LA ETNOEDUCACION AFROCOLOMBIANA
Guía para docentes líderes y comunidades educativas
Juan de Dios Mosquera Mosquera

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CONFORMACION DE LA COMISION PEDAGÓGICA DE COMUNIDADES NEGRAS

(DECRETO 2249 DEL 22 DE DICIEMBRE DE 1995)

El Decreto 2249 de 1995 conforma la Comisión Pedagógica de Comunidades Negras a nivel nacional y en los departamentos. Estos espacios de interlocución, consulta y gestión del servicio educativo y los programas de implementación de la Etnoeducación Afrocolombiana debemos aprovecharlos para abordar periódicamente los siguientes aspectos:

- Informes sobre la problemática educativa de Comunidades y gestión de soluciones ante las instituciones.

- Evaluación de las políticas, programas y proyectos del Ministerio de Educación Nacional y las entidades territoriales.

- Evaluación de las políticas, programas y proyectos del Ministerio de la Cultura.

- Gestión e implementación del Plan Nacional de Desarrollo Etnoeducativo de las Comunidades.

- Gestión de recursos y asignaciones presupuestales.

- Evaluación y gestión para el fortalecimiento del Fondo de Créditos Educativos Condonables para estudiantes.

- Presentación de propuestas y proyectos para la implementación de la etnoeducación y el mejoramiento del servicio afrocolombiano.

COMPOSICION DE LA COMISION PEDAGOGICA NACIONAL DE COMUNIDADES NEGRAS

La Comisión Pedagógica Nacional de Comunidades Negras estará integrada por los siguientes miembros:

1. El Ministro de Educación, o el Viceministro, quien la presidirá.

2. El Director de Asuntos para las Comunidades Negras del Ministerio del Interior o su delegado.

3. Un representante de la instancia del Ministerio de Educación encargada de la etnoeducación.

4. Un representante del Consejo Nacional de Educación Superior (C.E.S.U.).

5. El Director de Colcultura o su delegado, o las dependencias que hagan sus veces.

6. Tres representantes por la Región Atlántica (el decreto no dice representantes de qué. Debemos suponer que sean de las Comunidades Negras. El decreto debe corregirse).

7. Dos delegados por cada uno de los departamentos de: Chocó, Nariño, Valle del Cauca, Antioquia y San Andrés y Providencia. (Debemos suponer que sean delegados de las Comunidades Negras).

8. Un representante por el distrito de Santafé de Bogotá. (Suponernos que es de las Comunidades Negras).

Nota: En otros departamentos, cuando existan Comisiones Consultivas Departamentales podrán enviar un delegado a la Comisión Pedagógica Nacional.

COMPOSICION DE LA COMISION PEDAGOGICA DEPARTAMENTAL

La Comisión Pedagógica Departamental estará integrada por los siguientes miembros:

1. Un representante de las alcaldías del departamento o de las alcaldías de la región, según fuere el caso.

2. Un representante de la Secretaría de Educación Departamental.

3. Un representante del Centro Experimental Piloto del departamento o de la dependencia que asuma sus funciones.

4. Un representante de las Universldaaes oficiales del departamento.

5. Dos representantes de los Comités de Etnoeducación de las organizaciones de las Comunidades Negras.

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