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REAL CEDULA
Para que el capitán
Alonso Turrillo de Yebra, ingeniero militar de Vuestra Majestad, que va a la ciudad de
Santafé del Nuevo Reino de granada, a fundar casa de moneda, pueda llevar esta año 500
quintales de hierro y acero, por mitad y 300 en cada uno de 15 años, para herramientas,
sin que se le lleven derechos.
El Rey.
Mis presidentes y
jueces y oficiales de la Casa de la Contratación de Sevilla: Yo os mando que al capitán
Alonso Turrillo de Yebra, mi ingeniero militar, que por orden mía va a fundar casa de
moneda a la ciudad de Santafé del Nuevo Reino de Granada, le dejeis llevar y embarcar en
los galeones de mi armada Real de la guarda de la carrera de las Indias, quinientos
quintales de hierro y acero, por mitad, en instrumentos de casa de moneda y en tosco, para
los que allá le faltaren, sin que por ello se le pida ni lleve cosa alguna de
almojarifazgo ni fletes, y que en cada uno de quince años que ha de tener a su cargo en
aquella tierra la administración de la dicha casa, le dejeis llevar y embarcar por la
persona que tuviere su poder, trescientos quintales del dicho hierro y acero, por mitad,
para renovar y recalzar los dichos instrumentos, por cuanto de lo que en lo uno y lo otro
se montare, le hago gracia y merced. Y mando que no se le ponga en ello embargo ni
impedimento alguno. Fecha en Madrid, a primero de abril de mil y seiscientos y veinte
años. Yo, el Rey, por mandado del Rey, nuestro señor, Pedro de Ledesma. Señalada del
Consejo.