Legación de Colombia-Wáshington, D.
C., Diciembre 23 de 1901. Sr. Ministro de Relaciones
Exteriores-Bogotá.
Sr. Ministro:
Por el recorte que incluyo, tomado del New York Tribune, del 22 de
los corrientes, se impondrá V. S. de lo ocurrido en París en la
última Asamblea general de los Accionistas de la Compañía Nueva del
Canal de Panamá. La renuncia ó el retiro obligado de M. Hutin,
Presidente de la Compañía, y las declaraciones hechas por varios de
los accionistas en aquella sesión, que parece tuvo un carácter muy
borrascoso, indican con toda claridad dos hechos que yo había
anunciado con mucha anticipación al Ministerio á cargo hoy de V.
S.: el primero, la incapacidad absoluta de la Compañía del Canal de
Panamá para conseguir en Europa los capitales necesarios para
concluir la obra que constituye el objeto de su organización, y el
segundo y consecuencias, la urgente necesidad en que está dicha
Compañía de vender su concesión al Gobierno de los Estados unidos,
como único medio de salvarse de una ruina total y de recuperar
parte á lo menos de los dineros hasta ahora invertidos en la
obra.
La ratificación por el Senado de los Estados Unidos del nuevo
Tratado Hay-Pauncefote, los protocolos que parece han sido firmados
con los Gobiernos de Nicaragua y Costa Rica, han puesto las
principales cartas del juego en manos del Gobierno de los Estados
Unidos, y en vista del informe de la Comisión del Canal ístmico,
que recomienda la vía de Nicaragua casi por la única razón de no
haberse podido entender con el Presidente de la Compañía francesa,
los accionistas han resuelto salvar este Obstáculo y hacer un
último esfuerzo para impedir que el Congreso de este país adopte en
definitiva la vía de Nicaragua.
Natural es, por lo mismo, suponer que dentro de muy pocos días
se presentará en Wáshington el nuevo Presidente de la Compañía de
Panamá, con poderes suficientes para concluir un arreglo
satisfactorio en cuanto se refiera á los intereses de la
Compañía.
¿Qué debo hacer yo, como representante del Gobierno de, Colombia
en ese evento, que parece no sólo probable, sino seguro? Tal es la
cuestión que se me presenta y que requiere una solución
inmediata.
Si se niega á la Compañía francesa el permiso necesario para
traspasar sus derechos al Gobierno de los Estados Unidos, la
adopción de la ruta de Nicaragua por el Congreso será un hecho,
resuelto é inmediato; y en este caso, además de condenarse á ruina
completa á la Compañía, Colombia quedará privada de todas las
ventajas directas é indirectas que podría reportar del canal
abierto por el Istmo de Panamá. Sería aquello, la repetición de la
fábula del perro del hortelano.
Sin embargo, no se puede conceder á la Compañía francesa el
permiso que habrá de solicitar, si antes no se celebra un arreglo
directo entre el Gobierno de Colombia y el de los Estados Unidos
que determine las obligaciones y concesiones recíprocas de los dos
países en lo relativo al canal y á la zona del terreno
adyacente.
¿Cuáles son las condiciones exigidas por el Gobierno de los
Estados Unidos? lo sabe muy bien V. S. por el proyecto de contrato
ó de tratado que me fue sometido por el almirante Walker y que
remití en copia con mi despacho de 9 de Julio del presente año,
encareciendo se me diera una pronta respuesta, con las
autorizaciones é instrucciones necesarias para contestar á la
Comisión del Canal ístmico antes de que rindiera su informe al
Presidente de los Estados Unidos.
Desde el principio de mi misión en Wáshington he tenido
escrupuloso cuidado de informar á ese Ministerio de todos los
asuntos conexionados con el Canal de Panamá; y en mi Memorándum de
25 de Junio del presente año resumí todos los hechos antes
apuntados y presenté mis opiniones claras y netas sobre el estado
de la cuestión, anunciando allí que la Compañía francesa del Canal
de Panamá no podría llevar á cabo la obra; que era excusado pensar
en que las potencias europeas se pusieran de acuerdo para tomarla
por su cuenta ; que Inglaterra no rompería lanzas con los Estados
Unidos por este asunto y que terminarían por entenderse
amigablemente para abrogar el Tratado Clayton-Bulwer y reemplazarlo
por otro que dejara mano libre á los Estados Unidos para la
construcción del canal; que la Compañía francesa se vería al fin
obligada á vender su concesión, para salvarse; que el Gobierno de
los Estados Unidos era el único que podía abrir el canal, porque lo
necesita y lo quiere.
Todos estos pronósticos se han venido realizando puntualmente, y
el momento ha llegado en que Colombia debe tomar una resolución
definitiva.
A pesar de mis reiteradas instancias, por medio de despachos y
de calogramas, seis meses van ya trascurridos, y ni una sola
palabra he recibido aun de ese Ministerio que indique que se ha
dado atención alguna al asunto que constituye aquí casi
exclusivamente mi misión.
Este silencio ó esta indiferencia es verdaderamente
inexplicable, porque acaso no hay asunto de mayor importancia hoy
para Colombia que el de saber si se abre ó no el canal por la ruta
de Panamá. Tiempo ha habido de sobra para estudiar este negocio por
todas sus fases, y era sabido también que no lo había indefinido
para llegar á una conclusión.
La única instrucción precisa que yo tengo es la que me comunicó
por cable desde hace varios meses el predecesor de V. S., Dr.
Antonio José Uribe, reducida á decirme que no contrajera ningún
compromiso sin aguardar las instrucciones que me serían
oportunamente enviadas. El Sr. Uribe salió del Ministerio mucho
después, y las instrucciones anunciadas no llegaron.
A veces me inclino á pensar que el Gobierno de que V. S. es
órgano no tiene en mí la debida confianza para adelantar una
negociación cualquiera; y si éste fuere el caso, me atrevo á rogar
á V. S. que me envíe mis letras de retiro, pues no deseo ni debo
ser causa de dificultades ó de tropiezos en una materia que tan
directamente afecta los intereses de la República y su porvenir
político y económico.
Si se tratara de negocio menos delicado, yo no vacilaría, en
vista de la urgencia de las circunstancias, en firmar un convenio
ad referéndum; pero en el presente caso dudo mucho que el Gobierno
de los Estados Unidos viniera en ello, por la sencilla razón de que
un convenio así, sin base sólida, podría tomarse como un simple
recurso de distracción para entorpecer la acción del Congrego,
actualmente reunido. Por otra parte, no querría yo exponerme á las
graves consecuencias de que el arreglo concluido por mí aquí fuese
luego improbado por el Gobierno de Bogotá.
En esta desagradable posición, he resuelto abstenerme de
contraer ningún compromiso, por falta de instrucciones; y si ello
fuere causa de que se malogre ó pierda cualquiera oportunidad para
asegurar la apertura del canal por la vía de Panamá, declino desde
ahora toda responsabilidad.
Con sentimientos de la más distinguida consideración me suscribo
de V. S. muy atento y seguro servidor.
CARLOS MARTÍNEZ SILVA