IMPLICACIONES DE LA LIBERALIZACIÓN DE LA CUENTA
DE CAPITALES
Con
posterioridad a la crisis de los ochenta, varios países, especialmente los
latinoamericanos, iniciaron una serie de reformas de tipo estructural con el propósito de
superar problemas endémicos de sus economías y asumir un nuevo modelo de desarrollo. En
este contexto se han venido adelantando reformas para la liberalización de los capitales
foráneos.
En cuanto a la apertura de la cuenta de capitales, es importante precisar
que los flujos internacionales de capital se clasifican de acuerdo con sus
características financieras y reales. Por una parte, se encuentran los capitales de largo
plazo -LP- como la inversión extranjera, directa y en cartera- y otros capitales,
especialmente los créditos de corto plazo. Por otra, se ubican los capitales a corto
plazo -CP- y otro tipo de capitales (Lora, 1987).
LOS FLUJOS DE
CAPITAL A CORTO PLAZO
En
el caso del flujo de capitales de corto plazo ha existido una amplia controversia sobre la
pertinencia de su liberalización (Garay, 1993), debido a los posibles costos que, estos
puedan implicar y a las dificultades de tipo económico e institucional que su
implantación implica en la práctica real.
En
los países en desarrollo, las posibles desventajas que más se destacan de la
liberalización de la cuenta de capitales de corto plazo son: en primer lugar, un
desplazamiento -crowding out- de la inversión doméstica por la colocación en el
exterior de ahorro doméstico; en segundo lugar, una eventual inestabilidad de la
economía debido a un ingreso coyuntural de capitales de tipo especulativo a corto plazo;
y, por ultimo, una restricción en el manejo de la política macroeconómica especialmente
bajo un régimen de tasa de cambio fija o prefijada. En presencia de perfecta movilidad de
capital y de tasa de cambio fija, el banco central perdería su poder de influencia y se
limitaría la capacidad de los gobiernos para imponer tributos al capital.
Con respecto a los beneficios potenciales se destacan: en primer lugar, una
ganancia derivada de una mayor diversificación del portafolio, análoga a la reproducida
con el libre comercio de bienes; en segundo lugar, un estímulo a la inversión en la
medida en que se establezca una tasa de cambio más competitiva; en tercer lugar, un
potencial mejoramiento en la inversión por una mayor participación del capital
extranjero,
(1) una mayor libertad ala iniciativa
privada y una mayor competencia entre capitales domésticos y foráneos; en cuarto lugar,
la posibilidad de acceder al crédito internacional en condiciones competitivas; y, por
último, un mejor aprovechamiento de los beneficios potenciales de la apertura comercial.
Debido a la existencia tanto de ventajas como de desventajas potenciales,
se han planteado varias posiciones sobre la modalidad y ritmo de liberalización de los
flujos de capital de CP de países en desarrollo. La postura más cauta insiste en que la
apertura debe seguir la siguiente secuencialidad: primero, la cuenta corriente, luego la
entrada de capitales de corto plazo y hacia el final la salida de capitales. Además, se
deben cumplir tres condiciones básicas con antelación a esta apertura gradual: 1. la
existencia de un ambiente macroeconómico estable. 2. la aplicación de una estricta
regulación y supervisión financiera como requisito para la apertura financiera. 3. La
pertenencia a una sólida comunidad internacional económica y financiera. En el otro
extremo se coloca la posición radical adscrita a la óptica dellaissezfaire, que
pregona la liberalización plena de ambas cuentas -corriente y de capitales- aun con
anterioridad ala satisfacción de las condiciones mencionadas.
Además, ante la experiencia de las crisis financieras de Chile a finales
de los setenta y comienzos de los ochenta, y de México a finales de 1994, un buen número
de especialistas ha llegado a justificar la conveniencia de reforzar la terapia
integral de ajuste y estabilización estructurales con: 1. la implantación de
impuestos o depósitos directos y visibles a la entrada de capitales de corto plazo. 2. la
celebración y efectiva aplicación de convenios internacionales contra el lavado de
dinero ilícito y de acuerdos de intercambio de información financiera, tributaria y
judicial entre países ante la importancia adquirida por capitales ilegales
internacionales. Ahora bien, es de recalcar que en medio de una progresiva
internacionalización de la economía, los controles sobre el movimiento de capitales van
perdiendo efectividad y, además, tienden a generar impactos negativos en términos de la
distribución de flujos entre clases de capitales.
Por último, no deben dejar de mencionarse algunas de las principales
implicaciones de política econÓmica en un ambiente de apertura de las cuentas corriente
y de capitales
(2). Así, entonces, cuando los
ingresos de capital no son permanentes sino estrictamente coyunturales, se generan
externalidades nocivas en el mercado doméstico -y en la localización de recursos
productivos en la economía- o provocan injustificadamente falta de credibilidad en las
políticas o en la estabilidad de la economía anfitriona, y se crean condiciones
propicias para la reproducción de distorsiones y conductas especulativas
desestabilizadoras que, en principio, ameritan una intervención de política.
LOS FLUJOS DE
CAPITAL A LARGO PLAZO
Entre
los flujos de capital de largo plazo se encuentran la IED
(3)
y la inversión extranjera en cartera. El caso de la IED es excepcional, por sus
connotaciones de índole productiva y tecnológica, por sus impactos en la acumulación de
capital y por su vinculación con la base econÓmica del país anfitrión en una
perspectiva a mediano y largo plazo. Este tipo de flujos de capital no conlleva las
implicaciones (en términos de incertidumbre, de inestabilidad de impredecibilidad en la
asignación de recursos productivos en la economía, entre otros factores) que
caracterizan a los flujos internacionales de capitales especulativos coyunturales de corto
plazo -conocidos como capitales golondrina-. En este sentido, la cuestión sobre la
secuencialidad de la apertura de las cuentas corriente y de capital no abarca el caso
particular de la IED, al menos no en el contexto de un modelo de internacionalización.
Por su parte, la inversión extranjera en portafolio se puede catalogar
como un caso intermedio dado que estos flujos de inversión no son tan estables como la
IED pero tampoco tienen el carácter especulativo de los flujos de corto plazo.
1. Entre otros, Romer (1993) afirma que la IED es un mecanismo
compensador del ahorro nacional particularmente relevante para países en desarrollo.
Regresa a (1)
2 De acuerdo con los postulados básicos de la teoría tradicional, se
justifica la intervención en política económica tanto en presencia de mercados
incompletos y de distorsiones en la competencia, como cuando contribuya a mejorar la
información a los agentes económicos, pero siempre y cuando sea eficiente y
transparente, esto es, benéfica en términos de bienestar social.
Regresa a (2)
3 Se considera IED a toda inversión que se destina ala instalación de
nuevas plantas, a la adquisición de activos productivos como empresas y tierras, en forma
directa o mediante contratos compartidos como los joint ventures,
alianzas estratégicas, contratos de asociación, etcétera.
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