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CARTA DE ALONSO TURRILLO A LA REAL AUDIENCIA

Muy poderoso Señor:

En este puerto de la Habana, donde llegué a veintidós de agosto, recibí una copia de la orden que Vuestra Real persona remite a su Real Audiencia sobre la labor de moneda, y auto, citan conforme es con lo que en ella Vuestra Alteza ha resuelto. Y aunque parece me pudiera obligar a volver a ponerla en ejecución, lo omito, por la rebeldía que he visto en Don García Girón, persuadiéndome a que ninguna orden le ha de hacer mudar el intento, pues con una flaca e incierta información y un resguardo que le ha hecho la ciudad, se ha resuelto a suspender lo que Vuestra Alteza manda, consintiendo que públicamente digan en Cartagena [—que—] resueltos estamos a no recibir la moneda, pagando los daños; que es digno de una gran demostración.

A Vuestra Alteza pongo en consideración los grandes inconvenientes que trae consigo permitir se pueda excusar la suspensión de Vuestras Reales órdenes por información hecha por las partes interesadas, resguardando a quien se remite la ejecución, pues no habrá por este camino provisión de Vuestra Alteza que se cumpla. Y pues lo ha dispuesto también la inobediencia de Don García Girón a Vuestra Real provisión en revista, incurriendo en las penas que en ellas se le ponen y en las que le protesta la última cédula despachada por Vuestro Real Consejo de Indias, en que es interesada Vuestra Real hacienda, para que se le haga una gran demostración, suplico a Vuestra Alteza no permita se deje de hacer por parte de esa Real Audiencia, mandando que baje un juez, o remitiéndolo a Don Diego de Medina que se halla en la dicha ciudad, para que castigue los excesos dichos y allane la ejecución de las dichas Reales cédulas, porque cuando yo vuelva de España, que será en los primeros galeones, traeré cobre y demás metales necesarios para labrar la moneda, y me sería de mucho daño y deservicio de Vuestra Alteza cualquier dificultad que allí hallase. Guarde Dios la Real persona, como la cristiandad ha menester. En la Habana, tres de septiembre de mil seiscientos y veintidós años. Alonso Turrillo de Yebra.

Hay una anotación que dice:

Recibida e vista en el acuerdo, en Santafé, a treinta y uno de mayo de mil y seiscientos y veintitrés.

Resolución:

Póngase con los autos.

Audiencia de Santafé, legajo 192.

 

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