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3. CONCLUSIONES
De lo expuesto se concluye:
a. En la actualidad, la nación
colombiana está en la búsqueda de nuevos horizontes, de diseño e instrumentación de
los escenarios estructurales y territoriales que conformarán el nuevo orden territorial
bosquejado por la Constitución de 1991, como reflejo de aspiraciones colectivas. Este
nuevo orden tiene como ejes centrales la descentralización y autonomía territorial, la
democracia participativa, la reestructuración de la organización territorial, el
desarrollo sostenible y espacialmente armónico, el desarrollo social y el respeto por la
diversidad cultural. La búsqueda de este nuevo orden implica cambios sustanciales en la
organización y manejo del territorio y en la concepción del desarrollo que lo aproximan
a la política de ordenamiento, en la cual se hacen compatibles los objetivos sociales,
culturales, ambientales y espaciales que llevan implícitos los ejes señalados.
b. La construcción de este nuevo orden
implica, por tanto, la formulación de una Política Nacional de Ordenamiento Territorial,
expresada en un Plan Nacional -PNOT-, como estrategia de manejo integral de la ocupación
del territorio, que señale directrices, planes e instrumentos que coadyuven a la
solución de los graves problemas de pobreza, violencia, deterioro de recursos naturales y
de integración y desarrollo económico regional que afectan, de manera significativa, al
territorio nacional. En cuanto a la pobreza, el PNOT debe incorporar, territorializar e
instrumentar programas de desarrollo social orientados a eliminar las carencias o
deficiencias de servicios básicos, saneamiento ambiental, desempleo y subempleo,
desplazamiento de grupos humanos por la violencia, concentración de la propiedad sobre la
tierra, tugurización de ciudades, etc. En cuanto a la violencia, el PNOT debe incorporar
la identificación, caracterización y definición de planes de manejo especiales para las
zonas de conflicto y promover la instrumentación de procesos de regionales de paz, a
partir de comisiones regionales de conciliación, observatorios de paz y consultas
regionales. En cuanto al deterioro de los recursos naturales, el PNOT debe incorporar la
política ambiental contenida en la Ley 99 de 1993 y buscar la ordenación de la
localización de población, actividades e infraestructuras ubicadas en áreas de riesgos
o amenazas por fenómenos naturales o en lugares cuyas características edafológicas,
sociales o ambientales son incompatibles con tales actividades o infraestructuras. En
materia de desarrollo regional el PNOT buscará saldar la deuda social que la nación y
los modelos económicos desarrollistas han contraído con las regiones deprimidas.
c. La política de ordenamiento
territorial debe contribuir, también, a la construcción de los escenarios
político-administrativos del nuevo orden territorial establecido por la Constitución,
especialmente en lo correspondiente a la descentralización y autonomía de las entidades
territoriales, la democracia participativa y el nuevo mapa político-territorial, que
tiene al municipio como la entidad fundamental y la regionalización como complemento de
la descentralización territorial. Dentro de este nuevo mapa, las regiones territoriales
han sido concebidas como entidades autónomas, con poder de decisión y actuación en la
gestión de los asuntos de su interés, los cuales van más allá de la administración y
la planeación. Sin embargo, este poder regional dependerá de la transferencia de
funciones, competencias y recursos que esté dispuesta la Nación a realizar y del perfil
de región que definan los departamentos que la integren. En todo caso, la
regionalización y construcción de regiones autónomas deberá concebirse en términos
del fortalecimiento coetáneo de los municipios, los departamentos y de la unidad
nacional.
d. Las regiones y entidades territoriales
constituyen los marcos de actuación en los cuales la política de ordenamiento se
concreta. En consecuencia, la eficiencia de tales entidades, en cuanto a su propincuidad
espacial, integridad funcional y autonomía son claves para el éxito de la política de
ordenamiento. Esto plantea una relación bastante estrecha entre las políticas de
descentralización administrativa y de regionalización con el ordenamiento territorial,
sin que constituyan el ordenamiento territorial en sí mismo.
e. La conformación de regiones no puede
ser un proceso meramente político, sino casi que una obra de ingeniería, donde los
ingenieros constructores son los actores sociales con el liderazgo de la clase política,
la base del edificio regional la constituyen las sociedades departamentales organizadas,
las cuales constituyen la base para la construcción de una sociedad regional; la energía
la aporta el proyecto político que señale los escenarios de desarrollo futuro de la
región, y los materiales a utilizar serán la regionalidad histórica, integración
funcional, propincuidad espacial y autonomía. Este último constituye un material
determinante de la fortaleza del edificio regional.
f. La Constitución Política de 1991
introduce elementos distorsionadores de una conformación regional óptima, al mantener
los departamentos como entidades territoriales y ligar la creación de las futuras
regiones a la unión de departamentos completos, situación que lleva a que se trasladen a
las futuras regiones los graves problemas de integración funcional e irracionalidad
espacial que presentan estas entidades. Conviene realizar en el futuro un realinderamiento
de estos departamentos de modo que se racionalicen estos espacios y se puedan crear
regiones territoriales cuyo espacio jurisdiccional no sea un obstáculo para una
planificación eficiente y justa.
g. La Política y Plan Nacional de
Ordenamiento Territorial deben fundamentarse en un Sistema Nacional de Ordenamiento
Territorial -SNOT- del cual harán parte el Sistemas Nacional de Educación, El Sistema
Nacional Ambiental -SNA-, el Sistema Nacional de planificación, el Sistema Nacional
Agropecuario, el Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología, etc. Este sistema podría ser
la base institucional de un Ministerio de Ordenamiento Territorial y de un Consejo
Nacional de Ordenamiento Territorial CONOT, ubicado al mismo nivel del Consejo Nacional de
Política Económica y Social CONPES. Esto se hace necesario por la gran complejidad y
alcance que tiene el ordenamiento territorial, que hace inadecuado manejarlo a partir de
ministerios o de instituciones menores o subordinadas a departamentos administrativos. En
este sentido, cobran vigor las ideas planteadas por el Presidente de la Comisión Regional
de Aguachica, Eduardo Bula Romero, quien además de reconocer la necesidad del Ministerio
de Ordenamiento Territorial, ve al Instituto Geográfico Agustín Codazzi como el
principal soporte técnico-científico de dicho ministerio (Bula, 1994:116).
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