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19.
AUTORIZACION PARA ESCLAVIZAR INDIOS EN SANTA MARTA
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Don Carlos, etc. a Vos el
reverendo padre licenciado Toves, obispo de la provincia de Santa Marta, y
García de Lerma, nuestro gobernador de ella, salud y gracia: Sepáis que
por parte de los vecinos y morado res de esa dicha provincia nos ha sido
hecha relación que a los del nuestro
de las Indias era notorio por cartas que vos, el dicho gobernador,
no habéis escrito, cómo los indios del Pueblo Grande y Betonia y el
valle del Coto, que es todo una provincia, son rebeldes e inodiligencias
con los dichos indios no quisieren venir en nuestro servicio ni dar lugar
a la dicha predicación, ni apartarse de los dichos delitos, en tal caso
de ahí en adelante es nuestra merced y voluntad que podáis declarar y
declaréis los dichos indios por rebeldes e inobedientes a nuestra
religión cristiana y como tales hacerles y hagáis guerra a fuego y
sangre, y a cautivar los dichos indios y tomarlos por esclavos y venderlos
y llevarlos donde quisiereis y por bien tuviereis, con tanto que no se
puedan sacar a vender a las Islas. Lo cual se haga sin embargo de
cualesquiera nuestras cartas y provisiones en que por ellas hayamos
prohibido la dicha guerra y cautiverio, que en cuanto a esto las derogamos
y anulamos y damos por ningunas. Dada en la villa de Madrid, a diez del
mes de diciembre del año mil quinientos treinta y dos. Yo, la Reina, Yo,
Juan de Sámano, secretario de Sus Cesáreas y Católicas Majestades, la
hice escribir por mandato de Su Majestad. El conde don García Manrique,
el doctor Beltrán, el licenciado Suárez y Carvajal.
(Friede, Documentos, II pag.
351-352).
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