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GUlA
PARA EXPORTAR ARTESANIAS
E IDENTIFICACIÓN DEL
OFICIO ARTESANAL
PARA LA DETERMINACIÓN DE
ORIGEN
EN COLOMBIA
Santafé de Bogotá, D. C.
Diciembre de 1999
Artesanías de Colombia S.
A. Ministerio de Desarrollo Económico.
ANEXO 1
INCENTIVOS A LAS
EXPORTACIONES
A continuación, en
combinación con las preferencias o exenciones arancelarias que conceden en el exterior a
nuestros productos, se mencionan brevemente los mecanismos que, particularmente desde
1967, el Estado viene creando y consolidando con el propósito de fortalecer y modernizar
el aparato productivo, incrementando y diversificando las exportaciones y sus mercados de
destino. Estos son elementos que los exportadores deben aprovechar para promover la
ampliación del mercado para sus productos.
1. INCENTIVOS FISCALES
1.1 Certificado de
Reembolso Tributario ( CERT)
El Certificado de
Reembolso Tributario "CERT" fue creado por la Ley 48 de 1983, como un
instrumento de apoyo a las exportaciones cuyos niveles fija el Gobierno Nacional, que se
determinan de acuerdo con el producto y las condiciones del mercado a los que se exporte.
Pretende estimular las exportaciones mediante la devolución de sumas equivalente a la
totalidad o a una porción de los impuestos indirectos, tasas y contribuciones pagados por
el exportador. El CERT puede ser utilizado para el pago de impuestos sobre la Renta y
Complementarios, los Gravámenes Arancelarios, los Impuestos sobre las Ventas (IVA) y
otros impuestos, tasas y contribuciones.
Con base en el
procedimiento establecido con el Decreto 2394 de Septiembre de 1997, los montos por
reconocimiento del CERT circulan en forma desmaterializada pues se trasladan al
"Depósito Central de Valores" del Banco de la República. (El CERT se expedía
como un título a la orden libremente negociable, cuya edición y expedición
correspondía al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, previo reconocimiento del
derecho por parte del INCOMEX).
El CERT se liquida sobre
el valor FOB (Libre a Bordo valor neto de la mercancía-) de las exportaciones
ordinarias y sobre el valor del agregado nacional de las exportaciones realizadas bajo los
regímenes de Sistemas Especiales de Importación - Exportación y de Zonas Francas, valor
que se convierte a pesos colombianos utilizando la tasa de cambio representativa del
mercado vigente el día hábil que se efectúe el reintegro de las divisas por concepto de
la exportación. (Los niveles porcentuales de CERT para algunos productos artesanales
pueden ser consultados en el Anexo 2).
1.2 Impuestos Indirectos
La exportación de bienes
está exenta del impuesto sobre las ventas (I.V.A.) y de cualquier gravamen municipal o
departamental.
2. INCENTIVOS
ARANCELARIOS
2.1 Gravámenes a la
Exportación
De conformidad con el
Decreto 2317/95, la exportación de mercancías está exenta de gravámenes arancelarios.
2.2 Sistemas Especiales
de Importación - Exportación -Plan Vallejo.
Los Sistemas Especiales,
permiten la introducción al país por parte de personas que tengan el carácter de
empresarios; productores, exportadores o comercializadores, bajo un régimen especial, con
exención total o
parcial de gravamen arancelario y de IVA: materias primas,
insumos, bienes de capital y repuestos, para ser utilizados en la producción de bienes
prioritariamente destinados a su venta en el exterior, mediante solicitud y presentación
del Proyecto Exportador previa la aprobación del programa. Estas ventajes se presriben en
los decretos 444/67, 631/85 y en la resolución 1860 de 1999 del Incomex.
2.3 Zonas Francas
Industriales y Comerciales
Las zonas francas
actualmente son de carácter privado y se definen como áreas extraterritoriales
localizadas dentro del país con un régimen aduanero, cambiario y tributario especial, y
se constituyen con el objeto de promover e incrementar las exportaciones, generar empleo,
fomentar la inversión extranjera, estimular la transferencia de tecnología y en
términos generales, el desarrollo económico y social de la región donde se establezcan.
El régimen especial para
las zonas francas prevé principalmente:
* Exención del
impuesto sobre la renta, proveniente de exportaciones.
* Exención del
impuesto sobre la remesa de utilidades al exterior.
* Los materiales y
equipos de construcción, las materias primas e insumos, así como la maquinaria para
plantas manufactureras se pueden importar libres de aranceles.
* Total libertad
cambiaria y para la inversión extranjera.
* Procedimientos
aduaneros simplificados.
3.INCENTIVOS
FINANCIEROS
El gobierno busca aportar
recursos de inversión para financiar programas de reconversión industrial y de
promoción tecnológica, así como facilitar procesos de colocación de nuestros productos
en el exterior, a través de líneas de crédito que ofrecen las siguientes entidades:
3.1 Banco de Comercio
Exterior - BANCOLDEX
El Banco de Comercio
Exterior tiene como objeto fundamental la promoción de las exportaciones a través de la
financiación de las operaciones productivas y comerciales que conducen a la venta de un
producto nacional al exterior. Las líneas de crédito que ofrece el Banco, en dólares o
en pesos, cubren entre otros: proyectos de asistencia técnica; operaciones de preembarque
y postembarque de las exportaciones.
3.2 Banco de la
República e Instituto de Fomento Industrial
El Banco de la República
otorga créditos al sector privado a través de los intermediarios financieros, con base
en líneas externas contratadas con organismos multilaterales. Estas líneas de crédito
pueden ser en pesos o en dólares, con o sin seguro de riesgo cambiario y están dirigidas
a promover el desarrollo de proyectos de modernización de la industria.
3.3 Leasing Internacional
El leasing se define como
un servicio financiero, que busca suplir las limitaciones de maquinaria y equipo de las
empresas, por medio del arrendamiento de las mismas. Facilita sus procesos productivos,
puesto que permite a las empresas que tengan problemas de liquidez o que no quieran
afectar su potencial de crédito, contratar en arrendamiento, con o sin opción de compra,
la maquinaria y el equipo que requieran.
4. SOCIEDADES DE
COMERCIALIZACION INTERNACIONAL
Su objeto principal es la
promoción y comercialización de productos de exportación y disponen de los siguientes
beneficios:
Facultadas tanto para
fabricar o producir mercancías destinadas al mercado externo, como para comprarlas al
productor nacional para posteriormente ser exportadas, dentro de los seis meses
siguientes.
-
Derecho al CERT por sus exportaciones y
acuerdo para su distribución.
-
Acceso a los créditos de Fomento de
Bancoldex.
-
Derecho a adquisición de bienes en el
mercado nacional sin el pago de IVA, siempre y cuando sean exportados dentro de los seis
(6) meses siguientes a la expedición del Certificado de Compra al productor.
-
Acceso a los Sistemas Especiales de
Importación - Exportación para desarrollar su actividad exportadora.
-
Realización de actividades de
exportación con las zonas francas.
Ver Cuadro
En cualquier caso que
sea, para aprovechar lo mejor posible los incentivos de exportación, al artesano
exportador le conviene conocer las preferencias, sean estas totales o parciales, suscritas
por Colombia en acuerdos comerciales para sus productos en el mercado de destino. Este
conocimiento será de gran utilidad en las negociaciones con el comprador potencial,
puesto que dichas preferencias podrán ser ofrecidas, precisamente, como ventajas
comparativas respecto de productos ofrecidos o demandados de otros países.
En general, en el
siguiente esquema se indican los países y alcance de las posibles preferencias totales o
parciales que los productos colombianos pueden obtener en sus exportaciones:
Ver Tabla
Banco de la República
Biblioteca Luis Ángel Arango
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