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CARTA DEL CAPITAN ALONSO TURRILLO DE YEBRA

AL CONSEJO DE INDIAS

Señor:

En cumplimiento de la orden de Vuestra Majestad, llegué a esta ciudad de Cartagena a los nueve del mes pasado, donde ya había mucha noticia de la resolución que Vuestra Majestad ha tomado en el consumo de la plata corriente y moneda que en su lugar mandó acuñar, cuya ejecución se aguardaba con grandísimo gusto, por lo aborrecido que es el uso de esta plata corriente. Y así fue mi venida muy grata a todos.

Presenté a Don García Girón, gobernador y capitán general de esta ciudad, la cédula de Vuestra Majestad en que manda no se aguarde parecer de la Real Audiencia de Santafé, sino que con solo el suyo y oficiales Reales se haga en esta ciudad una oficina de la casa de moneda principal, donde se fabrique la parte de moneda que toca a esta gobernación y sus adyacentes, con lo cual se evitaban los grandes inconvenientes y gastos que se seguían de esperar aquí con cincuenta oficiales el parecer de la dicha Real Audiencia. Vio el gobernador la Real cédula y no halló inconveniente en que la oficina se fabricase, como es cierto no la tiene, antes es beneficio para la ciudad y de mucha comodidad a la ejecución de lo que Vuestra Majestad manda.

Y con esta primera visita tomé casa suficiente para el dicho efecto y previne las cosas necesarias para la fábrica.

Pocos días después, me pidió el dicho gobernador la orden que traigo de Vuestra Majestad para esta fundación y nueva moneda. Y aunque la dicha orden viene para la Real Audiencia de Santafé, se la mostré, pareciéndome no tenía inconveniente. Y habiéndola visto, me ordenó que se la dejase; la cual he entendido comunicaron el gobernador y oficiales Reales con la ciudad, sobre si conviene o no fabricar los cuartillos, no obstante que Vuestra Majestad por su Real cédula no les remitió más de si tenía inconveniente el hacer la oficina, viniendo lo demás resuelto.

De esta comunicación y vista del despacho, resultó alguna mudanza de inclinación en algunos de los que la tenían al principio que se fabricasen los cuartillos y consumiese la plata corriente. Y esta mudanza no tuvo otro fundamento que haberse visto por las dichas Reales cédulas, que la pérdida que hay en la plata corriente (por lo defraudada que está) había de ser por cuenta de los en cuyo poder se hallase al tiempo de su provisión. Y sobre esta materia se extendieron varios pareceres, mostrando en ellos sus autores más buen celo que acierto, cuya relación omito de hacerlo por el imposible que en sí tienen, impracticables. Pues el que más acertado pareció fue, que los cuartillos es moneda dañosa y que no conviene que se haga, sino que de la misma plata corriente (en la ley que hoy se halla) se haga moneda de peso vaciada, con que no se perdería nada en su consumo y cesaría el uso de los pesos. Y el menor daño que este parecer tiene es, cesar el beneficio que se saca para la Real hacienda, pues se sabe cuán dañosa cosa es moneda vaciada. Y a este tono ha habido otros muchos pareceres, los cuales o parte de ellos se envían ahora a Vuestra Majestad. Y aunque esta materia se resolvió con acuerdo del Real Consejo de Indias, donde se vieron y repararon todos los inconvenientes que se podían ofrecer sin remitir a esta ciudad ni aún a la Real Audiencia de Santafé cosa que tocase a mudanza de la resolución, y se ve así por los despachos que traigo, bastó la resistencia que hizo la ciudad y algunos que se hallaron con cantidad de plata corriente, para que el gobernador estorbase la fábrica de los cuartillos, pareciéndole que la podía suspender (como lo ha hecho).

Y habiendo dado oído a algunas dificultades que se pusieron en esta nueva moneda y consumo de la dicha plata, juntó [—el gobernador—] al contador Pedro Guiral y [—a los—] oficiales Reales y a mí, para que les informase. A los cuales hallé persuadidos a que los cuatro marcos de cobre que se ligan a uno de plata para los cuartillos, venían todos cinco a tener el [—mismo—] valor que cinco marcos de plata fina, ponderando mucho el inconveniente que se seguía de que con cinco marcos de pasta, que tenían de gasto noventa reales, poco más o menos, se sacasen trescientos y veinticinco (13). Hice volver a leer la cédula de Vuestra Majestad, donde se explica todo tan por menudo, que hasta los granos que ha de tener cada moneda declara en ella, y díles a entender el engaño tan grande en que se hallaban, pues en los cinco marcos a que atribuían trescientos y veinticinco reales no había sino ciento y veinticinco, a razón de a veinticinco por marco. Díjeles también que este particular venía mirado con mucho tiento y resuelto por Vuestra Majestad y que, pues no se les remitía más que a fundación de la oficina, se tratase de ello solo.

Y después de haberme oído y satisfecho sus dudas, criando otras de nuevo, respondieron que por ser negocio de tanta importancia y que podía haber que advertir en él y que lo hiciese la Real Audiencia de Santafé, se lo remitían, sin darme lugar a ejecutar nada, como consta por la copia del auto incluso (14).

En esta y otras ocasiones me he hallado afligido, porque desdice mucho lo que me sucede el haber salido de esa Corte a esta fundación preso y de España compulso, asegurándome el Real Consejo de Indias con cartas el cumplimiento de todo lo tratado conmigo. Y debajo de este seguro vine gastando más de vinticuatro mil ducados. Y cuando entendí que bastaba la resolución de Vuestra Majestad para poner en ejecución esta fábrica, hallo que se vuelve a mirar acá de nuevo si conviene o no. Y menos mal fuera si las dificultades que ponen fueran capaces de satisfacción, pero ninguna he oído de sustancia, si no es para dilatar el servicio de Vuestra Majestad y ruina mía, porque si luego que llegué aquí me hubieran dejado labrar esta moneda en la oficina que tengo hecha, pudiera enviar en estos galeones a Vuestra Majestad más de veinte mil ducados que le tocan de la parte que aquí se ha de labrar y yo no estuviera tan destruído, cargado de gasto con los oficiales que, por no darles en qué entender, es fuerza sustentarlos y a sus familias.

Y no para aquí mi daño, porque algunos de los dichos oficiales me tienen puesto pleito, pidiéndome la pérdida que se les ha seguido por desacomodarse de sus tierras y casas para cosa que no tiene efecto. Y si entendiera que no deservía a Vuestra Majestad, dejara los aprietos en que me hallo, volviéndome a España en estos galeones; pero hasta tener su Real beneplácito no me he atrevido a hacerlo, quedando muy cierto que Vuestra Majestad me hará merced equivalente a este daño, pues me lo he hecho debajo de su Real palabra, que de otra manera yo no me atreviera a venir, ni al gasto hecho, ni Vuestra Majestad me lo mandara hacer si se pudiera presumir que cosa tan resuelta se me había de embarazar acá.

Y viendo que con la respuesta que la junta de gobernador y oficiales Reales dieron (en cuanto a la ejecución), quedaban los oficiales que he traído casi desesperados, volví a replicar, poniendo en consideración que si se me iban algunos, el daño era el perder yo lo que había gastado con traerlos, pues faltando, sería imposible poderlos volver a juntar y ejecutar lo que Vuestra Majestad manda y de que tanto beneficio se sigue a Su Real hacienda. Y habiéndome oído, se pronunció segundo auto al pie de mi petición, y la copia va con esta, en que me permiten que haga la dicha oficina por no tener inconveniente, y que labre en ella la moneda que traigo por orden, sin darme lugar a que labre los cuartillos, siendo el fin principal para que he venido y se funda esta casa. Y diciéndole yo al gobernador que se guardase el tenor de la Real cédula y se me dejase labrar la dicha moneda, me respondió que la ciudad le había representado algunos inconvenientes en la fábrica de los cuartillos, y que así era fuerza darle lugar a que replicasen a Vuestra Majestad, como ahora lo hacen (15)

Y hallándome con tantas dilaciones y que se escribía a la Real Audiencia de Santafé, haciendo la misma réplica, me resolví a no pasar de aquí, porque la jornada con la gente y pertrechos que traigo me costará más de otros cinco mil ducados, y con cualquier pequeña duda que allá se me ofreciera, fuera quedar del todo arruinado, aunque lo estoy harto. Y así envié el pliego de Vuestra Majestad a la Real Audiencia con un criado mío de satisfacción, para que solicite y me traiga la respuesta; la cual quedo persuadido ha de ser dificultando la dicha ejecución de cuartillos, porque esta materia de moneda nueva en las Indias es mala de asentar y peor cuando llega a oídos de personas poco prácticas de ella y que se deja en sus manos el poder variar.

Hasta aquí he dicho los lances que me han pasado y aprieto en que quedo. Y ahora diré el estado y uso de la plata corriente y modo que se podrá tomar para su consumo y el gran beneficio que de ello se seguirá. La plata corriente [—con—] que hoy se comercia en esta gobernación, es de la forma que Vuestra Majestad verá por los pedazos que envío con esta. En los cuales no hay peso ni valor conocido, por cuya causa es menester comerciar (aunque sea partida de medio real) con el peso en la mano, de donde se puede bien entender la gran confusión en que se vive. Y el mayor inconveniente no es este, sino las muchas almas que se condenan en el tal uso, porque no hay peso de a diez reales (de los que se distribuyen por menudo en las tiendas, que llaman pulperías), que no se disminuya por lo menos un real, quedando perdidoso de él el comprador y aumento del pulpero. Y esto sin poderlo excusar, porque como es forzoso el comprar menudencias, es imposible ajustar el peso con (sic) tantas veces, y lo que le faltare para ajustarse, jamás lo da el pulpero al comprador, sino lo aplica para sí. Y está este engaño tan conocido en esta tierra, que los conventos y personas que tienen en su casa gasto de consideración, dan a sus compradores a cinco y a seis por ciento para las mermas. Y como en estas pulperías se vende lo más del sustento, es inexcusable el ir a parar a sus manos la mayor parte de esta plata. Y la grande ganancia (llamada de ellos así) que hay en este trato es causa que haya en esta ciudad casi tantos pulperos como la tercia parte de vecinos, y en ellos hay algunos que se alaban diciendo que nadie sabe la ganancia de los pesillos de Cartagena, sino quien los ha usado. Y confesor me ha dicho, que ha llegado pulpero a sus pies con ocho mil reales a cargo en un año, en solo pesar plata. Y este es de los que hacen escrúpulos, que de los confesores mismos he sabido que son muy pocos los que lo hacen de recibir el peso largo y entregarlo corto. Y por las causas dichas, no hay vecino en este lugar que no esté deseando ver quitado este mal uso, y yo me contentara, para ayuda de costa, con la mitad del donativo que me atreviera a sacar de los dichos vecinos, por ver consumida la dicha plata.

Otro modo de interés ha introducido el demonio para sí con el uso de esta plata corriente y es, que algunos juntan cantidad de ella y la prestan a razón de a once y a doce por ciento de interés. Y el necesitado que la busca para trocarla en reales [—de plata—] para los contratos, pierde otra parte, y cuando llega el tiempo de los registros, que es el plazo en que ha de pagar a su acreedor, si no se halla con el dinero, hace otra... (ilegible) (16), con otra nueva pérdida; y esto lo llaman aquí comodidad los que lo usan por ganancia. Y estos, como son hombres adinerados y poderosos, han tenido mucha parte en el embarazo del consumo de la plata corriente y fábrica de los cuartillos.

La materia de que esta plata corriente es compuesta, es muy diferente de la plata como suena. Porque está ligada con otros metales en tal manera, que de ocho marcos que se funden, quedan tres de plata, y no de toda ley. Y el origen de la vileza de esta plata ha sido entendido de pocos, y es este: pareciéndome cosa rigurosa que Vuestra Majestad hubiese permitido (como me decían) que corriese un pedazo de plata que no tiene de valor intrínseco más que tres pesos por ocho, sin haber llevado el crecimiento o parte, hice [—la—] diligencia y hallé que a los principios hubo permisión para que se comerciase con plata corriente, la cual fue de toda ley, sacada de las minas de Mariquita, sin más marca que la de haber sido quintada. Y así halló la malicia entrada para sacarla y meter en su lugar la plata baja que hoy corre; la cual se sacaba de unas minas marcasitosas de Quito, y por no poderse afinar, la quintaban por de dos pesos y medio el marco. Y como se sabía que en Cartagena valía el marco de plata corriente con que se comerciaba, ocho pesos, traían cantidad de aquella plata baja y sacaban la buena, de que se les seguía más de ciento y treinta por ciento de ganancia. También he averiguado que muchos, con esta codicia, han ligado la buena plata con otros metales, bajándola mucho de ley y subiéndola de peso. Y no solo han sacado la buena plata corriente en su lugar, sino reales de a ocho, dando grueso interés. Y esto lo han podido hacer y pueden hoy muy a su salvo, porque como corre sin sello y no hay otro examen que el peso, nadie atiende a la calidad sino a la cantidad. Y esto es tan cierto, que hasta que yo vine e hice algunos ensayes, no se sabía la ley que tenía. Supuesto lo cual, esta plata corriente, que se llama moneda, żen qué se diferencia de moneda falsa? A mi parecer es lo mismo que hacer reales falsos y trocarlos por los verdaderos. Y cuando este caso se llega a descubrir, el menor daño que le puede venir al en cuyo poder se hallare la tal plata o moneda, es que la pierda. Y como en esta plata corriente hay tanta pérdida, la temen y resisten su consumo los que se hallan con cantidad, persuadiéndose unos a otros a que Vuestra Majestad se la pagará con la ganancia que aplica a su Real hacienda de la fábrica de los cuartillos. Y habiendo visto yo que [—el—] fundamento de sus dificultades no es más que por huír de la pérdida y que Vuestra Majestad no se la debe satisfacer, por no haber sido la causa de ella sino la malicia de unos y descuido de otros, les propuse un medio para que la pérdida fuese menos sensible y es la siguiente:

Supuesto que la plata corriente que hay en este lugar, ha muchos años que se comercia con ella, claro está que la habrán poseído no solo los que hoy se hallan con mucha cantidad sino los que se hallan sin ninguna, y que con alguna razón sentirá el que se hallare el día del consumo con ocho mil pesos (ejecutándose en el rigor de la ley) el perder más de la mitad, y que el que se hallare con solos ciento, habiendo tenido el día antes los dichos ocho mil, pierda solos cincuenta; y pues el descuido o malicia de venir esta plata a estado en que hoy se halla ha sido general, y lo ha de ser también el beneficio que se sigue de desterrar de esta república cosa tan dañosa para el comercio y para las almas, puesto en razón será que participen todos de la pérdida (que se puede reputar por ganancia), pues con la parte que a cada uno tocare por una vez, ataja la polilla que de ordinario le va desmoronando el caudal. Y para hacer este repartimiento (respecto de la cantidad de cada uno), divido seiscientos vecinos que tiene Cartagena en tres cáñamas, mayor, mediana y menor, a las que les reparto veinte mil pesos, que es la pérdida que habrá en cuarenta mil pesos que se presume hay en esta gobernación. Y porque los caudales de las cáñamas son diferentes, reparten a la cáñama mayor, doblado que a la mediana, y a la mediana, doblado que a la menor. Y habiendo... (roto) al que más le toca son sesenta pesos, y al que menos, quince. Y aunque estas partes se cuadrupliquen, no habrá nadie en el lugar que deje de pagarlo de muy buena gana, porque redimen con esto el ordinario censo que pagan por el menoscabo en la distribución de la plata corriente, que por lo menos [—es—] cada año lo que les tocará por este camino por una vez.

Este medio pareció a propósito y estuvo tan cerca de elegirse, que se me trató, si gustaría de tomar la dicha plata por mi cuenta, dándome tanto por ciento por la pérdida, y estuviera asentado si a este tiempo no hubieran salido algunos pareceres de personas no prácticas en materia de moneda, condenando los cuartillos por moneda dañosa, diciendo más, que en caso que se hubiesen de labrar, era cierto les pagaría Vuestra Majestad con la ganancia el daño. Y como el gobernador y oficiales Reales no ayudaron mucho, mi plática cesó, dejando de cuarenta partes de vecinos, las treinta y nueve pesarosas de que no se quitase la plata. Y entre estos que lo han contradicho han hecho la réplica e información que se envía a Vuestra Majestad, de la cual consta cuán conveniente es, como se verá en mis anotaciones en la margen de sus apuntamientos (17). Sirviéndose Vuestra Majestad de hacer merced a esta ciudad de pagarles el daño de esta plata, no ganando nada en la fábrica de los cuartillos, no habrá que buscar otro medio para la ejecución de lo que ha mandado, porque es cierto que no teniendo pérdida, no habrá réplica. Y en caso que no les haga esta merced y mande que se continúe lo resuelto, será muy necesario y aún forzoso enviarme comisión amplia y exenta, para que lo ejecute sin que haya intervención de nadie más que la de los oficiales Reales, y esta para solo que cobren la parte que tocare a Vuestra Majestad, porque si queda camino para que los que gobiernan puedan dificultar, en cualquier ocasión que les parezca embarcarán la ejecución. Y en el ínter que aguardare respuesta de Vuestra Majestad de cualquier duda, se le perderá mucho tiempo y a mí se me seguirá gran daño. Y teniendo yo comisión sin depender de nadie, ejecutaré la orden que tengo de Vuestra Majestad, y si alguna dificultad se le ofreciere a la ciudad, viendo que tengo yo la comisión y que ha de parar aquí su réplica, la facilitaremos entre todos con suavidad, y yo me prefiero a hacerlo de manera que no solo no queden quejosos sino con mucho gusto, y sin que el interés que se sigue a la hacienda de Vuestra Majestad cese.

Y en tener yo esta comisión hallo poco inconveniente, porque en ella no se puede ofrecer cosa ni hacerse que no sea muy del servicio de Vuestra Majestad, y cuando hubiere muchas ocasiones de lo contrario, la satisfacción que Vuestra Majestad debe tener de mí en los años y ocasiones que le he servido, podía asegurar mí proceder. Y lo que hace más conveniente que esté esto a solo mi cuidado, es la inteligencia que tengo de ello, y que no hay mucha en las personas, y a mano está el dificultar y embarazar. Y el día que esto no se asentare así, puedo asegurar a Vuestra Majestad que ha de haber mil tropiezos y que se ha de acabar tarde esta fundación. Y cuando en los principios no se viere mucho gusto en la ciudad, puesto en ejecución el servicio de Vuestra Majestad y beneficio en Su Real hacienda, que todas tres cosas ofrezco y aseguro, podrá elegir otro medio.

[—A—] D. Antonio de Vega, persona práctica que vino conmigo a esta fundación, envío con este aviso con este despacho, para que, demás de la relación que hago, lo diga a boca. Suplico a Vuestra Majestad mande que con toda brevedad se despache, para que se venga con la respuesta en primer aviso, pues se ve la poca dilación que sufre la respuesta; que, aunque he hecho la oficina y en ella se labrará alguna plata y oro, será muy poco, y solo lo haré por quitar a los oficiales la desconfianza en que están de que no se ha de hacer moneda. Guarde Dios a Vuestra Majestad, como la cristiandad ha menester. Cartagena, primero de agosto de 1621.

(Firma:) Alonso Turrillo de Yebra. Alonso Turrillo de Yebra.

Audiencia de Santafé, legajo 192.

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(13) ,en la suposición que de un marco se van a acuñar 65 reales, como era el caso de la plata.

(14) Véase documento 38.

(15) Véase documento 32.

(16) Obligación.

(17) Véase documento 32.

 

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