicaremos.» Preciosos detalles en ese proceso íntegro y luz completa sobre esta causa inmortal. La Academia Nacional de Historia le abrió sus puertas al señor Pérez Sarmiento, quien edita en la actualidad el proceso.( regresar a 12 )

( 13 ) J. M. CABALLERO, lib. cit., 96.( regresar a 13 )

( 14 ) El Precursor, 618.( regresar a 14 )

( 15 ) L. MARROQUÍN, Precursores, 72.( regresar a 15 )

( 16 ) Boletín de Historia, III, 135, 146; VIII, 722 y siguientes. F. MUTIS DURÁN, Sinforoso Mutis. T. E. TASCÓN, Biografía de don José María Cabal. F. LOZANO y LOZANO, Biografía del doctor Vicente Azuero. F. J. DE CALDAS, Elogio histórico del doctor don Miguel Cabal. MARCO FIDEL SUÁREZ, Francisco A. Zea. F. VESGA, lib. cit., 87. E. POSADA, El proceso de los pasquines. El Precursor.( regresar a 16 )