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REAL CEDULA

El dicho.

A la Audiencia de Santafé, remitiéndole lo que pide el capitán Alonso Turnillo cerca de que se ponga en Cartagena una oficina donde se labre la plata corriente que hubiere en ella, y que siendo necesario se ejecute.

El Rey.

Presidente y oidores de mi Audiencia Real de la ciudad de Santafé del Nuevo Reino de Granada: El capitán Alonso Turrillo de Yebra, mi ingeniero militar que por orden mía va a fundar casa de moneda en esa ciudad, me ha hecho relación que para que se consuma la plata corriente que hay en esa provincia y se provean las islas de Barlovento y otras circunvecinas de moneda labrada para su trato y comercio, sería necesario se pusiese en Cartagena alguna oficina de la dicha casa, donde se labrase la dicha moneda, suplicándome le mandase dar licencia para ello, pues demás del beneficio general que resultare de recoger y consumir la dicha plata, se excusarán los costos y costas que forzosamente se harán en llevarla a la dicha casa de moneda.

Y habíéndose visto por los de mi Consejo de las Indias, he tenido por bien de ordenaros y mandaros, como lo hago, que, habiendo visto lo que en esta razón os escribiere el mi gobernador y capitán general de la provincia de Cartagena y los oficiales de mi Real hacienda de ella, a quien envío a mandar os remita su parecer, y conferido muy atentamente sobre la materia, si pareciere que es conveniente y necesario que se ponga en la dicha ciudad de Cartagena la dicha oficina para labrar la dicha plata corriente, y no teniendo inconveniente, proveereis y dareis orden como se haga y ejecute, sin aguardar otro despacho. Fecha en Madrid, a diez de junio de mil seiscientos y veinte años. Yo, el Rey. Por mandado del Rey, nuestro señor, Pedro Ledesma, (Rubricado).

Audiencia de Santafé, legajo 536. libro 11. folio 228 vē.

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