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REAL CEDULA

Para que el capitán Alonso Turrillo de Yebra, ingeniero militar de Vuestra Majestad, que va a la ciudad de Santafé del Nuevo Reino de granada, a fundar casa de moneda, pueda llevar esta año 500 quintales de hierro y acero, por mitad y 300 en cada uno de 15 años, para herramientas, sin que se le lleven derechos.

El Rey.

Mis presidentes y jueces y oficiales de la Casa de la Contratación de Sevilla: Yo os mando que al capitán Alonso Turrillo de Yebra, mi ingeniero militar, que por orden mía va a fundar casa de moneda a la ciudad de Santafé del Nuevo Reino de Granada, le dejeis llevar y embarcar en los galeones de mi armada Real de la guarda de la carrera de las Indias, quinientos quintales de hierro y acero, por mitad, en instrumentos de casa de moneda y en tosco, para los que allá le faltaren, sin que por ello se le pida ni lleve cosa alguna de almojarifazgo ni fletes, y que en cada uno de quince años que ha de tener a su cargo en aquella tierra la administración de la dicha casa, le dejeis llevar y embarcar por la persona que tuviere su poder, trescientos quintales del dicho hierro y acero, por mitad, para renovar y recalzar los dichos instrumentos, por cuanto de lo que en lo uno y lo otro se montare, le hago gracia y merced. Y mando que no se le ponga en ello embargo ni impedimento alguno. Fecha en Madrid, a primero de abril de mil y seiscientos y veinte años. Yo, el Rey, por mandado del Rey, nuestro señor, Pedro de Ledesma. Señalada del Consejo.

Audiencia de Santafé, legajo 536, libro 11, folio 183.

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