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REAL CEDULA

Licencia al capitán Alonso Turrillo, ingeniero militar de Vuestra Majestad, que va a fundar casa de moneda en la ciudad de Santafé, para pasar a aquella tierra con su mujer, madre, una hija, ocho criados y criadas, doce esclavos y treinta y cuatro oficiales.

El Rey.

Mis presidente, jueces y oficiales de la Casa de Contratación de Sevilla: Yo os mando dejais pasar al Nuevo Reino de Granada al capitán Alonso Turrillo de Yebra, mi ingeniero militar, que por orden mía va a fundar casa de moneda en la ciudad de Santafé, llevando consigo a su mujer, y que pueda llevar a su madre y una hija que tiene ocho años; y cuatro criadas (1) y doce esclavos negros, dos capataces con dieciocho oficiales, un tallador extranjero, dos afinadores con un fundidor y un oficial, un ensayador, seis acuñadores, un blanqueador y un oficial y dos vaciadores, que por todos son treinta y seis (1) oficiales, en el número de los cuales dejeis pasar siete casados, llevando estos a sus mujeres y, si quisieren, a sus hijos. Al dicho capitán Turrillo, su mujer y madre e hija, tallador extranjero y esclavos, sin les pedir informaciones algunas, y a los demás, presentándolas ante vos, hechas en sus tierras ante las justicias de ellas y con aprobación de las mismas justicias, de cómo no son de los prohibidos a pasar a aquellas partes, y que los solteros no son casados en estos Reinos, porque en cuanto al extranjero, dispenso con lo proveído en contrario.

Y provereis y dareis orden cómo el dicho capitán Alonso Turrillo y las demás personas referidas vayan embarcados en mi armada Real de la guarda de la carrera de las Indias, sin que se le pida ni lleve cosa alguna de fletes ni derechos dc los dichos esclavos, porque ésta es una de las cosas que le he concedido y ofrecido, por el servicio que me ha de hacer en la dicha fundación, constando primero haber metido en el galeón o navío en que hubiere de hacer el viaje, lo que hubiere menester para su persona y las que consigo hubiere de llevar. Fecha en Madrid, a primero de abril de mil y seiscientos y veinte años. Yo, el Rey. Por mandado del Rey, nuestro señor, Pedro de Ledesma. Señalada del Consejo.

Audiencia de Santafé, legajo 536, libro 11, folio 182.

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(1) Así en el texto del documento.

 

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