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32. MANUMISION, LIBRES Y
RESISTENCIA NEGRA EN EL CHOCO COLOMBIANO 1680
- 1810
WILLIAM E. SHARP
University of North
Carolina at Chapel Hill
Texto propuesto por Alexander Cifuentes
(*)
.
Por casi un siglo y medio durante el período
colonial, 1680-1810, el Chocó colombiano se convirtió en una fuente importante de oro
para el imperio español. Debido a su geografía y al clima, los españoles rara vez
intentaron la colonización aunque algunos obtuvieron millones de pesos por la extracción
del precioso metal amarillo. Los oficiales españoles y los propietarios de las minas
constituían una clase gobernante cuyo principal interés era acumular riqueza. Las leyes
eran violadas, los indios y los negros maltratados, y el oro en barras producido en
grandes cantidades.
La producción de
oro en el Chocó necesitaba de miles de esclavos y cientos de exploradores independientes,
blancos o negros liberados, que trabajaban en pequeños resguardos. Los indios producían
la comida para estos mineros y servían también de transportadores de las mercancías.
Los mercaderes blancos compraban y vendían varios productos y los oficiales reales
comerciaban regularmente e impedían el
fraude, colectaban los impuestos para
el
Rey, protegían a los indios y esclavos del maltrato y supervisaban el
crecimiento y desarrollo de la minería de aluvión. De ahí que, virtualmente, todo el
mundo dependía en alguna forma del producto de las minas. Sólo los esclavos escapados y
aquellos indios y negros liberados, que voluntariamente se separaban de la sociedad,
permanecían por fuera de la economía orientada por el oro, y por eso contribuían muy
poco a la estructura económica del Chocó.
La rentable explotación de
la minería significaba para los españoles la concentración de sus esfuerzos, casi por
completo, en la extracción del oro en los sitios de minería de aluvión. Al hacerlo, a
veces de una manera temeraria, explotaban también los alrededores. Los indios morían por
millares y aun los esclavos perecían de inanición debido a que sus amos, intentando
amasar grandes fortunas, no les suministraban una alimentación apropiada. A menudo
maltratados y limitados en su posición, educación y oportunidades, los negros tenían
toda la razón para rebelarse; y se deduce, de sus numerosos actos de resistencia, que
estaban resentidos por su cautiverio, Pero los sitios de minería de aluvión en el Chocó
ofrecían, también, para muchos negros, una vía de escape de la esclavitud. Como Frank
Tannenbaum lo anotó, sucintamente hace casi treinta años, la manumisión fue una parte
integral del sistema de esclavitud español. Los negros podían comprar su propia libertad
siempre y cuando hubieran reunido el dinero para ello. En muchas regiones de
Latinoamérica, en donde los esclavos eran empleados de las plantaciones agrícolas, le
era difícil ganar dinero extra y dependían sólo de la buena voluntad de sus amos para
buscar su libertad.
En el Chocó los campos
auríferos, sin embargo, daban la oportunidad a los esclavos de acceder al dinero mediante
la realización de trabajo extraordinario y así reunir los fondos para comprar no
solamente provisiones extras, sino también su libertad. Los incidentes de violencia
hubieran sido quizás más grandes en el Chocó si no hubiera existido esa válvula de
seguridad presente y efectiva, representada por la manumisión. Es significativo anotar,
no obstante, que una vez liberados, muchos negros libres rechazaron la coexistencia con
los blancos y, en su lugar, buscaron hogares aislados en la selva, lejos de la dominación
española. Las ventajas de esta gran autodeterminación, aparentemente, sobrepasan
cualquier otra consideración. Sus oportunidades de éxito, medido de acuerdo con los
niveles monetarios y políticos de la época, eran muy escasas como resultado de su
aislamiento pero, de hecho, las oportunidades de empleo, educación o autoridad les
estaban siempre restringidas aun cuando permanecieran integrados a las comunidades
españolas.
Los españoles sabían que había oro en el
Chocó desde 1511, cuando el conquistador Vasco Núñez de Balboa
entro en el
área desde el norte
(1)
; pero la topografía, el
clima
y los irascibles indígenas nativos repelieron los intentos de
penetrar en este potencial El Dorado
(2)
. La conquista del área de la
selva, que los españoles llamaron Chocó, fue pues una labor ardua y prolongada; pero el
precioso metal dorado fue el gran y poderoso incentivo que calmaba, inclusive, las heridas
que podían sufrirse en estas aventuras tan fatigosas. Aunque la conquista fue lenta,
nunca estuvo en duda. Desde el
comienzo los españoles
fueron afirmándose en el Chocó y a partir de 1690
(3)
quedaron perfectamente
establecidos hasta el final del período colonial en 1810; en ese lapso, las minas de
aluvión del Chocó produjeron más de 75 millones de pesos en plata
(equivalentes a 375.000 libras de oro)
(4)
.
La existencia humana en el
Chocó se
centraba, casi exclusivamente, en la producción de oro y más del 90 por ciento del metal
provenía del trabajo de los negros importados. Los blancos sólo llegaban como amos y
explotadores; procedían de una manera tan desconsiderada que con frecuencia olvidaban, en
sus sueños de conseguir oro, suministrar a sus esclavos suficientes alimentos lo cual
determinaba el
sombrío espectro de la hambruna como común acompañante de los
trabajos en el Chocó. Esto fue particularmente cierto, al comenzar el
siglo
XVIII, cuando los propietarios de esclavos estimaban que cerca
de 300 habrían muerto de inanición
(5)
.
Los blancos residentes en el
Chocó eran, generalmente, pequeños
propietarios de minas o supervisores, oficiales de la corona, sacerdotes o pequeños
mercaderes. Los mineros mas ricos y los dueños de las grandes cuadrillas de trabajadores
esclavos, casi invariablemente, vivían fuera del Chocó en los pueblos del
interior de la Nueva Granada, especialmente, en Buga, Cartago, Cali y Popayán
(6)
. El clima
caliente y húmedo del Chocó no era considerado saludable para el hombre
blanco y los pocos que permanecían podían alquilar supervisores para encargarse de
sus asuntos
(7)
. Los blancos
llegaron, entonces, como explotadores y no como colonos. En el año de 1782, por ejemplo,
cuando el Chocó central tenía un total de 17.898 habitantes, sólo 359 eran españoles.
El resto de la población incluía 7.088 esclavos, 6.552 indígenas y
3.899 libres de color
(8)
. Con
una serie de campos de minería, almacenes comerciales, el Chocó realmente no tenía
ningún centro grande de población o un sitio que pudiera ser llamado, por lo menos,
ciudad durante el período colonial. Ni siquiera un solo pueblo español, si el
término se usa, era lo suficientemente grande como para merecer
tener un cabildo y un alcalde
(9)
.
La ocupación española durante el siglo XVIII fue muy poco útil para el
desarrollo chocoano. Más tarde, en el período final colonial hacia 1808, el
gobernador
del Chocó, Carlos de Ciaurriz, informaba que los asentamientos humanos eran sucios y
desorganizados y que había muy pocas casas decentes, edificios oficiales, iglesias o
escuelas. El área estaba muy mal provista, los precios de los comestibles eran altos, y
el gobernador concluía diciendo que existía una evidencia muy
escasa de cualquier refinamiento social
(10)
. A pesar de la importancia aurífera de la
región, la población siempre fue muy pequeña como para justificar el uso y el gasto de
administradores y de militares quienes, generalmente, componían la amplia base inferior
de la burocracia española. La autoridad gubernamental en el Chocó residía en las manos
de unos pocos individuos. La población estaba dispersa; las cuadrillas de esclavos,
aisladas; los oficiales eran pocos y la monoexplotación que se desarrolló en ese medio
dependía de los esclavos y era altamente provechosa. El aislamiento físico de otras
regiones - debido a las montañas, la selva y los ríos - implicaba que cada español era
su propio amo ya fuera minero, mercader u oficial.
Por lo menos un
aspecto de las costumbres sociales españolas relacionadas con la esclavitud parece haber
tenido éxito con los esclavos. Este aspecto fue la manumisión que no solamente era
posible en el Chocó sino también frecuente. Por el año de 1782, más
de un tercio de la población negra (3.899 personas de 10.987) estaba ya libre
(11)
. Cualquier español podía, durante su vida
misma o en el momento de hacer el testamento, liberar a sus esclavos
sin ninguna restricción y es indudable que muchísimos españoles lo hicieron
(12)
. El medio de
manumisión más común en el Chocó fue el provisto por el sistema mediante el cual el
esclavo compraba su propia libertad. El valor de un esclavo era legalmente establecido por
cada uno de los oficiales españoles de turno en la región, generalmente de ello se
encargaba el teniente gobernador; y el propietario tenía que aceptar este precio. Los
esclavos podían trabajar en su tiempo libre, lo cual incluía el trabajo en las
festividades religiosas, y guardar lo ganado durante ese tiempo. Los propietarios
esperaban que los esclavos usaran este dinero extra para comprar mas
comida, tabaco y licor, vendidos por ellos a altos precios
(13)
. Pero con suerte y trabajo duro, muchos
esclavos de las minas de aluvión podían ahorrar lo suficiente para
comprar su propia libertad
(14)
. Como no existen
registros notariales del período colonial en el Chocó, es imposible calcular el número
de esclavos que fueron capaces de comprar su libertad, pero está claro, hoy día, que ese
número fue sustancialmente grande. Aparentemente, muchos propietarios estaban de acuerdo
con que los esclavos hicieran esta autocompra; por lo menos, en el siglo XIX algunos
esclavos ya habían hecho arreglos con sus propietarios para el pago de su manumisión en
especie. Estos esclavos eran liberados del servicio de sus amos una vez que habían dado,
simplemente, una parte de su valor (esa cantidad variaba entre el diez y el cincuenta por ciento) pero se esperaba que continuaran pagando una
vez quedaran liberados
(15)
. Así, siguiendo este método de dar una cuota
inicial, algunos esclavos buscaban su propio empleo y, al mismo tiempo, trabajaban por su
propia cuenta.
Naturalmente
muchos propietarios objetaban el derecho de los esclavos a manumitirse. Ocasionalmente un
heredero o pariente, quien había dado testimonio liberando a
esclavos, protestaba pero sin ningún resultado
(16)
. En efecto, aun el testimonio verbal se
aceptaba, en lugar de los testamentos escritos, para probar que el
propietario muerto intentaba manumitir a un cierto número de esclavos
(17)
. También está
claro que unos pocos propietarios disputaron, agriamente, el derecho de los esclavos a
comprar su libertad porque temían que, una vez liberados, este hecho produjese una
disminución de la productividad de las minas de oro. Quienes tenían esclavos y no
estaban de acuerdo con la manumisión, generalmente, reclamaban que el esclavo había robado el dinero, lo cual era muy difícil de probar, o, simplemente,
que deseaba causar perturbaciones
(18)
. Un ejemplo típico de esto ocurrió en 1728
cuando Isidoro, un esclavo propiedad de don Francisco José de Arboleda, trajo $600 al
teniente gobernador de Nóvita y reclamó su libertad. Arboleda protestó por este hecho,
acusando a Isidoro de haber robado el dinero; este argumento, sin embargo, no sirvió pues
todos sabían que los esclavos podían robar algún dinero de las minas y luego pretender
haberlo ganado en su tiempo libre. El testimonio, no obstante, fue favorable al esclavo.
Los testigos dijeron que Isidoro había trabajado de una manera muy eficaz, en largas y
duras jornadas de su propio tiempo, y había logrado recolectar una considerable cantidad
de oro (cuya cantidad exacta se desconocía); y finalmente, ningún testigo ofreció
ninguna prueba de que el dinero había sido robado como lo afirmaba el señor Arboleda.
Arboleda perdió la demanda e Isidoro ganó su libertad; pero los españoles furiosos
predijeron, de una manera ominosa, que la provincia terminaría por arruinarse
si se generalizaba el robo por parte de los esclavos para comprar su propia libertad
(19)
.
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MANUEL MARIA PAZ. MODO DE LAVAR ORO.
Acuarela de la Comisión Corográfica
Fotografía Oscar Monsalve
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Otro propietario
amargado se vio forzado a liberar a un esclavo de 15 años y arguyó que sus derechos de
propiedad privada estaban siendo violados. Puesto que él no estaba obligado a vender ni
sus muebles ni ninguna otra propiedad contra sus propios deseos, seguramente, él tampoco
tenía por qué verse obligado a vender los esclavos, simplemente porque ellos podían
comprar su libertad. Al revisarse este caso en la Audiencia de Santa Fe de Bogotá, el
fiscal no tuvo en cuenta los aspectos inhumanos de la protesta y se puso de acuerdo con el
propietario que se quejaba; sin embargo, el fiscal concluyó que la
ley era muy clara y la única salida era la de declarar libre al esclavo
(20)
. Es muy posible
que los disgustados propietarios de esclavos esperaran intimidar a éstos para que
renunciaran a sus derechos legales a la libertad; y es indudable que consiguieron que
muchos de ellos por miedo se abstuvieran de comprarla. Aunque este sistema de la
manumisión estaba, sin lugar a dudas, abierto a algunas injusticias, por lo menos en
algunos casos en que los propietarios no estaban de acuerdo con ella, el esclavo
terminaba, finalmente, encontrando a un oficial de la corona deseoso de iniciar una
investigación al respecto, la cual ordinariamente concluía con la aplicación de leyes
favorables a su manumisión. Esta fue, pues, una válvula de escape; de lo contrario,
habría habido más esclavos agresivos.
Los negros
liberados y los mulatos adquirieron en el Chocó un grado de protección ante la ley mayor
que el de sus hermanos esclavos en cualquier otra parte, pero muy pocos de ellos sacaron
ventaja de esta protección - posiblemente porque no conocían sus derechos legales o
estaban demasiado intimidados para usarlos -. Una de las demandas, descubiertas por este
investigador, se relacionaba con el caso de un negro libre contra un blanco, ocurrido en
1747, cuando un bozal (un negro traído directamente de Africa) ya liberado se quejó de
haber sido encarcelado y secuestrada su mina por el teniente gobernador de Quibdó. El
bozal libre admitió deber $50.oo al dueño de la mina, por algunos derechos de minería,
pero rehusó pagar los intereses usurarios que se le imputaban. La Audiencia de la Nueva
Granada al revisar el caso, estuvo de acuerdo con que la tasa de interés había sido
excesiva y sancionó al teniente gobernador; el bozal fue liberado de la cárcel,
su propiedad devuelta y, solamente, se le obligó a pagar la suma original de la deuda
(21)
. Los negros
libres, como los esclavos, podían ganar disputas legales a los blancos, pero sufrían de
una obvia desventaja al desconocer la ley y al no alquilar los servicios de los abogados
que los defendieran.
Aunque los negros
libres tenían, legal y socialmente, un estatus ligeramente más alto que los esclavos,
muchos de los reglamentos aplicados a éstos también se les aplicaban. Legalmente, los
libres no podían portar armas ni desempeñar ningún oficio político ni militar sin un permiso oficial de la Corona; no podían vivir entre los indígenas ni
tenerlos como sirvientes
(22)
ni, tampoco, usar signos de tanto
prestigio como un bastón para caminar
(23)
.
Incuestionablemente,
muchos negros libres estaban desempleados o subempleados y el término de libre vagabundo,
frecuentemente usado para describirlos, aludía a esta situación. En parte ésta se
debía a la estructura económica relativamente sencilla del Chocó, en donde, excepto en
la minería, había muy pocos cargos disponibles para trabajadores adiestrados o
semiadiestrados. Pero, además, los negros libres tenían dificultades para adquirir
posiciones que no requerían mucho entrenamiento, como la de bogas o la de cargueros,
porque los corregidores del Chocó deseaban retener el monopolio del transporte y
utilizaban a los indígenas de sus propios corregimientos para
desempeñar este tipo de trabajos serviles
(24)
.
Las posiciones oficiales en el Chocó eran muy
pocas y se reservaban, casi exclusivamente, para los blancos. La mayor parte de la
documentación colonial registra cuidadosamente la raza del individuo, especialmente si se
trata de un individuo con ancestro indio o africano. Este investigador descubrió que la
mención de negro, mulato o zambo para un individuo que aspirara a ser corregidor o
teniente gobernador o gobernador o administrador mayor de la Corona en el Chocó era un
impedimento. No había tampoco mercaderes importantes que tuvieran origen africano. Los
blancos podían fácilmente excluir a los negros de la mayor parte de los negocios
comerciales en el Chocó, pues los contratos de transporte de
suplementos a la región estaban garantizados para los oficiales españoles
(25)
, sin duda alguna,
solidarios con sus colegas blancos.
Los negros libres
podían poseer, y en efecto poseyeron, esclavos y minas en el Chocó aunque muy pocos
fueron los poseedores importantes. De 72 individuos, que aparecen en una lista entre 1755
y 1759 como propietarios de esclavos, solamente dos, Miguel Ibo de Tovar, con cinco
esclavos, y Miguel Soliman, eran negros libres. A manera de comparación diez españoles
propietarios de esclavos poseía cada uno mas de cien esclavos; el mayor propietario era
el Sargento Mayor don Salvador Gómez de la Asprilla y Novoa con 567, y cuarenta
y cuatro españoles poseían cuadrillas de esclavos de mas de 30 esclavos cada una
(26)
.
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capítulo
*
Traducción de
Alexander Cifuentes de: Slavery on the spanish frontier: The Colombian Chocó 1680
1810, by William Frederick Sharp. Copyright © 1976 by the University of Oklahoma Press. (Regresar a *)
1.
Kathleen Romoli. Balboa of Darién:
Discoverer of the Pacific (Garden City, N.Y., 1953), p. 154. (Regresar a
1)
2. Existen en general excelentes
fuentes primarias para este período histórico del Chocó, incluimos Documentos inéditos
para la historia de Colombia, 10 vols, editor y compilador Juan Friede (Bogotá,
1955-1960); Juan de Castellanos, Elegías de varones ilustres de Indias, 3 vols. (Bogotá,
1955); e Historia documental del Chocó, ed. Enrique Ortega Ricaurte (Bogotá, 1954). Para
una completa descripción de la conquista el Chocó, ver William E. Sharp, Forsaken
but for Gold: An Economic Study of Slavery and Mining in the Colombian Chocó,
1680-1810 (Ph. D. diss., University of North Carolina at Chapel Hill, 1970, pp.
45-62 (en adelante se citará como Sharp, Forsaken but for Gold). (Regresar a 2)
3. Los
españoles fueron derrotados por los indígenas en 1680 en una serie de batallas. En 1690
el Chocó fue considerado pacificado. Ver Archivo Histórico Nacional de Colombia (AHNC),
Bogotá, Colombia. Caciques e Indios 10, f. 605 (1695); AHN. Empleados Públicos del Cauca
2, f. 311 (1688); AHN. Caciques e Indios, 23, ff. 849-853 (1685); AHN, Reales Cédulas 4,
f. 142 (1685). (Regresar a 3)
4.
Sharp, Forsaken but for Gold, pp. 338-341. (Regresar
a 4)
5. Archivo
Central del Cauca (ACC), Popayán, Colombia, signatura 8174, 1717. Véase también AHNC,
Caciques e Indios 10, f. 509 (1691); AHNC, Caciques e Indios 23, f. 955 (1708). (Regresar a 5)
6.AHNC, Poblaciones del Cauca 2,
f. 854 (1793), y f. 935 (1793). (Regresar a 6)
7
.
AHNC, Visitas del Cauca 5, f. 282 (1808). (Regresar a 7)
8.
AHNC, Censos de Varios Departamentos 6, f. 377. (Regresar a 8)
9.
AHNC, Poblaciones del Cauca 2, f. 937 (1793); AHNC, Estadística 11 (Part. 1), ff.
221-222 (1808). (Regresar a 9)
10. AHNC, Visitas del Cauca 5,
ff. 273-285 (1808). (Regresar a 10)
11. AHNC, Censos de Varios
Departamentos 6, f. 377 (1762).
Desafortunadamente los documentos específicos que conciernen a la manumisión en el siglo
XVIII localizados en los Archivos Provinciales y en las Notarias de Quibdó y en Nóvita
fueron destruidos por sin incendio en cl siglo XIX. En la Notaría de Quibdó reposan
documentos para los años 1814 y 1817, sin embargo, se puede encontrar una docena de
ejemplos de manumisión, Ver Notaría Pública de Quibdó, Quibdó, Chocó Colombia, años
de 1814-1817 (en adelante se citará como Notaría de Quibdó).
(Regresar
a 11).
12. Hay varios problemas que
conciernen a la manumisión, documentos que pertenecieron a la Audiencia de la Nueva
Granada en Bogotá, y que se preservan en el
Archivo Nacional de Bogotá
(AHNC). De aquí, tomaremos varios ejemplos de manumisión en el Chocó, ver AHNC, Negros
y Esclavos del Cauca 2, ff. 617-618 (1732); AHNC, Negros y Esclavos del Cauca 3, 822-826
(1780); AHNC, Miscelánea 2, ff. 390-391 (1797). En general se refieren a casos que
involucran a amos españoles y sus descendientes mulatos. (Regresar a
12)
13. AHNC, Reales Cédulas 9,
ff.
225-228 (1733). (Regresar a 13)
14. Para este trabajo, los
propietarios de minas daban un permiso expreso a los esclavos, durante los días de
fiestas. Pero los esclavos podían trabajar para su propio beneficio sin problemas legales
con los propietarios. (Regresar a 14)
15. Notaría de Quibdó, años
de 1814, 1817, 1818, 1819. (Regresar a 15)
16. AHNC, Negros y Esclavos del
Cauca 3, f. 822 (1780); AHNC, Negros y Esclavos del Cauca 2, ff. 972 (1804). (Regresar a 16)
17. AHNC, Negros y Esclavos del
Cauca 2, ff. 617-618 (1732). (Regresar a 17)
18. AHNC, Negros y Esclavos del
Cauca 2, ff. 1-40 (1728); AHNC, Negros y esclavos del Cauca 3, f. 913 (1790). (Regresar a 18)
19. AHNC, Negros y Esclavos del
Cauca 2, ff. 1-40 (1728). (Regresar a 19)
20. AHNC, Real Hacienda 40, ff.
276-278 (1797). (Regresar a 20)
21. AHNC, Minas del Cauca 2,
ff. 467-504 (1757). (Regresar a 21)
22. Estas
restricciones fueron repetidas frecuentemente durante el período colonial, un hecho que
muestra tanto su continua importancia como su probable falta de respaldo. Para un ejemplo
sencillo, ver Carlos I al Presidente de la Real Audiencia del Nuevo Reino de Granada, 27
de febrero de 1549, Valladolid, Colección de documentos para la historia de la formación
social de Hispanoamérica, compilación y edición de Richard Konetzke, 3 Vols. (Madrid,
1953), I: 256. (Regresar a 22)
23. AHNC, Caciques e Indios 67,
f. 766 (1761). (Regresar a 23)
24. Los
Corregimientos en el Chocó fueron originalmente Corregimientos de Indios (gobernados por
un oficial llamado Corregidor). Los indígenas residentes en un Corregimiento tenían sus
propios jefes (Caciques), gobernadores y mayores, que tenían el control y la
responsabilidad ante el oficial, llamado El Corregidor. (Regresar a
24)
25. AHNC,
Visitas de Cauca 5, ff. 857-861 (1788) (Regresar a 25)
26. AHNC,
Negros y Esclavos del Cauca 2, ff. 961-964 (1755); AHNC Negros y Esclavos del Cauca 4, ff.
588-591 (1759). (Regresar a 26)
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