¿Qué es el bono pensional?
¿Qué es el bono pensional?
Es un título valor que se emitirá a nombre de la persona que
estando afiliada al actual sistema pensional (ISS, Cajanal, etc.)
decida trasladarse al nuevo sistema de ahorro pensional. Su
propósito es contribuir a financiar, conjuntamente con los futuros
ahorros del afiliado, el pago de su pensión.
¿Cuál es la naturaleza económica de los bonos?
Los bonos pensionales constituyen aportes destinados a
contribuir a la conformación del capital necesario para financiar
las pensiones de los afiliados al nuevo régimen pensional de ahorro
individual con solidaridad o fondos privados.
Quiénes tienen derecho a los bonos?
Tendrán derecho al reconocimiento de bonos pensionales los
afiliados al régimen de ahorro individual que hayan efectuado
aportes o cotizaciones a las entidades que forman parte del régimen
de prima media con prestación definida.
Tienen derecho a bono pensional:
a) Las personas que cumplan los requisitos previstos el artículo
115 de la ley 100 de 1993 y se trasladen al régimen de ahorro
individual, y
b) Los servidores públicos que a partir de la entrada en vigencia
del sistema general de pensiones, se trasladen al régimen de prima
media con prestación definida administrado por el Instituto de
Seguros Sociales.
En los casos en que de acuerdo con la ley no corresponda emitir
bonos pensionales, la entidad que haya reconocido o que reconozca
la pensión, tendrá derecho a obtener el pago de la cuota parte
correspondiente a los tiempos de servicio prestados o cotizados a
otras entidades que se hayan tomado en cuenta para el
reconocimiento de la pensión.
¿Qué clases de bonos existen?
Los bonos pensionales serán de cinco clases:
a) Bonos pensionales expedidos por la Nación;
b) Por el Instituto de Seguros Sociales;
c) Bonos pensionales expedidos por las cajas, fondos o entidades
del sector público que no sean sustituidas por el fondo de
pensiones públicas del nivel nacional, cuya denominación genérica
de bono pensional se complementará con el nombre de la caja, fondo
o entidad emisora;
d) Bonos pensionales expedidos por empresas privadas o públicas, o
por cajas pensionales del sector privado que hayan asumido
exclusivamente a su cargo el reconocimiento y pago de pensiones y
cuya denominación genérica de bono pensional se complementará con
el nombre de la entidad emisora, y
e) Por las cajas, fondos y entidades territoriales que tengan a su
cargo el pago y reconocimiento de pensiones.
Y adicionalmente:
Tipo A (bonos pensionales). Designación dada a los bonos regulados
por el Decreto-Ley 1299 de 1994 que se expiden a aquellas personas
que se trasladen al régimen de ahorro individual con
solidaridad.
Tipo B (bonos pensionales). Designación dada a los bonos
regulados por el Decreto-Ley 1314 de 1994 que se expiden a
servidores públicos que se trasladen al ISS en o después de la
fecha de entrada en vigencia del sistema general de pensiones.
Fuente:
Cartilla de seguridad social y pensiones. 13aed. revisada y
actualizada. Bogotá: Legis Editores, 2006. p.77,79.
No. Topográfico: 368.4 C17a4